AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. La audiencia de adjudicación se celebrará en la fecha, hora y lugar indicados en el cronograma y se sujetará a las siguientes reglas (Artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015):
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará en la audiencia de Apertura y revisión de la propuesta económica, mediante Acto Administrativo suscrito por la Subdirectora Administrativa y Financiera de la UIAF. En dicho acto se entenderá notificado en favorecido con la adjudicación. estrados al proponente En esta audiencia, una vez culmine el procedimiento del que trata el numeral 3.2 del capítulo III y antes de proceder a la adjudicación del contrato, la entidad y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos económicos y técnicos alcanzados en esta revisión, con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato, los cuales no podrán versar sobre aspectos que hayan sido objeto de ponderación en el proceso contractual. Dentro de este término establecido para la adjudicación, la Subdirectora Administrativa y Financiera de la UIAF o quien tenga la facultad para ello, podrá declarar desierta la convocatoria cuando exis an motivos o causas que impidan la escogencia objetiva, no se presente propuesta alguna o ninguna se ajuste al Pliego de Condiciones. La adjudicación se efectuará al participante que haga la oferta con menor valor, una vez culminada la puja sobre los precios inicialmente ofertados.
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará en audiencia pública mediante resolución motivada, de acuerdo con el art. 9 de la ley 1150 de 2007. Publica en el SECOP a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, los informes de evaluación definitivos presentados por cada uno de los integrantes del Comité Asesor, el acta de consolidación de los informes de evaluación, el acta de la audiencia de adjudicación y la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato. PRÓRROGA PARA LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN Coordinador Grupo Contratos y Profesional asignado En la fecha, hora y lugar indicados en el cronograma de la licitación Cuando las necesidades de la Administración lo exijan, cualquier miembro del Comité Asesor puede solicitar la prórroga del plazo de la Adjudicación, para lo cual presenta la solicitud ante el Grupo de Contratos, quien elabora el documento por medio de la cual se modifica la fecha y hora para la realización de la Audiencia, para la firma del Ordenador del Gasto. Comité Asesor Así mismo, si una vez iniciada la audiencia pública de adjudicación y de acuerdo con su desarrollo, es necesaria la suspensión, se comunica en la audiencia a los asistentes tal circunstancia y se deja constancia en el acta respectiva. Una vez suscrito el acto administrativo de suspensión por el Ordenador del Gasto, se publica en el SECOP a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. ACTIVIDAD RESPONSABLE TÉRMINO DECLARATORIA DE DESIERTA La Licitación se declara desierta únicamente por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva; ésta se declara por medio de resolución motivada, expedida por el Ordenador del Gasto
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. En la fecha establecida en el Cronograma del SECOP II, la entidad procederá a la instalación y desarrollo de la audiencia efectiva de adjudicación, sin perjuicio de la utilización de los medios virtuales que garanticen la participación y la interacción de los interesados con la entidad contratante. Al inicio de la audiencia, la entidad otorgará la palabra a los proponentes para presentar las observaciones al informe final de evaluación. Esta no podrá entenderse como una oportunidad adicional para aportar documentos o elementos que no hayan sido incorporados en el plazo definido en el numeral 1.22. Lo anterior, sin perjuicio de la potestad de la entidad de realizar las verificaciones que considere pertinentes para la adecuada selección de los proveedores. La audiencia de adjudicación se desarrollará de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015.
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. La audiencia de adjudicación se llevará a cabo en la fecha, hora y lugar dispuesto en los pliegos de condiciones. El ITM de acuerdo con el inciso 2 numeral 9, artículo 30 de la Ley 80 de 1993, podrá prorrogar dicho plazo antes de su vencimiento por un término no mayor a la mitad del inicialmente fijado. Dentro del mismo término podrá declararse desierta la licitación, conforme a lo previsto en el Régimen de Contratación Administrativa, Ley 1150 de 2007. Contra la resolución de adjudicación no proceden recursos por la vía gubernativa. En firme la resolución de adjudicación, esta es irrevocable y obliga, por lo mismo, al ITM y al proponente que resulte favorecido.
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. La Entidad Estatal debe realizar la audiencia de adjudicación en la fecha y hora establecida en el Cronograma, la cual se realizará de acuerdo con las reglas establecidas para el efecto en los mismos y las siguientes consideraciones: Las actividades y responsables principales en el proceso de Licitación Pública son:
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 15 del Decreto 2474 de 2008, la adjudicación se hará de forma obligatoria en audiencia pública, la cual se llevará a cabo en el lugar, día y hora señaladas en el cronograma, mediante resolución motivada, que se entenderá notificada al proponente favorecido en dicha audiencia. Durante la misma audiencia, y previamente a la adopción de la decisión definitiva de adjudicación, los interesados podrán pronunciarse sobre la respuesta dada por la Gobernación a las observaciones presentadas respecto de los informes de evaluación. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la Gobernación y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. En la audiencia se tendrá en cuenta lo siguiente:
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. M. Suscripción del contrato y demás requisitos de ejecución.
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. 30 de octubre de 2017 En la sede xxxxx 000, xxxxxxx 00 Xx.000-00 Xxxxxx X.X. Se comunicara previamente a los interesados en la página web de la Universidad, el auditorio o aula en que se desarrollará.
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. La Universidad Militar Nueva Granada adjudicará el proceso de selección en audiencia pública, en la fecha, hora y lugar que se señale dentro de la presente Invitación Pública. Los proponentes participarán en la audiencia de adjudicación, por sí mismo o a través de su representante legal o apoderado, quien deberá presentar en original, el poder otorgado. (NO se admitirán poderes escaneados, por correo electrónico o en fotocopia). Durante la audiencia de adjudicación, se dará respuesta a las observaciones presentadas por los proponentes frente al informe de verificación y evaluación. En la audiencia, los proponentes pueden pronunciarse sobre las respuestas dadas por la Universidad a las observaciones realizadas frente al informe de verificación y evaluación; no se admitirán intervenciones relacionadas con aspectos distintos a los mencionados, si hay pronunciamientos que a juicio de la Universidad requieren análisis adicional y su solución puede incidir en el sentido de la verificación y/o evaluación o decisión frente a la adjudicación, la audiencia puede suspenderse por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado. Una vez resueltas las observaciones presentadas en audiencia, se procederá a obtener el puntaje económico, según lo dispuesto en el presente pliego de condiciones. Obtenido el puntaje final y ganador dentro del proceso, o resuelto el empate, según el caso, se realizará la adjudicación mediante resolución motivada, que se comunicará al proponente favorecido y se publicará en la página web de la Universidad. Por ningún motivo se efectuará la adjudicación parcial del proceso. Contra el acto de adjudicación no procede recurso alguno. Nota: La Universidad Militar Nueva Granada podrá adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos xxx xxxxxx de condiciones.