ANEXO I
ANEXO I
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PLANILLA DE CONVOCATORIA
Procedimiento Contractual - Licitación Privada - Artículo 17 - Ley 13981 y Articulo 17 Apartado 1 del Decreto Nº 59/19 Anexo I
TIPO: LICITACIÓN PRIVADA | N° 1/21 | EX-2021-1919150-GDEBA-DDPRYMGEMSGP | N° DE PROCESO PBAC: 170-0035-LPR21 | 2021 |
RUBRO COMERCIAL |
25-200000 / 73-150000 |
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN |
ADECUACIÓN, INSPECCIÓN Y REPARACIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA AERONAVE BEECHCRAFT B200, MATRÍCULA LV-ZRG.- |
PRESUPUESTO ESTIMADO |
$ 10.038.183,75.- |
COSTO XXX XXXXXX |
SIN COSTO.- |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA |
A través de la web xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx |
LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, SE HARÁ A TRAVÉS DE LOS FORMULARIOS ELECTRÓNICOS DISPONIBLES EN PBAC, CUMPLIMEN- TANDO TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
CONDICIONES PARTICULARES
FORMA DE PAGO |
TREINTA POR CIENTO PAGO ANTICIPADO (30%) Y EL SETENTA POR CIENTO RESTANTE (70%) CONFORME ARTÍCULO 23° PUNTO III APARTADOS 2 Y 3 DEL DECRETO 59/19 ANEXO I.- |
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
DE ACUERDO AL ARTÍCULO 19° APARTADO 1 INCISO b) DEL DECRETO N° 59/19 ANEXO I, DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR TOTAL ADJUDICADO.- |
CONTRAGARANTÍA |
DE ACUERDO AL ARTÍCULO 19° APARTADO 1 INCISO c) DEL DECRETO N° 59/19 ANEXO I, CIEN POR CIENTO (100%) POR EL PAGO ANTICIPADO.- |
PLAZO DE ENTREGA |
SESENTA (60) DÍAS A PARTIR DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- |
LUGAR DE ENTREGA |
AERÓDROMO PROVINCIAL LA PLATA, XXXXX 0 X 000.- |
OBSERVACIONES GENERALES
LA PRESENTE LICITACIÓN PRIVADA SE REGIRÁ POR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES APROBADO POR RESOLUCIÓN N° 76/19 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA Y EL DECRETO N° 59/19 REGLAMENTARIO DE LA LEY 13.981.
FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE
PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
ANEXO II CONDICIONES GENERALES
Artículo 1°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS aplicable a todos los
procedimientos que se rijan por la Ley N° 13.981 y su Decreto reglamentario.
Artículo 2°.- ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.
Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita. Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que para ofertar sea requerido el pago de una suma para la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, ésta será establecida en el acto administrativo que autoriza el llamado, y no podrá superar el medio por ciento (0,50%) del monto estimado de la contratación.
En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas que hayan abonado, previo a la apertura de ofertas, el arancel correspondiente al valor xxx xxxxxx.
El importe recibido por la venta de pliegos no será devuelto a los adquirentes en ningún caso.
Artículo 3°.- COMUNICACIONES:
Las comunicaciones que se realicen entre el contratante y los interesados, oferentes, preadjudicatarios y adjudicatarios, serán efectuadas al domicilio electrónico dispuesto por el artículo 12 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 4°.- DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR EN LA OFERTA:
Los interesados en formular ofertas deberán:
1) Acreditar su inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores acompañando el número correspondiente o la constancia de inicio de trámite. En el último caso, el oferente deberá, bajo pena de tener por desistida la oferta, con aplicación de penalidades, encontrarse inscripto como proveedor en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente, en forma previa a la adjudicación.
Sólo podrán ser admitidas ofertas de proponentes no inscriptos en los supuestos previstos en el apartado 3.I del artículo 11 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
2) Cumplir con la siguiente obligación: Acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales referidas a los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores (artículo 37 Ley N° 11.904, texto según Ley N° 15.079).
Artículo 5°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS:
Todo oferente deberá indicar su domicilio real, legal y electrónico.
El domicilio legal constituido deberá ser fijado en la Provincia de Buenos Aires, y el electrónico, constituido conforme a las normas que dicte la Autoridad de Aplicación en la especie.
Serán válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el contratante en el domicilio electrónico constituido.
La falta de constitución del domicilio electrónico configurará un requisito no subsanable en caso de proponentes que no tengan la obligación de estar inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores para ser adjudicados, conforme apartado 3.I del artículo 11 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al contratante y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación.
Artículo 6°.- COMPETENCIA JUDICIAL:
Toda cuestión judicial que se suscite en torno a los procedimientos de selección previstos en la Ley Nº 13.981, normas reglamentarias y complementarias, así como a los contratos que se perfeccionen bajo su vigencia, quedarán sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos Administrativos de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 7°.- COMPUTO DE PLAZOS:
Los plazos deben computarse en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario.
Artículo 8°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A:
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), la Provincia de Buenos Aires reviste la condición de exento; en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
Las jurisdicciones y entidades alcanzadas por esta norma cuya condición no se corresponda con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios.
Artículo 9°.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR:
El oferente deberá presentar una declaración jurada que manifieste la inexistencia de las causales de inhabilidad previstas en el art. 16, apartado III Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
La Comisión de Preadjudicación podrá verificar la veracidad de los datos en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos así como también de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente en el Registro de Proveedores y Licitadores por el plazo máximo previsto en reglamentación de la Ley N° 13.981.
Si la falsedad fuera detectada durante el plazo del cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista.
Artículo 10°: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas serán presentadas de conformidad a lo normado por el artículo 17, apartado 4 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
A partir del momento en que un procedimiento deba realizarse mediante la utilización de medios electrónicos, no resultarán aplicables las disposiciones relativas a actos materiales o presenciales cuya realización se traduzca en operaciones virtuales en el sistema electrónico, las que quedarán sujetas a la normativa que dicte la Autoridad de Aplicación.
La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante.
Artículo 11°: MONEDA DE COTIZACIÓN:
La moneda de cotización será el Peso ($), excepto que las condiciones particulares prevean la posibilidad de cotizar en moneda extranjera.
Cuando el llamado se efectúe en moneda extranjera:
1) El importe de las garantías se calculará en base al tipo de cambio al cierre del día anterior al que se extienda, según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación.
2) A los efectos de la comparación de precios, se convertirá en base al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Nación Argentina al día anterior al de la apertura de sobres.
Artículo 12°: APERTURA:
Las propuestas se abrirán en el lugar, día y hora indicados en el pliego de condiciones particulares, en presencia de las autoridades de la repartición contratante y de todos aquellos que decidan presenciarlo.
Si el día fijado para ese acto fuere feriado o declarado asueto administrativo éste tendrá lugar el primer día siguiente a la misma hora.
En los procedimientos de etapa múltiple, la recepción de los sobres debe ser simultánea para todas las ofertas, en la fecha y hora fijada para la apertura del sobre número uno. El sobre correspondiente a la oferta económica sólo se abrirá si el oferente fuere seleccionado en las etapas previas; caso contrario, se procederá a la devolución de los sobres sin abrir.
Artículo 13.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término de treinta (30) días, o el que se fije en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, a contar de la fecha de la apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponga algo distinto.
Artículo 14.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
La presentación de la oferta implica el sometimiento voluntario y sin reservas a las disposiciones de la Ley N° 13.981, al DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y a las Bases y Condiciones de la contratación, sus Especificaciones Técnicas y circulares dictadas de oficio o como respuesta a consultas.
No será necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que éstos sean solicitados como requisito junto con la documentación que la integra.
Artículo 15.- OFERTAS- ELEMENTOS A IMPORTAR
Cuando se hubiere previsto la oferta de elementos a importar, la autorización a cotizar en moneda extranjera puede referirse al país de origen de los bienes u otras monedas usuales en el comercio internacional y según condición de INCOTERMS prevista en el pliego.
En caso de que el pliego nada diga en este último aspecto, se entiende que la oferta ha sido requerida en condición C.I.F., Puerto de Buenos Aires.
Los seguros para las ofertas en condición C.I.F., deben siempre cotizarse separadamente del valor de la mercadería. Esta cláusula se toma en cuenta para la comparación de precios y cómputo de los beneficios por aplicación de los principios de prioridad de contratación, incluyendo también aranceles y derechos de nacionalización y todo otro gravamen que corresponda hasta la efectiva entrega.
La gestión para obtener la liberación de recargos, derechos aduaneros y otros gravámenes correspondientes al elemento adjudicado, está a cargo de la Autoridad Administrativa y debe ser tramitada y obtenida antes de la apertura de la carta de crédito, entendiéndose que si el beneficio previsto no pudiera obtenerse por aspectos no considerados, el contrato puede ser rescindido sin responsabilidad alguna.
Artículo 16.- OFERTAS- PREFERENCIAS
Cuando se pretenda la aplicación de las preferencias previstas por el artículo 22 de la Ley N° 13.981, en forma conjunta con la oferta, deberá presentarse la documentación que acredite los extremos legales.
Artículo 17.- FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos contenidos en la oferta dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía de mantenimiento que se hubiere constituido.
Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Artículo 18.- COTIZACIONES PARCIALES.
El oferente debe formular oferta por la totalidad de los bienes y/o servicios solicitados para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones por parte del renglón.
Artículo 19.- GARANTÍAS:
Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los interesados, oferentes y adjudicatarios deberán constituir garantías conforme dispone el artículo 19 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA y los Pliegos Particulares, con las excepciones determinadas en aquel artículo.
La garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse sin límite temporal de validez.
Artículo 20.- PREADJUDICACIÓN
La preadjudicación se efectuará conforme al procedimiento establecido en el artículo 20 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 21.- DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
Los oferentes deberán cumplimentar las exigencias previstas por la Ley N° 13.074 y el Decreto N° 340/04 en forma previa al dictado del acto administrativo de adjudicación por parte de la autoridad competente.
Artículo 22.- ADJUDICACIÓN
La adjudicación debe realizarse a favor de la oferta más conveniente teniendo en cuenta para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
Debe ser resuelta por acto administrativo dictado por la autoridad contratante, notificándose al adjudicatario, a quienes hayan efectuado impugnaciones o deducido pretensiones que se resuelvan en ese acto administrativo y a todos aquellos que sean parte del procedimiento administrativo en trámite, dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo.
Obstará a la adjudicación toda distorsión significativa de la oferta en relación con precios xx xxxxxxx del producto, bien o servicio ofrecido.
Se consideran incluidos en esta previsión todos los ocultamientos, incorrecciones y modificaciones injustificadas de los elementos y circunstancias que hacen a la aplicabilidad de las preferencias para contratación prioritaria, contempladas por el artículo 22 de la Ley que se reglamenta.
Podrán habilitarse, en particular para cada llamado o cuando la naturaleza del objeto de la prestación así lo justifique, métodos que posibiliten concluir la existencia de distorsiones significativas en las ofertas, que las hagan desestimables por evidenciar la imposibilidad de cumplimiento contractual.
Artículo 23.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO.
Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin que ello de lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
Artículo 24.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra o venta al adjudicatario, o mediante la suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. Formarán parte del mismo:
1. La Ley N° 13.981;
2. Las disposiciones del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA;
3. El Pliego de Bases y Condiciones Generales;
4. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Especificaciones Técnicas y circulares dictadas de oficio o como respuesta a consultas;
5. La oferta y las muestras que se hubieren acompañado;
6. La adjudicación;
7. La orden de compra.
Artículo 25.- TRANSFERENCIA
Se encuentra prohibida la cesión o subcontratación, salvo consentimiento expreso de la Autoridad Administrativa.
Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del contratante y xxx xxxxxxx por las obligaciones emergentes del contrato.
Artículo 26.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
La autoridad administrativa contratante tendrá las facultades de aumentar, disminuir, prorrogar, en los términos del artículo 7 incisos b) y f) de la Ley N° 13.981 y el DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 27.- ENTREGA
Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, fecha o plazos, lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.
En caso de omisión xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, se entenderá que:
1) El cumplimiento debe operar en un plazo xx xxxx (10) días corridos, contados a partir del día siguiente al de recepción de la orden de compra o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda;
2) El lugar de entrega es la sede de la autoridad administrativa de la jurisdicción;
3) Los elementos deben ser nuevos, sin uso y de primera calidad.
Artículo 28.- ENTREGAS PARCIALES
Cuando el pliego de condiciones particulares prevea entregas parciales y provisión de bienes, deberá estipular la modalidad del requerimiento, de la facturación y de cada plazo de cumplimiento.
Artículo 29.- FLETE Y DESCARGA
El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario.
Artículo 30.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS:
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la repartición contratante, en la dependencia
que al efecto se indiquen en las condiciones particulares. La presentación de la facturación deberá ser acompañada por:
a) Original del parte de recepción definitiva.
b) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario actuante del comprobante de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del último vencimiento operado al momento de presentar la factura;
c) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario actuante de la última Declaración Jurada de Cargas Sociales (Formulario 931) vencida al momento de presentación de la factura y constancia de su pago;
d) Constancia de su inscripción ante AFIP;
e) Constancia de validez de la factura presentada;
f) Otra documentación que exija el pliego particular o la normativa aplicable.
En cada factura debe constar:
a) Número y fecha de la Orden de Compra, contrato o acto administrativo que corresponda;
b) Número de Parte de Recepción Definitiva;
c) Descripción de los conceptos facturados;
d) Importe unitario y total de la factura;
e) Todo otro requisito que establezca la Contaduría General de la Provincia, en su carácter de Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad.
Artículo 31.- PAGO
El contratante cancelará sus obligaciones conforme las disposiciones establecidas en los apartados 2),
3) y 4) del punto III, del artículo 23 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 32.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:
Será causal determinante del rechazo de la oferta, en cualquier estado del procedimiento de contratación; así como causal de rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva, a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a una contratación, incurran en acciones u omisiones en el cumplimiento de sus funciones; o,
b) Funcionarios o empleados públicos hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos incurran en acciones u omisiones en el cumplimiento de sus funciones; o,
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos incurran en acciones u omisiones en el cumplimiento de sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido o intentaran cometer tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente.
Artículo 33.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL.
Todo el personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva contratación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con los sujetos contratantes.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberada la contratante por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
La contratante quedará desligada respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquier otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención de entidades sindicales y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, previsional e impositivo que recaigan sobre el adjudicatario.
Artículo 34.- DAÑOS A TERCEROS
El adjudicatario deberá adoptar todas las medidas de seguridad que sean impuestas por la legislación vigente, para evitar daños a personas o cosas, y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios que se generen.
Artículo 35.- SEGUROS
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se exijan para el desarrollo de su actividad y los que se requieran en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El adjudicatario será el único responsable de
los perjuicios que ocasionare la inobservancia de la contratación de los seguros exigidos, quedando la contratante exenta de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera.
Artículo 36.- INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes, preadjudicatarios o adjudicatarios dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas por los artículos 24 y 25 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ANEXO III CONDICIONES PARTICULARES
1-Objeto
El objeto de la presente Licitación lo constituye la adecuación, inspección y reparación de equipamiento para aeronave Beechcraft B200, matrícula LV-ZRG, propiciado por la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria, de acuerdo al Anexo I (Planilla de Convocatoria), Anexo II (Condiciones Generales), Anexo III (Condiciones Particulares), Anexo IV (Especificaciones Técnicas) y Anexo V (Planilla de Cotización).
2- Procedimiento de Contratación:
El presente llamado a Licitación Privada, se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC” (RESOL-2017-5-E-GDEBA-CGP –modificada por su similar RESOL-2018-547-GDEBA- CGP- y Resoluciones Conjuntas N° 20/17 y modificada por RESOC-2020-2-GDEBA-CGP- y N° 92/17), conforme lo dispuesto en el artículos 10 y 17 y concordantes de la Ley Nº 13981, artículos 10, 17 Apartado 1 del Anexo I del Decreto N° 59/19, Resolución N° 76/19 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales y el presente Pliego de Condiciones Particulares.
La presente Licitación se encuentra exceptuada de la suspensión prevista en el artículo 1 del Decreto N° 167/20.
3- Publicación:
El presente llamado a Licitación Privada para la contratación objeto del presente, se publicará y comunicará de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley Nº 13981 y su Decreto Reglamentario Nº 59/19.
4- Obtención xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones:
El presente Pliego de Bases y Condiciones se encuentra a disposición de los interesados para su consulta y descarga, en forma gratuita, en el Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx. En el citado Portal podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de Registración, Autenticación y Autorización como Usuario Externo de Pbac.
5- Consultas y Aclaraciones.-
Los interesados que hubieren descargado el presente Pliego de Bases y Condiciones a través del Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, conforme las pautas mencionadas anteriormente, podrán formular consultas a través de PBAC o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xxx.xx, hasta tres (3) días hábiles, previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, sin computar el día de la apertura.
El Comitente podrá efectuar Circulares Aclaratorias o Modificatorias que se emitan de oficio o como respuesta a consultas efectuadas, las que serán publicadas en el Sistema PBAC y en el Boletín Oficial.
6- Domicilios y Notificaciones:
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicación que efectúe el Ministerio, serán realizados al Domicilio Electrónico establecido por el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Nº 13981, el Decreto Nº 59/19 y las Resoluciones Nº 713/16 y N° 76/19 de Contaduría General de la Provincia.
7-Plazo de Mantenimiento de Oferta.
La oferta formulada en los términos del artículo 17 Apartado 4 del Anexo I del Decreto N° 59/19, reglamentario de la Ley Nº 13.981, tendrá vigencia por Treinta (30) días hábiles.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar el mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, se considerará tácitamente prorrogada por un lapso igual al inicial
8- Presentación de las Ofertas
Quienes hubieren descargado el presente Pliego del Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, podrán formular las ofertas correspondientes.
Su presentación se hará a través de los Formularios Electrónicos disponibles en PBAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Condiciones Generales - Anexo II -, Condiciones Particulares - Anexo III- y Especificaciones Técnicas –Anexo IV-, adjuntando en Soporte Electrónico todos y cada uno de los documentos que en ellos se solicitan.
Los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
El plazo para su presentación será desde la fecha de publicación del proceso licitatorio en el Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, y en el Boletín Oficial xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/, hasta la fecha y hora fijada para la apertura de ofertas.
La documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, toda vez que sea emitida por una autoridad extraña a la jurisdicción de la Provincia, deberá presentarse debidamente legalizada. La
misma deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto se deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial matriculado, conforme lo establecido en el art. 37 del Decreto Nº 7647/70.
A fin de Garantizar la Validez de la oferta cargada Electrónicamente, deberá ser Confirmada por el oferente únicamente a través de un Usuario habilitado para ello. (Art. 3 Resolución Conjunta Nº 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros - modificada por RESOC-2020-2-GDEBA-CGP - y Nº 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires).
9- Condiciones para ser Oferente
Para ser oferente, los interesados deberán acompañar la siguiente documentación y cumplimentar en un todo con las Condiciones Generales que rige el presente:
a) El oferente deberá indicar los domicilios real, legal y electrónico. El domicilio legal constituido deberá ser fijado en la Provincia de Buenos Aires, y el electrónico será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones N° 263/16 y 713/16 de la Contaduría General de la Provincia. Asimismo deberá indicar un número telefónico de contacto. – Ver Anexo “Denuncia de Xxxxxxxxx”.
b) Deberá acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción, en el Registro de Proveedores y Licitadores. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA". Asimismo en caso de encontrarse en trámite, el oferente deberá, bajo pena de tener por desistida la oferta, con aplicación de penalidades, encontrarse inscripto como proveedor en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente, en forma previa a la adjudicación.
c) Cuando se trate de UNIÓN TRANSITORIA (U.T., conf. Artículos 1463 a 1469 del Código Civil y Comercial de la Nación) deberán cumplimentarse las exigencias que a continuación se establecen: Las U.T. interesadas en formular Oferta, deberán:
- Satisfacer, en lo pertinente, los requisitos establecidos en los Artículos 1463 a 1469 del Código Civil y Comercial de la Nación.
- Suscribir compromiso expreso:
- De no introducir modificaciones en los estatutos de las partes integrantes que importen una alteración de la responsabilidad frente del Comitente, sin la previa notificación fehaciente a éste y aceptación de su parte.
- Que en caso de quiebra de cualquiera de los participantes o incapacidad o muerte de los empresarios individuales, no se producirá la extinción del contrato de unión transitoria, el que continuará con los restantes.
- Si al momento de la apertura no se encontraren constituidas:
- Al menos por parte de uno de los integrantes debe estar inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado.
- Presentar un “Compromiso de Constitución de U.T.”, el que deberá contemplar las exigencias descriptas en los puntos mencionados anteriormente.-
- Inscribirse registralmente en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o Inspección General de Justicia, según corresponda, previo a la adjudicación.
- En caso de que la preadjudicación corresponda a una Unión Transitoria a constituirse, con carácter previo a la adjudicación y bajo pena de tener por desistida la oferta, con aplicación de penalidades, deberá acreditarse la inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores como Unión Transitoria constituida.
- Los oferentes no podrán concurrir en forma independiente y hacerlo a su vez como integrantes de una UNION TRANSITORIA (U.T.) y quienes lo hicieren bajo esta figura, no podrán integrar más de una U.T. Su incumplimiento hará inadmisible todas las Ofertas en que participe un mismo Interesado.
- Faciliten toda la información que permita su evaluación como sujetos y estén en condiciones de presentar Referencias y Antecedentes.
- No se encuentren alcanzados por alguna de las inhabilitaciones para contratar conforme el Artículo 16 apartado III del Decreto Nº 59/19 reglamentario de la Ley Nº 13.981.
d) Deberá presentar Declaración Jurada que manifieste la inexistencia de las causales de inhabilidad previstas en el artículo 16 Apartado III del Anexo I del Decreto 59/19. – Ver Anexo “DDJJ Inhabilidades.”
e) Declaración Jurada donde el oferente manifieste que ante cualquier cuestión Judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del Contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, conforme lo establecido en el artículo 6 de las Condiciones Generales. –Ver Anexo “DDJJ competencia judicial.”
f) Declaración Jurada donde el oferente manifieste que no posee deudas bajo ningún concepto ante el Fisco de la Provincia de Buenos Aires conforme lo establecido en el artículo 121 de la Ley N° 15079, modificatorio del artículo 37 de la Ley N° 11904 y Resolución Nº 55/20 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) – Ver Anexo “DDJJ Impositiva PBA”
g) En caso de corresponder, deberá presentar Certificado MIPyME de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, emitido por la Autoridad correspondiente, vigente a la fecha de Apertura de Ofertas. – Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado MIPyME”.
h) Documentación Societaria: Copia de estatutos sociales y actas de designación de autoridades vigentes debidamente inscriptas.
En caso de actuar por apoderado, copia de la documentación vigente respectiva.
En todos los casos, el objeto de la contratación deberá estar incluido en el objeto social del ente, y estar reflejado en el Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires.
i) Documentación Especial:
Los oferentes deberán presentar certificación o extracto bancario del Número de Cuenta Corriente o Caja de Ahorro habilitada a nombre de la firma proponente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
j) Estructura de Costos: El Oferente deberá presentar junto con la oferta, la estructura de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista.
k) Pliego:
El oferente deberá acompañar en la presentación de su oferta electrónica, la totalidad de los Anexos que constituyen el Pliego de Bases y Condiciones que rige la presente licitación, debidamente rubricados.
10-Monto estimado de la Contratación Presupuesto Oficial: $ 10.038.183,75.- 11- Apertura de ofertas
La apertura de ofertas se realizará electrónicamente en el sistema PBAC: xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, librándose las ofertas en el día y hora establecidos, formulándose Electrónicamente el Acta pertinente.
12-Garantía a presentar por el oferente:
De Mantenimiento de Oferta: Cinco (5%) por ciento del monto total de la oferta (Según Artículo 19º apartado I inciso a) del Anexo I del Decreto Nº 59/19).-
De acuerdo a lo normado por el artículo 9 del Anexo I de la RESOL-2017-5-E-GDEBA-CGP, los oferentes deberán formalizar e individualizar la garantía de Mantenimiento de Oferta en el Formulario Electrónico de PBAC, debiendo ser extendida a favor del Ministerio de Seguridad, sito en calle 51 entre 2 y 3 La Plata. El Original del instrumento, deberá presentarse físicamente en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0xx Xxxx, 0xx Xxxxx, Xxxxxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, de lunes a viernes en el horario de 9:30 a 15:00 horas, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, computado a partir del Acto de Apertura de Ofertas, en Sobre Cerrado con indicación de los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía, no podrá exceder el día y hora de la Apertura de Ofertas. Caso contrario, la oferta será desestimada sin más trámite.
13-Garantía a presentar por el adjudicatario:
De Cumplimiento de Contrato: diez (10%) por ciento del total adjudicado (Según Artículo 19° apartado I inciso b) del Anexo I del Decreto Nº 59/19).
De acuerdo a lo establecido en los Artículos 14 y 15 Cap. I Anexo I de la RESOL-2017-5-E-GDEBA- CGP, el Adjudicatario deberá integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato, utilizando los formularios correspondientes en PBAC, debiendo presentar la Documentación Original de la Garantía en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Seguridad, sita en calle 51 entre 2 y 3 La Plata, 1er piso, 1er patio, Oficina 44, en el horario de 9:30 hs a 15:00 hs, dentro de los siete (7) días hábiles contados desde la notificación electrónica del acto de adjudicación, y posteriormente, integrada la garantía de cumplimiento de contrato, este se perfeccionará con la notificación de la Orden de Compra al domicilio electrónico del Adjudicatario.
14-Contragarantía:
Cien por ciento (100%) por pago anticipado. (Según Artículo 19° apartado 1 inciso c) del Anexo I del Decreto N° 59/19).
15- Dictamen de Preadjudicación:
La Comisión de Preadjudicación emitirá su dictamen conforme lo normado en el artículo 20 del Anexo I del Decreto Nº 59/19, previa evaluación de las ofertas presentadas mediante los formularios electrónicos habilitados en PBAC.
El Cuadro Comparativo de Ofertas será confeccionado automáticamente por PBAC, de acuerdo a las ofertas presentadas en el Sistema.
El Dictamen de Preadjudicación se emitirá por PBAC, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las ofertas, indicando el orden de merito de las ofertas aceptadas en el proceso de selección, debidamente fundadas. Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o intimación a los oferentes para subsanar defectos formales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 59/19.
La Comisión de Preadjudicación emitirá su dictamen y notificará a los oferentes mediante Mensajería de PBAC, en el Domicilio Electrónico constituido por los proveedores de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 Inciso 6 del Anexo I del Decreto Nº 59/19, haciéndole saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles de la notificación.
16- Información Complementaria:
La Comisión de Preadjudicación, podrá requerir a los oferentes mediante PBAC, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre los oferentes, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
17- Conocimiento de las Condiciones:
La presentación de la Oferta, importará para el oferente, el pleno conocimiento de toda la Normativa Vigente que rige el proceso de selección y la aceptación de las Bases y Condiciones estipuladas, circulares aclaratorias y/o modificatorias que se hubieren emitido, sin posibilidad de alegar su desconocimiento.
18- Modificaciones al Contrato
La presente Licitación podrá ser aumentada por el Comitente hasta en un cien por ciento (100%) conforme Artículo 7 inciso b) del Anexo I del Decreto 59/19 reglamentario de la Ley Nº 13.981 (modificada por Ley Nº 15.165) y artículo 26 de las Condiciones Generales (Anexo II), ello a fin de prever trabajos adicionales que se especifiquen durante la ejecución de lo solicitado, o la presencia de discrepancias mayores que se encuentren en la inspección por daños y/o vicios ocultos, evitando la realización de un nuevo proceso licitatorio y previniendo dilaciones administrativas.-
19- Cotizaciones parciales
No Aplicable.-
20- Adjudicación
La adjudicación será global a un único oferente.
21- Moneda de Cotización.
El oferente podrá formular su oferta en Pesos o en Moneda Extranjera, según lo establecido en el artículo 11 de las Condiciones Generales, Anexo II, Resolución 76/19 del Contador General de la Provincia y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 23 punto III, Apartado 3 del Anexo I del Decreto N° 59/19.
En caso de que la cotización se efectúe en Moneda Extranjera, a los efectos del pago, se convertirá en base al tipo de cambio vendedor, vigente del Banco de la Nación Argentina, al día anterior a la emisión de la Orden de Pago, pudiendo el contratista reclamar ulteriormente la diferencia cambiaria que surja entre dicho momento y la acreditación bancaria correspondiente.
22- Elementos a importar.
Se aceptarán ofertas de elementos a importar bajo condición D.A.P., de acuerdo a lo normado en el Artículo 17 Apartado 4 del Anexo I del Decreto 59/19.
La oferta realizada por una firma extranjera deberá consignar:
1. Datos del beneficiario del exterior, banco, número de cuenta y demás datos para realizar el depósito, como así también origen, procedencia y posición arancelaria de la mercadería.
2. Si el oferente actúa por cuenta y orden de un tercero, deberá indicar en su propuesta dicha circunstancia y acreditar la representación con la documentación pertinente.
3. Estarán a cargo de la adjudicataria los gastos que deriven de la condición de venta D.A.P.
Al actuar la Repartición como importador, el plazo de entrega establecido comenzará a regir a partir de la obtención de la documentación necesaria que habilite a importar los elementos, la que será debidamente notificada.
23- Plazos y forma de entrega
El plazo de entrega establecido para la totalidad de los renglones, Nº 1, 2, 3, 4 y 5, es de 60 días hábiles, incluirá la entrega de los equipos, las inspecciones, instalación, e integración de sistemas, cambios y alteraciones requeridos en la presente. También el proceso de certificación y aprobación de cambios y alteraciones por parte de la ANAC.
El oferente podrá proponer menores plazos de ejecución para los casos planteados, lo que será ponderado al momento de la adjudicación de la oferta.
24- Entregas Parciales.
No Aplicable.-
25- Lugar de entrega, instalación y recepción
El lugar de entrega e instalación de los equipos será en las instalaciones de DIyTA de la DAO sita en el Aeródromo Provincial La Plata, Provincia de Buenos Aires con domicilio en la xxxxx 0 xxxxxxx 000 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, libre de todo flete, acarreo y cualquier otro gasto que eroguen estos traslados.
26- Facturación
Se deberá presentar la facturación electrónica a través del portal de proveedores de la Contaduría General de la Provincia, conforme artículo 30 del Anexo Único de la Resolución Nº 76/19 del Contador General de la Provincia y artículo 23 Punto III) Apartado 1 del Anexo I del Decreto N° 59/19.
27- Contraparte de la Relación Contractual.
La Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria, será la responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
28- Otras Garantías.
De corresponder, se aplicará lo normado en el Artículo N° 19° del Anexo I del Decreto N° 59/19.-
29- Perfeccionamiento de Contrato
Integrada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se perfeccionará el Contrato con la Notificación de la Orden de Compra al Domicilio Electrónico del adjudicatario, mediante PBAC. (Artículos 14 y 15 Cap. I Anexo I de la RESOL-2017-5-E-GDEBA-CGP).
30- Incumplimiento
En caso de incumplimientos se aplicará las penalidades y sanciones previstas por los Artículos 24 y 25 del Anexo I del Decreto N° 59/19.
ANEXO “Denuncia de Domicilio”
La Plata, de de 2021
Por la presente denuncio los siguientes domicilios a los efectos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares de la presente licitación, comprometiéndome a notificar fehacientemente todo o cambio o modificación del/los mismo/s:
Domicilio Real | |
Domicilio legal (en la Prov. De Buenos Aires) | |
Domicilio electrónico | ……………………………………@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx |
Teléfono |
ANEXO “DDJJ Inhabilidades”
La Plata, de de 2021
Por la presente declaro bajo juramento no encontrarme sujeto a las causales de inhabilidad detalladas a continuación, para presentarme como oferente en los procesos de selección que realiza la Provincia de Buenos Aires, previstas en el artículo 16, apartado III, del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 59/19 de la Ley 13.981:
1) Los que no puedan ejercer el comercio de acuerdo a la legislación vigente.
2) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos y contra la Administración Pública. En todos los casos hasta 10 (diez) años de cumplida la condena.
3) Las sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
4) Las sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades N°19.550, excepto para el caso de contrataciones encuadradas en el artículo 18, inciso 1) de la Ley.
5) Las sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Proveedores de la Provincia de Buenos Aires.
6) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
7) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
8) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
9) Los evasores en el orden nacional o provincial con sentencia firme y los deudores morosos previsionales o alimentarios declarados tales por autoridad competente.
10) Las personas humanas y los miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados de sociedades que tengan parentesco hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad con funcionarios de la administración provincial centralizada o descentralizada que tengan la facultad de decidir sobre el proceso de selección del oferente.
FUNCIONARIOS CON FACULTADES DECISORIAS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
APELLIDO Y NOMBRE | DNI O LEGAJO | FUNCIÓN | DEPENDENCIA |
Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx | DNI: 00.000.000 | Ministro de Seguridad | Ministerio de Seguridad |
Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx | DNI: 8.626.920 | Subsecretario de Coordinación y Logística Operativa | Subsecretaría de Coordinación y Logística Operativa |
Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Directora General de Administración | Dirección General de Administración |
Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx | DNI: 00.000.000 | Directora de Compras y Contrataciones | Dirección de Compras y Contrataciones |
Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | DNI: 00.000.000 | Evaluador | Subsecretaria de Coordinación y Logística Operativa |
Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Evaluadora | Comisión de Preadjudicación |
Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Evaluadora | Dirección General de Administración |
Xxxxxxxx, Xxxxx | DNI 00.000.000 | Responsable del Requerimiento de Compra | Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria |
Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx | DNI 00.000.000 | Responsable de la Evaluación Técnica | Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria |
11) Las personas humanas o jurídicas que no acrediten el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores, correspondientes a los períodos no prescriptos al momento de la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares o al de la formalización de la oferta, según el caso. El cumplimiento de dichas obligaciones deberá acreditarse conforme lo determine la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución Nº 55/20. (Conforme artículo 121 de la Ley Nº 15.079, modificatorio del artículo 37 de la Ley Nº 11.904)
Las personas que deseen presentarse en un procedimiento de selección deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilidades previstas. Sin perjuicio de lo expuesto, la Comisión de Preadjudicación podrá verificar la veracidad de los datos en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en el presente régimen. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato, el adjudicatario se hará pasible de la aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista.
ANEXO “DDJJ Competencia judicial”
La Plata, de 2021
Por la presente declaro y acepto que ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Artículo 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales).
ANEXO “Impositiva PBA”
La Plata, de 2021
Por la presente declaro y manifiesto no poseer deudas bajo ningún concepto ante el Fisco de la Provincia de Buenos Aires (artículo 37 xx Xxx N° 11904, modificado por artículo 121 de la Ley N° 15079 y Resolución Nº 55/20 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)).
ANEXO IV ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
RENGLONES N° 1, 2, 3, 4 Y 5 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEFINICIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR SOBRE EL AVIÓN MARCA BEECHCRAFT MODELO B200 MATRICULA LV-ZRG.
ALCANCE:
Las presentes especificaciones técnicas, comprenden la provisión e instalación de un computador de datos de aire, de un sistema de posicionamiento global, de un sistema de alerta de terreno, y la inspección y pruebas funcionales de equipamiento según listado.
La alteración que se proponga, como mínimo, permitirá el vuelo automático en las funcionas básicas xxx xxxxxx, a saber: navegación en ruta, control de altitud, control de velocidad de ascenso para altitud objetivo, captura de altitud. El uso de sistemas de aterrizaje por instrumentos en las categorías de aproximación de no precisión y precisión, y otras, quedarán limitadas a la característica de la instalación efectuada.
La vinculación con el sistema electrónico de instrumentos de vuelo es también requerido. La repartición se reserva el derecho de aceptar propuestas que tengan alternativas a estas especificaciones.
OBJETO:
La provisión de la computadora de datos de aire, de la inspección y prueba funcional de equipos, el reemplazo de equipos de navegación y la incorporación de un sistema de alerta de terreno, bajo la modalidad “listo para volar” y según se detalla en la presente.
CONDICIÓN:
Actualmente se encuentra ingresada a taller por mantenimiento. La aeronave se encuentra en condiciones para la puesta en marcha siguiendo las instrucciones del fabricante.
PROVISIÓN DE UNA COMPUTADORA DE DATOS DE AIRE
Se debe proveer una computadora de datos de aire modelo ADC85 numero de parte 622-8051- 003 en condición de recorrida a nueva.
La instalación de la computadora será en forma conjunta entre el personal el oferente y los agentes del Departamento de Ingeniería y Tecnica Aeronáutica. La prueba en tierra será también realizada en conjunto.
La aceptación definitiva será en vuelo, con una misión tipo, como, por ejemplo, PTA-MDQ-PTA, manteniendo una performance típica para esa misión.
ALTERACIÓN DE LA AERONAVE
El actual sistema de navegación del avión es marca Universal modelo UNS-1x se encuentra
ubicado en la consola central lado derecho. Dicho sistemaPLpoIEseGe-2l0a21vi-n1c0u7l9a5ci1ó4n8-cGoDn EeBl Api-lDotCo YCMSGP
automático y con el sistema electrónico de instrumentos de vuelo que equipa la aeronave, permitiendo el vuelo automático en determinadas condiciones.
Se requiere su remoción y reemplazo por un sistema de posicionamiento global marca Garmin modelo 430W, como así también la incorporación de un sistema de alerta de terreno xxxxx Xxxxxx Xxxx modelo KGP560.
La instalación del sistema de posicionamiento global GNS430W incluirá el equipo propiamente dicho, el kit de instalación, la antena del sistema GA35, las tarjetas de almacenamiento de datos, los divisores BNC de 500 ohmios, la instalación de la interface de comunicación GAD 42 con su respectivo Kit de instalación. No se requiere instalación del COM y NAV del equipo GNS430W.
La instalación del sistema de alerta de terreno KGP560 incluirá el equipo propiamente dicho, el kit de instalación, las antenas, los sensores, los manuales, las tarjetas de almacenamiento de datos, el módulo de configuración y el panel anunciador.
Ambos equipos deben ser provistos con la suscripción de sus bases de datos por el termino de un año.
El proveedor deberá comprometerse en la oferta a entregar todos los equipos instalados debidamente y aprobados y certificados por la ANAC.
INSTALACIÓN
El oferente será responsable de proveer todos los elementos necesarios para el montaje de los equipos indicados, entiéndase sin pretender ser limitativo: Kit de instalación (si aplicara), herrajes, partes, guías ferretería en general, elementos de fijación, adhesivos, selladores, cables, antenas, rotuladores, terminales eléctricos.
El oferente garantizará la comunicación entre los sistemas xx xxxxxx automático y del sistema electrónico de instrumentos de vuelo, para lo cual, cuando sea necesario, deberá disponer de los equipos de adaptación de protocolos de comunicación, conversores análogo-digitales, conversores digitales análogos, multiplexores, módulos de configuración y todo otro elemento que permita la funcionalidad requerida.
El oferente deberá comprometerse en la oferta a entregar todos los equipos instalados debidamente y aprobados por la ANAC.
REPARACIÓN DE EQUIPOS
El oferente deberá cotizar, en tarifa plana, la inspección y reparación del equipamiento que se detalla a continuación.
PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
NOTA: Las inspecciones y trabajos solicitados deben incluir todos los elementos consumibles y repuestos menores necesarios, como así también la documentación.
CUMPLIMIENTO DE DIRECTIVAS DE AERONAVEGABILIDAD Y BOLETINES DE SERVICIO
El oferente deberá incorporar las directivas y boletines de servicio mandatorios sobre los equipos que instala y sobre los que se solicita la reparación.
DESMONTAJE Y MONTAJE DE INTERIORES
El Departamento de Ingeniería y Técnica Aeronáutica, en adelante DIyTA de la Dirección de Aeronavegacion Oficial, en adelante DAO será responsable del desmontaje de los tapizados interiores, asientos, mamparos y otro tipo de elementos no relacionado con la instalación propiamente dicha.
También, el DIyTA será responsable de su montaje una vez finalizados los trabajos.
El oferente realizará las inspecciones de recepción y daños ocultos en los lugares de aplicación de sus trabajos. Toda discrepancia que se presenten durante las mismas será resuelta por el oferente sin cargo para el Ministerio de Seguridad.
LUGAR DE INSTALACIÓN
El oferente realizará las inspecciones, trabajos, acciones específicas y servicios especializados que se solicitan en las instalaciones del DIyTA de la DAO.
En tal caso todas las partes desmontadas quedarán a cargo del DIyTA, a saber, tapizados, equipos, asientos, etc.
La Dirección permitirá la guarda de herramientas, repuestos, partes y consumibles propiedades del oferente, en el pañol del DIyTA, dando la posibilidad de almacenaje y retiro las 24 horas del día, al solo pedido de los técnicos del oferente.
NOTA: Las inspecciones y trabajos solicitados deben incluir todos los elementos consumibles y repuestos menores necesarios.
DOCUMENTACIÓN /CERTIFICACIONES /SUSCRIPCIONES
Se deberá entregar toda documentación que surja de la aplicación de los trabajos solicitados, y de la aplicación de toda alteración, modificación o instalación de opcionales, realizados bajo cualquier modalidad aprobada por la autoridad.
El oferente deberá entregar dos (2) copias de los diagramas de cableado eléctrico que fueran alterados por la instalación.
El oferente realizará la suscripción en concepto de actualización de la totalidad de las bases de datos que apliquen en los equipos de navegación y comunicación, protección y seguridad de vuelo instalados, por el término de un año computado éste desde la recepción definitiva de la aeronave.
SERVICIOS ESPECIALIZADOS
PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
Una vez finalizado los trabajos el oferente deberá hacer la prueba del sistema Pitot estático y transpondedor, y la prueba de emisión de la baliza del sistema de Localización de emergencia. Deberá presentar los informes y la certificación aeronáutica correspondiente.
GARANTÍAS
Se debe ofrecer, como mínimo, una cobertura total sobre todos los trabajos realizados, materiales y equipos reemplazados en la aeronave por un término no inferior a las 600 horas de vuelo o un
(1) año, lo que ocurra primero, dicha garantía deberá ser emitida por el oferente con vigencia a partir de la entrega de la aeronave.
En caso de que el plazo de garantía sea mayor al plazo y/o horas requerido, el oferente deberá detallar el mismo para cada unidad, componente o elementos.
En todos los casos, es responsabilidad del oferente ante la falla la reposición/reparación según corresponda de la pieza defectuosa utilizada. Cuando ello sea posible, el trabajo que requiera la garantía será llevado a cabo en la República Argentina, en un taller aeronáutico reconocido por la ANAC y con el adecuado nivel de experiencia y conocimiento técnico siempre que el fabricante que corresponda sea notificado con anticipación y autorice el trabajo que requiera la garantía.
Los gastos xx xxxxx y seguro asociados a las reparaciones y/o cambios que sean necesarios efectuar durante el período de garantía y que requieran el traslado de los elementos, componentes, etc, tanto en el interior o exterior del país, estarán a cargo del oferente.
ASISTENCIA TÉCNICA:
El oferente incluirá en su propuesta la asistencia técnica “In-Situ”, sin cargo, de personal técnico especializado quien estará a disposición en las instalaciones de la Aviación del Ministerio de Seguridad, en un lapso no mayor a 72hs desde declarada la falla y a solo requerimiento de la Provincia de Buenos Aires.
La asistencia técnica requerida tendrá, como mínimo, igual plazo que la garantía propuesta por el oferente.
ENTREGA CON MODALIDAD “LISTO PARA VOLAR”
El oferente incluirá lo detallado y todo otro documento, servicio o acción, que sea necesaria para que la aeronave, en relación con los trabajos aquí requeridos y por el oferente efectuados, sea entregada bajo la opción “listo para volar”.
Todos los gastos que demande la entrega bajo la modalidad “listo para volar” serán a cargo del oferente, se encuentren o no listados precedentemente, y tendrán como límite el alcance económico de la contratación.
EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN
En el caso que equipos sean enviados al exterior para la ejecución de los trabajos objeto de la presente, estará a cargo del oferente todos los gastos e impuestos de los despachos aduaneros
tanto para la exportación como para la importación. PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
Los gastos para la liberación de la aduana argentina y del país destino del elemento y/o componentes, repuestos y de todo otro bien material que forme parte integral del presente requerimiento, correrán por cuenta del oferente.
La Empresa oferente pondrá personal idóneo a disposición, sin cargo alguno para el Ministerio de Seguridad, para la ejecución de los mencionados trámites aduaneros, el Ministerio autorizará y habilitará para actuar “por cuenta y orden de” ante los Organismos e Instituciones Nacionales que correspondan.
ANTECEDENTES DE LOS SERVICIOS/TRABAJOS ESPECÍFICOS REQUERIDOS
El oferente deberá acreditar su experiencia en trabajos similares sobre el mismo tipo de aeronave, detallando cantidad, nombre del cliente y número de serie de las aeronaves en las que haya efectuado los mismos.
El oferente deberá acreditar su experiencia en trabajos similares sobre otros tipos de aeronave, detallando cantidad, nombre del cliente y número de serie de las aeronaves en las que haya efectuado los mismos.
ANTECEDENTES COMO PROVEEDOR DEL ESTADO PROVINCIAL Y NACIONAL
El oferente deberá dejar asentado en la presente, en carácter de declaración jurada, todo elemento que a su solo juicio permita evaluar sus antecedentes como proveedor del estado provincial y nacional en temas aeronáuticos exclusivamente. Por ejemplo, servicios, venta de repuestos, documentación, software y todo otro elemento que considere pertinente.
INFRAESTRUCTURA
Se deberá brindar con el mayor detalle posible incluyendo fotos y videos descriptivos de las instalaciones e infraestructura del centro de mantenimiento del oferente, adjuntando documentación que acredite los alcances y especificaciones de operación otorgadas por ANAC. Deberá acreditar la certificación parte de la Administración Nacional de Aviación Civil en los equipos solicitados, instalación o reparación, siendo este último requisito, “condición excluyente” para la participación de la presente contratación.
En caso de disponer de otras acreditaciones referidas a calidad o que tengan impacto en los trabajos solicitados deberá ser acreditadas al presente con la documentación correspondiente.
Los requisitos previos solicitados serán especialmente tenidos en cuenta al momento de la evaluación de las ofertas.
INVARIABILIDAD DE PRECIOS
El precio total de la oferta deberá ser el precio final, fijo e invariable por lo solicitado y ofertado.
CRITERIO DE SELECCIÓN
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente a criterio de la dependencia solicitante del Ministerio de Seguridad, al efecto tendrá en cuenta el precio, el plazo de ejecución propuesto, las garantías propuestas, la manifiesta experiePnLciIaE, Gla-20id2o1n-1e0id7a9d51d4e8l-GofDeEreBnAte-,DlCa YCMSGP
trayectoria como proveedor del estado provincial, y demás condiciones de la oferta, todo ello en procuración de los intereses del Estado Provincial sin que por ello los proponentes puedan reclamar indemnización alguna.
En virtud de la naturaleza de la presente contratación, todos los ítems detallados de cada renglón se adjudicarán en forma global a un único adjudicatario.
COMISIÓN DE INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN
La Dirección de Aeronavegacion designará dos representantes en calidad de inspector, con facultad de recepción de lo solicitado en la presente especificación.
Ambos agentes entenderán durante el proceso en la aceptación de las discrepancias adicionales y recepción de la aeronave, componente, sistema, y documentación.
El oferente se compromete a entregar un informe en el que se detallarán las discrepancias adicionales que surjan del proceso de inspección y que sean necesarias su corrección para la vuelta al servicio en un plazo no mayor a los 30 días de iniciado el contrato.
A tal efecto la DAO designará personal técnico en calidad de inspectores coordinadores, los que deberá presenciar las operaciones, especialmente las de apertura e inspección, estableciendo – aceptando las discrepancias y si fuese necesario- los ajustes a la orden de trabajo por la existencia de daños o vicios ocultos.
CONFORMIDAD CON LA DOCUMENTACIÓN
Se entenderá que todo aquello que por error, omisión o desconocimiento no haya sido mencionado o solicitado en las especificaciones técnicas y en las condiciones particulares, y que haga al correcto proceder en el servicio que se contrata, deberá tenerse como mencionado y el adjudicatario procederá a su realización o provisión.
El oferente deberá realizar la inspección de la aeronave, equipos, documentación y todo otro aspecto, enunciado o no, y que el oferente crea conveniente relacionado con la presente solicitud, en el Departamento de Ingeniería y Tecnica Aeronáutica de la DPAO y PA, ubicada en el Aeródromo Provincial La Plata, sito en xxxxx 0 x Xxxxx 000 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx durante días hábiles de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 13:00 horas y hasta 3 días antes de la apertura de ofertas.
PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
ANEXO V PLANILLA DE COTIZACIÓN
Procedimiento Contractual - Licitación Privada - Artículo 17 - Ley 13981 y Articulo 17 Apartado 1 del Decreto Nº 59/19 Anexo I
TIPO: LICITACIÓN PRIVADA | N° 1/21 | EX-2021-1919150-GDEBA-DDPRYMGEMSGP | N° DE PROCESO PBAC: 170-0035-LPR21 | 2021 |
DATOS DEL ORGANISMO CONTRATANTE
DENOMINACIÓN |
MINISTERIO DE SEGURIDAD |
DOMICILIO |
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - 1° PISO - OF. 00 XXXXX 00 X/ 0 X 0 - XX XXXXX |
DATOS DEL OFERENTE
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | DOMICILIO REAL |
C.U.I.T. | DOMICILIO LEGAL EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
N° PROVEEDOR DEL ESTADO | DOMICILIO ELECTRÓNICO |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción | Código | Precio Unitario ($/U$S) | Precio Total ($/U$S) |
1 | 1 | UNIDAD | Provisión Air Data Computer Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx ADC85 N/P 622-8051- 003 (Recorrida a nuevo), según especificaciones técnicas adjuntas en anexo IV.- | 7315-253 | ||
2 | 1 | UNIDAD | Provisión de equipo de posicionamiento global satelital (GPS), marca Garmin, modelo GNS 430W, N/P 000-00000-00 (Recorrido a nuevo). Kit de Instalación: -Antena GA35 -Divisores BNC de 500 ohmios -Interface GAD42 con kit de instalación -Tarjetas de almacenamiento de datos. Según especificaciones técnicas adjuntas en anexo IV. | 8755-5 | ||
3 | 1 | UNIDAD | Provisión de equipo de alerta de terreno, Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Modelo KGP560. Kit de instalación: -Antenas -Sensores -Manuales -Tarjetas de almacenamiento de datos -Modulo de Configuración -Panel Anunciador. Según especificaciones técnicas adjuntas en anexo IV.- | 7315-254 | ||
4 | 1 | UNIDAD | Prestación del servicio de instalación y Certificación en la Aeronave Beechcraft B-200, matrícula LV-ZRG de los equipos descriptos en los renglones 2 y 3, según especificaciones técnicas adjuntas en anexo IV .- | 9694-2 | ||
5 | 1 | UNIDAD | Prestación del servicio de inspección y reparación de los siguientes equipos: una Pantalla del sistema EFD-85 N/P 000-0000-000, un Transponder modo S N/P 000-0000-000, un Giro vertical N/P 000-0000-000 y un Giro Direccional N/P 000-0000-000, según especificaciones técnicas adjuntas en anexo IV .- | 3037-34 | ||
NOTA: LA RELACIÓN LABORAL DE LA ADJUDICATARIA CON SUS DEPENDIENTES, SE REGIRÁ POR LA NORMATIVA VIGENTE EN LA MATERIA ENCONTRÁNDOSE A SU EXCLUSIVO CARGO. |
IMPORTE TOTAL | PESOS/ DÓLARES: |
DE LA PROPUESTA | |
(EN NÚMEROS Y | |
LETRAS) | $/ USD |
FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE
PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
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G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2021 - Año de la Salud y del Personal Sanitario
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2021-10795148-GDEBA-DCYCMSGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 4 xx Xxxx de 2021
Referencia: EX-2021-1919150-GDEBA-DDPRYMGEMSGP
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Date: 2021.05.04 10:11:20 -03'00'
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Jefe de Departamento
Dirección de Compras y Contrataciones Ministerio de Seguridad
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Date: 2021.05.04 10:11:21 -03'00'