Plus de toxicidad Cláusulas de Ejemplo

Plus de toxicidad. En aquellos trabajos que por alguna circunstancia subsistente se acreditara su calificación como tóxico o penoso, el trabajador/a percibirá, siempre y cuando subsista dicha circunstancia, la cantidad de 1,117 euros por cada hora de trabajo efectuada en dichas condiciones. La empresa ha encomendado al servicio de prevención ajeno la realización de un estudio tendente a concretar los puestos de trabajo que presenten índices de especial toxicidad y adoptará las medidas oportunas dirigidas a eliminar o, en su caso, paliar esta contingencia. Capítulo IV
Plus de toxicidad. Los trabajadores que habitualmente trabajen con productos tóxicos en la colocación de moquetas y entelado xx xxxxxxx, percibirán un plus especial mensual de 15,03 euros. Este plus no será computable a efectos de antigüedad y se percibirá por 15 mensualidades.
Plus de toxicidad. Aquellos trabajadores cuyo puesto de trabajo sea declarado afecto de riesgo evidente de toxicidad por el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo, percibi- rán un plus del 20% de su salario base más antigüe- dad, en tanto permanezcan en dicho puesto.
Plus de toxicidad. Xx xxxxx para aquellos trabajadores que manejen o estén expuestos de forma habitual a productos considerados tóxicos un complemento mensual de 40€ durante la vigencia del convenio.
Plus de toxicidad. Los trabajadores que realicen trabajos calificados como tóxicos o penosos, de acuerdo a la normativa vigente, percibirán el plus de Toxicidad que consistirá en un incremento del 25% de su salario base.
Plus de toxicidad. Todos los trabajadores que realicen la aplicación de los productos fitosanitarios percibirán un plus mensual consistente en la cuantía del 25% xxx xxxxxxx base si se trabaja el mes completo o la parte proporcional por el tiempo trabajado inferior al mes. No se consideran productos fitosanitarios a los efectos de lo dispuesto en este artículo el manejo de abonos y orines del ganado, silos, forrajes o cereales que sirvan de alimento al ganado, abono químico o productos para la limpieza en el ordeño del ganado.
Plus de toxicidad. Los responsables de servicios, coordinador de servicio de 1ª y 2ª, y funerario de 1ª y 2ª percibirán un plus de puesto de trabajo consistente en el abono en cada una de las pagas ordinarias, incluida la correspondiente al período vacacional, del 20 por 100 xx xxxxxxx base de su categoría.
Plus de toxicidad. Se reconoce el plus de toxicidad a las/los trabajadoras/es de las brigadas xx xxxxxxx- rillado que directamente realicen cometidos de limpieza y mantenimiento de alcantari- llas, o en todos los trabajos relacionados con el trasiego de fangos sépticos, y siempre que los realicen, en la cuantía del 20 % sobre su salario diario, así como al personal de las EDARs y al personal de la Brigada de Asfalto (servicios comunes) de Redes.
Plus de toxicidad. Se establece un plus de toxicidad xxx xxxx por ciento xxx xxxxxxx base más la antigüedad para el personal que presta sus servicios en las Edar's o en saneamiento. Este plus se percibirá durante doce meses al año y no será de aplicación a los técnicos y personal administrativo.
Plus de toxicidad. Se prevé para aquellos trabajadores que realicen los cometidos de mantenimiento y que manejen o estén expuestos de forma habitual a productos considerados tóxicos un comple- mento mensual de 30 € brutos para la vigencia del convenio. Al personal que viniera percibiendo este complemento con anterioridad se le respetará la cuantía que viniera cobrando, que no será susceptible de revalorización.