Seguro. En el caso de que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios en las instalaciones del Comprador, el Vendedor contratará y conservará el siguiente seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación de dicho seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados a través de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas por el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia de los derecho de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambio.
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Samples: Purchase Order Terms and Conditions, Purchase Agreement
Seguro. En 17.1. Sin limitar sus obligaciones y responsabilidades bajo el caso de que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios en las instalaciones del CompradorContrato, el Vendedor Contratista contratará y conservará el siguiente seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación de dicho seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados a través de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas especificadas en los artículos 17.2., 17.3 y 17.4. Cada póliza de seguro será efectuada con aseguradoras y bajo términos aprobados por la Autoridad Contratante. Antes de la fecha de inicio, el Contratista presentará copias de las pólizas al Ingeniero. Al pagar cada prima de las pólizas de seguro, el Contratista presentará la evidencia del pago al Ingeniero. El Contratista cumplirá con las condiciones estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. Dichas pólizas de seguro estarán en efecto a partir del inicio de las Obras y estarán vigentes hasta la emisión del Ingeniero del Certificado de Terminación Final de las Obras. Cada póliza de seguro estará a nombre conjunto de la Autoridad Contratante' y el Contratista.
17.2. El Contratista contratará una póliza de seguro contra cualquier perdida o daños por los cuales el Contratista es responsable bajo el Contrato surgiendo de una causa ocurriendo previo a la emisión del Certificado de Terminación Sustancial, y por la pérdida o daños causados por el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o Contratista en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia de los derecho de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si curso de cualquier otra manera cobra conocimiento operación (incluyendo aquellos bajo el artículo 49). Dicha póliza de seguro cubrirá: las Obras, junto con los materiales y planta para su incorporación en las mismas y los dibujos, hasta el total costo del reemplazo contra perdida o daños de cualquier cambio causa surgiendo además de una fuerza mayor; una suma adicional del 10% de dicho costo de reemplazo o cualquier otra cantidad especificada en el Contrato para cubrir todos los costos directos o indirectos de las pérdidas o daños, incluyendo honorarios profesionales y el costo de demoler y remover cualquier parte de las Obras y de remover desechos de cualquier naturaleza; el equipo, planta y otras cosas del Contratista, llevadas al sitio por el Contratista por una cantidad suficiente para proveer su reemplazo en el Sitio.
17.3. El Contratista asegurará contra la responsabilidad de cada una de las partes por cualquier perdida, daño, muerte o lesión corporal que restringa le podría ocurrir a cualquier propiedad física (excepto cosas aseguradas bajo el artículo 17.2) o reduzca para cualquier persona (excepto personas aseguradas bajo el artículo 17.4), que podrían surgir del desempeño del Contratista del Contrato y ocurriendo antes de la cobertura emisión del Certificado Final de Terminación. Al menos de que esté estipulado de otra forma en el Contrato, este seguro será ampliado para cubrir todas las perdidas y daños a la propiedad de la Autoridad Contratante (excepto las cosas aseguradas bajo el artículo 17.2).
17.4. El Contratista contratará una póliza de seguro para cubrir su propia responsabilidad y la responsabilidad de la Autoridad Contratante y del Ingeniero, por reclamos, daños, perdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos legales) surgiendo de lesiones, enfermedades, o la cancelación muerte del representante del Contratista, todo el personal utilizado por el Contratista en el Sitio, incluyendo personal del Contratista y de cualquiera cada sub-contratista, y cualquier otro personal asistiendo al Contratista en la ejecución de dichas pólizas dentro las Obras. La póliza de los dos días hábiles siguientes a seguro estará en vigor y efecto durante todo el tiempo que este personal esté asistiendo en la recepción ejecución de dicha notificación las Obras o correspondencia o el remedio de su conocimiento de dicho cambiodefectos.
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Samples: Request for Proposal, Works Contract
Seguro. En el caso Al momento de la adjudicación, los Certificados de Seguro deben ser proporcionados a la Ciudad indicando que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios proveedor lleva al menos los siguientes niveles mínimos de seguro. El Vendedor, a su cargo, obtendrá y mantendrá en las instalaciones del Comprador, el Vendedor contratará pleno vigor y conservará el siguiente seguro mínimo efecto durante la vigencia duración del Contratocontrato resultante y cualquier prórroga del mismo, como mínimo, los siguientes tipos e importes de seguro para los reclamos que puedan surgir de o en relación con el contrato resultante. Todos los seguros deben estar asegurados por aseguradoras con una calificación A.M. Mejor de A-: ● Prestaciones VI o mejor.
a. Seguro de Responsabilidad Comercial General: versión de ocurrencia seguro de responsabilidad general comercial con un límite de no menos de $1,000,000 cada ocurrencia para lesiones corporales, lesiones personales, daños a la propiedad, y productos y operaciones completadas. Si dicho seguro contiene un límite agregado general, se aplicará por separado al trabajo/ubicación en el contrato resultante o no será inferior al doble del límite de ocurrencia. Si es necesario, un seguro paragua puede utilizarse junto con el seguro de responsabilidad general para cumplir estos requisitos. Dicho seguro deberá:
1. Contener o ser aprobado para contener una disposición que incluye a la Ciudad, sus funcionarios, oficiales, empleados y voluntarios como asegurados adicionales con respecto a la responsabilidad derivada del trabajo u operaciones realizadas por o en nombre del proveedor, incluyendo materiales, partes o equipos suministrados en relación con tales trabajos o operaciones. La cobertura no contendrá limitaciones especiales sobre el alcance de su protección otorgada a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad asegurados mencionados anteriormente.
2. Para cualquier reclamo relacionado con este proyecto, la cobertura de seguro del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales vendedor será un seguro primario en lo que respecta a la Ciudad, sus funcionarios, oficiales, empleados y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales voluntarios. Cualquier seguro que cubra a la Ciudad, sus funcionarios, oficiales, empleados y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación de dicho seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados a través de voluntarios será un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo exceso del seguro del Vendedor proveedor y no deberá contribuir con él.
3. A discreción exclusiva de la Ciudad, se pueden requerir límites de responsabilidad específicos para este proyecto específico.
b. Seguro de responsabilidad civil de automóviles: incluyendo vehículos de propiedad, contratados y no propiedad, con un límite único combinado de no menos de $1,000,000 por las responsabilidades asumidas cada accidente.
c. Seguro de Compensación de Trabajadores: Seguro de compensación de trabajadores con límites legales según lo requerido por el Estado de Rhode Island u otras leyes aplicables y seguro de responsabilidad de los empleadores con límites de no menos de $500,000. El Vendedor al amparo exigirá que cada uno de las disposiciones sus subcontratistas proporcione un seguro de indemnización compensación laboral para todos los empleados de este último que se dediquen a dicho trabajo, a menos que dichos empleados estén cubiertos por la cobertura del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza seguro de compensación laboral del proveedor. Dicho seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas por el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá incluirá una renuncia de los derecho de los suscriptores subrogación a favor de la compañía Ciudad.
d. Otros requisitos de seguros seguro: el proveedor deberá:
1. Tras la adjudicación, proporcionar a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará Ciudad con certificados originales y endosos de enmienda que efectúen la cobertura requerida por esta sección y disponer que dicho seguro no será cancelado, autorizado a expirar, o ser reducido materialmente en la cobertura excepto en 30 días de previo aviso por escrito al Comprador oficial de contratación de la Ciudad.
2. Proporcionar copias certificadas de los endosos y pólizas si lo solicita la Ciudad en lugar de o además de los certificados de seguro.
3. Reemplazar certificados, pólizas y endosos para cualquier notificación u otra correspondencia seguro que reciba expire antes de cualquiera completar los servicios.
4. Mantener dicho seguro desde el momento en que los servicios comienzan hasta que se completan. El incumplimiento de sus aseguradores, mantener o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca renovar la cobertura o proporcionar evidencia de renovación puede ser tratado por la cancelación Ciudad como un incumplimiento material del contrato.
5. Exigir a todos los subcontratistas que mantengan durante el término del contrato resultante el seguro de cualquiera responsabilidad comercial general, el seguro de dichas pólizas dentro responsabilidad civil para automóviles y el seguro de compensación para trabajadores/responsabilidad del empleador (a menos que los empleados del subcontratista estén cubiertos por el seguro del proveedor) de la misma manera y los límites especificados para el proveedor. El Vendedor deberá proporcionar los certificados de seguro de los dos días hábiles siguientes subcontratistas a la recepción Ciudad sin gastos inmediatamente a petición.
6. Cualquier deducible y/o retenciones auto aseguradas mayores a $50,000 deben ser revelados y aprobados por la Ciudad antes del comienzo de dicha notificación los servicios. El uso de deducibles grandes y/o correspondencia retenciones auto aseguradas requerirá prueba de capacidad financiera según lo determine la Ciudad.
7. La aseguradora estará de acuerdo en renunciar a todos los derechos de subrogación contra la Ciudad, sus funcionarios, oficiales, empleados y voluntarios por las pérdidas derivadas del trabajo realizado por el proveedor para la Ciudad.
8. Todas las políticas deben ser escritas sobre una base de ocurrencia. El uso de políticas escritas sobre una base de reclamos debe ser aprobado por la Ciudad y las fechas retroactivas y/o las fechas de su conocimiento continuación deben ser proporcionadas a la Ciudad antes del comienzo de dicho cambiocualquier trabajo realizado.
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Samples: Request for Proposals
Seguro. El Vendedor acepta mantener —y se compromete a exigir a todo contratista y/o subcontratista que acepte mantener—, durante la vigencia de la relación comercial entre el Vendedor y el Comprador y durante dos (2) años a partir de entonces, una cobertura de seguro que cumpla los siguientes requisitos mínimos: (A) cobertura de responsabilidad comercial general que incluya operaciones completadas, responsabilidad contractual, responsabilidad por daños personales y seguro amplio de daños patrimoniales que incluya operaciones completadas con límites de USD 1.000.000 por siniestro, un total general de USD 2.000.000 y un total de USD 1.000.000 por productos/operaciones completadas (para cumplir con este requisito, se puede utilizar cualquier combinación de límites de responsabilidad subyacente, de cobertura ampliada que cubra sumas que superan los límites de una póliza básica contra terceros [umbrella liability)] y/o de responsabilidad en exceso); (B) responsabilidad civil para vehículos comerciales, incluida la protección de los vehículos propios, alquilados y no propios, con un límite de USD 1.000.000 por cada accidente; (C) seguro de accidentes de trabajo establecido por las leyes del estado aplicable, incluida la responsabilidad civil por accidentes de trabajo con límites mínimos de USD 500.000 por accidente y por empleado; y (D) cobertura en exceso de responsabilidad, de USD 5.000.000 por siniestro, y total según la Política de Seguridad del Contratista de Novolex. Todas las pólizas de seguro contendrán una disposición en la que se establezca que las coberturas ofrecidas no se cancelarán ni renovarán, ni se añadirán modificaciones restrictivas, ni se realizarán otros cambios materiales, hasta que se haya notificado por escrito al Comprador con al menos treinta (30) días de antelación. En el caso de que el Vendedor deba suministrar Bienes (o prestar Servicios los contratistas y/o subcontratistas del Vendedor) no obtenga o mantenga una cobertura de seguro requerida en las instalaciones del Compradorvirtud de este Contrato, el Comprador podrá, a su elección, adquirir dicha cobertura y cobrar al Vendedor contratará y conservará el siguiente costo de esta o rescindir este Contrato. Todos los seguros serán originales con respecto a cualquier otro programa de autoseguro o seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. contratado o mantenido por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Novolex. Antes de entrar en las instalaciones del Compradorcomenzar a entregar o suministrar los Bienes, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación un Certificado de dicho seguro. Dichos certificados serán Seguro como un endoso apropiado que deje constancia de los seguros antes mencionados y que nombre a Novolex asegurado adicional en la forma y suscritos por una compañía o colocados a través virtud de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas por responsabilidad comercial general y de responsabilidad civil para vehículos comerciales. Los certificados de renovación se proporcionarán en el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia aniversario de los derecho cada póliza de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadasseguro. El Vendedor dará aviso renuncia a todos los derechos de subrogación contra Novolex para la recuperación de los daños en la medida en que estén cubiertos por escrito el seguro de accidentes de trabajo, de responsabilidad civil por accidentes de trabajo, de responsabilidad comercial general, de responsabilidad general comercial o por una cobertura ampliada que cubra sumas que superan los límites de una póliza básica contra terceros [umbrella liability). El Vendedor exigirá a todos sus subcontratistas que proporcionen los seguros que se consideren necesarios para proteger al Comprador Vendedor y a Novolex de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba los reclamos resultantes de cualquiera las operaciones realizadas en virtud de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca este contrato. Toda deficiencia en la cobertura o en los límites de la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento póliza del seguro de dicho cambiocontratista y/o subcontratista será responsabilidad exclusiva del Vendedor.
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Seguro. El Vendedor deberá mantener y proporcionar un seguro que lo cubra de todas las responsabilidades asumidas en virtud de los presentes Orden de Compra y Términos, que incluyen, entre otros, indemnización por accidentes laborales, responsabilidad civil general, responsabilidad contractual, responsabilidad contra terceros, responsabilidad civil por daños a la propiedad, responsabilidad civil de productos y seguro de automóvil contra terceros, junto con cualquier cantidad y cobertura adicionales razonables. En cada caso, el caso Comprador y sus compañías afiliadas (según corresponda) serán los beneficiarios y los “asegurados adicionales”. En virtud del presente documento, el Vendedor libera al Comprador y a sus compañías afiliadas, directores, ejecutivos y empleados de todo tipo de pérdida o reclamo que pudieran interponerse por motivos de lesión física, daño a la propiedad u otros reclamos asegurados que surjan de las tareas que el Vendedor deba suministrar Bienes ejecute en función de este documento, y el Vendedor deberá asegurarse de que las compañías aseguradoras renuncien a sus derechos de subrogación que puedan hacer valer frente a dichas partes liberadas. Salvo que expresamente se indique lo contrario en la Orden de Compra, las pólizas del seguro de responsabilidad civil del Vendedor deberán tener límites suficientes y razonables por accidente y en forma total, siempre y cuando dichos límites no limiten la responsabilidad del Vendedor asumida en virtud de la Orden de Compra. Las pólizas del seguro de responsabilidad civil por daños a la propiedad del Vendedor deberán emitirse en función del precio de reposición. El seguro del Vendedor deberá ser el principal y no podrá contribuir con ningún seguro que mantenga u obtenga el Comprador o prestar Servicios en las instalaciones cualquiera de sus compañías afiliadas. La cobertura del CompradorVendedor será la cobertura “desde el primer dólar”, salvo que el Comprador acuerde lo contrario por escrito. Una vez que el Comprador lo solicite por escrito, el Vendedor contratará y conservará el siguiente seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad tendrá 10 (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad de no propietariodiez) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará días para proporcionar al Comprador una certificación un certificado en el que se muestre el cumplimiento de dicho seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía este requisito o colocados a través copias certificadas de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas todas las pólizas de seguro proporcionadas por aplicables. En el Vendedor serán primarias (y no concurrentes certificado deberá constar que, en el caso de finalización o reducción en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles el monto o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia alcance de los derecho de los suscriptores de la póliza, la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará deberá notificar un aviso por escrito al Comprador con una antelación de cualquier notificación u otra correspondencia 30 (treinta) días. La existencia del seguro no libera al Vendedor de las obligaciones o responsabilidades asumidas en virtud de la Orden de Compra. El Vendedor renuncia específica y expresamente a todo tipo de inmunidad que reciba se le pueda conferir en virtud de cualquiera de la legislación aplicable en Estados Unidos y México, siempre y cuando dicha renuncia se extienda únicamente a los reclamos que el Comprador o sus aseguradorescompañías afiliadas pudieran tener contra el Vendedor, o si bien conforme de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro otro modo se estipule en estos Términos, y no incluye ni abarca los reclamos de los dos días hábiles siguientes a empleados del Vendedor que se ejerzan directamente contra el Vendedor. Para el caso de Materiales Directos, las pólizas del seguro de responsabilidad civil del Vendedor deberán tener límites únicos combinados de no menos de cinco millones de dólares estadounidenses (USD 5 000 000) por accidente y en forma total, siempre y cuando dichos límites no limiten la recepción responsabilidad del Vendedor asumida en virtud de dicha notificación o correspondencia o la Orden de su conocimiento de dicho cambioCompra.
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Samples: Purchase Agreement
Seguro. (a) Antes del inicio de cualquier desempeño de acuerdo con esta Orden de Compra, el Proveedor proporcionará y mantendrá una cobertura de seguro, de los tipos y con los montos mínimos que se describen a continuación en esta Sección, tal que lo proteja a él y a Pfizer (incluidos las filiales de Pfizer, sus empleados, directores, encargados, accionistas y agentes) de todas las reclamaciones que puedan derivarse o resultar del desempeño del Proveedor en virtud de esta Orden de Compra, ya sea por sí mismo o por sus subcontratistas, agentes o representantes o por cualquier persona empleada directa o indirectamente por cualquiera de ellos, o por cualquier persona por cuyos actos puedan ser responsables.
(i) Todos y cada uno de los deducibles de dichas pólizas de seguro serán asumidos por el Proveedor, a su cuenta y bajo su único riesgo. Todos los deducibles y los montos de retención autoasegurados deben ser aceptables para Pfizer, y aprobados, por escrito (si es necesario), por este.
(ii) Dichas pólizas de seguro serán primarias y no contributivas con respecto a cualquier otra póliza de seguro similar disponible para Pfizer o sus afiliadas. A excepción de los seguros de Compensación de Trabajadores/Responsabilidad de los Empleadores y de Responsabilidad Profesional/Errores y Omisiones, todas esas pólizas incluirán a Pfizer y a sus afiliadas y a cualquier otra entidad que Pfizer pueda solicitar razonablemente, como asegurados adicionales. Todas estas pólizas proporcionarán una renuncia de subrogación a favor de Pfizer y sus afiliadas.
(iii) El Proveedor deberá proporcionar a Pfizer los certificados originales y los endosos de seguros adicionales que acrediten la cobertura de seguro especificada, antes de comenzar el desempeño bajo esta Orden de Compra, y al momento de la renovación o vencimiento del contrato de cualquiera de las coberturas, lo que ocurra primero. Si Pfizer lo solicita, se proporcionarán copias de las pólizas de seguro. Se notificará a Pfizer, con no menos de treinta (30) días de antelación, por escrito, de cualquier cancelación de la póliza o cambio pertinente. El (los) Certificado(s) de Xxxxxx será(n) firmado(s) por una persona autorizada por la(s) aseguradora(s) para vincular la cobertura en su (sus) nombre(s). El Proveedor proporcionará, pagará y mantendrá en vigor las pólizas con un mínimo de "A-" según la calificación de A.M. Best para las compañías de seguro, o en compañías de seguros satisfactorias para Pfizer. La cobertura se mantendrá mientras esté vigente esta Orden de Compra o según se especifica a continuación, lo que sea más largo.
(b) El seguro contra daños requerido en virtud de la Sección 9(a) anterior se redactará por no menos de cualquier límite de responsabilidad especificado en el presente documento o según lo exija la ley, lo que sea mayor. El Proveedor tendrá derecho a proporcionar los límites totales requeridos por cualquier combinación de cobertura primaria y cobertura paraguas/exceso; dicho seguro deberá incluir, sin limitación, lo siguiente:
(i) Seguro de responsabilidad civil en virtud de la Ley Federal del Trabajo en la que se cumplan las obligaciones del Proveedor (o sea una autoaseguradora calificada en esos estados y jurisdicciones) o aplicable de otra manera con respecto a las personas que trabajan en nombre del Proveedor y el seguro de Responsabilidad del Empleador que cubre todas las reclamaciones de los empleados, subcontratistas, agentes y representantes del Proveedor, o con respecto a ellos, y proporcionar:
1. Si el desempeño del Proveedor resultará en exposiciones según la Leyes y tribunales competentes.
2. Seguro de Responsabilidad Laboral con un límite de no menos de $1,000,000 de pesos mexicanos;
(ii) Seguro de Responsabilidad Civil y Comercial con los siguientes límites y formularios/endosos: Cada incidente $1,000,000 de dolares americanos o su equivalente en pesos mexicanos Total de Productos y Operaciones Completadas $1,000,000 de dólares americanos o su equivalente a pesos mexicanos
1. Formulario de incidente que incluye cobertura de instalaciones y operaciones, productos y operaciones completadas, daños a la propiedad de forma amplia, cobertura para contratistas independientes, cobertura de lesiones personales, responsabilidad contractual general, explosión, daños por derrumbe y daños por hundimiento y cobertura de responsabilidad de embarcaciones si alguna de las actuaciones del Proveedor es en un cuerpo de agua o es cerca de este.
2. La cobertura de Productos y de Operaciones Completadas se mantendrá durante un período de 3 (tres) años a partir de la fecha en que se complete y acepte esta Orden de Compra.
(iii) Seguro de Responsabilidad de Automóviles y Camiones (Transporte): $100,000 dólares mexicanos o su equivalente en pesos mexicanos como límite único combinado para lesiones corporales y daños a la propiedad que surjan del uso de todos los vehículos propiedad, no propiedad y alquilados. Esto debe cubrir todos los automotores y camiones utilizados en el desempeño del Proveedor tanto dentro como fuera de la propiedad de Pfizer, y debe incluir la carga y descarga de estos.
(iv) En el caso de que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios en las instalaciones del CompradorProveedor esté prestando servicios de diseño u otros servicios profesionales, el Vendedor contratará y conservará el siguiente Proveedor deberá obtener un Seguro de Responsabilidad Profesional para los Servicios. Dicho seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - tendrá un límite de $1,000,000 M.N. dólares americanos o su equivalente en pesos mexicanos por cada accidente incidente. La cobertura se mantendrá durante un período de 3 (tres) años después de la finalización y la aceptación final de los Productos y Servicios especificados en esta Orden de Compra.
(v) Si el Proveedor tiene el cuidado, la custodia o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad el control de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes la propiedad o del inventario de entrar en las instalaciones del CompradorPfizer, el Vendedor Proveedor será responsable de cualquier pérdida o daño a este, y proporcionará la Cobertura de Propiedad de a todo riesgo al Comprador una certificación costo total de dicho seguroreposición de estos.
(c) Aceptación del Certificado de Seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados a través La aceptación de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza cualquier certificado de seguro del Vendedor. Todas las pólizas por parte de seguro proporcionadas por Pfizer no constituirá la aceptación de la adecuación de la cobertura, el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia cumplimiento de los derecho requisitos de los suscriptores esta Orden de la compañía Compra ni servirá como una enmienda a esta Orden de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambioCompra.
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Samples: Purchase Order Terms and Conditions
Seguro. En 25.1 La Parte Contratada se habrá asegurado adecuadamente y se asegurará adecuadamente frente a los siguientes riesgos:
a. responsabilidad profesional (riesgos derivados de Errores Profesionales);
b. responsabilidad empresarial (incluida la responsabilidad por daños infligidos a personas o bienes que sean propiedad de la Parte Contratante);
c. pérdida de bienes del inventario y daños a dichos bienes (incluidos los producidos por fuego y robo), incluidos los bienes que sean propiedad de la Parte Contratante.
25.2 La Parte Contratada presentará inmediatamente, si así lo solicita la Parte Contratante, (una copia autenticada de) las pólizas y los comprobantes del pago de las cuotas de los seguros mencionados en el caso párrafo primero, o bien una declaración de la aseguradora sobre la existencia de estos seguros y sobre el pago de las cuotas correspondientes. La Parte Contratada no terminará los contratos de seguro ni las condiciones bajo las cuales hayan sido concertados, sin contar con el permiso previo y por escrito de la Parte Contratante. La Parte Contratada tampoco cambiará el importe asegurado en perjuicio de la Parte Contratante si no cuenta con el citado permiso. Las cuotas del seguro debidas por la Parte Contratada se considerarán incluidas en los precios y tarifas acordados.
25.3 La Parte Contratada cederá de antemano a la Parte Contratante todos los derechos al pago de dinero del seguro, tal y como se menciona en el primer párrafo y siempre que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios tengan relación con daños de los cuales sea responsable la Parte Contratada frente a la Parte Contratante en las instalaciones del Comprador, el Vendedor contratará y conservará el siguiente seguro mínimo durante la vigencia virtud del Contrato: ● Prestaciones . La Parte Contratada se obligará a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. comunicar por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales escrito esta cesión a su aseguradora y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad a enviar una copia de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes esa comunicación a la Parte Contratante, sin perjuicio de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación la facultad de dicho seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados Parte Contratante de comunicar a través de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo aseguradora esta circunstancia.
25.4 El dinero del seguro del Vendedor que paguen directamente las empresas aseguradoras a la Parte Contratante se descontará de la indemnización por las responsabilidades asumidas daños y perjuicios que tenga que pagar la Parte Contratante a la Parte Contratada por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas por el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia de los derecho de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambioevento asegurado.
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Samples: Condiciones Generales Del Estado Para La Concesión De Contratos De Prestación De Servicios
Seguro. En el caso 7.1 Mammoet mantiene un seguro comercial de responsabilidad civil general y otro de responsabilidad civil para maquinaria y equipo con límites que el Vendedor deba suministrar Bienes Mammoet considera apropiados. El Cliente se compromete a asegurar contra todos los riesgos, a su costo exclusivo, todas las propiedades del Cliente o prestar Servicios en las instalaciones de terceros que sean sujetadas, transportadas, elevadas o movidas de alguna forma como parte del CompradorTrabajo, contra cualquier pérdida o daño sufrido durante la ejecución del Trabajo, por una cantidad igual a su valor. Además, el Vendedor contratará Cliente adquirirá y conservará el siguiente tendrá las siguientes coberturas de seguro:
(a) seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones primario y no contributivo de responsabilidad civil general comercial sobre una base de ocurrencia, incluidas las coberturas de lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $a la propiedad con límites mínimos de US$1,000,000 MXN por ocurrencia y US$2,000,000 en total;
(b) Seguro de Responsabilidad Civil para automóviles con límites de no menos de US$2,000,000 por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales ;
(c) Compensación para Trabajadores según lo exija la ley y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Seguro de Responsabilidad (inclusive autos rentados Civil para Empleadores por un monto de al menos US$2,000,000 por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad ;
(d) seguro de Responsabilidad por Contaminación del Contratista por un monto de no propietariomenos de US$2,000,000 por ocurrencia;
(e) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes el seguro no contributivo excedentario/paraguas en la cantidad de entrar en al menos US$4,000,000 y las instalaciones pólizas primaria y excedentaria/paraguas del CompradorCliente deben ser endosados de modo que sean primarios y no contributivos a todas las pólizas de seguro de Mammoet y las pólizas de Mammoet sean excedentarias a las pólizas del Cliente;
(f) una forma adecuada de seguro a todo riesgo, a título primario no contributivo, para cubrir el valor asegurable total del Equipo, por su pérdida o daño por cualquier causa, incluidas, entre otras, la sobrecarga, el Vendedor uso indebido, el incendio, robo, inundación, explosión, vuelco, accidente y caso fortuito que ocurran durante el período de alquiler.
7.2 Todas las pólizas deben ser escritas por compañías de seguros aceptables para Mammoet. Mammoet y todos los colaboradores afiliados, empresas conjuntas, corporaciones y cualquier otra persona a quien Mammoet deba nombrar como asegurado adicional se incluirán como asegurados adicionales en todas las pólizas de seguro de responsabilidad civil, incluidas las pólizas excedentarias/paraguas. El Cliente nombrará a Mammoet como Beneficiario de Pérdidas en todas las pólizas de seguro, que contendrán una exención de subrogación a favor de Mammoet, así como también proporcionará al Comprador todos los certificados de seguro a Mammoet cuando se le solicite. El Cliente entiende que la exención de subrogación obligará a sus aseguradores de todos los niveles y acepta ponerlos sobre aviso de esta exención y que se agreguen los endosos necesarios a las pólizas de seguro aplicables a un Acuerdo. Todas las pólizas deben contemplar que la aseguradora avise con treinta (30) días de anticipación a todos los asegurados acerca de su cancelación, y todas las pólizas de Mammoet, y las pólizas de cualquier persona que Mammoet deba asegurar, serán excedentarias a todas las pólizas del Cliente. En caso de pérdida, los beneficios de los seguros a todo riesgo del Equipo se harán pagaderos a Mammoet.
7.3 El acuerdo del Cliente para aceptar cualquier responsabilidad e indemnizar y eximir a Mammoet de cualquier responsabilidad, daño y pérdida son adicionales, y no una certificación alternativa, a estas disposiciones de dicho seguro. Dichos certificados serán en , y la forma y suscritos por compra de cualquiera de las coberturas anteriores no deberá interpretarse como una compañía o colocados renuncia a través ninguna de un corredor satisfactorio para el Compradorlas anteriores disposiciones de indemnización. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por en que Mammoet pueda actuar bajo un Acuerdo sin que el Cliente obtenga las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo coberturas anteriores, tal evento no funcionará, de las disposiciones de indemnización del Contratoninguna manera, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas por el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá como una renuncia de los al derecho de los suscriptores Mammoet a mantener una acción de la compañía incumplimiento de contrato contra el Cliente. El Cliente notificará de inmediato al proveedor de seguros pertinente y a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador Mammoet en caso de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba una demanda o una reclamación de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambioun tercero.
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Samples: General Terms and Conditions for Equipment Operation and Maintenance
Seguro. 16.1. El Contratista concertará un seguro conjunto a su propio nombre y al del Órgano de Contratación contra las pérdidas o daños que sean de su responsabilidad con arreglo al contrato. Dicho seguro, salvo que las Condiciones Particulares señalen otra cosa, abarcará:
a) las obras, junto con los materiales e instalación que deban incorporarse a las mismas, en todo su valor de reposición y contra cualquier pérdida o daño ocasionados por cualquier causa, salvo el riesgo de fuerza mayor o los imputables, con arreglo al contrato, al Órgano de Contratación;
b) una suma complementaria del 15 % del citado valor de reposición, o, según se especifique en las Condiciones Particulares, a fin de cubrir cualesquiera otros gastos relacionados con la subsanación de la pérdida o el daño, incluidos los honorarios y los gastos de derribo y supresión de cualquiera parte de las obras y los correspondientes a la evacuación de cualquier tipo de escombros;
c) el equipo y demás objetos propiedad del Contratista que éste introduzca en las obras, en una cuantía suficiente para atender a su reposición en el solar.
16.2. El Contratista podrá sustituir el seguro dispuesto en virtud del apartado 1 del artículo 16 por una póliza global de seguros que cubra, entre otras cosas, los elementos de las letras a), b) y c) del apartado 1 del artículo 16. En tal caso, el caso Contratista notificará al asegurador el interés del Órgano de Contratación.
16.3. El Contratista suscribirá seguros que cubran su responsabilidad respecto a accidentes industriales y su responsabilidad civil respecto de sus empleados en las obras, del Órgano de Contratación y de cualquier empleado de dicha autoridad, que se produzcan en la ejecución de las obras. Tal responsabilidad será ilimitada en lo referente a lesiones físicas.
16.4. El Contratista suscribirá seguros que cubran la responsabilidad relacionada con riesgos y la responsabilidad civil resultantes de actos u omisiones que le incumban a él, a sus causahabientes o a sus agentes. El importe de dichos seguros se elevará como mínimo a la cantidad declarada en las Condiciones Particulares. Cuidará asimismo de que todos sus subcontratistas suscriban seguros de igual naturaleza.
16.5. Todos los seguros mencionados en el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios en las instalaciones presente artículo se suscribirán dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la adjudicación del Compradorcontrato, el Vendedor contratará y conservará el siguiente seguro mínimo durante estarán sujetos a la vigencia aprobación del Contrato: ● Prestaciones a los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad Órgano de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación de dicho seguroContratación. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados seguros surtirán efecto a través de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo partir del seguro del Vendedor por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo inicio de las disposiciones obras y permanecerán en vigor hasta la recepción definitiva de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a mismas. El Contratista presentará ante el Órgano de Contratación la póliza de seguro y facilitará, sin demora, la prueba del Vendedorpago regular de las primas cuando el Órgano de Contratación o el Supervisor lo soliciten.
16.6. Todas No obstante la obligación del Contratista de concertar seguros, de conformidad con el artículo 16, el Contratista será el único responsable e indemnizará al Órgano de Contratación y al Supervisor ante toda reclamación de terceros por daños a la propiedad o a las pólizas personas que se deriven de seguro proporcionadas la ejecución de las obras por el Vendedor serán primarias (Contratista, sus subcontratistas y no concurrentes o en exceso) los empleados en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia de los derecho de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambioobras.
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Seguro. En 1001. Seguros del Contratista El Contratista, durante el caso progreso de que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios en las instalaciones del Compradorlos trabajos bajo este Contrato y por toda la vigencia de este Contrato, el Vendedor contratará y conservará mantendrá las coberturas de seguro requeridas en el siguiente seguro mínimo durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones Apéndice “B”, anexo a los Trabajadores – este contrato e incorporado en su totalidad a este Contrato como referencia. Las xx Xxx ● Responsabilidad del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y responsabilidad pólizas de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes de entrar en las instalaciones del Comprador, el Vendedor proporcionará al Comprador una certificación de dicho seguro. Dichos certificados serán en la forma y suscritos por una compañía o colocados a través de un corredor satisfactorio para el Comprador. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo del seguro del Vendedor por Contratista requeridas en este instrumento y en el Apéndice “B” dispondrán que dicha cobertura de seguro será principal sobre cualquier cobertura de seguro de Operador, pero sólo en relación con las responsabilidades obligaciones específicamente asumidas por el Vendedor al amparo Contratista bajo este Contrato. El Contratista tiene el derecho de auto asegurar todas o cualquier cobertura especificada y cualquier decisión del Contratista de autoseguro será únicamente por cuenta del Contratista. El Contratista “será responsable de y mantendrá a salvo e indemnizará” de y contra cualquier Reclamación que surjan de, o en relación con la decisión del Contratista de auto asegurar las coberturas requeridas bajo este Contrato y el Apéndice “B”. El Operador mantendrá, durante toda la vigencia de este Contrato todos los tipos de seguro, por las cantidades y con los respaldos, que se especifican en el Apéndice “B” para el Contratista, cubriendo las obligaciones asumidas por el Operados bajo este Contrato. El Operador tiene el derecho de autoasegurar todas o cualquiera de las disposiciones coberturas especificadas. 1002. Certificados y Pólizas Al inicio de indemnización del este Contrato y posteriormente cada año, y siempre que lo requiera el Operador, el Contratista deberá proporcionar al Operador el certificado de seguro evidenciando el hecho de que todas las coberturas de seguro están o siguen en plena vigencia. 1003. Subrogación Para las obligaciones específicamente asumidas por el Contratista bajo este Contrato, los seguros requeridos deberán disponer que os aseguradores del Contratista renunciarán a su derecho de subrogación en contra del Operador, según lo previsto en el Apéndice “B”. para obligaciones específicamente asumidas por el Operador bajo este Contrato, los seguros requeridos estarán respaldados para disponer que los aseguradores del Operador renunciarán a su derecho de subrogación en contra del Contratista, según lo previsto en el Apéndice “B” para el Contratista. 1004. Asegurado Adicional Excepto con respecto los Seguros de Compensación de Trabajadores y Responsabilidad Patronal, por las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme obligaciones asumidas por el Contratista bajo este Contrato, los seguros requeridos deberán disponer que los aseguradores del Contratista incluirán al Operador como un asegurado adicional, según lo previsto en el Apéndice “B”. Excepto con respecto los Seguros de Compensación de Trabajadores y Responsabilidad Patronal, por las obligaciones asumidas por el Operador bajo este Contrato, los seguros requeridos deberán estar respaldados para disponer que los aseguradores del Operador incluirán al Contratista como un asegurado adicional, según lo previsto en el Apéndice “B” para el Contratista. 1005. Primas y Deducibles El Operado no tendrá ninguna obligación de pagar primas, cantidades de franquicia, deducibles, retenciones de autoseguro u otros cargos pagaderos con respecto a la póliza cualquiera de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas requeridas para el Contratista en el Apéndice “B”. Todos esos cargos en cada póliza de seguro requerida para el Contratista en este instrumento serán obligación única del Contratista y serán por cuenta del Contratista. 1006. Seguro para Subcontratistas El Contratista requerirá y se asegurará que todos y cada uno de los subcontratistas empleados por el Vendedor serán primarias (Contratista para lleva a cabo trabajo, servicios u operaciones bajo este Contrato, contraten y no concurrentes o paguen seguros por las cantidades necesarias para cubrir el trabajo y las obligaciones del subcontratista particular. Cualquier deficiencia en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia los programas de los derecho de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambioseguro del subcontratista será responsabilidad única del Contratista.
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Samples: Master Drilling Contract
Seguro. En el caso de Los arrendatarios tendrán que el Vendedor deba suministrar Bienes o prestar Servicios en las instalaciones del Comprador, el Vendedor contratará contratar y conservará el siguiente seguro mínimo mantener durante la vigencia del Contrato: ● Prestaciones contrato y sus prórrogas, un seguro de responsabilidad civil que cubra frente al CZFV (responsabilidad civil locativa) y frente a terceros (responsabilidad civil de explotación) los Trabajadores – Las xx Xxx ● Responsabilidad riesgos derivados de la actividad que va a desarrollar en el inmueble arrendado. La cuantía mínima a asegurar por responsabilidad civil será de Superficie del Patrón - $1,000,000 M.N. por cada accidente local Capital Hasta 100 m2 150.000,00 € De 101 m2 á 500 m2 300.000,00 € Más de 500 m2 600.000,00 € El CZFV no responderá de ningún tipo de daños producidos con motivo de la explotación o enfermedad ● Responsabilidad General Amplia – Lesiones corporales y daños materiales combinados; Límite Individual; $1,000,000 MXN por ocurrencia/anual acumulado ● Automóvil Amplio - Lesiones corporales y daños materiales combinados: $1,000,000 M.N. Responsabilidad (inclusive autos rentados por ocurrencia/anual acumulado y actividades desarrolladas en el local, asumiendo el arrendatario, expresamente, la responsabilidad de no propietario) ● Responsabilidad Excedente – Límite Individual: $5,000,000 M.N. Antes los riesgos que puedan derivarse de entrar su ocupación del local arrendado así como la de indemnizar cuantos daños y/o perjuicios pudiera causar al propio local, al CZFV o personas de él dependientes y/o a terceros en las instalaciones el uso y disfrute del Compradorlocal arrendado eximiendo expresamente al arrendador de cualquier responsabilidad Si, el Vendedor proporcionará producidos los daños, la cuantía excediera de la cobertura del seguro, tal exceso sería de entera responsabilidad de la arrendataria. Los arrendatarios entregarán al Comprador arrendador, previamente a la firma del contrato, una certificación copia de dicho seguro. Dichos certificados serán la póliza prevista en la forma y suscritos presente estipulación obligándose a facilitar, anualmente, los documentos acreditativos de la vigencia de la referida póliza (copia del recibo). Los arrendatarios se comprometen al puntual abono del recibo generado por una compañía la póliza reseñada anteriormente, tanto en el momento de su contratación como, en su caso, en el de sus renovaciones, así como a abonar cualquier otro recibo que se devengue o colocados a través pudiera devengarse durante la vigencia de un corredor satisfactorio para el Compradorla póliza, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier defecto de cobertura originado por la falta de pago de los citados recibos. En la medida necesaria para proveer cobertura al amparo caso de siniestro, cualquier diferencia que pueda surgir en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias u otro tipo de descubierto del seguro del Vendedor contratado, deberá ser soportada por las responsabilidades asumidas por el Vendedor al amparo de las disposiciones de indemnización del Contrato, las Personas Damnificadas (se definen más adelante) serán asegurados adicionales conforme a la póliza de seguro del Vendedor. Todas las pólizas de seguro proporcionadas por el Vendedor serán primarias (y no concurrentes o en exceso) en relación con todas las demás pólizas (inclusive cualesquiera deducibles o retenciones auto-aseguradas) y el auto-aseguro que pueda proporcionar cobertura y contendrá una renuncia de los derecho de los suscriptores de la compañía de seguros a la subrogación contra las Personas Damnificadas. El Vendedor dará aviso por escrito al Comprador de cualquier notificación u otra correspondencia que reciba de cualquiera de sus aseguradores, o si de cualquier otra manera cobra conocimiento de cualquier cambio que restringa o reduzca la cobertura o la cancelación de cualquiera de dichas pólizas dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha notificación o correspondencia o de su conocimiento de dicho cambioarrendatarios.
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Samples: Contrato De Arrendamiento