CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. EL CONTRATISTA” no podrá disponer bajo ninguna circunstancia, para sí o para otros, los proyectos, planos o documentos que sean parte integrante de los trabajos encomendados para la obra, ni podrá divulgar e informar, ni de cualquier forma o por cualquier medio comunicar de los resultados de los mismos, sin la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO”, mismos que son de propiedad exclusiva de éste.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. El Adjudicatario adquiere el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entrega y de la información a que tuviere acceso por razón del mismo, no pudiendo aplicar o utilizar los datos obtenidos con fin distinto al que figura en los documentos contractuales, ni cederlo ni siquiera para su conservación, a otras personas.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. El adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato así como los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que ACUAMED autorice y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato. A los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el adjudicatario será el responsable del fichero o tratamiento de los datos de carácter personal que obtenga en su condición de Consultor de Riesgos y Seguros de ACUAMED y, en consecuencia, viene obligado al cumplimiento de las exigencias que como responsable derivan de la citada Ley y, en particular las de obtención del consentimiento del afectado (tácito, expreso o expreso El adjudicatario adquiere el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la información que se le entregue para la realización del trabajo cualquiera que sea el soporte utilizado y, con ello, la obligación de evitar que llegue a poder de terceras personas excepto en los casos en que tal documentación e información tenga por destino directo la prestación de los servicios que se contratan, siendo necesaria la autorización previa y de ACUAMED. El adjudicatario se obliga a no utilizar para fin distinto del objeto del contrato los datos que le sean facilitados por ACUAMED, así como a no ceder a terceros, por ningún concepto, los resultados derivados de la utilización de los mismos. El adjudicatario se compromete a destruir o devolver, según decisión de ACUAMED, una vez finalizado de conformidad el contrato, todos los datos que le hayan sido facilitados por ACUAMED para la ejecución del mismo.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. EL CONTRATISTA” no podrá disponer para sí o
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. El Adjudicatario adquiere el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entrega y de la información a que tuviere acceso por razón del mismo, no pudiendo aplicar o utilizar los datos obtenidos con fin distinto al que figura en los documentos contractuales, ni cederlo ni siquiera para su conservación, a otras personas. El adjudicatario se comprometerá a comunicar a Paradores, de forma inmediata, cualquier falla en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener como consecuencia la puesta en conocimiento de terceros de información confidencial obtenida durante la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, así como del material que se genere de la ejecución del mismo estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. Queda prohibido expresamente que el Adjudicatario y el personal encargado de la realización de los trabajos reproduzcan por cualquier medio la documentación o informes que tengan que realizar como consecuencia de la prestación del servicio/suministro contratado, así como la cesión onerosa o gratuita, total o parcial a cualquier persona física o jurídica de la información y documentación obtenida durante la ejecución de los trabajos, bajo la responsabilidad a que hubiere lugar, exigible a través de las acciones adecuadas. A la finalización del contrato el adjudicatario quedará obligado a la entrega a Paradores, o destrucción en caso de ser solicitada, de cualquier información obtenida o generada como consecuencia de la prestación del servicio/suministro objeto del presente contrato, en caso de que Paradores opte por su destrucción la empresa adjudicataria la realizará en un plazo de tres meses, la empresa adjudicataria acreditará dicha destrucción presentando una certificación firmada por persona debidamente facultada.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. La empresa adjudicataria tiene absolutamente prohibida la utilización de la información municipal para fines distintos a los de ejecución del presente contrato, comprometiéndose en consecuencia a no reproducirla ni a obtener copias de las mismas, debiendo guardar absoluto secreto sobre los datos y demás operaciones del proceso de tratamiento a los que pueden tener acceso por razón de los trabajos objeto de contrato. En el mismo sentido, la administración municipal tendrá en consideración los intereses legítimos del prestador del servicio en lo referente a la protección de los secretos técnicos y comerciales de su empresa.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. EL CONTRATISTA”, no podrá disponer para sí o para otro, de los proyectos, planos, trabajos por los cuales fue contratado, ni divulgar por cualquier medio de información o forma los resultados de los mismos, sin la autorización por escrito de “EL MUNICIPIO”, mismos que serán de su exclusiva propiedad.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. Con carácter general, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que se tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado dicho carácter por la Direccion General de Turismo y Hostelería o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de su ejecución.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. EL CONTRATISTA se obliga a no divulgar bajo ninguna circunstancia a terceras partes, los proyectos, planos o documentos que sean parte integrante de los trabajos encomendados para la ejecución de la obra, sin el previo consentimiento por escrito de EL CIMAT.
CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS. La empresa adjudicataria del contrato, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de la Dirección de Bienestar Social, y no los aplicará o utilizará con fin distinto al del presente contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Además deberá cumplir las medidas técnicas y organizativas estipuladas en el Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, que establece el Reglamento de Medidas de Seguridad de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, para datos de carácter personal de nivel ALTO. En el caso de que la empresa, o cualquiera de sus miembros, destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumplimiento las estipulaciones del contrato, será responsable de las infracciones cometidas.