Recusación Cláusulas de Ejemplo

Recusación. 234.1. Los árbitros pueden ser recusados por las siguientes causas:
Recusación. 1. Un árbitro podrá ser recusado si existen circunstancias que den lugar a dudas justificadas respecto de su independencia o imparcialidad, o si no posee las cualifi- caciones convenidas por las partes. La recusación de un árbitro deberá formularse ante el Centro mediante un escrito en el que se precisarán y acreditarán los hechos en que se funde.
Recusación. Son causas de recusación como integrante de una junta de cotización, licitación o calificación, las mismas de los impedimentos establecidos en el artículo 12 y de las excusas establecidas en el artículo 13 de esta Ley. La Dirección General de Adquisiciones del Estado es el ente rector de las adquisiciones públicas, responsable de facilitar procesos, proponer o aprobar la normativa en el ámbito de su competencia. El objeto de la Dirección General de Adquisiciones del Estado es procurar que las adquisiciones públicas se desarrollen en un marco general de transparencia, certeza, eficiencia y competencia en las adquisiciones públicas. Entre sus funciones se encuentra:
Recusación. 1. Un árbitro podrá ser recusado únicamente si:
Recusación. Son causas de recusación, como integrante de Junta de Licitación, las mismas de los impedimentos y de las excusas.
Recusación. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal y a los Asesores especialistas cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, siguiendo para ello el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Recusación. Serán de aplicación a los nombramientos del Instructor y Secretario, las normas relativas a la abstención y recusación establecidas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El derecho de recusación podrá ejercitarse desde el momento en que el interesado tenga conocimiento de los citados nombramientos. Deberá plantearse ante el órgano que acordó el nombramiento, quien deberá resolver en el término de tres días. La recusación o abstención una vez efectiva, implicará la interrupción del plazo de prescripción para la resolución del expediente.
Recusación. Son causas de recusación como integrante de una junta de cotización, licitación o calificación, las mismas de los impedimentos establecidos en el artículo 12 y de las excusas establecidas en el artículo 13 de esta Ley. *Reformado por el Artículo 10, del Decreto Del Congreso Número 9-2015 el 16-12-2015
Recusación. 1. En los casos previstos en el artículo anterior, podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
Recusación. 1. Las partes podrán formular recusación en contra del Árbitro de Emergencia, dentro del día siguiente a la fecha de notificación de la aceptación del Árbitro de Emergencia, o desde la fecha en la que dicha parte tomó conocimiento de los hechos y circunstancias en que funda su recusación, siempre que aquella sea posterior a la recepción de la mencionada notificación.