ACTIVIDAD ASISTENCIAL Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDAD ASISTENCIAL. Los Distritos deberán ofertar servicios de salud no solo asistenciales, sino también preventivos, de protección y promoción de la salud, de formación y capacitación en autocuidados, y de rehabilitación, de acuerdo con la oferta de servicios de Atención Primaria y la cartera de servicios por Procesos Asistenciales Integrados. La Producción de Servicios del Distrito se especifica en Anexo XV. Durante los años sucesivos del periodo 2005-2008 se establecerá oportunamente, mediante los correspondientes adenda anuales del contrato programa. Un objetivo de aumento o disminución neta de actividad no aporta valor ni área de mejora si no tiene una justificación asistencial (adecuación de derivaciones, control de la demanda, aumento de oferta, resultados en la aplicación de un protocolo, relación a la comorbilidad atendida, necesidades de cuidados de los pacientes, etc.). El Distrito debe favorecer aquellas medidas de actividad y calidad estandarizadas, de forma que la comorbilidad y complejidad atendida en los Centros de Salud de Andalucía module la Cartera de Servicios, la actividad asistencial y racionalice la asignación de los recursos. Lo esencial pasa a ser el resultado de nuestras actuaciones, y si verdaderamente, la actividad asistencial realizada redunda en la mejora de la salud de los ciudadanos. En este sentido, el Distrito favorecerá la puesta en marcha de los ACGs como medida de la comorbilidad atendida en sus centros y la relación con la actividad realizada ajustada por diagnósticos, para evaluar si esta actividad se ajusta a la complejidad de los pacientes atendidos. El Distrito, deberá evitar programar y analizar sus resultados en términos absolutos. Los objetivos de actividad formulados de este modo, no permiten apreciar claramente su idoneidad, deberá hacerlo por tanto, en términos relativos (%). El Distrito, deberá fijar los objetivos con sus ZBS/UGC siguiendo estos criterios y en relación a los resultados obtenidos en ejercicios anteriores. Algunos ejemplos serían: • Adecuación de la Actividad media diaria en el centro, domicilio y atención urgente. • Aumento del porcentaje de consecución del Indicador Sintético de Cartera de Servicios. • Adecuación del tipo de procedimientos terapéuticos aplicados en las urgencias. • Adecuación de las revisiones de salud bucodental en embarazadas. • Adecuación de la frecuentación en el centro y en el domicilio • Potenciación del acto único • Potenciación de la Cirugía menor Ambulatoria El Distrito, además deberá ...
ACTIVIDAD ASISTENCIAL. Los Distritos deberán ofertar servicios de salud no solo asistenciales, sino también preventivos, de protección y promoción de la salud, de formación y capacitación en autocuidados, y de rehabilitación, de acuerdo con la cartera servicios de Atención Primaria. La Producción de Servicios del Distrito se especifica en Anexo XV. Durante los años sucesivos del periodo 2005-2008 se establecerá oportunamente, mediante los correspondientes adenda anuales del contrato programa. Los Distritos integrarán en un mismo marco de actuación los instrumentos que van dirigidos a mejorar la salud de una misma población xxxxx, ya sean servicios incluidos en la Cartera de Servicios, como programas asistenciales, procesos integrales o planes integrales. A lo largo del periodo 2005-2008 los Distritos potenciarán el desarrollo de las teleprestaciones en los términos que establece la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud. Entre otras, se potenciarán las actividades de consultoría telefónica con especialistas, teledermatología y la interpretación telemática de procedimientos. El posicionamiento de recursos diagnóstico-terapéuticos en el nivel que resulte más eficaz, efectivo y eficiente será una prioridad del Servicio Andaluz de Salud. Para ello se desarrollará en los años de vigencia de este Contrato-Programa, los análisis pertinentes y las actuaciones oportunas, a fin de transferir los recursos allá donde la evidencia científica los defina como eficientes. Esta reorientación permitirá posicionar verdaderamente al ciudadano en el centro del Sistema, facilitándole su navegación por un sistema cada vez más horizontalizado y capaz de resolver de forma eficaz, los problemas de salud cerca del domicilio de los pacientes. Los Distritos seguirán potenciando la cirugía menor ambulatoria y el seguimiento de la anticoagulación oral, dando continuidad así al importante esfuerzo realizado en este campo en el periodo 2001-2004. 3.7.1. Control de la IT
ACTIVIDAD ASISTENCIAL. Categoría Organismo o centro Régimen de dedicación Plaza (En propiedad, interino, contratado Fecha de inicio Fecha de terminación ANEXO III COMISIÓN EVALUADORA CATEDRÁTICOS DE UNIVERSIDAD AREA DE CONOCIMIENTO: "ANATOMÍA PATOLÓGICA" CLASE DE CONVOCATORIA: CONCURSO DE ACCESO PLAZA Nº: 1V/2018 COMISIÓN TITULAR: PRESIDENTE: Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Catedrático de la Universidad Autónoma de Barcelona. SECRETARIO: Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Catedrático de la Universitat de Valencia (Estudi General). VOCAL 1º: Xxx Xxxx Xxxx Cabrera Galvan, Catedrático de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. VOCAL 2º: Xxx Xxxx Xxxxxxxxx Madrid Xxxxxx, Catedrático de la Universidad xx Xxxxxx. VOCAL 3º: Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxx, Catedrática de la Universidad xx Xxxxxx VOCAL 4º: Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Facultativo Especialista de Área del Servicio Murciano de Salud. VOCAL 5º: Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Facultativo Especialista de Área del Servicio Murciano de Salud COMISIÓN SUPLENTE: PRESIDENTE: Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxx, Catedrático de la Universitat de Valencia (Estudi General) SECRETARIO: Xxx Xxxx Xxxxxx Cerda Nicolás, Catedrático de Universitat de Valencia (Estudi General) VOCAL 1º: Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Catedrático de la Universidad de La Laguna. VOCAL 2º: Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx, Catedrático de la Universidad xx Xxxxxx. VOCAL 3º: Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. VOCAL 4º: Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Facultativo Especialista de Área del Servicio Murciano de Salud. VOCAL 5º: Xxx Xxxxx Xxxxx Acosta Ortega, Facultativo Especialista de Área del Servicio Murciano de Salud. I. Comunidad Autónoma‌‌‌
ACTIVIDAD ASISTENCIAL. Área de Seguridad del paciente
ACTIVIDAD ASISTENCIAL. La FC sigue monitoreando la actividad asistencial de los 3 centros de excelencia del PMCI, se hizo un corte estadístico de los resultados en diciembre 2019, el corte del segundo semestre se realizará en 2020. • Se ejecutaron donaciones con destinación específica, así: A través del Fondo donaciones MarketTeam se invirtieron: a. La suma de $1.062.900 en Medellín, para ofrecer albergue a través de la Casa del Buen Dios b. La suma de $115.500 por becas para tratamiento por Fisioterapia, en Bogotá, con Xxxxxx Xxxxxx. c. La suma de $764.400 para pago de becas Programa Madre Canguro Integral Ltda o porque los padres pierden el trabajo o porque la EPS no tiene seguimiento de alto riesgo en un niño particularmente frágil. • Se recibió una donación de EUR 200 por parte de la Dra. Xxx Xxxxxxxx, noruega lider de Grandparents’ Climate Campaign y miembro de la Asociación Médica Noruega. • En el Programa Madre Canguro Integral sede Medellín se coordina la entrega de mercados de Fundación Éxito a las madres y desde Fundación Canguro se apoya el envío de los certificados de donación.

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  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL El establecido en el estudio previo y en el presente pliego

  • Obligaciones laborales y sociales En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista. El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento, así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A. Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta. Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.