Cuestiones fundamentales de carácter general Cláusulas de Ejemplo

Cuestiones fundamentales de carácter general. REFERENCIAS A LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO Estas Condiciones Generales pretenden ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan al Contrato de Seguro. CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 2º y 3º
Cuestiones fundamentales de carácter general. REFERENCIAS A LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO. Estas Condiciones Generales pretenden ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan al nacimiento, vida y extinción del contrato de seguro. CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 2º y 3º. 7º. 1. Personas que intervienen en el contrato de seguro
Cuestiones fundamentales de carácter general cualquier notificación, requerimiento, citación, procedimiento judicial o administrativo y en general
Cuestiones fundamentales de carácter general. Estas condiciones Generales pretender ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan el nacimiento, vida y extinción del contrato de seguro.
Cuestiones fundamentales de carácter general. DEFINICIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL SEGURO DEFINICIONES ASEGURADOR
Cuestiones fundamentales de carácter general. DEFINICIONES.
Cuestiones fundamentales de carácter general. DEFINICIONES
Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 6º. REFERENCIAS A LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO. Estas Condiciones Generales pretenden ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan al nacimiento, vida y extinción del contrato de seguro. CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 2º y 3º. Personas que intervienen en el contrato de seguro 1. El Tomador del Seguro, que da respuesta al Cuestionario de seguro para que pueda elaborar la póliza, suscribe el contrato y paga las primas. 2. El Asegurado, que tiene un interés económico en el objeto del seguro y es el titular de los derechos derivados del contrato. 3. El Asegurador, Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. que garantiza la realización de las prestaciones previstas en caso de siniestro. También se la denomina "la Compañía". 4. El Órgano de Control, que es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda, que supervisa la actividad del Asegurador en virtud de la competencia que corresponde al Xxxxx de España, estado miembro del Espacio Económico Europeo. A) El Asegurador confecciona la póliza de acuerdo con las respuestas a la Solicitud dadas por el Tomador del Seguro y aplica las condiciones y tarifas basándose en las declaraciones hechas por el mismo, por lo que las contestaciones del Tomador del Seguro tienen una importancia fundamental para el buen fin del contrato. B) La póliza reúne, en un solo documento, las Condiciones Particulares del Contrato de Seguro, que fijan los datos propios e individuales del contrato, determinan su objeto y alcance y recogen las cláusulas que por voluntad de las partes regulan el funcionamiento de la cobertura dentro de lo permitido por la Ley; y las Condiciones Generales del Contrato de Seguro, que tratan de los derechos y deberes de las partes relativos al nacimiento, vigencia y extinción del contrato. Además pueden existir los Suplementos, que son modificaciones o aclaraciones hechas de acuerdo con el Tomador del Seguro, cambiando las Condiciones iniciales cuantas veces sea necesario. C) El Tomador debe leer y comprobar atentamente los términos y condiciones de su póliza y, en su caso, pedir en el plazo de un mes la rectificación de los posibles errores. Si no lo hace, se estará a lo dispuesto en la póliza. D) Si la póliza es conforme, el Tomador del Seguro debe firmarla y hacer que la firme también el Asegurado, si es persona distinta. E) El Tomador del Seguro debe pagar la primera prima. F) Sólo si se han cumplido los requisitos d...
Cuestiones fundamentales de carácter general cualquiernotificación,requerimiento,citación, procedimiento judicial o administrativo y en general
Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 3º. DEFINICIONES