DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Preadjudicación. La Comisión de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización y técnicos de cada oferta. El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema. En el Acta que se emita como consecuencia de su dictamen, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación aconsejada en el dictamen. La Comisión emitirá su dictamen mediante PBAC dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas indicando el orden de mérito de las ofertas que hayan sido aceptadas en el proceso de selección en forma fundada. Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. La Comisión deberá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación. Es condición que al momento de la preadjudicación el oferente se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores. El dictamen de evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes por avisos mediante mensajería de PBAC, en el domicilio electrónico declarado por los proveedores de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en la Xxxxxxxxxx X° 000/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. Las obras serán pre-adjudicadas POR RENGLONES o en forma TOTAL según sea más conveniente al municipio. En principio, dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, computados desde la apertura de los sobres. La Comisión Preadjudicadora verificará las propuestas presentadas, confeccionará un cuadro comparativo de ellas y, proveyéndose de todos los elementos de juicio adicionales que considere necesarios, emitirá, dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos contados desde que toma intervención o desde el vencimiento del plazo establecido para la subsanación de defectos formales o pedidos de aclaraciones o documentación complementaria, si lo hubiere, un dictámen no vinculante aconsejando sobre la pre-adjudicación de las ofertas.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. La Comisión Evaluadora emitirá el Dictamen de Preadjudicación, que será notificado fehacientemente a los Oferentes que se encuentren en esta instancia, dentro de los tres (3) días de emitido y publicado en el sitio web del BCRA. Art. 14°.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. Finalizada la evaluación prevista, la COMISIÓN DE EVALUACIÓN emitirá un Dictamen fundado, no vinculante, en el cual aconsejará la preadjudicación a los oferentes que cumplan con las condiciones fijadas en este Pliego y que resulten más convenientes a los intereses del GCABA en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica de los oferentes, de su propuesta técnica y los precios ofertados. El Dictamen de Preadjudicación será comunicado a todos los oferentes de la presente Licitación Pública a través de BAC, y publicada por un (1) día en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público sita en Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx 346 3º piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página web del GCABA y en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. Finalizada la evaluación prevista, la Comisión de Evaluación emitirá un Dictamen fundado, no vinculante, en el cual aconsejará la preadjudicación a los Oferentes que cumplan con las condiciones fijadas en este Pliego y que resulten más convenientes a los intereses del GCABA en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica de los Oferentes, de su propuesta técnica y los precios ofertados. PLIEG-2018-19755553- -SECAYGC Se podrá pre adjudicar hasta DOS (2) Renglones por Oferente. Si una empresa resulta ser la oferta más conveniente en más de DOS (2) zonas, se le pre adjudicará la cantidad máxima establecida, eliminándose la propuesta de este Oferente del orden de mérito del resto de los renglones. Si un Renglón resultare desierto o fracasado, la Comisión de Evaluación de Ofertas, con la firma del Presidente de la Comuna correspondiente, podrá pre adjudicar éste, a alguno de los Oferentes que resulten dentro de los TRES (3) mejores ”Puntajes de Evaluación Promedio”, el cual surgirá de conformidad con la siguiente formula. PEP= Puntaje de Evaluación Promedio SPRC: Sumatoria del Puntaje obtenido en cada uno de los renglones cotizados CRC: Cantidad de renglones cotizados Si el oferente seleccionado no estuviera interesado en la prestación el servicio en el renglón desierto o fracasado, podrá negarse a asumir dicho compromiso en cuyo caso se procederá a seleccionar a otro de los oferentes que cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) días de efectuada la apertura del SOBRE “2”, la Comisión de Evaluación y Preadjudicación efectuará la evaluación de cada propuesta de los OFERENTES precalificados, conforme los parámetros establecidos en la documentación licitatoria y emitirá un dictamen, donde constará cada cotización, se ponderarán los puntajes obtenidos en la evaluación de ambos Sobres a fin de obtener un puntaje final, y se establecerá el orden de mérito que recomiende para la Adjudicación. La Preadjudicación se notificará por medio fehaciente a todos los Oferentes.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. 19 ART. 14°.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. El funcionario responsable deberá en todos los casos recomendar la decisión a adoptar, aún cuando se trate de una sola propuesta válida. La recomendación tendrá carácter de dictamen no vinculante y no generará derecho alguno para el oferente preadjudicado. Sin alterar la igualdad entre oferentes, el funcionario responsable podrá pedir, en caso de ser necesario, las aclaraciones pertinentes.
DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas emitirá un dictamen fundado, conforme lo dispuesto por los artículos 107, 108 y 110 de la Ley N° 2095 y su decreto reglamentario, en el que se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Pliegos que rigen la presente contratación, siendo XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX preadjudicado el oferente que cumpla con las condiciones fijadas y que resulte el más conveniente en términos económicos a los intereses del GCABA. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.