Servicios de pago por unidad de uso Cláusulas de Ejemplo

Servicios de pago por unidad de uso. A partir del momento en que R reciba la solicitud del Cliente, este tendrá acceso a los servicios por éste seleccionados en el plazo y tiempo solicitados. Una vez solicitado expresamente un servicio de pago por unidad de uso, o el suministro de contenido digital, el Cliente podrá anularlo, diferirlo o modificarlo, siempre y cuando no se haya iniciado su prestación. No obstante, R por razones técnicas tales como saturación de sus sistemas de registro, podrá condicionar la anulación, modificación o demora de la unidad de uso solicitada por el Cliente al cumplimiento de un preaviso de al menos dos (2) horas al momento previsto para su prestación. A los efectos oportunos, las partes reconocen expresamente que los registros informáticos de R y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los servicios por unidad de uso solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente.
Servicios de pago por unidad de uso. 8.1. Xxxxx´s podrá ofrecer al Cliente el acceso por diferentes medios a servicios de pago por unidad de uso tales como pago por visión, tele carga, vídeo bajo demanda, a la carta o cualquier otro para el que resulte habilitado legalmente.
Servicios de pago por unidad de uso. 8.1.Robless podrá ofrecer al Cliente el acceso por diferentes medios de pago por unidad de uso tales como pago por visión, tele carga, vídeo bajo demanda, a la carta o cualquier otro para el que resulte habilitado legalmente.
Servicios de pago por unidad de uso. A partir del momento en que R reciba la solicitud del Cliente, este tendrá acceso a los servicios por éste seleccionados en el plazo y tiempo solicitados. Una vez solicitado expresamente un servicio de pago por unidad de uso, o el suministro de contenido digital, el Cliente podrá anularlo, diferirlo o modificarlo, siempre y cuando no se haya iniciado su prestación. No obstante, R por razones técnicas tales como saturación de sus sistemas de registro, podrá condicionar la anulación, modificación o demora de la unidad de uso solicitada por el Cliente al cumplimiento de un preaviso de al menos dos (2) horas al momento previsto para su prestación. medidas de seguridad dedicadas a evitar ataques, intrusiones o cualquier otro intento de acceso no autorizado. R en ningún caso asumirá gasto o indemnización alguna por daños o lucro cesante que se deriven de las citadas intrusiones de terceros a través de Internet. El Cliente acepta que R, en su condición de prestador de un servicio de la sociedad de la información, implemente las medidas de detección proactiva de actividad maliciosa en sus redes o infraestructuras, así como aquellas prácticas necesarias para la gestión de incidentes de Ciberseguridad.
Servicios de pago por unidad de uso. 14.1 GRANACABLE podrá ofrecer el acceso por diferentes medios a servicios de pago por unidad de uso.

Related to Servicios de pago por unidad de uso

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.