Common use of ADJUDICACION DEL CONTRATO Clause in Contracts

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.

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Samples: Contrato De Suministro, Supply Contract

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 7.1.­ El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, documentación indicada en la cláusula anterior y en todo caso, señalada en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 artículo 151.3 del TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de La adjudicación del contrato deberá ser motivadomotivada, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, simultáneamente se publicará en el perfil de del contratante. La notificación deberá contenercontendrá, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSPa la legalidad vigente, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los extremos contenidos en el artículo 151.4 del citado texto legal. Fecha de emisión de la firma:30/05/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:LAbeXpCxspX+IW54aF3H CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 18 de 29. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. De conformidad a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo establecido en los artículos 41 y 43.2 de la misma de la Ley 39/2015, las comunicaciones con los licitadores se efectuarán por correo electrónico a la dirección que ellos mismos, en cuanto que tienen derecho u obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, hubiesen designado al presentar sus proposiciones, salvo que el mismo licitador determine otro medio de notificación con carácter preferente. Sin embargo, en todo caso, en el plazo para considerar rechazada la notificación será xx xxxx días, con los efectos previstos en los artículos 43.2 y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización 44 de la celebración del contrato conforme al artcitada Ley 39/2015. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará No podrá declararse desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, una licitación cuando ninguna exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran figuren en el presente XxxxxxPliego. Así mismo No obstante todo lo anterior, el órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión caso de alguna haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación del contratoadjudicación. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. 7.2.­ En el expediente se dejará constancia caso de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado que el contrato y transcurridos los plazos fuera adjudicado a una Unión de empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la interposición formalización del contrato y NIF asignado a la Unión. 8.1.­ La garantía definitiva por el importe señalado en el apartado I) del cuadro de recursos sin que se hayan interpuestocaracterísticas, de hasta un máximo del cinco por ciento (5%) del importe de la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición adjudicación de cada uno de los interesados. No obstantelotes, transcurrido el plazo de tres meses desde IVA excluido, se consignará en la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción Tesorería de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaExcma. Diputación provincial xx Xxxxxx.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El La adjudicación del contrato se ajustará a lo previsto en el art.151 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Esto es: -El órgano de contratación de conformidad con clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo dispuesto señalado en el artartículo siguiente. 151 TRLCSPPara realizar dicha clasificación, atenderá a la vista los criterios de la propuesta elevada por la Mesa adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. -El órgano de Contratación, contratación requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. - El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y en todo caso, fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el artpliego. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de - La adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivadomotivada, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La -La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a. En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b. Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la su formalización conforme al art.153.3. Del Texto refundido de la celebración Ley de Contratos del Sector Público DECIMO-OCTAVA.- Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta de los contratistas adjudicatarios de cada una de las naves, los gastos de e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrásupuesto de elevación a escritura pública, siempre antes así como de proceder cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición importe máximo de los interesadosgastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, es de 3.000,00€. Dicho importe, referente a los gastos de publicidad se hará de forma proporcional al importe en el que haya sido adjudicado cada uno de los lotes. No obstanteSi alguno de los lotes quedase desierto será asumido proporcionalmente por los otros adjudicatarios. Se tendrá en cuenta, transcurrido para esta caso, el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada precio ofrecido por los licitadores sin IVA EXCLUIDO. Esto es, si un adjudicatario ofreciesen 500 € por una de las naves de la C/ Alfareros y otro 500€ por la nave sita en la Carretera xx Xxxxx, quedando desierta la otra nave el importe a abonar se dividiría entre ambos hasta un importe máximo de 1.500€ cada uno El arrendatario viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente respecto a la protección de la industria nacional, salario mínimo y seguridad social, que éstos hubieran acudido afecten a retirarlala actividad y demás leyes especiales.

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Samples: Lease Agreement

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, Se efectuará durante los 05 días siguientes a la vista entrega de las evaluaciones y calificaciones. Original firmado Gerente Proyecto Aprobó y Digito: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx/Apoyo jurídico Ciudad y Fecha Señores HOSPITAL DEL SARARE E. S. E. REF: MANIFESTACION DE INTERES Y PRESENTACION DE LA PROPUESTA A LA INVITACION PUBLICA No. OBJETO: xxxxxxxxxxxx El(los) suscrito(s) obrando en nombre propio y/o en representación de (nombre del proponente) de acuerdo con la Invitación Publica propia del procedimiento de selección para la celebración de Contratos, y los demás documentos que la integran, pongo a consideración la siguiente propuesta elevada por técnica y económica para participar en la Mesa invitación publica No. . El(los) suscrito(s) se compromete(n) en caso de Contratación, requerirá al empresario o resultar favorecido(s) con la adjudicación del contrato a firmarlo y presentar todos los empresarios seleccionados para que, documentos correspondientes a su ejecución y Legalización dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél establecido. El(los) suscrito(s) declara(n): 1. Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tiene interés en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente esta propuesta ni en el cumplimiento contrato que como consecuencia de sus obligaciones tributarias ella llegare a celebrarse y con que por consiguiente solo compromete al (a los) firmante(s). 2. Que conoce(n) la Seguridad Social o autoricen al órgano Invitación Pública y que acepta(n) todos los requisitos en ellos exigidos y en caso de contratación adjudicación se somete(n) a la normatividad y a las reglamentaciones vigentes para obtener el desarrollo del objeto contractual. 3. Que no nos hallamos incursos en causal alguna de forma directa inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la acreditación de ello, de disponer efectivamente Ley y que no nos encontramos en ninguno de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir eventos de prohibiciones especiales para contratar. 4. Que no tenemos sanción vigente impuesta por ninguna entidad oficial anteriores a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y fecha de haber constituido presentación de la garantía definitiva que sea procedentepresente propuesta (o en su defecto indicar el nombre de cada entidad). 5. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que Que si se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en nos adjudica el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas nos comprometemos a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso constituir las garantías individuales y colectivas requeridas y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados suscribir estas y aquel dentro de los tres días hábiles siguientes términos señalados para ello. 6. Que como contratista me comprometo con el contratante a la recepción mantenerlo libre de la documentación, cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y en todo caso, en el plazo máximo que se deriven de un mes a contar desde la apertura sus actuaciones o de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivadosus subcontratistas, se notificará a los candidatos dependientes o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaasociados.

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Samples: Contratación De Diseño Gráfico E Imagen Corporativa

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano Recibida la propuesta de contratación adjudicación y en la siguiente sesión que se celebre, la Junta de conformidad con lo dispuesto Gobierno Local procederá a clasificar las ofertas conforme a la puntuación global obtenida, requiriendo en el art. 151 TRLCSP, a la vista mismo acto al licitador seleccionado para que en el plazo máximo de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, 10 DIAS hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimientoal recibo de la notificación, presenten proceda a: 1.- Aportar la documentación justificativa acreditativa de hallarse estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con de la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de elloSocial, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir autorizando si lo considera a la ejecución Junta de Gobierno para la obtención del contrato conforme certificado emitido por el Ayuntamiento xx Xxxxxx respecto al artículo 64.2 TRLCSP, y pago de haber constituido sus obligaciones tributarias municipales. 2.-Aportar la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extincióndefinitiva. De no cumplimentarse adecuadamente cumplirse el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación los mismos requisitos al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano La Junta de contratación deberá adjudicar el Gobierno realizará la adjudicación del contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción al recibo de la documentaciónacreditación del pago y de la documentación requerida. Esta adjudicación deberá ser motivada, contendrá el nombre del adjudicatario y las razones de exclusión en todo caso, en el plazo máximo su caso de un mes a contar desde la apertura alguna de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposiciónofertas. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera en la dirección de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico indicada en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, sus ofertas y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación Perfil del Contratante y en el perfil BOP. La garantía provisional será devuelta inmediatamente a los licitadores no adjudicatarios y retenida al adjudicatario hasta el cumplimiento de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización su obligación de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano pagar los gastos de contratación declarará desierta la licitaciónanuncios licitación y publicidad, motivando en todo caso devolviéndose una vez comprobado su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expedientecumplimiento, o desistir bien aplicando la garantía provisional del procedimiento de adjudicación con fundamento en adjudicatario a tal fin y devolviéndole la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En diferencia, si así lo solicita el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlainteresado.

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Samples: Contrato De Arrendamiento

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El La adjudicación del contrato se ajustará a lo previsto en el art.151 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Esto es: -El órgano de contratación de conformidad con clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo dispuesto señalado en el artartículo siguiente. 151 TRLCSPPara realizar dicha clasificación, atenderá a la vista los criterios de la propuesta elevada por la Mesa adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. -El órgano de Contratación, contratación requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. - El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y en todo caso, fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el artpliego. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de - La adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivadomotivada, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La -La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a. En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b. Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la su formalización conforme al art.153.3. Del Texto refundido de la celebración Ley de Contratos del Sector Público DECIMO-OCTAVA.- Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta de los contratistas adjudicatarios de cada una de las naves, los gastos de e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrásupuesto de elevación a escritura pública, siempre antes así como de proceder cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición importe máximo de los interesadosgastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, es de 3.000,00€. Dicho importe, referente a los gastos de publicidad se hará de forma proporcional al importe en el que haya sido adjudicado cada uno de los lotes. No obstanteSi alguno de los lotes quedase desierto será asumido proporcionalmente por los otros adjudicatarios. Se tendrá en cuenta, transcurrido para esta caso, el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada precio ofrecido por los licitadores sin IVA EXCLUIDO. Esto es, si un adjudicatario ofreciesen 500 € por una de las naves y otro 500€, el importe a abonar se dividiría entre ambos hasta un importe máximo de 1.500€ cada uno El arrendatario viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente respecto a la protección de la industria nacional, salario mínimo y seguridad social, que éstos hubieran acudido afecten a retirarlala actividad y demás leyes especiales.

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Samples: Lease Agreement

ADJUDICACION DEL CONTRATO. Posteriormente y previo el informe del Comité de Expertos, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma, teniendo en cuenta criterios de adjudicación. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSPcontratación, a clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas y requerirá, al licitador que haya presentado la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa recogida en la cláusula IV del presente pliego, los certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al Social, alta en el IAE y último recibo pagado, así como constituya una garantía por importe de 1.380 euros. El órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente adjudicará el contrato en resolución motivada dentro de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir cinco días hábiles siguientes a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, recepción de la documentación. El acuerdo de adjudicación deberá notificarse a todos los licitadores y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia publicarse en el apartado anteriorperfil del contratante, se efectuará mediante original o copia auténtica siendo de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta aplicación lo previsto en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto artículo 153 del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuestoTRLCSP. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar que haya presentado la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De oferta económicamente más ventajosa no cumplimentarse adecuadamente cumpla el requerimiento en el plazo señaladoestablecido, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en es ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertassiguiente según la clasificación realizada. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentaciónadjudicatario, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse carácter previo a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano justificará la existencia de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible una póliza de acuerdo responsabilidad civil con un capital asegurado mínimo de 300.000 euros para responder de los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin daños que se hayan interpuestopudieran ocasionar o derivar con motivo del desarrollo objeto del presente contrato, la documentación que acompaña a incluyendo las proposiciones quedará a disposición siguientes garantías: - Responsabilidad civil general. - Responsabilidad civil patronal. - Defensa jurídica y constitución de los interesadosfianzas civil y criminal. No obstanteEXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX P-2217800-H X/ Xxxxx, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.00 00000-XXXX Tel. 000-000000 Fax 000 000000 e-mail: xxxxxx@xxxxxx.xxxxxx.xxx EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXX SECRETARIA

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Samples: Contract for the Organization and Management of the Medieval Market in Jaca

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a Cuando para la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución adjudicación del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y deban tenerse en cuenta una pluralidad de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corrientecriterios, o utilizándose un único criterio sea este el último recibodel menor coste del ciclo de vida, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de un mes dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el artpliego de cláusulas administrativas particulares. 161 TRLCSPEste plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el apartado 4 del artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público. Si la proposición se contuviera en más de un sobre o archivo electrónico, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el plazo anterior se computará desde el primer acto de apertura del sobre o archivo electrónico que contenga una parte de la proposición. En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149 LCSP, se deberá requerir al mismo para que justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos, en plazo no superior a los 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación. De no dictarse el acuerdo producirse la adjudicación dentro de adjudicación en los plazos indicados señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 a la devolución de la Ley 11/2007 de 22 de juliogarantía provisional, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSPexistir esta. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicaciónformalización, renunciar a la celebración ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento siempre que esté fundado en la comisión de alguna una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación del contratoadjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.

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Samples: Acuerdo Marco De Suministros

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista Antes de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto formalización del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas el adjudicatario deberá presentar a este impuestotravés de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V, referida al ejercicio corrienteen su caso, o el último recibojustificante de haber abonado el importe total de los anuncios de licitación y, completado con una declaración responsable así como, el de no haberse dado la publicación en otros medios de baja difusión si los hubiere, dentro de los límites máximos de posible repercusión establecidos en el ANEXO V. La propuesta de mejora del licitador, aceptada por la Universidad de Almería, formará parte del contrato, debiendo, a tal efecto, recogerse expresamente en el mismo. El contrato será firmado mediante firma electrónica reconocida, según lo establecido en la matrícula cláusula 16 del citado impuestopresente pliego. En el caso mismo proceso la empresa adjudicataria firmara el Pliego de que Cláusulas Administrativas Particulares y el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertasPrescripciones Técnicas. El órgano de contratación deberá adjudicar contratación, cuando proceda, enviará el contrato anuncio de formalización al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción «Diario Oficial de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes Unión Europea» a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 más tardar 10 días después de la Ley 11/2007 de 22 de julioformalización. La formalización del contrato, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamentejunto con el correspondiente contrato, se publicará en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante. La notificación deberá contenerLos anuncios de formalización no se publicarán en el Perfil del Contratante antes de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea», en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo caso en que debe procederse a deban ser publicados en dicho Diario Oficial, debiendo indicar la formalización fecha de aquel envío, de la celebración que los servicios dependientes del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas dejarán prueba suficiente en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento y no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña podrán contener indicaciones distintas a las proposiciones quedará a disposición de los interesadosincluidas en dicho anuncio. No obstante, transcurrido en todo caso podrán publicarse si el plazo órgano de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción contratación no ha recibido notificación de su publicación a las 48 horas de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaconfirmación de la recepción del anuncio enviado.

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Samples: Acuerdo Marco De Suministros

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario licitador o a los empresarios seleccionados licitadores que hayan presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con a la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a refiere la ejecución Cláusula 15 del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, presente Pliego y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.

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Samples: Supply Agreement

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista 10.1.- Antes de la propuesta elevada adjudicación del concurso se requerirá al licitador que haya sido propuesto por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del que en el plazo xx xxxx máximo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten hábiles presente la documentación justificativa acreditativa del cumplimiento de hallarse al corriente los requisitos previos establecida en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias artículo 146.4 del TRLCSP, y con en concreto, la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa que estime necesaria en orden a la acreditación de ellolos requisitos manifestados en la declaración jurada presentada como sobre nº 1, de disponer efectivamente conformidad con los anexos 2 y 3 del presente pliego. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la ejecución Administración será el de finalización del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y plazo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegospresentación de las proposiciones. La acreditación documentación se ha de presentar en documentos originales o copias autenticadas por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización Asesoría Jurídica de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinciónSociedad. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento Si en el plazo señaladoestablecido el licitador no aportase los documentos señalados, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado sido clasificadas las ofertas. El órgano , haciéndolo constar en la propuesta que se remita al Consejo de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción Administración, sin perjuicio de la documentación, incautación de la garantía provisional. En el caso de incumplimiento por cualquiera de las partes se aplicarán todas las consecuencias jurídicas previstas en la normativa que resulte aplicable y en todo casoeste Pliego. 10.2.- El Consejo de Administración, que podrá dejar desierta la adjudicación por razones motivadas, adjudicará el concurso en el plazo máximo de un mes 2 meses a contar desde el siguiente a aquel en que la apertura Mesa de las proposiciones Contratación haya formulado la propuesta de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSPadjudicación. De no dictarse el acuerdo de producirse la adjudicación en los plazos indicados dentro del plazo señalado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 No obstante la transmisión de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, propiedad sólo se publicará producirá en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, la forma prevista en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicacióncláusula decimoprimera. En todo caso, en el supuesto que el adjudicatario del concurso desistiese de la notificación y en el perfil parcela o de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al arttransmisión de la misma, perderá el depósito constituido en concepto de garantía provisional, sin perjuicio de la indemnización de las eventuales pérdidas que se hubieran originado. 156.3 TRLCSP. El órgano En ambos casos se procederá a la adjudicación a la segunda oferta más ventajosa, y así sucesivamente; en el supuesto de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo no existir más ofertas que cumplan con los criterios que figuran las condiciones establecidas en el presente Xxxxxx. Así mismo podrápliego de condiciones, siempre antes el Consejo de proceder a Administración podrá declarar desierto el concurso, en cuyo caso podrá realizarse la adjudicaciónventa de forma directa, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido durante el plazo de tres meses un año a contar desde la adjudicaciónresolución, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaconforme al mismo pliego.

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Samples: Enajenación De Bienes Inmuebles

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano Órgano de contratación Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormalmente bajas. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de conformidad con lo dispuesto adjudicación señalados en el artpliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. 151 TRLCSP, a El licitador que haya presentado la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados oferta económicamente más ventajosa será requerido para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y para que justifique la constitución de la garantía definitiva. Asimismo, si el licitador se ha acogido a la presentación de la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para contratar con la Administración, en este mismo plazo deberá acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en la convocatoria. La adjudicación del contrato se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación será motivada, y se notificará a los candidatos o autoricen al licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación para obtener contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización. La notificación se hará conforme a lo establecido en el artículo 151.4 del Texto Refundido de forma directa la acreditación Ley de ello, de disponer efectivamente Contratos del Sector Público. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En el caso, de que la notificación se hubiesen comprometido efectúe por correo electrónico, se ajustará a dedicar o adscribir los términos establecidos en el art. 151.4 del TRLCSP, entendiéndose rechazada cuando existiendo constancia de la puesta a disposición, transcurrieran cinco días naturales, sin que se acceda a su contenido. La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSPAdministración, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que mientras no se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en haya formalizado el apartado anterior, se efectuará mediante original contrato. a) Original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 compulsada del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta alta en el impuesto de actividades sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente, corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el caso supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el licitador seleccionado sea una unión temporal Texto Refundido de empresariosla Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá aportar deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura pública de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.

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Samples: Contract for Construction Works

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano Recibida la propuesta de contratación adjudicación y en la siguiente sesión que se celebre, la Junta de conformidad con lo dispuesto Gobierno Local procederá a clasificar las ofertas conforme al precio más alto, requiriendo en el art. 151 TRLCSP, a la vista mismo acto al licitador seleccionado para que en el plazo máximo de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, 10 DIAS hábiles a contar desde el día siguiente a aquél al recibo de la notificación, proceda a: 1.- Abonar el precio ofertado mediante ingreso en la cuenta bancaria de titularidad municipal que hubiesen recibido el requerimiento, presenten se le indique. 2.- Aportar la documentación justificativa acreditativa de hallarse estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con de la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de elloSocial, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir autorizando si lo considera a la ejecución Junta de Gobierno para la obtención del contrato conforme certificado emitido por el Ayuntamiento xx Xxxxxx respecto al artículo 64.2 TRLCSP, y pago de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinciónmunicipales. De no cumplimentarse adecuadamente cumplirse el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación los mismos requisitos al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano La Junta de contratación deberá adjudicar el Gobierno realizará la adjudicación del contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción al recibo de la documentaciónacreditación del pago y de la documentación requerida. Esta adjudicación deberá ser motivada, contendrá el nombre del adjudicatario y las razones de exclusión en todo caso, en el plazo máximo su caso de un mes a contar desde la apertura alguna de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposiciónofertas. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera en la dirección de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico indicada en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, sus ofertas y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación Perfil del Contratante y en el perfil BOP. La garantía provisional será devuelta inmediatamente a los licitadores no adjudicatarios y retenida al adjudicatario hasta el cumplimiento de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización su obligación de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano pagar los gastos de contratación declarará desierta la anuncios licitación, motivando en todo caso notaría y registro, devolviéndose una vez comprobado su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expedientecumplimiento, o desistir bien aplicando la garantía provisional del procedimiento de adjudicación con fundamento en adjudicatario a tal fin y devolviéndole la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En diferencia, si así lo solicita el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlainteresado.

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Samples: Contract for Sale

ADJUDICACION DEL CONTRATO. La adjudicación del contrato corresponde a la Junta de Gobierno Local del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, sito en Xxxxx Xxx Xxxxx, 1, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx), que estará asistido por una Mesa de contratación, que procederá, según establece el TRLCSP, a la valoración previa de los documentos presentados en tiempo y forma. El órgano de contratación propondrá la adjudicación del contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta más ventajosa atendiendo a los criterios de conformidad adjudicación, mediante la aplicación de los criterios establecidos en este pliego. El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente PCAP. De acuerdo con lo dispuesto establecido en el art. 151 artículo 151.2 del TRLCSP, a la vista el órgano de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, contratación requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen que autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de los compromisos de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato contrato, conforme al artículo 64.2 64 del TRLCSP. Asimismo, y el adjudicatario deberá presentar, en dicho plazo, la constitución de haber constituido la garantía definitiva definitiva, el pago del anuncio o anuncios de licitación y la suscripción de las pólizas por responsabilidad civil en la ejecución de las tareas propias del contrato, que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos cubra hasta la cantidad de 200.000,00 euros por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegossiniestro. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en ante el apartado anteriorórgano de contratación, se efectuará mediante original realizará de acuerdo con lo siguiente: - Obligaciones tributarias: a) Original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 compulsada del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta alta en el impuesto de actividades sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente, corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el caso supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el licitador seleccionado sea Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una unión temporal vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, cuya duración será coincidente en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Alcantarilla, comprobándose de oficio mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación. - Obligaciones con la Seguridad Social: Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del contrato hasta su extinciónRGLCAP. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar adjudicará el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, documentación a la que nos hemos referido en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el artapartado anterior. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de La adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de mediante el correo electrónico, a la dirección facilitada en su recepción por el destinatarioplica, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos yse publicará, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a del Ayuntamiento de Alcantarilla. Notificada la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de Si éstos no retiran su documentación en los tres meses desde siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la documentación aportada por garantía provisional, que se conservarán para su entrega a los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlainteresados.

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Samples: Contract for Technical Assistance in Tax Management and Collection Services

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano LFP, S.A. calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma, procediendo a tal fin a su examen con exclusión del sobre que contiene la proposición económica, y acordando, en su caso, la subsanación de contratación los defectos materiales, en un plazo de conformidad con lo dispuesto tres días hábiles. La existencia de dichos defectos u omisiones subsanables se comunicará a los interesados mediante fax o correo electrónico que los licitadores previamente hayan indicado en la documentación aportada. La citada Sociedad, una vez calificada la documentación a que se refiere la Cláusula V.3 del presente Pliego, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas previstas en el artPliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas del rechazo. 151 TRLCSPA la vista de los informes elaborados sobre la documentación económica aportada por los licitadores, se procederá, a la vista negociación de los aspectos fijados en el Apartado L del Cuadro de Características de este Pliego. Se procederá en acto público a la propuesta elevada apertura de las proposiciones económicas presentadas por los licitadores. En el supuesto de que en el apartado X del Cuadro de Características se haya indicado su procedencia, en el caso de que el licitador cuya oferta sea la Mesa económicamente más ventajosa haya presentado el Documento Europeo Único de ContrataciónContratación (DEUC), la Comisión de Valoración, previamente a la adjudicación del contrato, le requerirá al empresario o a para que presente la documentación acreditativa de los empresarios seleccionados para quedatos indicados en el citado Documento, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar, en ese caso a recabar su caso, la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano Se procederá por resolución del Órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres días hábiles siguientes Contratación a la recepción adjudicación del contrato; pudiendo declarar desierto el mismo, de forma motivada, siempre que las ofertas recibidas no se adecuen a los criterios establecidos. LFP, S.A. podrá desistir del procedimiento antes de la documentaciónadjudicación, siempre que exista causa que lojustifique y se determine en todo casola resolución que se adopte a tal fin, en el debiendo comunicar tal decisión alos licitadores. El plazo máximo de un mes adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido proposiciones, salvo que en el art. 161 TRLCSPapartado O del Cuadro de características se haya establecido un plazo especial, más amplio o más corto. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en dicho plazo, los plazos indicados los licitadores empresarios admitidos al procedimiento tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará proposición y a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, les devuelva o cancele la documentación garantía que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.hubiesen prestado

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Samples: Suministro De Gasóleo

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta económicamente más ventajosa, atendiendo a los criterios de conformidad valoración fijados en el presente pliego, o podrá declarar desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. Deberá considerarse, en su caso, lo dispuesto en el artla cláusula 19.3 respecto al conocimiento del euskera. 151 TRLCSP, a la vista El órgano de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, contratación requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el siguiente documentación: 1. Justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Social. 2. Constitución de la garantía definitiva por importe equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato. 3. Abono de los anuncios de esta licitación en prensa y boletines oficiales. 4. Cuando resulte adjudicataria una UTE, además de los documentos anteriormente indicados habrá de aportarse, dentro del mismo plazo,escritura pública de su constitución, CIF asignado a la Unión Temporal y nombramiento de representante o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa apoderado/a con poder bastante. 5. Documentación que acredite la acreditación de ello, de disponer efectivamente efectiva disposición de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido contrato. Si no se presenta la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento documentación requerida en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso entonces a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en las ofertas. Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, el órgano de contratación deberá adjudicar adjudicará el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los/as interesados/as. Si éstos no retiran su documentación en los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción no estará obligada a seguirla custodiando. El acuerdo de la documentación aportada por adjudicación del contrato se notificará a los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlay se publicará en el perfil de contratante.

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Samples: Contract for Urban Planning Services

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano En el supuesto de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por que se constituya la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o según se indica en el apartado H) del cuadro resumen anexo, de conformidad con el art. 320 TRLCSP, ésta evaluará conforme a los empresarios seleccionados aspectos económicos y técnicos señalados en el apartado E) del cuadro resumen anexo las ofertas presentadas y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación. En el supuesto de que no se constituya dicha Mesa, el órgano de contratación adjudicará el contrato de acuerdo con los aspectos técnicos y económicos señalados en el citado apartado E). El órgano de contratación, conforme la régimen legal de competencias y al de delegaciones aprobado por los órganos originarios al inicio del presente periodo corporativo, Ayuntamiento Pleno y Alcaldía-Presidencia, es el reflejado en dicho apartado A) del cuadro resumen adjunto. Ya sea en uno u otro caso, el órgano correspondiente clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo 152 TRLCSP. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el apartado E) del cuadro resumen anexo, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. Se autoriza al Secretario del órgano correspondiente para que requiera al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, salvo de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se establezca otra cosa en los pliegosincorporará al expediente». La acreditación por cuenta Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los artsRío Segura (Murcia) Pág. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. 8/24 De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en estos pliegos. En todo caso, deberá dejarse constancia en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura expediente de las proposiciones de conformidad con lo establecido en invitaciones cursadas (al menos 3, según regula el art. 161 178.1 TRLCSP), de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación. De no dictarse el acuerdo de La adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivadomotivada, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 TRLCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 de dicha ley. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la formalización dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la celebración del contrato conforme al artLey 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la licitaciónnotificación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura (Murcia) Pág. 9/24 efectos previstos en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción artículo 59.4 de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaLey 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.

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Samples: Consultancy and Assistance Contract

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano (art. 150 de la LCSP). La Mesa de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados contratista que ha presentado la aceptación para que, dentro del plazo xx xxxx días de DIEZ DIAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa siguiente documentación: • Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales y locales y con la Seguridad Social o autoricen autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que . • Cuando se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza ejerzan actividades sujetas a este impuestoal Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuestoimpuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento. En • Escritura o documento de constitución, los estatutos o el caso de acta fundacional, debidamente inscrita en el Registro que corresponda, si el licitador seleccionado sea una unión temporal fuera persona jurídica. Para los empresarios no españoles que sean nacionales de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización Estados miembros de la misma, cuya duración será coincidente Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán presentar certificado de inscripción en el registro que proceda de acuerdo a su legislación del Estado donde estén establecidos. Los demás empresarios deberán presentar Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado que corresponda. El objeto social debe tener relación con las prestaciones del presente contrato • Documentación justificativa de disponer efectivamente de los elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato hasta su extinción(art. 76.2 y 150 LCSP). Todo documento del que se aporte copia deberá ser previamente compulsado por el Excmo. Ayuntamiento o cualquier otro funcionario o fedatario público. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose . La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en ese caso a recabar la misma documentación resolución motivada que deberá notificarse al licitador siguiente, por y publicarse en el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertasperfil del contratante del órgano de contratación (art. 151.1 de la LCSP). El órgano de contratación deberá adjudicar adjudicará el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro a la Banda de los tres Música de Ciudad Real en el plazo de cinco días hábiles naturales siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el documentación (art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo 150.3 de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivadola LCSP), se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en concretándose los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.

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Samples: Contract

ADJUDICACION DEL CONTRATO. 10.1. El órgano de contratación, en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el Perfil del Contratante, adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa y cumplimente en plazo el requerimiento que previamente le realice la Administración, a tenor de lo establecido en el siguiente párrafo. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiesen hubiere recibido el dicho requerimiento, presenten la presente: a) La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente efectiva disposición de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y 53. 2 de haber constituido la garantía definitiva Ley de Contratos del Sector Público que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegosle reclame el órgano de contratación. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento justificación de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia estar de alta en el apartado anterior, Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se efectuará acreditará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 presentación del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuestoalta, referida al ejercicio corriente, o el del último reciborecibo de IAE, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En impuesto (artículo 15 del RGLCAP). b) Acreditar haber constituido la garantía definitiva conforme a lo previsto en la normativa contractual por el caso de que importe establecido en el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización apartado nº 9 de la mismacarátula de este pliego. La garantía, cuya duración será coincidente podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 84 de la LCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP. Para los casos en que se opte por constituir las garantías en metálico se facilita el siguiente número de cuenta de la del contrato hasta su extinciónentidad financiera KUTXA: 2101 0381 06 0011139896. De no cumplimentarse cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, la Administración declarará resuelto el contrato. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas. 10.2. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, documentación señalada en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el art. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre requerimiento antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazomencionado. 10.3. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicaciónque dicha documentación quede a disposición de los licitadores no adjudicatarios del contrato, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que cuando éstos hubieran acudido no hayan procedido a retirarlasu retirada.

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Samples: Acquisition Agreement

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 7.1.­ El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, documentación indicada en la cláusula anterior y en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido señalada en el art. 161 151.3 del TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de La adjudicación del contrato deberá ser motivadomotivada, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, simultáneamente se publicará en el perfil de del contratante. La notificación deberá contenercontendrá, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSPa la legalidad vigente, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo casoparticular expresará los extremos contenidos en el artículo 151.4 del citado texto legal. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en la notificación y los términos establecidos en el perfil artículo 28 de contratante se indicará la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en que debe procederse a la formalización el artículo 59.4 de la celebración Ley 30/92, de 26 de noviembre, será de cinco días. Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de prestación del contrato conforme al artservicio de “PRESTACION DEL SERVICIO DE HOSTELERÍA DE LA RESIDENCIA SOCIAL ASISTIDA “SAN XXXX”, DEPENDIENTE DE LA EXCMA. 156.3 TRLCSPDIPUTACIÓN PROVINCIAL”. El órgano de contratación declarará No podrá declararse desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, una licitación cuando ninguna exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran figuren en el presente XxxxxxPliego. Así mismo No obstante todo lo anterior, el órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión caso de alguna haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación del contratoadjudicación. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. 7.2.­ En el expediente se dejará constancia caso de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado que el contrato y transcurridos los plazos fuera adjudicado a una Unión de empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la interposición formalización del contrato y NIF asignado a la Unión. 8.1.­ La garantía definitiva por el importe señalado en el apartado I) del cuadro de recursos sin que se hayan interpuestocaracterísticas, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo hasta un máximo del cinco por ciento (5%) del importe de tres meses desde la adjudicación, IVA excluido, se consignará en la Administración podrá disponer sobre la destrucción Tesorería de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaExcma. Diputación provincial xx Xxxxxx. Fecha de emisión de la firma:06/05/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:hQbMvFmGgoLeXv1o9wzZ CN=XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX OU=COMPRAS SERVICIOS Y SUMINISTROS CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:30 página/s. Página 21 de 30.

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Samples: Contract for the Provision of Hospitality Services

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a A la vista de la propuesta elevada formulada por la Mesa y de Contrataciónlos informes técnicos que pudiesen haberse solicitado, en su caso, el órgano de contratación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas, de conformidad con los criterios establecidos en la clausula sexta. El órgano de contratación requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiesen recibido reciba el requerimientorequerimiento por parte del Ayuntamiento, presenten presente la documentación justificativa siguiente documentación: - Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, Social. - Documentos acreditativos de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y contrato. - Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedentedefinitiva. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta - Justificante acreditativo del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica pago de los siguientes documentos: correspondientes anuncios de licitación. - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada casoPóliza de seguro de responsabilidad civil, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas una cobertura mínima por valor de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes150.000 euros. - Alta en el impuesto de actividades Económicas o último recibo del IAE, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al les faculte para su ejercicio corriente, o en el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinciónmunicipio. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, . El plazo indicado en el plazo máximo de un mes apartado anterior se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en que se refiere el art. 161 artículo 152.3 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo producirse la adjudicación dentro de adjudicación los plazos señalados en los plazos indicados dos párrafos anteriores, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o Las proposiciones presentadas, y de tanto las razones para declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su admisión o rechazoexpediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarla.

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Samples: Service Agreement

ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 TRLCSP, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiesen recibido el requerimiento, presenten la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en el apartado anterior, se efectuará mediante original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta en el impuesto de actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el licitador seleccionado sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres 3 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, documentación a las que se refiere la clausula anterior. No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el artpliego. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de La adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivadomotivada, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y, simultáneamente, se publicará publicara en el perfil del contratante de contratanteconformidad con lo establecido en el artículo 191.c del Real decreto Legislativo 3/2001, de 14 de noviembre. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular, expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que se hayan presentado las restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 137 del TRLCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil de del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 140.3 TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la formalización dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la celebración del contrato conforme al artLey 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. 156.3 TRLCSPSin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la LRJAP-PAC, será de cinco días. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración a ejecución del contrato por razones de interés público publico debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión caso de alguna haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación del contratoadjudicación. El desistimiento Cuando el órgano de contratación no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado adjudique el contrato y transcurridos los plazos para de acuerdo con la interposición propuesta formulada por la Mesa de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlaContratación deberá motivar su decisión.

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Samples: Contrato De Obras

ADJUDICACION DEL CONTRATO. La adjudicación del contrato corresponde a la Junta de Gobierno Local del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla. El órgano de contratación propondrá la adjudicación del contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta más ventajosa atendiendo a los criterios de conformidad adjudicación, El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente PCAP. De acuerdo con lo dispuesto establecido en el art. 151 artículo 151.2 del TRLCSP, a la vista el órgano de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, contratación requerirá al empresario o a los empresarios seleccionados licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiesen hubiera recibido el requerimiento, presenten presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autoricen que autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de los compromisos de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato contrato, conforme al artículo 64.2 64 del TRLCSP. Asimismo, y el adjudicatario deberá presentar, en dicho plazo, la constitución de haber constituido la garantía definitiva definitiva, el pago del anuncio o anuncios de licitación y la suscripción de las pólizas por responsabilidad civil en la ejecución de las tareas propias del contrato, que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos cubra hasta la cantidad de 150.000,00 euros por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegossiniestro. La acreditación por cuenta del empresario del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a que se hace referencia en ante el apartado anteriorórgano de contratación, se efectuará mediante original realizará de acuerdo con lo siguiente: - Obligaciones tributarias: a) Original o copia auténtica de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 compulsada del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Alta alta en el impuesto de actividades sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a este dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente, corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el caso supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el licitador seleccionado sea Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una unión temporal vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, cuya duración será coincidente en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Alcantarilla, comprobándose de oficio mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación. - Obligaciones con la Seguridad Social: Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del contrato hasta su extinciónRGLCAP. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar adjudicará el contrato al proveedor o proveedores seleccionados dentro de los tres cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y en todo caso, documentación a la que nos hemos referido en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el artapartado anterior. 161 TRLCSP. De no dictarse el acuerdo de La adjudicación en los plazos indicados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. El acuerdo de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de mediante el correo electrónico, a la dirección facilitada en su recepción por el destinatarioplica, y en particular mediante fax o correo electrónico en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007 de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos yse publicará, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a del Ayuntamiento de Alcantarilla. Notificada la formalización de la celebración del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución, cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. Así mismo podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación con fundamento en la comisión de alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. En el expediente se dejará constancia de las ofertas o proposiciones presentadas, y de las razones para su admisión o rechazo. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. No obstante, transcurrido el plazo de Si éstos no retiran su documentación en los tres meses desde siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos, en su caso, de la documentación aportada por garantía provisional, que se conservarán para su entrega a los licitadores sin que éstos hubieran acudido a retirarlainteresados.

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Samples: Suministro Mediante Arrendamiento Con Opción a Compra De Vehículos