CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. Los licitadores deberán ofertar como mínimo todos los productos detallados en el ANEXO B del presente pliego. Los productos servidos deberán ser de primera calidad, con indicación de clase, marca o distintivo acreditativo de esa calidad, debiendo ajustarse a los pesos y características mínimas siguientes: - Verduras y hortalizas: serán preferiblemente frescas, de temporada y de primeras calidades. El peso mínimo en los menús normales y bajo en calorías será de 200 gr y en los menús especiales de 250 gr. - Carnes: todas ellas (aves, vacuno, ovino, porcino, etc.) serán preferentemente frescas y de primeras calidades y deberán tener deshuesadas y en crudo un peso mínimo de 150 gr por ración de menú normal y dietético y en los menús especiales de 200 gr. - Pescados: serán preferiblemente frescos, debiendo respetar la normativa sanitaria al respecto. En caso de ser congelados, deberán ser marcas que acrediten primeras calidades. Tendrán un peso mínimo de 200 gramos en menús normales y bajo en calorías y de 250 gr en menús especiales. En todo caso deberá acreditarse denominación y origen. - Las bebidas deberán ser siempre envasadas y en volúmenes de 20 cl o superiores, excepto la cerveza que podrá ser servida mediante “grifo de barril” y el vino, que podrá ser servido por copas. - El café será de marcas de primeras calidades. - El pan se ofrecerá en piezas no inferiores a 45 gramos y deberá haber mínimo tres variedades de la cual una será de pan integral y una variedad sin gluten. - Al menos el 20% de la oferta dentro de cada categoría de producto deberán estar clasificados como procedentes de producción “ecológicos” u “orgánicos”, pertenecer al grupo “sin gluten” o “sin lactosa”, debidamente acreditada esta condición, mediante etiqueta tal como la etiqueta ecológica europea, que lo identifique como tal de acuerdo a un procedimiento o reglamento. El adjudicatario se compromete a mantener, durante la vigencia del contrato, los platos y artículos relacionados en su oferta, debiendo velar por la reposición de los productos. Para ello, el adjudicatario dispondrá en todo momento, de un remanente de existencias de todos los artículos ofertados y que figuran en el Anexo B como obligatorios, de modo que esté siempre garantizada la demanda de los usuarios. Los que figuran como opcionales, podrán ofrecerse en función de las condiciones xx xxxxxxx. Para la elaboración se utilizarán criterios de dieta saludable, de acuerdo con las recomendaciones de dieta sana de la OMS (xx...
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. 8.1 La entrega de los productos contenidos en el Pedido no significará la aceptación de las mercancías, ya que sus propiedades, calidad y cantidad deben ser confirmadas por Nemak Spain, S.L..
8.2 Nemak Spain S.L. dispondrá del plazo de 6 meses para notificar su disconformidad con las mercancías entregadas, salvo que otra cosa se haya dispuesto conforme a la Estipulación 1.1 anterior.
8.3 Cuando la entrega contenga productos defectuosos o no conformes, Nemak Spain S.L. podrá elegir, a su discreción, entre las siguientes opciones: - Exigir que el producto sea reemplazado inmediatamente por otro correcto a cargo del Proveedor; o - Rechazar los productos defectuosos sin exigir su sustitución considerándose en consecuencia como, cancelación del Pedido, sin que en ningún caso, ello implique coste alguno para Nemak Spain S.L. Los costes derivados de la devolución o cancelación del Pedido como consecuencia de la apreciación de defectos o disconformidades en los productos serán asumidos en su integridad por el Proveedor, sin que este párrafo pueda ser disponible en las Condiciones Particulares.
8.4 Devoluciones de camiones de chatarra - 300 Eur - Camión devuelto con Interrupción de proceso - 600 Eur – Camión devuelto con Interrupción de proceso – Reincidentes - 5.000 Eur – Camión con presencia de Material Radioactivo / Militar / Explosivo o Bombonas Presurizadas - Estos importes son los mínimos y se les añadirán todos los costes ocasionados
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. 1. La calidad de los productos dependerá de las especificaciones acordadas, de los párrafos siguientes del presente punto 4, así como de las normas reconocidas de la técnica. Con respecto al material y al diseño de los pro- ductos, Smurfit Kappa se reserva el derecho a divergencias en el marco del progreso técnico, así como a divergencias habituales en el comercio (tole- rancia de calidad). Más detalles sobre las tolerancias fundamentales de las categorías únicas de productos se muestran en las Disposiciones especia- les de las presentes Condiciones generales de venta y suministro. En la medida en que no se haya estipulado algo distinto para la categoría de pro- ducto esencial, se considerarán acordadas fluctuaciones de peso de hasta un 10 % al alza o a la baja. .
2. Para la ejecución dimensional del suministro serán vinculantes las muestras que se le presentaron al cliente para su evaluación. Cuando no se haya enviado ninguna muestra tipo, el dibujo técnico será vinculante. Los datos sobre dimensiones de Smurfit Kappa se basan en medidas interiores en mi- límetros en el orden de longitud x ancho x altura, salvo que se indique ex- presamente algo diferente.
3. Por motivos técnicos de producción, el cliente aceptará cantidades por ex- ceso o defecto de las entregas (tolerancia en la cantidad) en la medida per- tinente para la categoría de producto respectiva de acuerdo con las Condi- ciones Especiales de las presentes Condiciones generales. La mercancía entregada de manera efectiva deberá ser pagada. En el caso de las entre- gas parciales, las cantidades por exceso o defecto podrán distribuirse en las entregas parciales únicas. La tolerancia en la cantidad se aplicará también para entregas de sustitución en el marco del cumplimiento posterior y casos similares.
4. La funcionalidad y durabilidad de los productos tras su entrega al cliente dependerán de que este último los almacene adecuadamente. Los almace- nes deberán ser adecuados para el almacenamiento de los materiales de embalaje y cumplir las normas de almacenamiento y los requisitos técnicos comunicados por Smurfit Kappa, si fuera aplicable. Como estándar mínimo se aplicarán los requisitos regulados en las Condiciones especiales de las presentes Condiciones generales de venta y suministro para la categoría de producto respectiva. El cliente reconoce que el aspecto de los productos envasados (p. ej., impresión/color) puede cambiar con el tiempo.
5. Smurfit Kappa podrá colocar identificadores comerciale...
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. El adjudicatario deberá responsabilizarse de las condiciones higiénicas y sanitarias de los artículos y productos que se ofrezcan a los usuarios. Será de obligado cumplimiento para el adjudicatario la legislación y normativa vigente en materia de manipulación de alimentos, productos alimenticios, comedores colectivos o cualquier otra que le sea de aplicación o pudiera serlo durante la prestación de los servicios objeto del contrato. Todos los artículos que se suministren por la empresa adjudicataria se acogerán a las disposiciones comunitarias y nacionales aplicables a la conservación, almacenamiento y transporte de alimentos destinado al consumo humano. Todas las materias primas utilizadas en la elaboración de los menús, así como los artículos de venta en cafeterías, serán de primera calidad. Aportarán certificación específica determinando que son primeras marcas xx xxxxxxx. Las comidas tendrán que estar bien presentadas, guisadas y condimentadas, debido a que no sólo cumplen una finalidad alimenticia, sino que son además motivo de satisfacción personal y colectiva. Los proveedores de estos productos deberán disponer de Registro Sanitario y cumplir el resto de los requisitos regulados en la normativa vigente, responsabilizándose en todo momento a la empresa adjudicataria de las alteraciones de los productos. Bajo ningún concepto se harán compras en nombre del CAPN. Todas las compras deberán ser hechas en nombre de la Persona Física o Jurídica a la que se ha concedido la adjudicación del contrato sin que en ninguna circunstancia, ni el CAPN ni sus representantes, sean subsidiarios de los impagos que pudieran existir por la ejecución de este servicio. A la extinción del contrato, el CAPN no se hará cargo de los artículos de consumo que existiesen almacenados.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. EL CONSULTOR/CONTRATISTA se compromete a prestar el servicio objeto de este contrato con el mayor cuidado y diligencia, de acuerdo a las mejores prácticas y normas profesionales, empleando un nivel de calidad acorde con los estándares internacionales con relación al alcance del contrato y con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. Los Productos suministrados por CCEP IBERIA cumplen con los estándares de calidad exigidos por la ley y con los más altos estándares existentes en el sector. No obstante, si alguno de ellos presentara mermas, roturas, pérdidas, defectos de etiquetado o cualquier otro problema que afecte a su calidad o aspecto, que impidan su posterior comercialización en óptimas condiciones, el CLIENTE se abstendrá de revenderlos. Si dichos defectos pudiesen ser imputables a CCEP IBERIA, el CLIENTE deberá realizar una reclamación por escrito a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de entrega de los Productos afectados. CCEP IBERIA, previa acreditación de su responsabilidad, procederá a abonar o restituir el Producto por otro de igual clase dentro de los diez días siguientes a la fecha de la reclamación.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. Por una cuantía equivalente al QUINCE por ciento (15%) del valor estimado del contrato y una vigencia igual al plazo de este y doce (12) meses más.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. 3.1 Los equipos de fotocopiado que provea el adjudicatario no podrán tener una antigüedad mayor a los doce (12) meses contados a partir de la fecha del llamado a licitación y deberán poseer las siguientes características: Velocidad de copiado 60 copias por minuto; Máximo de papel copiado en tamaño A3-11” x 17”, incluyendo A4 y Oficio; Compaginador-finalizador con abrochadora; Alimentador de originales-scanner de una sola pasada; velocidad de escaneo 60 páginas por minuto. Ampliación-reducción 25% a 400%; Conectividad a red; Fotocopiadora multifunción color; Xxxxxx de papel aceptable 12” x 18” y de un gramaje de hasta 250 grs. Al margen de lo descrito, deberá poseer los elementos necesarios para el compaginado, anillado y/o encuadernación del material que produzca
3.2 Dentro de los diez (10) días de firmado el contrato, el concesionario deberá presentar a la universidad, original y una copia, de las respectivas facturas de compra de los equipos. En el mismo acto le serán devueltos los originales.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. Los insumos alimentarios que adquiera el proveedor deberán ser de procedencia Nacional, de marca reconocida y con Registro de Autorización Sanitaria de DIGESA, con fecha de producción y expiración. Los alimentos envasados deberán contar con fechas de vencimiento vigentes. ▪ Aceite de origen 100% vegetal.(en el caso de frituras no se usará recalentado) ▪ Arroz de calidad superior y grano entero. (sin fumigar, exento de contaminantes y plagas) ▪ Azúcar rubia debidamente embolsada y de calidad certificada. ▪ Fruta fresca cuyo peso no será menor de 150 gr. por ración. ▪ Carnes magras frescas, no fibrosas, de consistencia suave sometidas a proceso HACCP. Las carnes que se utilizaran en el concesionario serán exclusivamente procedentes de compañías certificadas de reconocido prestigio y cumplimiento de las norma HACCP; las cuales transportarán las carnes y huevos en sus unidades de transporte refrigeradas hasta dentro de las instalaciones del concesionario. Dicha compra podrá ser verificada por la guía de remisión y/o factura proveniente de tales compañías. ▪ Menestras, cereales, condimentos y especies deberán ser envasados (no a granel). ▪ Productos lácteos y derivados deben ser pasteurizados y envasados; su procedencia y transporte serán similares a la de los productos cárnicos. ▪ Huevos deben ser frescos, limpios y no presentar rajaduras, su procedencia y transporte serán similares a la de los productos cárnicos. ▪ Las frutas, verduras y tubérculos deberán ser frescos, estar limpios y en buen estado, en el adecuado punto de madurez, libres de magulladuras y golpes, así como de insectos, microbios, gérmenes patógenos y cualquier otro contaminante.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS. Todas las materias primas y los productos servidos por la entidad que resulte adjudicata- ria tendrán que estar sujetos a la normativa legal y en particular al Código Alimentario Español. Los proveedores de las materias primas y los productos han de estar acreditados y suje- tos a la normativa vigente, responsabilizándose la entidad adjudicataria de las posibles alteraciones de los productos en todo momento. El almacenamiento de las materias pri- mas y su conservación se efectuará cumpliendo la normativa vigente. El licitador deberá presentar una memoria en la que indique la descripción de cada mate- ria prima, su calidad, tipo de envase, unidad de medida, marca o marcas, así como todos aquellos requisitos que establezca el ordenamiento jurídico vigente, en especial el Código Alimentario Español y la normativa complementaria; además deberá garantizarse un ade- cuado nivel cualitativo tanto en la selección y conservación de los víveres y productos complementarios, como en su manipulación, características organolépticas y temperatura. Los productos envasados deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 1334/1999 de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publici- dad de los productos alimenticios para el control del contenido efectivo de los productos alimentarios envasados.