ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Si bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento, por norma, versa sobre los supuestos cuestionamientos derivados de la absolución de consultas y/u observaciones, y no representa la convalidación de ningún extremo de las Bases, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Al respecto cabe señalar que, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Si bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento, por norma, versa sobre las supuestas irregularidades en la absolución de consultas y/u observaciones, a pedido de parte, y no representa la convalidación de ningún extremo de las Bases, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
3.1. Otras penalidades:
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Cabe señalar que, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
3.1. Requisitos para perfeccionar el contrato
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Si bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento, por norma, versa sobre los supuestos cuestionamientos derivados de la absolución de consultas y/u observaciones, y no representa la convalidación de ningún extremo de las Bases, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
3.1. Respecto del costo de reproducción y entrega de Bases
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Si bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento, por norma, versa sobre las supuestas irregularidades en la absolución de consultas y/u observaciones, a pedido de parte, y no representa la convalidación de ningún extremo de las Bases, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
3.1 Documentos para la admisión de la oferta
e.1 Las especificaciones técnicas del reactivo y el equipo a ofertar en cesión de uso deberán cumplir con lo requerido en las bases. Adicionalmente deberá presentar documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, tanto para el reactivo como para el equipo según corresponda, como: La folletería/manual de instrucción de uso o inserto de productos. Contiene literatura y/o gráficos relacionados con los materiales, reactivos e insumos de laboratorio. Y el manual de instrucciones de uso o inserto debe cumplir con el Artículo 140° del Reglamento de Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios aprobado mediante DS N° 016-2011-SA, sobre la información que debe contener el manual de instrucciones de uso o inserto, cuando corresponda.
a) Respecto al documento consignado en el literal e.1 del numeral 2.2.1.1. “Documentos para la admisión de la oferta”, cabe precisar que, con fecha 03.JUN.2019, este Organismo Técnico Especializado realizó una notificación electrónica en la ficha del procedimiento de selección solicitando un informe validado por el área usuaria en el cual se precise qué características y/o requisitos funcionales específicos del bien previsto en las especificaciones técnicas deben ser acreditadas por el postor mediante “folletería/manual de instrucción de uso o inserto de productos”; siendo que, con fecha 05.JUN.2019, la Entidad remitió el Informe N° 037-FBI-2019, suscrito por el Señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Médico Patólogo Clínico, mediante el cual, señaló, entre otros, lo siguiente: “(…) se realiza una revisión de los insertos de los reactivos, verificando la metodología, si es un producto para procesamiento manual o automatizado, el nombre exacto del producto así como el tipo de presentación del producto (nombre del producto, forma de presentación y nombre y número con el que aparece el producto en el registro sanitario) que se solicita en las Bases, y dicha información a su vez debe coincidir con el número de reg...
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Cabe señalar que, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle: 5 Pronunciamientos N° 280-2021/OSCE-DGR, N° 184-2021/OSCE-DGR, N° 216-2021/OSCE-DGR, entre otras
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. 3.1. Respecto del Costo de Reproducción y Entrega de Bases
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Cabe señalar que, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
3.1. Respecto a la formación académica del personal clave:
ASPECTOS REVISADOS DE OFICIO. Cabe señalar que, este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle:
3.1. Respecto al costo de reproducción y entrega de Bases
3.2. Respecto de la forma de pago