RAZON DE COBERTURA DE INTERESES Cláusulas de Ejemplo

RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Utilidad Operacional / Gastos De Intereses ≥ 2,14 Nota: Al realizar la verificación de la razón de cobertura de interés, el oferente no presenta obligaciones financieras, registrando el saldo de su cuenta de Gastos Financieros en cero ($0) o INDETERMINADO; se establecerá como CUMPLE para el caso del indicador en mención. INDICADORES FINANCIEROS ADICIONALES:
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. La razón de cobertura de intereses promedio de estas empresas es de 200, sin embargo con el fin de que haya pluralidad y transparencia en el presente debe ser mayor o igual a 10, la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: RAZON DE COBERTURA > 10 En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de la utilidad operacional de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los gastos de interés de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación. ( ( ) ) ( ( ) ) ( ( ) ) ( ( ) ) Así mismo, cuando un oferente no presenta obligaciones financieras y por ende no incurra en gastos financieros, es decir, el denominador es cero (0) o indeterminado y no siendo posible calcular el indicador mediante una operación matemática, en este caso, la regla será que el proponente que no tiene obligaciones financieras queda automáticamente habilitado o cumple.
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. La Razón de cobertura de intereses debe ser igual o superior a dos (2), de lo contrario el proponente será declarado no habilitado. Si el proponente es un consorcio, unión temporal, se verificará la razón de cobertura de interés de cada uno de los participantes de la persona plural y deberá ser cumplido por al menos uno de los integrantes.
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Se calculará con la siguiente fórmula: Donde ACTIVIDAD FECHA LUGAR Publicación aviso convocatoria pública (Artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015) 10 xx xxxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx y aviso de convocatoria en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Publicación estudios y documentos previos 10 xx xxxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Publicación proyecto xx Xxxxxx de Condiciones 10 xx xxxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Publicación Aviso de Convocatoria (artículo 224 del Decreto Ley 019 de 2012) 22 xx xxxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx y aviso de convocatoria en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Plazo para presentar observaciones al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones Hasta el 26 xx xxxxx de 2019 hasta las 17:00 pm SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones 2 xx xxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección 7 xx xxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Audiencia de asignación de Riesgos y aclaración de pliegos 9 xx xxxx de 2019 a las 9:00 am Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Calle 43 No. 57 - 14 Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones por parte de los posibles oferentes. Hasta el 10 xx xxxx de 2019 hasta las 17:00 pm SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Respuesta observaciones al Pliego de condiciones 15 xx xxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Expedición de Adendas Hasta el 16 xx xxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Presentación de Ofertas (Cierre) 22 xx xxxx de 2019 hasta las 10:00 am SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Verificación y evaluación de ofertas. Del 22 al 27 xx xxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Publicación del informe de evaluación de las Ofertas. 28 xx xxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.x o/STS/cce/Login.aspx Presentación de observaciones al informe de evaluación de las ofertas y término para subsanar conforme al parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2017 modificado por la Ley 1882 de 2018. Del 00 xx xxxx xx 5 xx xxxxx de 2019 SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx....
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. La razón de cobertura de intereses muestra la capacidad de una empresa para cubrir sus cargos por intereses, el promedio de estas empresas es de 572.22, sin embargo con el fin de que haya pluralidad y transparencia en el presente debe ser mayor o igual a 10, la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: RAZON DE COBERTURA > 10 En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de la utilidad operacional de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los gastos de interés de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación. ( ( ) ) ( ( ) ) ( ( ) ) ( ( ) )
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Mayor o igual a 2.64
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menos es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. INDICE FORMULA VALORES ACEPTABLES INDICE DE LIQUIDEZ ACTIVO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE IGUAL O SUPERIOR A 1.5 INDICE DE ENDEUDAMIENTO PASIVO TOTAL ACTIVO TOTAL MENOR O IGUAL A 0.79 RAZON DE COBERTURA DE INTERESES UTILIDAD OPERACIONAL GASTOS DE INTERESES IGUAL O SUPERIOR A 5 Si alguno de los índices tiene valor indeterminado se determina que está HABILITADO. Será considerada hábil, la propuesta que acredite la experiencia mínima establecida en el presente pliego de condiciones o acreditada mediante certificación.
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Uop/GI >=2 Capital de trabajo CT=AC-PC >= al 50% del valor del presupuesto oficial del proceso Rentabilidad sobre el Patrimonio Utilidad Operacional /Patrimonio 2% (*) Rentabilidad sobre el Activo Utilidad Operacional /Activo 2%
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Deberá ser mayor o igual a uno coma tres (1,3) NOTA: Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura de intereses. Deberá ser igual o superior al cuarenta por ciento (40%) del presupuesto oficial del proceso al cual presenta propuesta PO = Presupuesto oficial del proceso al cual presenta propuesta.
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. La razón de cobertura de intereses promedio es de 191; sin embargo con el fin de que haya pluralidad y transparencia en el presente debe ser mayor o igual a 1, la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: RAZON DE COBERTURA > 1 En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de la utilidad operacional de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los gastos de interés de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación. ( ( ) ) ( ( ) ) ( ( ) ) ( ( ) )