BIENES NO ASEGURABLES. Este seguro expresamente no cubre:
A. Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante, vehículos automotores con licencia para transitar en vías públicas, aviones, así como bienes de propiedad de obreros o empleados del asegurado.
BIENES NO ASEGURABLES. 1. Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante, vehículos automotores terrestres autorizados para transitar en vías públicas, y/o ferrocarriles y/o aviones y/o naves aéreas
2. Bienes particulares propiedad del asegurado y/o de sus obreros y/o de sus empleados y/o del contratista principal y/o los subcontratistas.
3. Dinero y/o valores y/o joyas y/o lingotes de oro y plata y/o obras de arte y/o objetos de difícil reposición y/o documentos de valor de cualquier clase.
4. Planos, croquis, memorias de cálculo.
BIENES NO ASEGURABLES. MAPFRE x XXXXX RICA no amparará bajo esta póliza al Asegurado por pérdidas que se produzca a:
1. Vehículos autorizados a circular en vías públicas, ferrocarriles, locomotoras, equipo ferroviario, embarcaciones, aeronaves, naves espaciales; así como equipo o maquinaria para construcción o perforación.
2. Cultivo en pie, césped, árboles, arbustos, plantas, recursos madereros, animales, aves y peces.
3. Joyería, metales y piedras preciosas, lingotes de oro y/o plata, dinero en efectivo, cheques, giro postales, valores, timbres certificados u otros documentos negociables, títulos de propiedad, registros de información de cualquier tipo y descripción, obras de arte.
BIENES NO ASEGURABLES. Quedan excluidos del alcance de la presente Póliza, los títulos, papeletas de empeño, sellos, monedas, billetes de banco, acciones, bonos, cheques, letras de cambio, giros, pagarés y artículos valiosos: Objetos de oro, plata, platino, joyas, piedras preciosas, alhajas, relojes, esculturas, pinturas, dibujos, libros incunables, de ediciones limitadas o de valor histórico y cualesquiera otros objetos artísticos, científicos o de colección que tuvieran un valor excepcional por su antigüedad o procedencia; tarjetas telefónicas, bonos pagados mediante ticket, y mercancías explosivas e inflamables.
BIENES NO ASEGURABLES. 1. Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante.
2. Vehículos automotores terrestres autorizados para transitar en vías públicas y/o ferrocarriles y/o aviones y/o naves aéreas.
3. Bienes particulares propiedad del asegurado y/o de sus obreros y/o de sus empleados y/o del contratista principal y/o los subcontratistas.
4. Dinero (monedas y billetes), bonos, papeletas de empeño, acciones, títulos, escrituras, facturas, libretas de ahorro, cheques, letras de cambio, letras hipotecarias, pagarés y otros títulos o valores mobiliarios, así como joyas y/o lingotes de oro y plata y/u obras de arte y/u objetos de difícil reposición.
5. Planos, croquis, memorias de cálculo
6. Información y datos.
7. Bienes que se encuentren y/o construyan y/o se monten en el agua, sobre el agua o bajo el agua.
BIENES NO ASEGURABLES. Así sean de propiedad del asegurado o de los huéspedes y visitantes, no son asegurables los siguientes bienes: - Bienes que se mantengan bajo cuidado, control o custodia, sin ser propietario. - Bienes destinados a uso comercial, profesional o industrial dentro del predio asegurado. - Muestrario para venta o para entrega después de la venta. - Animales vivos. - Árboles, plantas, recursos madereros y cultivos en pie. - Vehículos motorizados y artefactos o instrumentos para ser conectados a estos. - Aeronaves. - Títulos valores, bonos, escrituras y dinero en efectivo. - Documentos de cualquier clase, facturas, comprobantes, y libros de contabilidad, libros poco comunes, informes confidenciales, archivos y libros de comercio. - Manuscritos, planos, croquis, dibujos, patrones, moldes o modelos. - Software (programas), así como las licencias para utilizar los mismos. En ningún caso ampara la información y/o programas almacenados en medios magnéticos ni su costo de reconstrucción. - Celulares, blackberry, Avantel, equipos de bolsillo, PC pocket, bolígrafos, estilógrafos, música en cualquier presentación, video juegos, licores, libros, maquillaje, gafas, perfumería. - Metales o piedras preciosas. - Explosivos y armas de fuego. - Mejoras locativas, si no se encuentra asegurado el edificio. - Inmuebles en proceso de construcción o reconstrucción. - Viviendas construidas con techos de paja, xxxxx x xxxxxxx de bahareque x xxxxx, o cualquier fibra vegetal, ni los artículos contenidos en ellos. Parágrafo: La presente póliza ampara exclusivamente la parte del edificio de propiedad privada del asegurado, en consecuencia las pérdidas ocurridas en aquellas partes de la construcción que sean del servicio común y por consiguiente de propiedad colectiva, en una propiedad horizontal, quedarán amparadas únicamente en proporción al derecho que sobre ellas tenga el asegurado, en exceso de los seguros de copropiedad existentes.
BIENES NO ASEGURABLES. 1. Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante
2. Vehículos automotores terrestres autorizados para transitar en vías públicas y/ o ferrocarriles y/o aviones y/o naves aéreas
3. Bienes particulares propiedad del asegurado y/o de sus obreros y/o empleados y/o del contratista principal y/o los subcontratistas
4. Dinero y/o valores y/o joyas y/o lingotes de oro y plata y/u obras de arte y/u objetos de difícil reposición y/o documentos de valor de cualquier clase.
5. Planos, croquis, memorias de cálculo
6. Información y datos
7. Bienes que se encuentren y/o construyan y/o se monten en el agua, sobre el agua o bajo el agua
BIENES NO ASEGURABLES. Por esta Póliza no son asegurables:
BIENES NO ASEGURABLES. 1.- Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante.
2.- Vehículos automotores terrestres autorizados para transitar en vías públicas y/o ferrocarriles y/o aviones y/o naves aéreas. 3.- Bienes particulares propiedad del asegurado y/o de sus obreros y/o de sus empleados y/o del contratista principal y/o los subcontratistas.