FUNCIONES DEL COMITÉ. Son funciones del Comité de Crédito:
1. Elaborar y presentar al Consejo de Administración, en conjunto con la gerencia, el proyecto anual de créditos para su consideración y aprobación.
2. Analizar la ejecución del proyecto anual de créditos aprobado por el Consejo de Administración.
3. Revisar el Reglamento de Crédito cuando sea necesario y presentar el respectivo proyecto de reforma al Consejo de Administración para su estudio y aprobación.
4. Formular recomendaciones al Consejo de Administración en materia de políticas crediticias.
5. Evaluar y analizar los créditos que entregue la gerencia siempre y cuando estén de acuerdo con las políticas establecidas, bien sea para aprobar o improbar las solicitudes de crédito que presenten los asociados.
6. Evaluar las garantías presentadas por los asociados como respaldo de sus créditos, de acuerdo con lo contemplado en el presente reglamento y disposiciones legales que imparta la Superintendencia de la Economía Solidaria o la entidad que haga sus veces.
7. Considerar, aprobar o improbar las solicitudes de reestructuración de los créditos de acuerdo a lo ordenado por el Consejo de Administración y la reglamentación legal.
8. Reunirse de manera ordinaria dos (2) veces al mes y extraordinariamente cuando se requiera. De todas las reuniones ordinarias y extraordinarias, se levantará un acta donde queden consignadas las decisiones tomadas respecto de los temas tratados.
FUNCIONES DEL COMITÉ. El Comité Consultivo:
a) Podrá presentar propuestas con el fin de facilitar o de mejorar la aplicación del Convenio;
b) podrá presentar propuestas de enmienda del presente Convenio, con arreglo al artículo 21;
c) formulará su opinión acerca de cualquier propuesta de enmienda al presente Convenio que se le someta, con arreglo al artículo 21, párrafo 3;
d) podrá, a petición de una Parte, expresar su opinión acerca de cualquier cuestión relativa a la aplicación del presente Convenio.
FUNCIONES DEL COMITÉ. Son funciones del Comité:
FUNCIONES DEL COMITÉ. Corresponde al COMITÉ DIRECTIVO:
a. Dictar la política general del FONDO;
FUNCIONES DEL COMITÉ. Además de las competencias señaladas en Reglamento Estudiantil para los programas de Posgrados, son funciones del Comité:
FUNCIONES DEL COMITÉ. El Comité Evaluador de la Superintendencia de Sociedades tiene entre otras, las siguientes funciones:
a. Responder las observaciones que se presenten a los documentos del proceso de contratación, incluida la evaluación; cada integrante resuelve las observaciones de acuerdo con el contenido y su competencia.
b. Evaluar las propuestas en los procesos de convocatoria pública de manera objetiva e independiente, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en el pliego de condiciones o en la invitación pública, y en la ley. Los conceptos, recomendaciones e informes de evaluación deben constar por escrito, soportarse sobre hechos y apreciaciones objetivas, imparciales, precisas y concretas, debiéndose motivar cada aspecto calificado.
c. Proyectar los requerimientos de subsanación y aclaración requeridos a los oferentes sobre aquellos aspectos de las ofertas que así lo requieran. Así mismo corresponderá al evaluador técnico y económico del proceso solicitar y analizar las explicaciones que sustenten el valor ofrecido y recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación.
d. Suscribir el acta de consolidación de las evaluaciones, excepto para las adquisiciones a través de acuerdos marco de precios o para compras en grandes superficies.
FUNCIONES DEL COMITÉ. Serán funciones del Comité:
59.1. Establecer criterios de selección objetiva de contratistas, ajustándose a factores de escogencia tales como cumplimiento, experiencia, equipos, plazos, precios, entre otros.
59.2. Plantear sugerencias de mejoramiento en materia de adquisiciones de bienes, servicios y obra pública.
59.3. Las demás funciones que le sean asignadas por las normas legales vigentes o por la Junta Directiva de la Empresa.
FUNCIONES DEL COMITÉ. Además de las competencias señaladas en Reglamento Estudiantil para los discentes de los programas de Postgrados, son funciones del Comité:
1. Formular y proponer a la Universidad políticas y normas específicas sobre los programas de postgrado.
2. Aprobar el calendario administrativo al inicio de cada semestre académico, en el que se establezca las fechas de expedición de liquidaciones, la matrícula académica y el inicio y la terminación de clases.
3. Conceptuar sobre las propuestas de reforma curricular que presente el Coordinador del postgrado al Plan de Estudios.
4. Apoyar al Coordinador del Postgrado en el desarrollo del proceso de autoevaluación permanente que requiere el programa.
5. Trazar planes de mejoramiento con base en los procesos de autoevaluación del Programa de Postgrado.
6. Conceptuar sobre la continuidad, modificación, suspensión y supresión del posgrado ante el Consejo de Facultad.
7. Definir los cursos que pueden ser validables por suficiencia académica.
8. Proponer la normativa que indique el costo, el procedimiento y el calendario para la presentación de los trabajos de grado por fuera de los plazos establecidos o trámite de amnistía.
9. Aprobar las homologaciones de cursos según estudio y concepto realizado por el Coordinador. 10.Definir los cursos o semestres de posgrado que podrán tomar los estudiantes de pregrado cuando estos opten por esta alternativa como requisito de grado.
FUNCIONES DEL COMITÉ. Son funciones del Comité de Propiedad Intelectual, las siguientes:
a) Revisar constantemente y sugerir al Consejo Superior las reformas necesarias para armonizar las políticas y estatutos de propiedad intelectual con los propósitos institucionales.
b) Analizar y conceptuar sobre las cláusulas y acuerdos que involucre aspectos y derechos de propiedad intelectual de la Universidad.
c) Conceptuar y sugerir los mecanismos y estrategias de protección idóneos para las diferentes creaciones intelectuales de las que sea titular la Universidad.
d) Analizar y conceptuar sobre las propuestas que incluyan propiedad intelectual generada en la Unidades Académicas.
e) Conceptuar académicamente sobre la calidad de autor, inventor, innovador, diseñador u obtentor de las creaciones realizadas en la Universidad del Atlántico.
f) Estudiar y avalar el cumplimiento de los requisitos necesarios en las creaciones desarrolladas por docentes y estudiantes de pregrado y posgrado, personal administrativo o monitores, para solicitar el correspondiente registro de propiedad intelectual
g) Estudiar y emitir concepto sobre las negociaciones que involucren derechos de propiedad intelectual de la Universidad.
h) Asesorar a la Rectoría y Vicerrectorías en lo concerniente a los temas de propiedad intelectual.
i) Conceptuar en caso de conflicto o duda sobre propiedad intelectual en la Universidad del Atlántico.
FUNCIONES DEL COMITÉ. DE CONTRATACION. Son funciones del Comité de Contratación:
1. Formular las políticas de contratación, los criterios y estrategias internas en materia de contratación que deben regir la actividad contractual en cada una de sus etapas, dentro del marco establecido por las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, Decreto 1510 de 2013 y demás normas legales y reglamentarias que regulan la contratación del Estado, así como por el Manual de Contratación de la entidad, y demás normas concordantes y complementarias.
2. Recomendar los ajustes al Plan Anual de Adquisiciones del Municipio xxx Xxxxxx, cuyo borrador debe ser elaborado y aprobado por la Secretaría General y del Interior, el cual contendrá la lista de bienes, obras y servicios que el municipio pretende adquirir durante el año. En el Plan Anual de Adquisiciones, el municipio debe señalar la necesidad y cuando conoce el bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales el municipio pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual el municipio iniciará el Proceso de Contratación. El Plan Anual de Adquisiciones se elaborará de conformidad con los lineamientos y el formato que establece Colombia Compra Eficiente.
3. Evaluar trimestralmente la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y formular las recomendaciones al despacho del xxxxxxx xxx Xxxxxx.
4. Asesorar la actividad contractual en materia de adquisición de bienes muebles, obras y servicios administrativos internos, de concursos públicos y licitaciones públicas y otras relacionadas con la misión del municipio xxx Xxxxxx, buscando que se ajusten a las necesidades reales de la entidad y a la programación de adquisiciones aprobada para cada vigencia, dando aplicación a los principios de economía, transparencia y de responsabilidad y en especial al deber de selección objetiva establecidos en las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, Decreto 1510 de 2013 y demás normas legales y reglamentarias que regulan la contratación del Estado, así como por el Manual de Contratación de la entidad, y demás normas concordantes y complementarias.
5. Estudiar y conceptuar sobre el restablecimiento de la ecuación económica de los contratos, el reajuste de precios y la procedencia de la suspensión, prórroga o adición de los mismos, que deban ser de con...