Administración y vigilancia del contrato Cláusulas de Ejemplo

Administración y vigilancia del contrato. “Pronósticos” determina que de conformidad con lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para los efectos que en dicho ordenamiento legal se señala, el servidor público que se encargará de la administración y vigilancia del cumplimiento del presente contrato es el LAE Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx, en su carácter de Gerente de Servicios Generales, o bien, el servidor público que la sustituya en el cargo, o a quien para tales efectos dicho Gerente designe por escrito.
Administración y vigilancia del contrato. De conformidad con el artículo 68 del REGLAMENTO y 143 de las POBALINES, el responsable de vigilar y administrar el contrato que se celebre, a efecto de validar que el PROVEEDOR cumpla con lo estipulado en el mismo, será la persona titular de la Dirección de Profesionalización adscrita a la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional, quien informará a la DRMS, lo siguiente: De los atrasos e incumplimientos, así como el cálculo de las penas convencionales correspondientes, anexando los documentos probatorios del incumplimiento en que incurra el PROVEEDOR. Visto bueno para la liberación de la garantía de cumplimiento. Evaluación del PROVEEDOR en los términos establecidos en el artículo 27 del REGLAMENTO. Moneda en que se deberá cotizar y efectuar el pago respectivo Los precios se cotizarán en pesos mexicanos con dos decimales y serán fijos durante la vigencia del contrato correspondiente. De conformidad con el artículo 54 fracción XIII del REGLAMENTO, el pago respectivo se realizará en pesos mexicanos.
Administración y vigilancia del contrato. “EL COLEGIO” a través del C. _________________________________________________________________ o quien en su cargo lo sustituya, tendrá la obligación de supervisar en todo tiempo los servicios prestados, objeto de este contrato y dará a “EL PRESTADOR” las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con la ejecución de este contrato, al pliego de consignas administrativas, y en su caso, a las modificaciones del mismo que realice “EL COLEGIO”.
Administración y vigilancia del contrato. “Pronósticos” determina que de conformidad con lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para los efectos que en dicho ordenamiento legal se señalan, el servidor público que se encargará de la administración y vigilancia del cumplimiento del presente contrato, es el que para dichos efectos se determina en las cláusulas Octava y Vigésima Cuarta del mismo. “El proveedor”, por su parte, conviene en que a partir de la fecha de inicio del contrato nombrará un administrador con el objeto de que vigile conjuntamente con el servidor público designado por “Pronósticos” la correcta ejecución del presente contrato; manteniendo comunicación regular entre las partes para todos los efectos a que haya lugar. Las partes podrán nombrar sustitutos de las personas designadas, dando aviso a la otra por escrito con 15 (quince) días naturales de anticipación. A mbas partes mantendrán los registros necesarios de las actividades realizadas con motivo de la ejecución del objeto del presente contrato. “Pronósticos”, a través del servidor público que para el efecto designe, tendrá en todo tiempo el derecho de supervisar la entrega de los bienes contratados y dará por escrito a “El proveedor” las instrucciones que estime pertinentes en relación con su ejecución. Es facultad de “Pronósticos” realizar la inspección de los recursos materiales y tecnológicos que vayan a utilizarse para la entrega de los bienes objeto de este instrumento, teniendo las facultades para juzgar acerca de la calidad técnica y cumplimiento de las especificaciones, aceptando o rechazando por escrito y con razones técnicamente fundadas los bienes que no estén conforme a lo estipulado en este documento y sus anexos. En este supuesto, “Pronósticos” elegirá libremente entre: (1) ordenar que se sustituyan los bienes las refacciones, partes y accesorios o que se realice nuevamente la entrega de los bienes; (2) retener las cantidades pendientes por pagar; (3) hacer efectiva la fianza o (4) ejercitar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
Administración y vigilancia del contrato. CAPUFE A TRAVÉS DE LA SUBDIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN ADMINISTRARÁ Y VIGILARÁ EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Administración y vigilancia del contrato. EL COLEGIO”, tendrá el derecho de supervisar en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará a "EL PRESTADOR" las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución a fin de que se ajuste al contrato, al pliego de consignas administrativas, y en su caso, a las modificaciones del mismo que realice "EL COLEGIO". Durante la vigencia del presente contrato "EL COLEGIO" podrá modificar el Anexo Técnico, dando aviso por escrito con 3 días hábiles de anticipación a "EL PRESTADOR", y ésta se obliga a aceptar las instrucciones correspondientes.
Administración y vigilancia del contrato. “Pronósticos” determina que de conformidad con lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para los efectos
Administración y vigilancia del contrato. De conformidad con el artículo 68 del REGLAMENTO, el responsable de vigilar y administrar el contrato que se celebre, a efecto de validar que el PROVEEDOR cumpla con lo estipulado en el mismo, será el titular de la Dirección de Verificación y Monitoreo adscrita a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos. El responsable de administrar y vigilar el contrato deberá informar lo siguiente:
Administración y vigilancia del contrato. “Telecomm” determina que de conformidad a lo establecido en el artículo 55 A, Xxxxxx Xxxxxxx, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para los efectos que en dicho ordenamiento legal se señalan, los servidores públicos que se encargarán de la administración y vigilancia del cumplimiento del presente contrato, son los que para dichos efectos se determinan en la cláusula Vigésima Tercera del mismo. “El Proveedor”, por su parte, conviene en que a partir de la fecha de inicio de los servicios objeto de este contrato nombrará un representante con el objeto de que vigile conjuntamente con los servidores públicos designados por “Telecomm” la correcta ejecución de los servicios. Tales representantes tendrán a su cargo la comunicación regular entre las partes para todos los efectos del presente contrato. Las partes podrán nombrar sustitutos de las personas designadas, dando aviso a la otra por escrito con quince días naturales de anticipación. Ambas partes mantendrán los registros necesarios de las actividades realizadas con motivo de la ejecución de los servicios objeto del presente contrato.
Administración y vigilancia del contrato. “Pronósticos” determina que de conformidad con lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para los efectos que en dicho ordenamiento legal se señala, los servidores públicos que se encargarán de la administración y vigilancia del cumplimiento del presente contrato son: el Subdirector General de Mercadotecnia, Lic. Xxxxxx Xxxxx Sola Xxxxxx; la Subdirectora General de Asuntos Jurídicos, Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx; el Subdirector General de Servicios Comerciales, Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx; el Subdirector General de Informática, Ing. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx; el Subdirector General de Administración y Finanzas, Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx; el Director de Finanzas, Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y el Director Administrativo, C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx o quienes los sustituyan en los cargos.