Definición de TARJETA PREPAGADA

TARJETA PREPAGADA tarjeta emitida por BANCO ALIADO de forma física o digital a nombre del titular de una cuenta de depósito (ahorro o corriente), que permite acceder, manejar, transaccionar y/o consultar el saldo asociado a dicha cuenta, a través de comercio electrónico y/o red Clave (Telered) a nivel Nacional, y/o en redes similares a nivel internacional, y/o mediante pagos a terceros, y/o mediante compras o disposiciones en comercios afiliados, en virtud a los convenios de marca suscritos con los procesadores de pago VISA o MASTERCARD.
TARJETA PREPAGADA. Son los plásticos personalizados e intransferibles, propiedad del Banco, emitidos por éste último a nombre del Cliente y sus Adicionales, si los hubiere, bajo las marcas o denominaciones Visa, MasterdCard, American Express o cualquier otra a la cual esté afiliado o pueda afiliarse el Banco en cualquier tiempo, o emita el Banco bajo cualquier modalidad o denominación. A través de la Tarjeta Prepagada, el Cliente y sus Adicionales podrán adquirir bienes y servicios, incluidos los avances de dinero en efectivo que pueden ser realizados a través de los Canales, Terminales Electrónicos y Puntos de Venta, con cargo a las cantidades de dinero provistas al Banco previamente por el Cliente o por una tercera persona que actúa por cuenta y orden de aquél. El uso de este instrumento es nacional y le son aplicables todos los términos y condiciones del presente Contrato.
TARJETA PREPAGADA es el instrumento magnético, electrónico u otra tecnología en la que EL TARJETAHABIENTE o un tercero ha provisto a EL BANCO el monto hasta el cual puede realizar consumos con la misma. Este instrumento no se considera TARJETA DE CRÉDITO independientemente de la marca que lo respalde.

Examples of TARJETA PREPAGADA in a sentence

  • Si El CLIENTE Y/O El TARJETAHABIENTE no mantienen de forma regular fondos suficientes disponibles en la CUENTA para cubrir las comisiones, cargos, impuestos y demás cobros que se deban realizar sobre la TARJETA PREPAGADA de acuerdo con este Contrato, y a lo establecido en el tarifario.

  • Si se comprueba que El CLIENTE Y/O El TARJETAHABIENTE ha presentado documentos o información falsa o irregular para la adquisición de la TARJETA PREPAGADA u otra obligación, facilidad de crédito o producto ofrecido por BANCO ALIADO.

  • La utilización de la TARJETA PREPAGADA para cualquier otro fin distinto al señalado dará lugar a la revocación de la TARJETA PREPAGADA, sin responsabilidad alguna para BANCO ALIADO.

  • El CLIENTE Y/O El TARJETAHABIENTE entiende y acepta que el acreditamiento de fondos a la CUENTA O TARJETA PREPAGADA tiene un tiempo de procesamiento que deberán tomar en cuenta para la utilización de la TARJETA PREPAGADA.

  • EL TARJETAHABIENTE debe mantener en todo momento su TARJETA PREPAGADA y el código secreto (PIN) asociado a ella exclusivamente en su poder.

  • El TARJETAHABIENTE previa presentación de la TARJETA PREPAGADA podrá obtener o adquirir bienes, servicios o adelantos de efectivo de aquellas personas naturales o jurídicas que formen parte del sistema de VISA INTERNACIONAL.

  • El TARJETAHABIENTE cada vez que hagan uso de la TARJETA PREPAGADA, suscribirá un pagaré a la vista por el importe de los bienes, servicios o adelantos adquiridos, pagaré este que deberá ser entregado a la persona o empresa vendedora.

  • Este estado de cuenta será emitido a solicitud del TARJETAHABIENTE, por tratarse de una TARJETA PREPAGADA.

  • El CLIENTE reconoce, acepta e instruye al BANCO a cobrar los importes que se generen por concepto de comisiones, mediante cargo al saldo de la TARJETA PREPAGADA que corresponda, por lo que en caso de asignarla a un tercero, se compromete a informar de dicha particularidad mediante la entrega a la persona de que se trate de los términos y condiciones aplicables.

  • De igual forma, este capítulo regulará, en todo lo que sea aplicable, las condiciones de uso de la TARJETA PREPAGADA 100% BANCO, BANCO COMERCIAL C.A. (en lo sucesivo LA TARJETA PREPAGADA), así como a la TARJETA RESPALDADA 100% BANCO, BANCO COMERCIAL C.A. (en lo sucesivo LA TARJETA RESPALDADA), productos creados para ser usado por personas naturales clientes de 100% BANCO, BANCO COMERCIAL C.A.


More Definitions of TARJETA PREPAGADA

TARJETA PREPAGADA medio de pago que opera con un monto disponible pagado por adelantado para uso de EL CLIENTE, o del tercero que éste designe. EL CLIENTE podrá efectuar recargas de nuevos montos al saldo disponible tantas veces como lo desee, pagando por adelantado dichas sumas a EL BANCO, en tanto la misma permanezca vigente. La tarjeta prepagada cuenta con un límite máximo y un límite mínimo, no podrá emitirse ni mantener balances por un monto superior al equivalente a cuatro salarios mínimos (según escala máxima xxx xxxxxxx mínimo privado), aplicables tanto al monto que puede ser recargado cada vez, como al saldo disponible en todo momento, las transacciones realizadas por los usuarios de las tarjetas prepagadas no podrán exceder el monto máximo citado precedentemente, no recargas durante períodos de 30 (treinta) días.
TARJETA PREPAGADA. Es el instrumento magnético, electrónico u otra tecnología en la que EL TARJETAHABIENTE o un tercero ha provisto a EL BANCO el monto hasta el cual puede realizar consumos con la misma. Este instrumento no se considera tarjeta de crédito independientemente de la marca que lo respalde. 10)
TARJETA PREPAGADA. Es un documento usualmente elaborado en plástico o en cualquier otro material que se considere idóneo, que tiene carácter personal e intransferible para el usuario allí identificado pero que es propiedad de EL BANCO, y que se podrá expedir bajo las marcas VISA o MASTER CARD o cualquier otra marca que el Banco decida incorporar, que mediante solicitud formal de EL CLIENTE y previo el depósito de las cantidades acordadas en los términos previstos en la respectiva Planilla de Solicitud y en el presente Contrato, se entrega a éste en calidad xx xxxxxxxx de uso, para que sea utilizado como medio de pago o de disposición de efectivo, hasta por los montos previamente depositados, en los establecimientos comerciales afiliados nacionales o internacionales, previo el cumplimiento de las obligaciones y requisitos de fondo y forma que exige EL BANCO. EL CLIENTE no puede cederla, ni permitir su uso a terceros, siendo el único responsable de su custodia. Queda a su cargo la total responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar del uso indebido de la misma y por los daños ocasionados a los mecanismos de acceso y terminales electrónicos, cuando no se observen las instrucciones de manejo establecidas por EL BANCO. En dicho plástico está impreso el nombre 100% BANCO, BANCO COMERCIAL y podrá tener incorporadas las marcas Maestro, Suiche7B, Conexus y Cirrus que EL CLIENTE declara conocer, así como cualquier otra que EL BANCO decida incorporarle, a los fines de ampliar su aceptabilidad Nacional e Internacional. Podrá utilizarse, según lo previsto en el Capítulo de Servicios Banca Electrónica, en todos los Cajeros Automáticos de EL BANCO, Maestro, Suiche7B, Conexus y Cirrus, o cualquier otra que se incorpore, así como para efectuar pagos a ESTABLECIMIENTOS afiliados a puntos de venta, retiros de efectivo a través de Cajeros Automáticos, y compras por Internet, para lo cual EL CLIENTE conviene en someterse igualmente a las obligaciones conforme al Contrato respectivo y según se establece en la presente Oferta Pública.

Related to TARJETA PREPAGADA

  • Tarjeta La credencial que se entrega al Titular antes de su viaje, y que contiene su nombre completo y el número, vigencia y tipo de tarjeta ASSIST CARD contratada.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Asunto Pretende el demandante declarar a la compañía demandada, quien le vendió un chasis para pasajeros, responsable contractualmente de los perjuicios causados por el incendio de ómnibus, que tenía como destinación el transporte de pasajeros. Como consecuencia, condenarla al pago de los perjuicios materiales y xxxxxxx. En primera instancia, fueron negadas las pretensiones de la demanda, decisión que fue confirmada por el ad-quem. Contra dicha providencia, la sociedad demandada interpuso recurso de casación, formulando un cargo único con fundamento en la causal 2 de casación. La Corte no casó la sentencia, al advertir falencias en la técnica al debatir la apreciación probatoria para demostrar las causas del incendio. (Aprobado en sesión de dieciocho de julio de dos mil diecisiete) Bogotá, D.C., treinta (30) de octubre de dos mil diecisiete (2017).- Decide la Corte el recurso extraordinario de casación formulado por el demandante Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, frente a la sentencia de 23 xx xxxxx de 2016, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario promovido por el recurrente y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx contra Daimler Colombia S.A.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Auxiliar administrativo Es quien ejerce funciones administrativas, burocráticas, de atención al teléfono, recepción y demás servicios relacionados con el departamento de Administración. Contratado en formación: Es el trabajador que mantiene relación laboral con el centro, en virtud de un contrato específico de formación.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.