Fines y Objetivos Cláusulas de Ejemplo

Fines y Objetivos. El fin y objeto del Fideicomiso de Garantía es el de establecer un patrimonio independiente que sirva de garantía para respaldar a los Fideicomisarios Primarios, el cumplimiento de las siguientes obligaciones (las “Obligaciones Garantizadas”): (i) el pago total y puntual a su vencimiento (ya sea la fecha de vencimiento acordada o antes de la misma al ser declarado vencido y pagadero antes de la fecha de vencimiento o de otra forma) de todas y cada una de las obligaciones (incluyendo, sin limitación, capital, intereses, intereses por xxxx, indemnizaciones, comisiones, honorarios, gastos y otros montos) adeudadas por el Fiduciario Emisor a los Tenedores de Bonos y las demás Partes Garantizadas que surjan de o en relación con los Bonos y los demás Documentos de Contratación, en cada caso, en forma directa o indirecta, primaria o secundaria, fija o contingente, ahora o de aquí en adelante, que surjan de o estén relacionadas con cualquier tal documento o acuerdo; y el debido cumplimiento por parte del Fiduciario Emisor de todos los términos, condiciones y acuerdos según lo estipulen los Bonos y los demás Documentos de Contratación; (ii) el pago total y puntual de todos y cada uno de los montos adeudados o las obligaciones contraídas por el Fiduciario de Garantía o cualquier otra Parte Garantizada, por virtud de cualquier Documento de Contratación del que una Parte Garantizada sea parte a fin de preservar, mantener, defender, proteger, administrar y salvaguardar los Bienes Fiduciarios del Fideicomiso de Garantía (incluyendo, sin limitación, cualesquiera honorarios y gastos que cualquier Parte Garantizada incurra en relación con lo anterior), en cada caso según se disponga en los demás Documentos de Contratación; (iii) en caso de que se inicie cualquier proceso judicial o extrajudicial para cobrar o hacer cumplir cualesquiera de las obligaciones, deudas y compromisos a que se hace referencia en los acápites (i) y (ii) anteriores, cualesquiera gastos de avalúo, preparación para la venta, cesión, aprovechamiento o disponer de otra manera de los Bienes Fiduciarios del Fideicomiso de Garantía y, en general, cualesquiera otros gastos incurridos en relación con los mismos; así como cualesquiera gastos incurridos por el Fiduciario de Garantía o cualquier otra Parte Garantizada en el ejercicio o defensa de sus derechos en virtud de lo que se dispone en cualquiera de los Documentos de Contratación de que una Parte Garantizada sea parte (lo que incluye, sin limitación, hon...
Fines y Objetivos. El Fideicomiso Emisor ha sido constituido para que el Fiduciario Emisor lleve a cabo tres mandatos, a saber: Primer Mandato: El Fiduciario tendrá que: (i) constituir el Fideicomiso de Garantía substancialmente de acuerdo al modelo que se adjunta como Anexo E del instrumento del Fideicomiso Emisor, (ii) causar la celebración de uno o más Contratos de Plica, substancialmente de acuerdo al modelo que se adjunta como Anexo H del instrumento del Fideicomiso Emisor, a fin de que se garantice que en la Fecha de Cierre se ceda libre de todo gravamen, el Grupo de Hipotecas al Fiduciario del Fideicomiso de Garantía utilizando el modelo de Contrato de Cesión de Créditos Hipotecarios que se adjunta como Anexo C del instrumento del Fideicomiso Emisor,
Fines y Objetivos. El Consejo tiene por finalidad facilitar el asesoramiento y la participación ciudadanas en el ámbito del asociacionismo y, en particular, los siguientes fines y objetivos: a) Ser consultado y emitir informes en relación con las competencias que el Ayuntamiento de Madrid ostenta en materia de fomento del asociacionismo y participación ciudadana. b) Formular propuestas para fomentar el asociacionismo en el municipio de Madrid.
Fines y Objetivos. 2.1 Descripción geográfica del área de trabajo. 2.2 Objetivos del Monitoreo Arqueológico.
Fines y Objetivos. Son fines y/u objetivos de esta normativa: 1. Crear un canal de colaboración de los agentes implicados en la gestión de prácticas de empresas dirigida a estudiantes de la UPCT. 2. Establecer un procedimiento común para la regularización y seguimiento de las actividades realizadas por estudiantes al amparo de Otros Convenios y su reconocimiento académico por equivalencia, como ECTS por prácticas curriculares, hasta el límite de las titulaciones oficiales que estos cursen.
Fines y Objetivos. Será principio básico del contrato potenciar el desarrollo del municipio, favorecer la accesibilidad a personas con movilidad reducida, establecer servicios a los/as usuarios/as que acuden a la playa de La Arena, lograr potenciar el empleo local a través de la contratación temporal de 8 personas desempleadas y mejorar el entorno del municipio de Zierbena.
Fines y Objetivos. El programa de voluntariado de la SARJB tiene como fin el desarrollo de las acciones que en él se determinan para apoyar las actividades típicas del RJB en sus diferentes aspectos de jardinería, vivero, banco de germoplasma y colecciones vivas, herbario, biblioteca y archivo, de acuerdo con las prescripciones e indicaciones de los responsables de las mencionadas unidades del RJB.

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  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Cumplimiento del plazo y penalidades por demora El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Si los servicios sufrieren un retraso en su ejecución, producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le habías señalado, se concederá por el órgano de contratación un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, para lo que se estará al apartado 4 del Anexo I al presente pliego, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que figuran en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. La Administración, en caso de incumplimiento de los plazos parciales definidos en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego. La aplicación y el pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Obligaciones tributarias: a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato. 2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades descritas en los párrafos anteriores.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Oficina de Recursos Humanos.

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.