COMITÉ DE OBRA Cláusulas de Ejemplo

COMITÉ DE OBRA. El comité de obra está integrado por los representantes de
COMITÉ DE OBRA. El comité de obra está integrado por los representantes de EL CONTRATISTA, LA GERENCIA DE OBRA, LA INTERVENTORÍA y EL CONTRATANTE, o sus designados debidamente acreditados y aquellas personas que se considere conveniente que asistan. Este comité se reunirá semanalmente de manera virtual o presencial en las oficinas de la obra, o en el lugar que se estime conveniente para el desarrollo de este, teniendo en cuenta las condiciones actuales, en los días que fije el mismo comité. Lo que en él se acuerde se hará constar en acta cuyo contenido será obligatorio para EL CONTRATANTE, EL CONTRATISTA, LA GERENCIA DE OBRA y LA
COMITÉ DE OBRA. Miembros del Comité: Estará integrado por la interventoría, el contratista y el Director de proyectos de la Gobernación del Quindío. Periodicidad de las Reuniones: El Comité se reunirá con la periodicidad acordada con el Director de proyectos de la Gobernación del Quindío. Funciones del Comité: A manera descriptiva, las funciones principales de dicho comité son, sin limitarse a ellas: Estudiar, aprobar o rechazar los sistemas constructivos propuestos por el contratista. Estudiar cambios en las especificaciones técnicas, para someterlas a consideración del Director de proyectos de la Gobernación del Quindío. Analizar el desarrollo de los aspectos técnicos, administrativos y financieros, durante la ejecución del contrato. Analizar el avance de la obra y el control de la programación, determinando las proyecciones, causas, efectos y fijando metas de corto plazo para prevenir o disminuir desfases en la ejecución del programa general de obra. Analizar la información correspondiente al control de calidad de materiales y de la obra ejecutada. Analizar el estado de ejecución del presupuesto del contrato, incluyendo el seguimiento de la inversión del anticipo. Tomar las decisiones necesarias para cumplir cabalmente con el contrato de obra. Las demás funciones propias de este tipo de comités.
COMITÉ DE OBRA. Con la periodicidad establecida, la Interventoría programará una reunión del Comité de Obra con el contratista, el supervisor del contrato y demás personal que intervenga en la ejecución de los trabajos. Se deberá elaborar un informe con los puntos tratados y los problemas que se hayan presentado y las soluciones adoptadas. El Comité de obra será una reunión operativa para controlar el avance de la obra en el cual se elaborará el acta correspondiente firmada por todos los participantes.
COMITÉ DE OBRA. Miembros del Comité: Estará integrado por la interventoría y el contratista y en algunos casos por el Profesional encargado de la EMPRESA DE VIVIENDA DE ANTIOQUIA –VIVA-.
COMITÉ DE OBRA. El desarrollo técnico y administrativo de la obra y el manejo de los dineros destinados para su ejecución, estará a cargo de EL CONTRATISTA. LA UNIVERSIDAD ejercerá los controles propios de este tipo de trabajo y contrato, a través de EL INTERVENTOR que la representa. Los integrantes de LA UNIVERSIDAD ante el COMITÉ DE OBRA, serán el Director del Proyecto y el jefe de la Sección de Planeación Territorial o quien haga sus veces. Los representantes de LA UNIVERSIDAD en el comité y EL INTERVENTOR de LA UNIVERSIDAD, serán informados por EL CONTRATISTA en desarrollo de las reuniones semanales ordinarias del comité, o las extraordinarias que se requieran para tomar decisiones urgentes. El COMITÉ DE OBRA, organismo decisorio de alto nivel, tendrá las siguientes funciones y responsabilidades: --

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.