Programa Sistema Distrital de Cuidado Cláusulas de Ejemplo

Programa Sistema Distrital de Cuidado. Este programa congrega acciones diversas que atienden diferentes líneas de inversión local como lo son las asociadas a la reactivación y el desarrollo de la economía local fortaleciendo las prácticas económicas (formal e informal), mediante convocatorias, divulgación, contratación de la población y organizaciones de la localidad, a través de estrategias que doten y apoyen a las MiPymes y/o emprendimientos que se realicen en la localidad. También, comprende la dotación de Centros Crecer, Centros de Desarrollo Comunitario, jardines infantiles y Centros Amar conforme a los lineamientos técnicos establecidos por la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS). Por otra parte, abarca acciones que contribuyan a la prevención y/o atención oportuna de violencia intrafamiliar, la homofobia, la transfobia) y abuso sexual de la población de la localidad de San Xxxxxxxxx con enfoque de género, enfoque de derechos de las mujeres, enfoque diferencial, enfoque étnico e indígena, a través de un equipo de atención interdisciplinario conforme a los lineamientos de la Secretaria Distrital de Integración Social y la Secretaría Distrital de la Mujer. Para las personas con discapacidad, así como a sus cuidadores y cuidadoras, se entregarán dispositivos de asistencia personal No-POS (Plan Obligatorio de Salud) y se brindarán acciones complementarias individuales y colectivas para la identificación, reconocimiento y atención integral de las necesidades diferenciales en salud e inclusión. Para ello, se espera implementar estrategias territoriales que abarquen servicios de formación, reposo, artísticos, culturales, recreativos, deportivos y de actividad física, que contribuyan al reconocimiento y redistribución del trabajo de cuidadores y cuidadoras y sus roles en el marco del Sistema Distrital de Cuidado. Igualmente, se busca contribuir a la estrategia territorial de salud apoyando el modelo de Atención Primaria en Salud (APS) con enfoques diferencial, territorial, poblacional y de cultura ciudadana, dando respuesta a las necesidades de nuestro territorio para la promoción y prevención de la enfermedad. También, incluye lo relacionado al mejoramiento de las condiciones de salud de la población con problemas de consumo de sustancias psicoactivas mediante acciones de prevención y atención desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria y del equipo que defina la Alcaldía Local de San Xxxxxxxxx Por último, abarca acciones en el territorio local para el fortalecimiento y...
Programa Sistema Distrital de Cuidado. El desafío que tiene la ciudad en general y el territorio xx Xxxxxxxxxx en particular en este nuevo cuatrienio, está en amortiguar los efectos de la emergencia sanitaria, social y económica originada por el COVID-19, y esto se logra desde dos frentes; el primero, a través de la reactivación y revitalización de la economía, de las pequeñas y medianas empresas, así como de sectores especialmente golpeados como la cultura y el arte. En segundo lugar, a través de la atención a la población vulnerable que ha sentido con mayor fuerza la desigualdad económica y social en estos tiempos. En esta medida, desde el sistema distrital de cuidado se trabajarán en estas dos vías, con el fin de ofrecer servicios sociales y económicos a las distintas poblaciones que así lo requieren en la localidad. Es importante entonces, que las microempresas y pequeñas empresas de la localidad, así como las organizaciones culturales y emprendimientos de la localidad reciban incentivos y apoyo para su transformación productiva y empresarial, procesos de reconversión para la realización de actividades sostenibles, y potencialización para la generación efectiva del empleo en el territorio local, y nuevas actividades económicas. De igual manera, a través de acciones específicas de dotación, atención, actividades y estrategias de prevención y reconocimiento de las particularidades, se trabajará en el cuidado de las mujeres, la población con discapacidad, cuidadores/as, los niños, niñas y jóvenes, poblaciones étnicas, y la familia.
Programa Sistema Distrital de Cuidado. El desafío que tiene la ciudad en general y el territorio xx Xxxxxxxxxx, en particular en este nuevo cuatrienio, es amortiguar los efectos de la emergencia sanitaria, social y económica originada por el COVID-19 y esto se logra desde dos frentes; el primero, a través de la reactivación y revitalización de la economía, de las pequeñas y medianas empresas, así como de sectores especialmente golpeados como la cultura y el arte. En segundo lugar, a través de la atención a la población que ha sentido con mayor fuerza la desigualdad económica y social en estos tiempos, y que incluye a las personas con discapacidad, personas mayores, niñas, niños, personas con enfermedades graves y los hogares más vulnerables. En esta medida, desde el Sistema Distrital de Cuidado se trabajarán en estas dos vías, con el fin de ofrecer servicios sociales y económicos a las distintas poblaciones que así lo requieren en la localidad. Es importante entonces, que las microempresas y pequeñas empresas de la localidad, así como las organizaciones culturales y emprendimientos, reciban incentivos y apoyo para su transformación productiva y empresarial, procesos de reconversión para la realización de actividades sostenibles y potencialización para la generación efectiva del empleo en el territorio local y nuevas actividades económicas. De igual manera, a través de acciones específicas de dotación, atención, actividades y estrategias de prevención y reconocimiento de las particularidades, se trabajará en el cuidado de las mujeres, la población con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, los niños, niñas y jóvenes, poblaciones étnicas, y las familias; bajo el enfoque de derechos, de género y diferencial.
Programa Sistema Distrital de Cuidado. La localidad de Xxxxxx Xxxxx Xxxxx cuenta con diversas organizaciones dedicadas a la producción, promoción y difusión de bienes y servicios culturales; estas actividades han propiciado mejor cohesión de los colectivos ciudadanos en la localidad. Se hace imperativo tener programas específicos que incentiven de manera sostenible, el acompañamiento a iniciativas de emprendimiento que permitan la creación exitosa de empresas en el sector cultural para su producción , promoción y difusión en todas sus expresiones. Por otro lado, es claro que el impacto por la necesidad del aislamiento y confinamiento social ocasionada por el Covid 19, ha debilitado en grado sumo la economía local dejando también grandes reflexiones sobre el cambio climático y la posibilidad de mitigar o reducir sus efectos
Programa Sistema Distrital de Cuidado. Conjunto de acciones técnicas e institucionales, para reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado, entendiéndolo como una función social necesaria para la vida diaria de las personas y el funcionamiento de la sociedad, enmarcado en los estándares existentes de derechos humanos en materia de cuidado y en el enfoque de género. El Sistema Distrital de Cuidado se concibe, al menos desde dos tipos: (i) el cuidado indirecto, que hace referencia al trabajo doméstico, incluyendo la preparación de alimentos, la limpieza y mantenimiento del hogar, la organización, distribución y supervisión de tareas domésticas, la compra, los pagos o los trámites relacionados con el hogar, y las reparaciones al interior del hogar, entre otras funciones; y, (ii) el cuidado directo, que comprende el cuidado de personas en condición de dependencia, incluyendo el cuidado y la formación de los niños, el cuidado de personas mayores, enfermos y personas con discapacidad, y el cuidado de los animales domésticos. Aunado a lo anterior, el Sistema Distrital de Cuidado cuenta con estrategias tendientes a brindarle a la ciudadanía herramientas para que puedan desarrollar sus proyectos de vida de manera sostenible, promoviendo la empleabilidad y la conservación del tejido productivo de la localidad. Las acciones del Sistema Distrital de Cuidado en la localidad de La Xxxxxxxxxx, estarán guiadas a:
Programa Sistema Distrital de Cuidado. Conjunto de servicios, regulaciones, políticas, y acciones técnicas e institucionales, para reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado, entendiéndolo como una función social necesaria para la vida diaria de las personas y el funcionamiento de la sociedad, enmarcado en los estándares existentes de derechos humanos en materia de cuidado. Este programa contribuye al cumplimiento de los ODS 1 “Fin de la pobreza”, 3 “Salud y bienestar”, 5 “Xxxxxxxx xx xxxxxx”, 0 “Trabajo decente y crecimiento económico”, 9 “Industria, Innovación e Infraestructura”, 10 “Reducción de la desigualdad”, 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 2/2008, de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA). - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. Asimismo, y en caso de discordancia entre los documentos del proyecto aprobado por la Administración, la Dirección facultativa determinará el documento que en cada caso deba prevalecer. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.