ANÁLISIS DE RIESGOS Cláusulas de Ejemplo

ANÁLISIS DE RIESGOS. El contratista asumirá los riesgos que se listan más adelante, además de aquellos que se deriven de cláusulas, estipulaciones y/o de la naturaleza del contrato y sus anexos, a partir de la fecha de su suscripción, según el análisis de riesgos, para lo cual es necesario que los futuros oferentes conozcan lo que a continuación se señala:
ANÁLISIS DE RIESGOS. De acuerdo con el servicio a desarrollar, la duración y cobertura, se informan los riesgos previsibles y su asignación con el propósito de que el Profesional administre, mitigue o controle los riesgos analizados. Riesgo Medida de mitigación Fecha derealización Responsable Cumplimiento Talento humano del Contratista, Residente de Obra para el seguimiento técnico de las actividades. Póliza de seguro amparo de cumplimiento Todo el plazo de ejecución del contrato y seis meses más. Supervisión PLAN Disponibilidad xx Xxxxxxx Humano del Contratista Plan de trabajo y copia de los contratos de vinculación del personal Al inicio de la ejecución Contratista Calidad de los materiales Estabilidad de obra Especificaciones técnicas de los materiales Fichas técnicas Póliza con cobertura calidad y estabilidad de obra Especificaciones técnicas de los materiales. Fichas técnicas Póliza con cobertura calidad y estabilidad de obra Al inicio de la ejecución Contratista Calidad de los estudios y diseños Póliza de calidad del servicio Un (3) años a partir de la entrega de los estudios y diseños Contratista Daños a terceros Señalización del lugar de ejecución labores Póliza de RCE Desde el inicio de la ejecución de las obras hasta su terminación y entrega. Contratista Riesgo de que un(a) niño(a) sea damnificado como resultado de las actividades /programas, ocasionando [daños a el/la niña(a) /daños a la reputación /crisis mediática /demandas legales en contra de Plan]. Socialización de la política de salvaguarda. Compromiso firmado por todas las personas que intervienen en la ejecución de la obra. Inclusión de cláusula de la política de salvaguarda en los contratos derivados Póliza de RCE Antes y durante las actividades del proyecto Gerencia del proyecto Contratista La coordinación y supervisión del contrato y el proyecto se llevará a cabo con la Gerencia de Área/Proyecto y se coordinará con la Gerencia de Área/Proyecto con énfasis en Infraestructura y Hábitat Social.
ANÁLISIS DE RIESGOS. El presente análisis hace parte integral de la presente convocatoria y por lo tanto del contrato que se suscriba. Ésta es resultado de un ejercicio de identificación, valoración y distribución de dichos riesgos. Si los interesados estiman que existen riesgos contractuales no previstos en la matriz de riesgos contractuales propuesta por el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz – PA FCP, debe anunciarlo en la etapa de presentación de observaciones, para que sean evaluados y de ser pertinentes sean incorporados. No será posible entonces alegar desequilibrio económico del contrato por factores que pudieron ser previstos en la etapa precontractual con base en el conocimiento de la convocatoria y los documentos que hacen parte integral de esta, así como de su contexto, y que no hayan sido anunciados por el CONTRATISTA. El PA-FCP se reserva el derecho a acoger o no las observaciones que se formulen acerca de la distribución de los riesgos previsibles a cargo del contratista. El nivel de probabilidad de ocurrencia de los riesgos y la afectación del contrato depende de la efectividad o no de las acciones realizadas por el contratista para eliminar o mitigar, según sea el caso, los riesgos que se presenten durante la ejecución del contrato. Los oferentes declaran que para la preparación y presentación de su propuesta conocieron, aceptaron, valoraron e incluyeron los riesgos contractuales contenidos en la matriz definitiva. Consecuente con lo anterior, partiendo de la debida diligencia y con fundamento en el principio de la buena fe precontractual de que trata el artículo 863 del Código de Comercio, que debe tener el oferente al realizar su propuesta, se entiende que todos los riesgos previsibles del contrato fueron tenidos en cuenta al momento de elaborar su propuesta. La tipificación, estimación y distribución de los riesgos previsibles del contrato objeto del presente proceso de selección, se sujetarán a los criterios definidos en el presente inciso, sin perjuicio del alcance de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con las previsiones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y el contenido de las reglas de participación, considerando, preponderantemente, que en general, está a cargo del contratista la ejecución del contrato de conformidad con la documentación técnica suministrada por el PA-FCP. El PA-FCP y el oferente - con la presentación de su propuesta-, entienden como riesgo contractual previsible aquel que reúne las siguie...
ANÁLISIS DE RIESGOS. Método sistemático de las posibles amenazas y probables eventos no deseados, así como los daños y consecuencias que pudieran repercutir en el proyecto de APP, el cual deberá realizarse de acuerdo a lo establecido en la sección VI de los LINEAMIENTOS, así como en el MANUAL.
ANÁLISIS DE RIESGOS. Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente pliego de condiciones y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. Sobre el tema de riesgos en la actividad aseguradora se precisa, que tal como lo señaló el Consejo de Estado en concepto del 14 xx xxxxxx de 1997, radicación No. 1011, “En el caso concreto de un contrato de seguro, es claro que al ser este un contrato aleatorio conforme a su naturaleza y además por su extensa disposición legal, no le es aplicable la teoría de la imprevisión y consiguientemente, no hay lugar a la figura del restablecimiento del equilibrio de la ecuación contractual que se predica de los contratos conmutativos, en los cuales sí se presenta la equivalencia de las prestaciones de los contratantes.” De igual manera manifiesta el Consejo de Estado que “Al contrato de seguro no le es aplicable el inciso segundo del numeral 1º del artículo 5º de la ley 80 de 1993, en lo que se refiere al reconocimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato por la ocurrencia de situaciones imprevistas no imputables al contratista. Ello por cuanto la teoría de la imprevisión no rige para los contratos aleatorios, como lo es el de seguro, por la naturaleza misma de éste y por expresa disposición del último inciso del artículo 868 del Código de Comercio.”
ANÁLISIS DE RIESGOS. El precio del contrato y utilidad para el CONTRATISTA que resulte adjudicado en el proceso de selección, se concreta en sus propios cálculos y estimaciones, y en la dimensión que él haga del alcance de su oferta, especialmente lo relacionado a la aplicación de los recursos humanos, técnicos y económicos para optimizar y ofrecer un precio por sus servicios y productos a entregar. Tales estimaciones y cálculos deben considerar el contexto antes descrito, y todos los fenómenos, actividades y buenas prácticas, que sus conocimientos sobre la actividad y su estado actual indiquen que, en forma responsable y cuidadosa, deben ser observados. Estas pueden hacer variar la intensidad de los riesgos aquí estudiados, dado que al hacer sus ofrecimientos el contratista puede exacerbar, aumentar o disminuir las estimaciones de riesgo. Igualmente debe considerar la condición de ejecución por etapas y los términos en que se encuentran establecidas las causales de terminación anticipada indicadas en las reglas de participación incluida lo estipulado en la cláusula resolutoria. De esta forma, queda claro que los valores que se registran en las reglas de participación y los riesgos señalados, no constituyen una garantía que esté extendiendo la entidad contratante, para el cálculo de los ingresos y utilidad esperada del futuro contratista. Debe tenerse en cuenta que los eventos de fuerza mayor, caso fortuito y eventos imprevisibles, en cuanto a las cargas de este contrato tendrán un tratamiento especial, en la medida que sea factible hacerlo, mediante la obligación de suscribir pólizas de daños reales y patrimoniales.
ANÁLISIS DE RIESGOS. CAPÍTULO VIII.
ANÁLISIS DE RIESGOS. En el presente proceso se tipificó un riesgo legal y operacional que surge en el momento en que se presenta incumplimiento de parte del Contratista de los parámetros de ejecución especificados en los presentes de referencia, su anexo técnico y en el contrato a celebrar; costos de operación; pago de salarios y prestaciones sociales al personal que utilice para el cumplimiento del contrato a celebrar; incumplimiento y/o mala calidad de los bienes que obliguen a su remplazo, accidentes en el transporte de los bienes objeto de compra y/o suministro que retrasen su entrega o afecte la calidad de los mismos e interrupción de la ejecución del objeto contractual por acto u omisión del Contratista Estos riesgos se estimaron proporcionalmente conforme a los porcentajes por los cuales el Contratista deberá cubrir los amparos de cumplimiento, calidad del servicio. Los riesgos tipificados se asignarán al Contratista, de acuerdo con lo siguiente: favorables y desfavorables derivados de los imprevistos, accidentes, fallas técnicas, administración y todo lo relacionado para dar cabal cumplimiento al objeto de este proceso. Estos estarán a cargo y riesgo del contratista y asumirá el 100% de los riesgos de operación.
ANÁLISIS DE RIESGOS. Se adjunta matriz que contiene el análisis de riesgos en la contratación. No se exigirán garantías de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015, lo anterior en razón a que se trata de una contratación directa, no se entregará anticipo y los servicios se remunerarán previo recibo a satisfacción suscrito por el supervisor del contrato.