Condiciones Exclusivas de la Oferta IBM SaaS Cláusulas de Ejemplo

Condiciones Exclusivas de la Oferta IBM SaaS. En relación con el uso de IBM SaaS por parte del Cliente, el Cliente reconoce y acepta que: (i) los nombres de usuario de IBM SaaS, cargos, nombres de empresa y fotografías puedan ser publicados por otro usuario de IBM SaaS como parte de un perfil ("Perfil") y que el Perfil pueda ser visto por otros usuarios de IBM SaaS, y que (ii) el Cliente puede solicitar, en cualquier momento, la corrección o eliminación de dicho Perfil, aun cuando ello pueda impedir el acceso a IBM SaaS. Si el Cliente o un Usuario de IBM SaaS transmite Contenido a un sitio web de un tercero u otro servicio enlazado con IBM SaaS o accesible por éste, el Cliente y el Usuario de IBM permitirán a IBM habilitar la transmisión de Contenido; sin embargo, dicha interacción se llevará a cabo únicamente entre el Usuario de IBM SaaS y el sitio web o servicio xxx xxxxxxx. IBM no ofrece ninguna garantía ni manifestación sobre los servicios o sitios de terceros, y no se responsabilizará de ellos.
Condiciones Exclusivas de la Oferta IBM SaaS. En relación con el uso de IBM SaaS por parte del Cliente, el Cliente reconoce y acepta que: (i) los nombres de usuario de IBM SaaS, cargos, nombres de empresa y fotografías puedan ser publicados por otro usuario de IBM SaaS como parte de un perfil ("Perfil") y que el Perfil pueda ser visto por otros usuarios de IBM SaaS, y que (ii) el Cliente puede solicitar, en cualquier momento, la corrección o eliminación de dicho Perfil, aun cuando ello pueda impedir el acceso a IBM SaaS. Si el Cliente o un Usuario de IBM SaaS transmite Contenido a un sitio web de un tercero u otro servicio enlazado con IBM SaaS o accesible por éste, el Cliente y el Usuario de IBM permitirán a IBM habilitar la transmisión de Contenido; sin embargo, dicha interacción se llevará a cabo únicamente entre el Usuario de IBM SaaS y el sitio web o servicio xxx xxxxxxx. IBM no ofrece ninguna garantía ni manifestación sobre los servicios o sitios de terceros y no se responsabilizará por ellos. 20.1 IBM Coremetrics Web Analytics a. Según la evaluación de IBM, se proporcionará al Cliente un número adecuado de ID de Cliente con el fin de que satisfaga las necesidades de análisis web. Si es necesario, se incluyen de 1 a 50 ID de Cliente sin cargos adicionales para el Cliente. Cualquier ID de Cliente adicional que supere el número 50 estará sujeto a una tarifa adicional. b. IBM Coremetrics Explore (se incluyen cincuenta (50) informes de exploración al mes) x. Xxxx (10) segmentos de informe d. Cinco (5) ventanas de atribución e. IBM Coremetrics Benchmark f. IBM Coremetrics Digital Data Exchange g. IBM Coremetrics Web Analytics Report Module for IBM WebSphere Commerce h. IBM Coremetrics LIVE Profiles i. IBM Coremetrics Monitor j. IBM Coremetrics Enterprise Dashboard k. IBM Coremetrics Export l. IBM Coremetrics Multi-Byte Character Support (si corresponde, se aplican tarifas de migración) 20.2 IBM Coremetrics Enterprise Analytics a. Se incluyen un total de cincuenta (50) informes de exploración al mes, con independencia del número de sitios que se gestionen mediante Coremetrics Enterprise Analytics. Cada informe de exploración enviado que se ejecute para un sitio contará para el límite de cincuenta (50). b. Se incluirán diez (10) segmentos de informe por cada sitio gestionado por Coremetrics Enterprise Analytics. c. Se incluirán cinco (5) ventanas de atribución por cada sitio gestionado por Coremetrics Enterprise Analytics. 20.3 IBM Coremetrics Benchmark Service a. “Los Datos de Resumen” se deberán defi...
Condiciones Exclusivas de la Oferta IBM SaaS. Según el Documento de Transacción, IBM proporcionará los recursos de solución necesarios para planificar, crear e implementar IBM SaaS. Esto incluirá las fases siguientes: a. La Fase de Diseño del Servicio es el diseño del entorno técnico y del negocio. IBM proporcionará una valoración del entorno actual del Cliente, incluyendo la revisión de cualquier documento de arquitectura preparado anteriormente junto con cualquier requisito adicional recopilado para la configuración inicial de sistemas de hardware, comunicaciones, interfaces de aplicación y requisitos de Socio. b. La Fase de Suministro de Servicio es la migración de la comunidad del Socio comercial actual (por ejemplo los ID de Entidad) a IBM SaaS. Según el Documento de Transacción, IBM: (1) Implementará la conectividad entre el Cliente e IBM, (2) Implementará la conectividad entre los Socios del Cliente e IBM, (3) Dirigirá las pruebas de unidad, integración y conectividad según los planes de prueba de IBM, y (4) Trabajará con los Clientes para gestionar la implementación de la comunidad de Socios del Cliente. c. La Fase de Operaciones es la gestión de IBM de las operaciones cotidianas de IBM SaaS. IBM operará y gestionará las instalaciones que alojan el hardware y el software relacionado con la infraestructura de transferencia de archivos del Cliente, incluyendo los equipos, las comunicaciones y las aplicaciones en un entorno seguro. Si se requiere, cualquier servicio remoto adicional se facturará según las tarifas que contenga una declaración de trabajo personalizada que se regirá por un acuerdo de servicios profesionales independiente entre IBM y el Cliente. El Cliente será el responsable de mantener la continuidad empresarial y las expectativas a la comunidad de Socios, dada su relación con los periodos de prueba, las migraciones y las conversiones. Si el Cliente o un Usuario de IBM SaaS transmite Contenido a un website de un tercero u otro servicio enlazado con IBM SaaS o accesible por éste, el Cliente y el Usuario de IBM permitirán a IBM habilitar la transmisión de Contenido; sin embargo, dicha interacción se llevará a cabo únicamente entre el Usuario de IBM SaaS y el website o servicio xxx xxxxxxx. IBM no ofrece ninguna garantía ni manifestación sobre los servicios o sitios de terceros y no se responsabilizará por ellos. Si IBM SaaS contiene salidas de usuario que permiten al Cliente (o a un tercero designado por el Cliente) configurar una aplicación de software de IBM y si el Cliente (o los ...
Condiciones Exclusivas de la Oferta IBM SaaS. A los efectos de los precios de IBM SaaS basados en Documentos, se considera que un Documento tiene un tamaño igual o inferior a tres (3) kilocaracteres. Si el tamaño medio de todos los Documentos para el mes supera los tres (3) kilocaracteres, se evaluará la opción de aplicar un cargo por uso excesivo, según se especifique en el Documento de Transacción, en función del número de kilocaracteres procesados de más, divido entre tres (3). Si el Cliente o un Usuario de IBM SaaS transmite Contenido a un sitio web de un tercero u otro servicio enlazado con IBM SaaS o accesible por éste, el Cliente y el Usuario de IBM permitirán a IBM habilitar la transmisión de Contenido; sin embargo, dicha interacción se llevará a cabo únicamente entre el Usuario de IBM SaaS y el sitio web o servicio xxx xxxxxxx. IBM no ofrece ninguna garantía ni manifestación sobre los servicios o sitios de terceros y no se responsabilizará por ellos. Si IBM SaaS contiene salidas de usuario que permiten al Cliente (o a un tercero designado por el Cliente) configurar una aplicación de software de IBM y si el Cliente (o los terceros designados por él) utiliza las salidas de usuario, IBM no se responsabiliza porlas configuraciones resultantes ("Ampliaciones Exclusivas del Cliente") y las Ampliaciones Exclusivas del Cliente no forman parte de IBM SaaS. IBM (a) puede compilar y analizar datos de resumen, agregados y anónimos relacionados con el uso de IBM SaaS por parte del Cliente y (b) puede crear informes, estudios, análisis y otros productos de trabajo derivados de la compilación y del análisis (lo que conjuntamente se conoce como "Datos Compilados"). IBM conserva los derechos de propiedad sobre los Datos Compilados. IBM puede copiar los datos del Cliente a un servidor de no producción del entorno IBM SaaS con la única finalidad de probar y mejorar la calidad de los productos IBM. Para que IBM cumpla dentro de lo razonable con sus obligaciones respecto a los Servicios de Configuración, el Cliente acepta (1) proporcionar acceso suficiente a sus sistemas, información, personal y recursos, además de cumplir con todas sus responsabilidades para dar soporte a los Servicios de Configuración, y (2) proporcionar un entorno de trabajo seguro y adecuado a los empleados y contratistas de IBM cuando estos se encuentren en las instalaciones del Cliente, sin que ello suponga ningún costo para IBM. IBM no se responsabiliza por los atrasos en la prestación ni de la no prestación de los Servicios de Configuraci...
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  • CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN GARANTÍA DE CALIDAD (TIEMPO): UN AÑO. PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO: EL PAGO TOTAL SE EFECTUARÁ A LOS 30 DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES Y A PLENA SATISFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE. LUGAR DE ENTREGA: SERÁ EN LA SECRETARÍA DE TURISMO Y CULTURA, UBICADO EN BOULEVARD XXXXXXXX XXXXXXX NÚMERO 202, COLONIA CUESCO EN PACHUCA, HIDALGO, EN HORARIO DE 08:30 A 15:00 HORAS DE LUNES A VIERNES. NOTA: ASENTAR EN LA FACTURA EL NÚMERO DEL PEDIDO/CONTRATO. PORCENTAJE DE ANTICIPO: % GARANTÍAS: PRESENTAR EN TRES DÍAS HÁBILES GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO POR EL 10% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO/CONTRATO ANTES DE I.V.A. TIEMPO Y/O CONDICIONES DE ENTREGA: SERÁ DE 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DEL PEDIDO/CONTRATO. NO SE ACEPTARÁ PRÓRROGA PARA LA ENTREGA. MODALIDAD DE FACTURACIÓN: NO APLICA.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES Se desecharán las proposiciones de los Licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: 1. Cuando el Licitante no haya dado cumplimiento a lo establecido por los artículos 48 segundo párrafo y 50 de la Ley, en caso de Licitaciones Estatales; 2. Cuando el Licitante se encuentre en alguno de los supuestos previstos por los artículos 17 y 86 de la Ley, en cualquier etapa del procedimiento de contratación; 3. Cuando el Licitante se encuentre en alguno de los supuestos previstos por el artículo 101 del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4. Cuando el Licitante se encuentre como definitivo o presunto en el listado publicado por el Servicio de Administración Tributaria, por ubicarse en los supuestos previstos por el primer y segundo párrafos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; 5. Cuando incurra en cualquier violación a las disposiciones de la Ley o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia, que afecte directamente el presente procedimiento; 6. Cuando se compruebe que los Licitantes han acordado entre sí, situaciones que resulten contraproducentes a los intereses del Estado, como el elevar los precios de los bienes, arrendamientos y/o servicios, objeto de la presente Licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Licitantes; 7. Cuando los Licitantes de un mismo bien, arrendamiento o servicio pertenezcan a un mismo grupo empresarial, lo cual se acreditará cuando uno o más accionistas formen parte de dos o más Licitantes; 8. Cuando se omita la presentación de alguno de los documentos solicitados en los numerales 3.5.1 y 3.5.2 de las Bases; 9. Cuando las proposiciones no se puedan evaluar por falta de documentación o información mínima necesaria para tal fin; 10. Cuando se omita la firma autógrafa del propietario, apoderado o representante legal del Licitante en los documentos solicitados o que la misma no sea realizada por dicha persona; 11. Cuando el Licitante no se ajuste a cualquiera de los términos y las condiciones establecidas en las Bases; 12. Cuando cualquiera de los documentos o información presentada no sea legible; 13. Cuando el Licitante presente más de una proposición para la misma partida o lote; 14. Cuando se oferten bienes, arrendamientos o servicios en cantidades menores a las requeridas; 15. Cuando la validez de la proposición sea por un periodo menor al solicitado en las Bases; 16. Cuando no cumplan con las características y especificaciones o alguno de los requisitos establecidos en las Bases o los que se deriven de la Junta de Aclaraciones, cuyo incumplimiento por sí mismo, o deficiencia en su contenido afecte la solvencia de las proposiciones; 17. Cuando presenten documentos con tachaduras, enmendaduras y/o alteraciones en el contenido de los mismos, así como proposiciones manuscritas a lápiz; 18. Cuando la documentación o información presentada y/o declarada se verifique que es falsa, incompleta o se detecten irregularidades que desvirtúen el contenido de la misma; 19. Cuando no exista congruencia entre la propuesta técnica y la propuesta económica; 20. Cuando el precio ofertado no sea aceptable; 21. Cuando el precio ofertado sea precio aceptable, sin embargo rebase el presupuesto asignado y no se cuente con cobertura presupuestal; 22. Cuando se omitan los precios unitarios en las propuestas económicas; 23. Cuando el Licitante, su representante legal o sus empleados se opongan a la realización o desarrollo de una visita domiciliaria de verificación; o 24. Cuando el Licitante no pueda encontrarse en el domicilio señalado de sus instalaciones o se desconozca su paradero.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Condiciones Específicas Del Contrato 37 5.2.1 Vigencia del Contrato 37 5.2.2 Inicio de Ejecución 37

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” los bienes que se mencionan en la Cláusula PRIMERA del presente conforme a lo establecido en el Anexo “2”. Lugares de entrega, siendo responsable de su recepción las personas establecidas en el mencionado anexo; todas en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, Ciudad Universitaria, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. Nº 901045968-005-18. Previo a la entrega de bienes, y cuando menos 24 horas antes de la entrega de bienes, “EL PROVEEDOR” deberá concertar cita para tal fin al Departamento de Compras de “LA UNIVERSIDAD”, a los teléfonos 00 (000) 000-00-00, 000-00-00 o 000-00-00, con la C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx y/o el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Únicamente se otorgarán prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, cuando previo a su fecha de vencimiento y a solicitud expresa por escrito del proveedor, se establezcan y acredite el caso fortuito o la fuerza mayor que justifiquen el otorgamiento de la prorroga necesaria para el cumplimiento de las obligaciones. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarden del polvo y la humedad, debiendo garantizar la identificación y entrega individual y total de los bienes que preserven sus cualidades durante el transporte y almacenaje, sin desgaste de su vida útil y sin daño o perjuicio alguno para “LA UNIVERSIDAD”. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir todos los gastos y absorber todos los riesgos hasta los sitios de entrega señalados, así como los relativos al aseguramiento de los mismos; la instalación y puesta en operación a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”. Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones requeridas, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones. “EL PROVEEDOR”, se compromete a realizar la entrega de los bienes de manera personal, ya que no se aceptará la entrega de bienes mediante contratación de servicio de mensajería o paquetería.

  • CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES DETALLE

  • Concreción de las condiciones de solvencia En los contratos de servicios, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Asimismo, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar el contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego.

  • Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.