QUORUM. El quórum para deliberar y decidir lo constituye la participación de dos (2) de sus integrantes.
QUORUM. La Asamblea General quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados con derecho a voto y, en segunda convocatoria, cualquiera que fuere el número de asistentes. La Asamblea que incluya en su orden del día algún punto para cuyo tratamiento u adopción se requiera por Ley o Estatutos un quórum específico y no se alcance, se entenderá válidamente constituida respecto al resto, sin perjuicio de que ocasionalmente dicho punto no pueda tratarse. La Presidencia de todas las Asambleas Generales corresponderá al Presidente de la Unión de Criadores de Xxxxx xx Xxxxx y, en su ausencia, al Vicepresidente, siendo secretario el Secretario de la Junta Directiva La mesa de la Asamblea quedará integrada, por el Presidente, Junta Directiva y Secretario y como mínimo por el Presidente y Secretario. Todos los asociados tendrán derecho de asistencia a la Asamblea General, pero solo tendrán derecho a voto en las mismas los que, al momento de la convocatoria, estén al corriente del pago de sus obligaciones económicas, siendo estos únicamente los que computen a efectos de constitución, quórum y mayorías. También podrán asistir a las Asambleas aquellas personas invitadas por el Presidente para que asesoren o intervengan en la reunión y emitan sus opiniones e informes. Cada asociado tendrá derecho, por escrito y con carácter especial para cada Asamblea, a estar representado a través de un representante legal o apoderado, ascendiente, descendiente en línea directa, cónyuge u otro miembro de la Unión de Criadores de Xxxxx xx Xxxxx que este al corriente de pago, y acrediten su condición. La presencia del asociado durante la celebración revoca la representación y asistencia del representante. La representación en cada Asamblea será acreditada, mediante alguna de las siguientes formas:
1. Entrega de la tarjeta de representación con la firma legitimada del representado,
2. Entrega de la tarjeta de representación junto con el carnet de asociado del representado
3. Envío de la tarjeta de representación por el representado a la Unión de Criadores xx Xxxxx a su domicilio social.
QUORUM. La Asamblea del Club reunida ordinaria o extraordinariamente, podrá instalarse, deliberar y decidir válidamente, cuando estén presentes la mitad más uno, como mínimo de los afiliados en pleno uso de sus derechos. PARÁGRAFO: La asamblea extraordinaria para reforma de estatutos y cambio de domicilio requiere el voto calificado de las 2/3 partes de los afiliados.
QUORUM. Constituirá quórum para deliberar y decidir, la asistencia de dos (2) de los miembros del comité. En el caso de reunirse con el Quorum mínimo, las decisiones se tomarán por unanimidad o de lo contrario se convocará a una nueva reunión.
QUORUM. Constituye quórum para deliberar y tomar decisiones válidas, la asistencia de por lo menos cuatro (4) miembros principales o suplentes actuando en calidad de principales. Dado el caso de que un principal llegue después de iniciada la reunión, el suplente numérico correspondiente lo reemplazará hasta cuando se decida sobre el punto tratado en el momento de la llegada del miembro principal.
QUORUM i. Los Inversionistas reunidos en la Asamblea General de Inversionistas deliberarán con un número plural de Inversionistas que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) de la totalidad de los TEIS en circulación a la fecha de la respectiva reunión. Las decisiones se tomarán por la mitad más uno de los votos favorables de los Inversionistas presentes en la Asamblea General de Inversionistas.
ii. En el evento en que para la fecha y hora previstas para llevar a cabo una Asamblea General de Inversionistas no existiere el quórum deliberatorio descrito en el numeral anterior, el Representante Legal de los Inversionistas podrá citar a una nueva reunión en la forma indicada en el Prospecto para las convocatorias de la Asamblea General de Inversionistas. En dicha reunión bastará la presencia de cualquier número plural de Inversionistas para deliberar y decidir válidamente, hecho sobre el cual deberá advertirse claramente en el aviso de citación. Para estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 6º de la Resolución 1210 de 1995, expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia o cualquier normativa que la modifique o derogue de tiempo en tiempo.
QUORUM. Las Asambleas se celebrarán en la sede de la Asociación a la hora señalada en la convocatoria con la presencia del al menos la mitad más uno de los socios con derecho a voto.- Si no se reuniera dicha cantidad solo podrá celebrarse después de transcurrida una hora, desde la señalada en la convocatoria con la cantidad de socios que se hubieren hecho presente. Fernanda Brondino, presidente; Ma. de los Angeles Brutti, secretaria. De conformidad con lo dispuesto por el Consejo de Administración en su reunión del día 15/05/2.024 y de acuerdo a lo establecido en los Estatutos Sociales y disposiciones legales vigentes, se convoca a los señores asociados para que concurran a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, que se llevará a cabo el día 29 de junio del corriente año, a la hora 17:00 en la sede social ubicada en Avda. Colón Nº 25/61 de la localidad de San Salvador para tratar el siguiente orden del dia:
QUORUM. Constituirá quorum deliberatorio y decisorio la asistencia de al menos XXXXX (XXX) miembros del comité. La fiduciaria podrá concurrir a las reuniones en las que participará con voz pero sin voto y no tendrá obligación de firmar el acta.
QUORUM. La Junta de Representantes sesionará con la mayoría de sus miembros y sus decisiones se tomarán con la mitad más uno de los votos de los asistentes.
QUORUM. Se conformará con la asistencia de dos miembros, por lo menos uno principal. La falta de un principal la suplirá un suplente numérico quien actuará con voz y voto.