Asistencia Letrada. La empresa designará a su cargo la defensa del trabajador que como consecuencia del ejercicio de sus funciones, sea objeto de actuaciones judiciales, asumiendo las costas y gastos que se deriven, incluyendo fianzas, salvo en los casos que se reconozca en la sentencia culpa, dolo o mala fe, o salvo renuncia expresa del propio trabajador, o por ser la empresa el demandante. Cuando cualquier empleado tuviera que acudir como testigo, derivado de sus funciones, también se le dará cobertura y asesoramiento jurídico. El tiempo que el empleado utilice en las actuaciones judiciales antes mencionadas, será considerado como de trabajo efectivo.
Asistencia Letrada. El Ayuntamiento garantiza la asistencia, a través de su Asesoría Jurídica, a los empleados municipales que lo soliciten y la precisaran por razones de conflicto derivadas de la prestación del servicio.
Asistencia Letrada. La Empresa proporcionará la asistencia letrada necesaria en el caso de que algún trabajador pudiera necesitarla frente a terceros por asuntos relacionados con su puesto de trabajo.
Asistencia Letrada. 1. La Administración prestará asistencia jurídica a los empleados incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio, en caso de proceso judicial por litigios con terceros derivados, exclusivamente, del cumplimiento de su trabajo, salvo que se declare judicialmente en sentencia firme, que el interesado ha incurrido en delito doloso, en cuyo caso éste correrá con los gastos legales ocasionados.
2. No se prestará esta asistencia cuando se trate de litigios o conflictos entre el empleado público y el Ayuntamiento de Galapagar. BOCM-20221107-33
3. El abogado y, en su caso, el procurador, serán designados por la Administración municipal; si el trabajador es parte acusada elegirá al abogado. LUNES 0 XX XXXXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 265
Asistencia Letrada. La SPA ofrece al propietario asistencia letrada para la tramitación de los litigios derivados del incumplimiento por parte del inquilino de las obligaciones del contrato de arrendamiento, a cuenta y cargo de la Sociedad.
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Asistencia Letrada. El Ayuntamiento garantiza la asistencia jurídica gratuita especializada, siempre que sea necesaria, a los empleados públicos por causa de conflictos derivados de la prestación de servicios, siempre que la pretensión del trabajador no se dirija contra el Ayuntamiento. Igualmente la Corporación protegerá a los empleados públicos que por razón del desempeño correcto de sus funciones, sea objeto de injurias, calumnias, difamación, ultraje, amenaza o cualquier otra que atenten contra el honor y la dignidad del empleado público o sus bienes, ejerciendo todas las acciones que legalmente procedan.
Asistencia Letrada. 1. El Ayuntamiento garantizará asistencia especializada en materia penal para el personal que lo solicite, siempre que la necesidad haya nacido de asuntos derivados de la prestación del servicio.
2. En Ayuntamiento se personará como acusación particular en defensa de los intereses de su personal en todos aquellos casos en que la misma sea posible.
Asistencia Letrada. El Ayuntamiento garantiza, a través de su asesoría jurídica, la asistencia letrada a los empleados que lo soliciten y lo precisen por razones de conflictos derivados de la prestación del servicio. Se nombrarán abogados especialistas en procesos penales en los casos concretos que se necesite para los trabajadores.
Asistencia Letrada. Si con ocasión de la prestación de servicios profesionales como personal laboral del este Organismo Autónomo, se derivan imputaciones de responsabilidad a dicho personal, el IASS, a través del Servicio de Defensa Jurídica xxx Xxxxxxx Insular o a través de los servicios jurídicos contratados al efecto o previstos en la correspondiente póliza de responsabilidad extracontractual, prestará representación y defensa ante los órganos jurisdiccionales de cualquier orden y en cualquier instancia, salvo en los supuestos de dolo, culpa o negligencia grave. En el supuesto de existencia de conflicto de intereses entre el trabajador afectado y el Organismo Autónomo en el asunto para el que se solicita la asistencia, no se reconocerá este derecho de asistencia letrada, sin perjuicio de que el IASS, reintegre al trabajador los gastos procesales dentro de las tarifas fijadas por los Colegios Profesionales (referidas exclusivamente a honorarios de la defensa y de la representación técnica cuando sean preceptivas) en el supuesto de que en virtud de resolución judicial firme sus pretensiones hubiesen sido estimadas.