PRECIO DE LA OBRA Cláusulas de Ejemplo

PRECIO DE LA OBRA. 6- Será condición necesaria para que la Entidad Financiera propuesta por el Oferente actúe como tal, la Aprobación del Agente Financiero de la Provincia xx Xxxxxxx (Banco de la Provincia xx Xxxxxxx S.A.), quien queda facultado para requerir al Organismo Financiante, todos los antecedentes que permitan la evaluación que corresponda.
PRECIO DE LA OBRA. El monto resultante que surja de los precios consignados en la propuesta, por el cual el Contratista se compromete a ejecutar la obra, será el Precio que la Gerencia de Obras certificará según la modalidad establecida. Será de aplicación sobre los bienes y servicios de origen nacional, y cotizados en Pesos de Moneda Nacional, el RÉGIMEN PROVINCIAL DE REDETERMINACIÓN DE PRECIO POR RECONOCIMIENTO DE VARIACIÓN DE COSTOS, instrumentado mediante Decreto Nº 73/05 del Poder Ejecutivo Provincial, fechado el 07/03/2005 y Anexo I, con las modificaciones introducidas en el presente pliego. La redeterminación comprenderá a la parte faltante de certificar. El Nuevo Precio de la parte faltante de certificar de los componentes nacionales y cotizados en Pesos de Moneda Nacional, surgirá de la siguiente fórmula: NPcn = (MF0 × 0,90 × CA) + (MF0 x0,10) Donde: NPcn= Nuevo Precio de obra (actualizado), de componentes nacionales y cotizados en Pesos de Moneda Nacional. MF0= Monto de Obra correspondiente a componentes nacionales y cotizados en Pesos de Moneda Nacional, de lo que se quiere actualizar (Monto contractual de los componentes nacionales y cotizados en Pesos de Moneda Nacional, faltantes de certificar al mes previo a la solicitud de redeterminación). Sólo a los fines de su aplicación y para ésta obra se establecen los siguientes porcentajes de incidencia por rubro y/o componentes nacionales y cotizados en Pesos de Moneda Nacional:
PRECIO DE LA OBRA. EL Contratista realizará la obra, según más adelante se explica, por la suma total de dólares ($). ---SEGUNDO: ALCANCE DEL TRABAJO. Todo el trabajo de construcción relacionado con el proyecto requerido por los planos y especificaciones, incluyendo, pero sin limitación, todo trabajo, material, herramientas y equipo utilizados 0 incorporados en el mismo, se llamará la "Obra". La Obra incluirá el empañetado de la estructura principal. La Obra no incluirá el "topping" en piso, losas de piso, azulejos en paredes o su instalación, pintura de ninguna clase, selladores, gabinetes, verja, instalación de los equipos de baño, lámparas y/o enseres eléctricos. EL trabajo de plomería será hecho conforme a los pianos y se incluye la construcción e instalación xxx xxxx séptico. EL trabajo eléctrico se hará conforme a los pianos. La Obra incluirá las ventanas, xxxxxx y puertas exteriores solamente que requieran los pianos. Las ventanas serán de marca de cristal con reja integrada. Este contrato no incluye los xxxxxx x xxxxxxx interiores. ---TERCERO: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1. EL Contratista verificará, comparará y estudiará los planos y especificaciones e inmediatamente informará al Dueño de cualquier error, inconsistencia u omisión que descubra. A menos que otra cosa disponga este contrato, el Contratista será responsable al Dueño de cualquier daño ocasionado por dicho error, inconsistencia u omisión en los planos y especificaciones.
PRECIO DE LA OBRA. 11.1. A los efectos de este Contrato las partes convienen en establecer los precios unitarios y globales especificados en la Planilla de Cómputos adjunto y cuyo monto total asciende a la suma de Gs. Xxxxxxxxxxxxxxx (Guaraníes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx).
PRECIO DE LA OBRA. (46 puntos).
PRECIO DE LA OBRA. Significa la cantidad acordada especificada en la ORDEN DE COMPRA por la ejecución de las OBRAS, incluyendo la reparación de cualquier defecto, así como los ajustes en su caso, de acuerdo con los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
PRECIO DE LA OBRA. El PRECIO DE LA OBRA es el indicado en la ORDEN DE COMPRA, mismo que ambas PARTES aceptan como el justo y correcto para todos los efectos legales a que haya lugar, por lo que ninguna de las PARTES tendrá derecho a cambiar el PRECIO DE LA OBRA, excepto que así lo acuerden por escrito. El CONTRATISTA reconoce que ha tomado en consideración todos los riesgos dentro del espectro de construcción de las OBRAS. - Gastos de transporte Para la entrega y la retirada de materiales y herramientas en el SITIO. Las entregas de MATERIALES deben realizarse de acuerdo con el progreso del trabajo. - Gastos de almacenamiento Para la descarga, almacenamiento, conservación y la vigilancia de los MATERIALES, EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN y componentes suministrados por el CONTRATISTA, incluido todo almacenamiento temporal necesario, entre otros. AUDI MÉXICO, dependiendo de la magnitud del proyecto, podrá asignar al CONTRATISTA un área temporal en el SITIO con espacio para resguardar el mínimo necesario de materiales, herramientas, equipo, maquinaria, etc. El CONTRATISTA será responsable de los gastos que se generen para su conformación y protección (xxxxxxx xx xxxxx, casetas, etc.), además de salvaguardar correctamente lo que ahí se almacene, garantizando el cumplimiento de las condiciones de Seguridad e Higiene y DOL (Disciplina, Orden y Limpieza) que sean requeridas por el cliente. El CONTRATISTA, se obliga a dejar saneada y limpia el área asignada al término del proyecto. - Gastos de viaje Para gastos generales tales como viáticos (transporte, hospedaje y alimentación) y otras compensaciones salariales, siempre sujetas a las políticas de gastos de viaje de AUDI MÉXICO. - Preparación / suministro de planos y documentos Planos de ejecución, planos de taller, documentos de montaje para la ejecución de los servicios, documentos de inventario y revisión, documentos de la solicitud y documentos adicionales de aprobación, documentación del proyecto y certificados de conformidad. - Instalaciones de las OBRAS El punto de toma de electricidad y agua, así como el saneamiento de agua residual y las áreas comunes, vestidores, instalaciones sanitarias, almacenes, etc. - EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y MATERIALES Provisión e implementación de EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN y MATERIALES. - Suministro de EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN La entrega y el suministro de EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, tales como rampas, andamios fijos y móviles y similares para las alturas de construcción y montaje necesarios. La reubicación, el desmo...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.