PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El Plazo de ejecución del contrato que se derive del presente proceso, será de Doce (12) meses, término que comenzará a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo de terminación de la Obra será el establecido en el Numeral 2.1.4. del PCP. La fecha de iniciación quedará documentada con la firma del Acta de Inicio.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo para la ejecución del objeto será de cinco (5) meses
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo para la entrega del objeto contractual, será de se describe el tiempo en letras (##) días calendario, y se iniciará una vez se suscriba el Acta de iniciación entre este y el Contratista, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 23 de la ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes. El plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento y por escrito, mediante adicional, previa revisión entre las partes del cumplimiento del objeto contractual, los precios y las condiciones de ejecución del contrato, siempre y cuando sea conveniente y favorable para el Concejo Municipal de Bucaramanga.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo del contrato será de cuatro (4) meses y se iniciará una vez se suscriba el Acta de Inicio entre el Interventor y el Contratista, previa aprobación de la garantía única. El plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento mediante documento suscrito por las partes, previa verificación por parte del interventor del cumplimiento del objeto contractual, los precios y las condiciones de ejecución del contrato, siempre y cuando sea conveniente y favorable para el Municipio de Medellín.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo del contrato será de 15 días contados desde la suscripción del Acta de Inicio entre el Interventor y el Contratista, previa aprobación de las garantías. El plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento mediante documento suscrito por las partes, previa verificación por parte del interventor del cumplimiento del objeto contractual, los precios y las condiciones de ejecución del contrato, siempre y cuando sea conveniente y favorable para el Municipio de Medellín. El contratista hará entrega de los bienes objeto del contrato en un plazo de 15 días contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo de vigencia para la presente contratación es de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la notificación por escrito por parte del administrador del contrato respecto de la disponibilidad del anticipo. De acuerdo con los plazos establecidos en el literal anterior, se realizará cada recepción de los productos, y, en caso de incumplimiento se considerará las multas correspondientes. Además, este contrato podrá ser suspendido en su ejecución por las causas de fuerza mayor o caso fortuito, por el plazo máximo de 59 días calendario, a partir de la fecha en la que la máxima autoridad de la CONAFIPS decida la suspensión. Tanto la suspensión de la ejecución del contrato como la ampliación de plazo serán otorgadas por la máxima autoridad de la CONAFIPS, previo informe motivado del administrador del contrato.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Que el valor total del presente proceso asciende a la suma de XXXXXXXXXXXXXXX incluido los impuestos xx Xxx. Los precios pactados en el contrato que se derive del presente proceso de selección, no serán objeto de ajustes.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. El plazo oficial para la ejecución del contrato es de: Cuatro (4) meses, contados a partir del acta de inicio. La propuesta no podrá sobrepasar el plazo máximo de ejecución indicado por El Municipio xx Xxxxx
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN. Inmediatamente después de la solución descriptiva, se establece un plazo máximo para su ejecución. El plazo determinado debe ser factible de cumplirse considerando todos los pasos que implica el proceso. Recomendamos anotarlos señalando una fecha fija. En esta forma sabremos que para esa fecha el problema deberá estar resuelto.