DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.
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Samples: Service Agreement, Service Agreement
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el En cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas el firmante o los firmantes quedan informados y expresamente consienten que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita facilitados en este Contrato –incluidos el teléfono móvil y la dirección de correo electrónico– así como aquellos obtenidos como consecuencia del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual mismo y de “copyright” la relación establecida entre las partes, queden incorporados a ficheros de los que es responsable Triodos Bank y que se puedan derivar encuentran debi- damente inscritos en el Registro General de los trabajos objeto del contrato serán Protección de Datos ante la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública Agencia Española de este hechoProtección de Datos. La empresa adjudicataria deberá efectuarEl Ti- tular y, en su caso, los contratos necesarios beneficiarios de la Tarjeta declaran conocer y aceptar expre- samente la regulación y el tratamiento de sus datos personales, conforme a los establecido en el Contrato Global Triodos suscrito por el titular en Triodos Bank, cuyas Condiciones Generales se encuen- tran a su disposición a través de la web del Banco y en cualquiera de las oficinas de Triodos Bank. El Titular autoriza expresamente a Triodos Bank para solicitar información relativa a sus antecedentes crediticios, con los titulares la finalidad de derechos analizar la solicitud de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicatariacrédito y, en relación con su caso, para la gestión de futuras modificaciones del crédito o sus límites, procedente de cualquier persona o entidad pública o privada que resulten pertinentes; en concreto, a la Central de Información de Riesgos del Banco de Es- paña y a los servicios contratadosde información de ASNEF/Equifax, se entienden confidencialesExperian, debiendo guardar la identidad Badexcug, RAI o aquellos de similares características que en el futuro pudieran sustituirlos. El Titular consiente expresamente a cual- quier comunicación, tratamiento o cesión de datos a los citados ficheros, sobre solvencia patrimonial y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención gestión del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskerariesgo crediticio, y por la normativa queda específicamen- te informado de que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable obligaciones contractuales podrá dar lugar a la declaración de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe deuda contraída con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioTriodos Bank.
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Samples: Contrato Global, Contrato Global
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl Prestatario se declara informado, consiente y autoriza expresamente al Prestamista:
a) A recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax) para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personalfinanciación solicitada, así como para cumplir las normas que desarrollan esas disposicionesobligaciones legales. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los El Prestatario queda informado que, en caso de impago, sus datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura podrán ser incluidos en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractualServicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en X/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx;
b) A incluir los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada obtenidos por razón xxx Xxxxxxxx así como cualesquiera otros generados por la posibilidad relación contractual (inclusive los obtenidos por medios telefónicos o electrónicos) en un fichero inscrito en el Registro General de ulteriores serviciosla APD titularidad del Prestamista y a su utilización y tratamiento para el control, en cuyo caso se podrán almacenargestión, con las debidas condiciones mantenimiento y ejecución de seguridad, por un período de cinco añossu contrato. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos El Prestatario podrá ejercer los derechos de propiedad intelectual acceso, rectificación, oposición y cancelación ante Ferratum Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, con C.I.F. número B-92941558, en la dirección Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xxxxxx 000, 0x xxxxx., 00000, Xxxxxx o en la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
c) A tratar los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de “copyright” mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte del Prestamista que se incorporen información sobre productos y servicios comercializados por el Prestamista o comercializados por las empresas del Grupo Ferratum. En todo caso, el Prestatario podrá oponerse al envío de estas comunicaciones comerciales enviando un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx; y
d) A ceder o comunicar los datos incluidos en dicho fichero, a empresas pertenecientes al Grupo Ferratum, todo ello con la finalidad de que estas compañías puedan derivar tratar tales datos para hacerle llegar información, ofertas y mensajes publicitarios por cualquier medio de los trabajos objeto indicados anteriormente, referidos a los productos, promociones especiales – incluyendo programas de fidelización de clientes - y servicios que cada una de estas compañías ofrecen en el sector en el que operan: (i) servicios financieros; (ii) servicios generales de créditos; (iii) encuestas de mejoramiento del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hechoservicio. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su En todo caso, los contratos necesarios con los titulares el Prestatario podrá oponerse a esta cesión y al envío de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y estas comunicaciones comerciales enviando un correo electrónico a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl Prestatario se declara informado, consiente y autoriza expresamente al Prestamista:
i) A recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de Entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax y Experian-Badexcug) para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personalfinanciación solicitada, así como para cumplir las normas que desarrollan esas disposicionesobligaciones legales. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados El Prestatario queda informado y consiente en ser requerido de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura pago en el mismo. correo electrónico que haya facilitado para solicitar el préstamo o, si lo ha cambiado, en la nueva dirección que haya comunicado a Prestamo10, y/o mediante SMS enviado al número de teléfono que haya facilitado a los efectos del presente.
ii) Una vez cumplida transcurrido el periodo establecido en el requerimiento previo de pago, el Prestatario queda informado y consiente que, en caso de continuar con el impago y considerando la prestación contractualdeuda como cierta, líquida, vencida y exigible, sus datos podrán ser incluidos en el Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en X/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx o Badexcug-Experian España S.L.U., con domicilio en X/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 132 - 1 ª Planta, 28002 Madrid.
iii) A incluir los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada obtenidos por razón xxx Xxxxxxxx así como cualesquiera otros generados por la posibilidad relación contractual (inclusive los obtenidos por medios telefónicos o electrónicos) en un fichero inscrito en el Registro General de ulteriores serviciosla Agencia Española de Protección de Datos titularidad del Prestatario y a su utilización y tratamiento para el control, en cuyo caso se podrán almacenargestión, con las debidas condiciones mantenimiento y ejecución de seguridad, por un período de cinco añossu contrato. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos El Prestatario podrá ejercer los derechos de propiedad intelectual acceso, rectificación, oposición y cancelación ante P10 Finance, Sociedad Limitada, con C.I.F. número B-25.746.983, en la ciudad de Lleida, Xxxxx Xxx Xxxx 0, Xxxxxxxxxx 0 Xxx., 00000; o en la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxx00.xxx. El derecho de oposición y cancelación de datos no puede ser utilizado como mecanismo liberatorio o de condonación de deudas vencidas; el ejercicio de estos derechos no impide la utilización de los datos personales para reclamar deudas vencidas. Los derechos de oposición y cancelación solo producirán efectos "pro futuro", tanto para dar por concluida la relación comercial que vincula P10 Finance s.l. con el prestatario como para la futura remisión de publicidad u otro tipo de tratamiento de sus datos futuros, pero no suponen la imposibilidad de utilizar los datos del prestatario para reclamarle deudas vencidas y exigibles correspondientes al periodo en que la relación comercial entre ambos subsistía.
iv) A tratar los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de “copyright” mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte del Prestamista que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hechoincorporen información sobre productos y servicios comercializados por éste. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su En todo caso, los contratos necesarios con los titulares el Solicitante o Prestatario puede oponerse al envío de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y estas comunicaciones comerciales solicitándolo por correo electrónico a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioxxxxxxxx@xxxxxxxx00.xxx.
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Samples: Micro Loan Agreement
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de Los datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizadolos asegurados son imprescindibles para valorar el riesgo, que pueda resultar precisa emitir la póliza y para el la perfección, ejecución y cumplimiento del contratopresente contrato de seguro. pie_firma_corto_dipu_01 AA8B792D89E9F27DEDBF Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por Secretaría XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 4/7/2016 El Tomador del seguro comunicará a los asegurados que sus datos de carácter personal serán aportados con la finalidad indicada en el párrafo anterior, a la Compañía Aseguradora, ante quien podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La Compañía Aseguradora, se efectuará con observancia de lo dispuesto obliga a conservar y tratar los datos personales cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y las medidas de seguridad que asimismo establece el Real Decreto 994/1999 de 11 xx Xxxxx. En particular se garantiza: Que los datos aportados por el Tomador serán tratados de conformidad con las cláusulas contenidas en este contrato de seguro y las normas establecidas en la Ley 2/2004, de 25 Contrato de febrero, Seguro y demás normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicioneslos seguros privados. La empresa adjudicataria Que no podrá aplicar o utilizar aplicará ni utilizará los datos automatizados recibidos u obtenidos con fines distintos a los establecidos en el presente contrato y en la legislación reguladora de carácter personallos seguros privados. Que no comunicará a terceros dichos datos salvo por razones de reaseguro o cuando la cesión de los datos esté amparada en una ley. Que cancelará, después de la terminación del contrato, todos los datos que obtenga le han sido facilitados para su perfección y ejecución, salvo que fueran necesarios para el cumplimiento de las obligaciones nacidas del propio contrato de seguro o impuestas por razón la ley. Que mantendrá en estricta confidencialidad toda la información recibida y/o generada por ella misma en la ejecución del contrato con fin distinto al de seguro. Que implementará las medidas de índole técnica y organizativas que figura en el mismo. Una vez cumplida garanticen la prestación contractual, seguridad de los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxxy eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, dando cumplimiento a las normas establecidas en el Real Decreto 994/1999, por el que se aprueba el reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. Pliego firmado electrónicamente, con fecha 29/6/2016 por el Alcalde de La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Miranda. pie_firma_corto_dipu_01 AA8B792D89E9F27DEDBF Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar Secretaría XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.4/7/2016
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Samples: Insurance Policy Agreement
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.
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Samples: Service Agreement
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de Los datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizadolos asegurados son imprescindibles para valorar el riesgo, que pueda resultar precisa emitir la póliza y para el la perfección, ejecución y cumplimiento del contratopresente contrato de seguro. El Tomador del seguro comunicará a los asegurados que sus datos de carácter personal serán aportados con la finalidad indicada en el párrafo anterior, a la Compañía Aseguradora, ante quien podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La Compañía Aseguradora, se efectuará con observancia de lo dispuesto obliga a conservar y tratar los datos personales cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y las medidas de seguridad que asimismo establece el Real Decreto 994/1999 de 11 xx Xxxxx. En particular se garantiza: Que los datos aportados por el Tomador serán tratados de conformidad con las cláusulas contenidas en este contrato de seguro y las normas establecidas en la Ley 2/2004, de 25 Contrato de febrero, Seguro y demás normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicioneslos seguros privados. La empresa adjudicataria Que no podrá aplicar o utilizar aplicará ni utilizará los datos automatizados recibidos u obtenidos con fines distintos a los establecidos en el presente contrato y en la legislación reguladora de carácter personallos seguros privados. Que no comunicará a terceros dichos datos salvo por razones de reaseguro o cuando la cesión de los datos esté amparada en una ley. Que cancelará, después de la terminación del contrato, todos los datos que obtenga le han sido facilitados para su perfección y ejecución, salvo que fueran necesarios para el cumplimiento de las obligaciones nacidas del propio contrato de seguro o impuestas por razón la ley. Que mantendrá en estricta confidencialidad toda la información recibida y/o generada por ella misma en la ejecución del contrato con fin distinto al de seguro. Que implementará las medidas de índole técnica y organizativas que figura en el mismo. Una vez cumplida garanticen la prestación contractual, seguridad de los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyosy eviten su alteración, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxxpérdida, motivada por la posibilidad de ulteriores serviciostratamiento o acceso no autorizado, dando cumplimiento a las normas establecidas en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridadel Real Decreto 994/1999, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” el que se puedan derivar aprueba el reglamento de medidas de seguridad de los trabajos objeto del contrato serán ficheros automatizados que contengan datos de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariopersonal.
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Samples: Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil/Patrimonial
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por Las personas físicas o jurídicas que pretendan contratar con la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, Administración quedarán sujetas a las siguientes reglas: - Garantizar que pueda resultar precisa se han llevado a cabo las acciones necesarias para dar cumplimiento a los requerimientos legales establecidos el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPS) y su normativa de desarrollo. Para ello se garantiza que se ha informado a todos los afectados en los términos del art. 5 y 11 LOPD de la Ley 2/2004comunicación de sus datos personales como requisito necesario para la presentación de la solicitud de contratación con la administración. - El tratamiento de los ficheros con datos de carácter personal quedará circunscrito a las actuaciones necesarias para satisfacer el objeto del contrato y las necesidades administrativas. En cualquier caso se deberá observar el Deber xx Xxxxxxx ante el posible acceso incidental o accesorio de la información de carácter personal que puede producirse durante la realización del contrato. - Se respetarán, y en su caso desarrollarán e implantarán bajo la supervisión de 25 la Administración, las medidas de febrero, seguridad establecidas en la normativa de protección de datos de carácter personalpersonal de ficheros automatizados y/o no automatizados necesarias para la realización del objeto del contrato. - Queda prohibido utilizar la información a la que se tenga acceso para finalidades diferentes a las designadas por la administración, así como las normas la revelación o comunicación de datos a terceros que desarrollan esas disposicionesno haya sido autorizada por escrito. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, - Todo el personal que obtenga por razón intervenga en el desarrollo del contrato deberá haber formalizado un contrato de confidencialidad con fin distinto la persona física o jurídica que tenga contratado o pretenda contratar para dar cumplimiento al que figura en el mismo. Una vez cumplida presente contrato con la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contratoAdministración. - El adjudicatario será responsable régimen de contratación de terceras entidades, personas jurídicas, por aquellas personas físicas o jurídicas que pretendan contratar con la Administración con el objeto de participar en el desarrollo de la falta prestación de aseoservicios, decoro y uniformidad deberá ser notificado por escrito, adjuntando el documento en el vestircual la empresa contratada, asume y garantiza el cumplimiento de los requerimientos de contratación derivados de la descortesía legislación española de protección de datos. La persona física o mal trato jurídica que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen pretende contratar con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño Administración garantiza la correcta actuación de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga contratados, el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con respondiendo por ellos ante la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioAdministración.
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Samples: Contrato De Servicios
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl adjudicatario, en su casola realización de los trabajos contratados, adecuará sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. núm. 298, de 14 de diciembre) y al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo (B.O.E. núm. 17, de 19 de enero de 2008) en los términos recogidos en la LCSP. Será considerado Dato Personal lo dispuesto en el artículo 3 sección “a” de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Cualquier información que contenga datos de carácter personal objeto queda sometida al régimen jurídico de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto obligaciones y responsabilidades previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sobre todo en lo relativo al deber xx xxxxxxx (art 10 de la LPD), a la Comunicación de datos (art 11 de la LPD) y al acceso a los datos por terceros (art 12 de la LPD). El adjudicatario, sea persona física o jurídica, y el personal a su servicio que tenga acceso o realice cualquier tratamiento con los datos de carácter personal, tendrá la consideración de “encargado del tratamiento” y el acceso a la información de carácter personal necesario para la realización de los trabajos no supondrá “comunicación de datos”, a efectos de lo dispuesto en la Ley 2/2004Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 12.3 de 25 dicha Ley. En todo caso, las previsiones del artículo 12.2 deberán constar por escrito. El acceso y el tratamiento de febrerolos datos por parte del adjudicatario se podrá realizar bien a través de transferencia de documentación y ficheros magnéticos en los formatos y soportes definidos por el Ayuntamiento de Almuñécar, o mediante la grabación en las bases de protección datos del Ayuntamiento por el personal debidamente autorizado y de acuerdo con las normas de seguridad establecidas al respecto por este. Cód. Validación: 33RNNXL3KFHX4DYQZQHWT66D6 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 47 El adjudicatario y el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del tratamiento”, o acceda ocasionalmente a Datos de Carácter Persona en el transcurso de las actividades referidas en éste pliego, estarán sometido a las siguientes obligaciones con respecto de los datos de carácter personal: - Actuará conforme a las instrucciones del Ayuntamiento de Almuñécar, responsable del fichero. - Adoptará todas aquellas medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicionespara evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar - No aplicará ni utilizará los datos automatizados con fines distintos a los de realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Estará obligado a guardar el secreto profesional respecto de los mismos, aun después de finalizar sus relaciones contractuales. - Una vez finalizados los trabajos objeto del contrato, el adjudicatario deberá devolver al Ayuntamiento de Almuñécar todos los documentos o soportes informáticos en que pudiera constar algún dato de carácter personal, . En el caso de que obtenga por razón el adjudicatario o el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, tratamiento” destine los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxxa otra finalidad distinta a la del objeto del contrato, o los utilice incumpliendo las estipulaciones establecidas en el contrato, responderá de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente, previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La empresa adjudicataria deberá destruir Cuando los suyos, salvo que medie autorización escrita encargados del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad tratamiento incumplan el deber de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones guardar secreto sobre los datos de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar carácter personal de los trabajos objeto que tengan conocimiento por razón del contrato serán contrato, el órgano de contratación lo pondrá en conocimiento de la propiedad exclusiva del Teatro XxxxxxxAgencia de Protección de Datos, obligándose las partes a otorgar quedando el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y contratista sujeto a las personas afectadas por los daños sanciones que aquélla pudiera imponerle. En el supuesto anterior, el órgano de contratación, atendiendo a la naturaleza y perjuicios causados por la contravención circunstancias del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982contrato, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en podrá estimar aconsejable continuar la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.
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Samples: Contract for Supply of Materials
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el En cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas el firmante o los firmantes quedan informados y expresamente consienten que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita facilitados en este Contra- to –incluidos el teléfono móvil y la dirección de correo electrónico– así como aquellos obtenidos como con- secuencia del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual mismo y de “copyright” la relación establecida entre las partes, queden incorporados a ficheros de los que es responsable Triodos Bank y que se puedan derivar encuentran debidamente inscritos en el Registro General de los trabajos objeto del contrato serán Protección de Datos ante la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública Agencia Española de este hechoProtección de Datos. La empresa adjudicataria deberá efectuarEl Titular y, en su caso, los contratos necesarios beneficiarios de la Tarjeta declaran conocer y aceptar expresamente la regulación y el tra- tamiento de sus datos personales, conforme a los establecido en el Contrato Global Triodos suscrito por el titular en Triodos Bank, cuyas Con- diciones Generales se encuentran a su disposición a través de la web del Banco y en cualquiera de las oficinas de Triodos Bank. El Titular autoriza expresamente a Triodos Bank para solicitar infor- mación relativa a sus antecedentes crediticios, con los titulares la finalidad de derechos analizar la solicitud de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicatariacrédito y, en relación con su caso, para la gestión de futuras modificaciones del crédito o sus límites, procedente de cualquier per- sona o entidad pública o privada que resulten pertinentes; en concreto, a la Central de Información de Riesgos del Banco de España y a los servicios contratadosde información de ASNEF/Equifax, se entienden confidencialesExperian, debiendo guardar la identidad Badexcug, RAI o aquellos de similares características que en el futuro pudieran sustituirlos. El Titular consiente expresamente a cualquier comunicación, tratamiento o cesión de datos a los citados fiche- ros, sobre solvencia patrimonial y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención gestión del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskerariesgo crediticio, y por la normativa queda específicamente informado de que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable obligacio- nes contractuales podrá dar lugar a la declaración de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe deuda contraída con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioTriodos Bank.
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Samples: Contrato Global
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.
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Samples: Service Agreement
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl adjudicatario, en su casola realización de los trabajos contratados, adecuará sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. núm. 298, de 14 de diciembre) y al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo (B.O.E. núm. 17, de 19 de enero de 2008) en los términos de la Disposición Adicional Vigésima sexta del TRLCSP. Será considerado Dato Personal lo dispuesto en el artículo 3 sección “a” de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Cualquier información que contenga datos de carácter personal objeto queda sometida al régimen jurídico de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto obligaciones y responsabilidades previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sobre todo en lo relativo al deber xx xxxxxxx (art 10 de la LPD), a la Comunicación de datos (art 11 de la LPD) y al acceso a los datos por terceros (art 12 de la LPD). El adjudicatario, sea persona física o jurídica, y el personal a su servicio que tenga acceso o realice cualquier tratamiento con los datos de carácter personal, tendrá la consideración de “encargado del tratamiento” y el acceso a la información de carácter personal necesario para la realización de los trabajos no supondrá “comunicación de datos”, a efectos de lo dispuesto en la Ley 2/2004Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 12.3 de 25 dicha Ley. En todo caso, las previsiones del artículo 12.2 deberán constar por escrito. El acceso y el tratamiento de febrerolos datos por parte del adjudicatario se podrá realizar bien a través de transferencia de documentación y ficheros magnéticos en los formatos y soportes definidos por el Ayuntamiento de Almuñécar, o mediante la grabación en las bases de protección datos del Ayuntamiento por el personal debidamente autorizado y de acuerdo con las normas de seguridad establecidas al respecto por este. Cód. Validación: 7D4YZT4FRPF6HPAHKMHTYAPDD | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 46 El adjudicatario y el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del tratamiento”, o acceda ocasionalmente a Datos de Carácter Persona en el transcurso de las actividades referidas en éste pliego, estarán sometido a las siguientes obligaciones con respecto de los datos de carácter personal: - Actuará conforme a las instrucciones del Ayuntamiento de Almuñécar, responsable del fichero. - Adoptará todas aquellas medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicionespara evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar - No aplicará ni utilizará los datos automatizados con fines distintos a los de realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Estará obligado a guardar el secreto profesional respecto de los mismos, aun después de finalizar sus relaciones contractuales. - Una vez finalizados los trabajos objeto del contrato, el adjudicatario deberá devolver al Ayuntamiento de Almuñécar todos los documentos o soportes informáticos en que pudiera constar algún dato de carácter personal, . En el caso de que obtenga por razón el adjudicatario o el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, tratamiento” destine los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxxa otra finalidad distinta a la del objeto del contrato, o los utilice incumpliendo las estipulaciones establecidas en el contrato, responderá de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente, previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La empresa adjudicataria deberá destruir Cuando los suyos, salvo que medie autorización escrita encargados del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad tratamiento incumplan el deber de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones guardar secreto sobre los datos de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar carácter personal de los trabajos objeto que tengan conocimiento por razón del contrato serán contrato, el órgano de contratación lo pondrá en conocimiento de la propiedad exclusiva del Teatro XxxxxxxAgencia de Protección de Datos, obligándose las partes a otorgar quedando el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y contratista sujeto a las personas afectadas por los daños sanciones que aquélla pudiera imponerle. En el supuesto anterior, el órgano de contratación, atendiendo a la naturaleza y perjuicios causados por la contravención circunstancias del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982contrato, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en podrá estimar aconsejable continuar la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.
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Samples: Contract for Musical Shows
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia A efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de normativa vigente sobre protección de datos TELEFONICA DE ESPAÑA informa al CLIENTE de la existencia de ficheros automatizados con datos de carácter personalpersonal creados por ella y bajo responsabilidad de la misma, cuya finalidad es realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el CLIENTE así como de las normas que desarrollan esas disposicioneslabores de información del servicio de acceso a Internet y otros servicios asociados así como actividades relacionadas con los mismos. La empresa adjudicataria no podrá aplicar Asimismo le informa de la posibilidad de ejercitar, de acuerdo con lo establecido en dicha normativa, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a TELEFONICA DE ESPAÑA, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 00.000 - 00000 Xxxxxx, acompañando fotocopia del Documento Nacional de Identidad o utilizar los datos automatizados documentación acreditativa equivalente. TELEFONICA DE ESPAÑA se compromete al cumplimiento de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, obligación xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan deber de guardarlo, incluso después de concluida la relación contractual, adoptando las consecuencias previstas con carácter general medidas de seguridad que impone la legislación vigente para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Concluida la relación contractual los datos serán cancelados conforme determina el incumplimiento artículo 4.5 de cualquiera la L.O. 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. La prestación del servicio objeto del presente contrato puede exigir que algunas de las cláusulas facilidades que integran el mismo sean provistas por una empresa del Grupo TELEFONICA distinta a TELEFONICA DE ESPAÑA. Por dicha razón, el CLIENTE autoriza por medio de este contratoesta cláusula a TELEFONICA DE ESPAÑA a ceder a algunas de las empresas del Grupo TELEFÓNICA, los datos personales identificativos y de productos y servicios contratados que resulten necesarios para la correcta prestación del Servicio,. - teniendo como única finalidad la anteriormente descrita. El adjudicatario será responsable presente contrato surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá una duración inicial de tres meses, transcurridos los cuales se renovará tácitamente por periodos mensuales,, salvo denuncia expresa de alguna de las partes, notificada a la falta otra con una antelación mínima de aseo, decoro y uniformidad quince días. Si el CLIENTE se da de baja en el vestir, servicio con anterioridad al periodo inicial de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga tres meses, se abonará solo le facturará la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal totalidad de las cuotas correspondientes al periodo inicial del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariocontrato.
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Samples: Mantenimiento Integral Voz
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de Los datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizadolos asegurados son imprescindibles para valorar el riesgo, que pueda resultar precisa emitir la póliza y para el la perfección, ejecución y cumplimiento del contratopresente contrato de seguro. El Tomador del seguro comunicará a los asegurados que sus datos de carácter personal serán aportados con la finalidad indicada en el párrafo anterior, a la Compañía Aseguradora, ante quien podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La Compañía Aseguradora, se efectuará con observancia de lo dispuesto obliga a conservar y tratar los datos personales cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y las medidas de seguridad que asimismo establece el Real Decreto 994/1999 de 11 xx Xxxxx. En particular se garantiza: Que los datos aportados por el Tomador serán tratados de conformidad con las cláusulas contenidas en este contrato de seguro y las normas establecidas en la Ley 2/2004, de 25 Contrato de febrero, Seguro y demás normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicioneslos seguros privados. La empresa adjudicataria Que no podrá aplicar o utilizar aplicará ni utilizará los datos automatizados recibidos u obtenidos con fines distintos a los establecidos en el presente contrato y en la legislación reguladora de carácter personallos seguros privados. Que no comunicará a terceros dichos datos salvo por razones de reaseguro o cuando la cesión de los datos esté amparada en una ley. Que cancelará, después de la terminación del contrato, todos los datos que obtenga le han sido facilitados para su perfección y ejecución, salvo que fueran necesarios para el pie_firma_corto_dipu_01 1A4AEA9002207211929A Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por razón Secretaría XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 4/7/2016 cumplimiento de las obligaciones nacidas del propio contrato de seguro o impuestas por la ley. Que mantendrá en estricta confidencialidad toda la información recibida y/o generada por ella misma en la ejecución del contrato con fin distinto al de seguro. Que implementará las medidas de índole técnica y organizativas que figura en el mismo. Una vez cumplida garanticen la prestación contractual, seguridad de los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyosy eviten su alteración, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxxpérdida, motivada por la posibilidad de ulteriores serviciostratamiento o acceso no autorizado, dando cumplimiento a las normas establecidas en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridadel Real Decreto 994/1999, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” el que se puedan derivar aprueba el reglamento de medidas de seguridad de los trabajos objeto del contrato serán ficheros automatizados que contengan datos de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariopersonal.
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Samples: Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil/Patrimonial
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de Los datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizadolos asegurados son imprescindibles para valorar el riesgo, que pueda resultar precisa emitir la póliza y para el la perfección, ejecución y cumplimiento del contratopresente contrato de seguro. El Tomador del seguro comunicará a los asegurados que sus datos de carácter personal serán aportados con la finalidad indicada en el párrafo anterior, a la Compañía Aseguradora, ante quien podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La Compañía Aseguradora se efectuará con observancia de lo dispuesto obliga a conservar y tratar los datos personales cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y las medidas de seguridad que asimismo establece el Real Decreto 994/1999, de 11 xx Xxxxx. En particular se garantiza:
a) Que los datos aportados por el Tomador serán tratados de conformidad con las cláusulas contenidas en este contrato de seguro y las normas establecidas en la Ley 2/2004, de 25 Contrato de febrero, Seguro y demás normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria los seguros privados.
b) Que no podrá aplicar o utilizar aplicará ni utilizará los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato recibidos u obtenidos con fin distinto al que figura fines distintos a los establecidos en el mismo. Una vez cumplida presente contrato y en la prestación contractual, legislación reguladora de los seguros privados.
c) Que no comunicará a terceros dichos datos salvo por razones de reaseguro o cuando la cesión de los datos esté amparada en una ley.
d) Que cancelará, después de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir la terminación del contrato, todos los suyosdatos que le han sido facilitados para su perfección y ejecución, salvo que medie autorización escrita fueran necesarios para el cumplimiento de las obligaciones nacidas del Teatro Xxxxxxx, motivada propio contrato de seguro o impuestas por la posibilidad de ulteriores servicios, ley.
e) Que mantendrá en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, estricta confidencialidad toda la información recibida y/o generada por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar ella misma en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioseguro.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, En cumplimiento de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), GEJAI S.A informa a los usuarios de que: Los Datos de Carácter personal que recoge (Por diferentes medios tales como: Encuestas al interesado, formularios de petición de información y fuentes accesibles al público) son objeto de tratamiento automatizado y se incorporan en los ficheros correspondientes, debidamente registrados en la Ley 2/2004, Agencia Española de 25 Protección de febrero, Datos. La recogida y tratamiento automatizado de protección los Datos de datos Carácter Personal tiene como finalidad el mantenimiento de carácter personalla relación contractual que en su caso se establezca con GEJAI S.A, así como el desempeño de las normas que desarrollan esas disposicionestareas de información, formación, comercialización (tarea esta última siempre identificada como tal) y otras actividades propias del grupo. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personalAsimismo, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractualsupuesto que GEJAI S.A, los tuviera acceso a datos de carácter personal tratados deberán responsabilidad del Cliente, será considerado encargado del tratamiento de dicha información, comprometiéndose a cumplir las obligaciones que le corresponda por Xxx, en especial, las establecidas en el artículo 12 de la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. GEJAI S.A tratará los datos a los que tiene acceso conforme a las instrucciones del Cliente, no aplicándolos o utilizándolos con fines distintos a los establecidos en el presente Contrato. Igualmente le comunicamos que dichos datos podrán ser entregados cedidos a empresas relacionadas con GEJAI S.A cuya actividad sea la producción, distribución o comercialización de contenidos o servicios relacionados con el sector, para mantenerle informado de cualquier novedad, promoción, concurso o lanzamiento relacionado con sus productos o servicios. El usuario podrá, en todo momento, ejercitar los derechos reconocidos en la LOPD, de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición. El ejercicio de estos derechos puede realizarlo el propio usuario mediante comunicación escrita a la siguiente Dirección: GERJAI S.A , con domicilio en X/ XXX XXXXXX Xx0, La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. Dada la vigente legislación al Teatro Xxxxxxxrespecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. La empresa adjudicataria deberá destruir Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los suyosimpresos de reservas facilitados al consumidor al abonar el anticipo, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con cuatro camas, cuando así se especifique en la oferta del programa/folleto. El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que medie autorización escrita expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 13 horas del Teatro Xxxxxxxdía de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, motivada por es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apartamentos directamente, según los casos. Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de ulteriores serviciosllevar animales, pues generalmente no son admitidos en cuyo caso los hoteles y apartamentos. En el supuesto de haber confirmado la admisión de animales y se podrán almacenarpretenda viajar con ellos, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria tal circunstancia deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad hacerse constar en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariocontrato.
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Samples: Lssi 34/2002 Compliance Information
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará De conformidad con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/199915/1999 de Protección de Datos de carácter Personal INFAPLIC, S.A. domiciliado, a efectos de 13 comunicación, en x/ Xxxxxx, 0 Xxxxx 00000 Xxxxxx, Xxxxxx, le informa que los datos que nos ha proporcionado formarán parte de diciembreun fichero debidamente inscrito ante la Agencia Española de Protección de Datos. INFAPLIC, y S.A. le garantiza la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, todos los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores serviciosfacilitados y, en cuyo caso se podrán almacenarcumplimiento de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de datos de carácter personal y en el RD 1720/2007 de 21 de diciembre y restante normativa de aplicación le informa que:
a) Todos los datos de carácter personal facilitados a INFAPLIC, S.A. serán tratados por ésta de acuerdo con las debidas condiciones prescripciones legales aplicables al respecto y quedarán incorporados en el fichero Clientes y Proveedores creado y mantenido bajo la responsabilidad de seguridadla INFAPLIC, por un período S.A. el cual ha sido debidamente registrado en la Agencia Española de cinco añosProtección de Datos.
b) Los datos son recabados con la finalidad de gestionar los datos de carácter personal de clientes para la gestión contable, fiscal y realización de impuestos, así como para remitirle información comercial sobre nuestros productos y servicios. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos Si no autoriza el tratamiento de sus dato con esta última finalidad le rogamos marque esta casilla ( ). No obstante le informamos que podrá revocar el consentimiento en cualquier momento.
c) Los datos de carácter personal incorporados en el fichero titularidad de Clientes y Proveedores podrán ser cedidos siempre y cuando dicha cesión se realice para las mismas finalidades que las establecidas en el párrafo anterior, lo que usted acepta expresamente.
d) Usted podrá, en todo momento, ejercitar los derechos de propiedad intelectual acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre sus datos personales así como el de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto revocación del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario consentimiento para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas finalidades antes señaladas, enviando comunicación a la dirección arriba indicada donde consten claramente los datos de este contrato. - El adjudicatario será responsable contacto a la cual deberá acompañarse fotocopia de su DNI/NIF o documento que acredite su identidad.
e) A través de la falta de aseofirma del presente documento usted autoriza a INFAPLIC, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas S.A. al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño tratamiento de sus funciones. - HUELGA : En caso datos de huelga , el adjudicatario será responsable carácter personal y todo ello de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo conformidad con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar lo establecido en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariopárrafos anteriores.
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Samples: Services Agreements
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización 20.1. El CLIENTE persona física ha sido informado por el COMERCIALIZADOR de que los datos personales consignados en las Condiciones Particulares de CONTRATO serán incorporados a un fichero propiedad del COMERCIALIZADOR y del cual es responsable Megara Energía, S. Coop. con la empresa adjudicataria, en su casofinalidad exclusiva de gestionar la relación contractual que le une al CLIENTE y cumplir con las obligaciones de índole operativa, de asesoramiento, contable, fiscal y administrativas. El titular de los datos personales consignados da su consentimiento expreso a esta incorporación y uso de carácter personal objeto los datos para los fines señalados. Asimismo, el titular de tratamiento automatizadolos datos personales consignados consiente expresamente a que estos puedan ser utilizados por el COMERCIALIZADOR a fin de enviarle información sobre sus actividades y servicios, así como a que pueda resultar precisa puedan ser accesibles por personas o entidades cuya intervención sea necesaria para la prestación de los servicios al CLIENTE por parte del COMERCIALIZADOR (como agentes xx xxxxxxx). Finalmente, el cumplimiento del contratoCLIENTE ha sido informado de que podrá ejercitar sus derechos de acceso, se efectuará oposición, rectificación y cancelación de acuerdo con observancia de lo dispuesto establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Ley 2/2004demás normativa aplicable a tal efecto, de 25 de febreromediante comunicación por escrito dirigida a: Mediante correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx Mediante correo ordinario: Megara Energía, de protección de S. Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx 38, 42004 SORIA
20.2. Todos los datos de carácter personalrecabados, así como las normas los anteriores tratamientos, son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual.
20.3. El CLIENTE, en el caso de que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar se produzca alguna variación en los datos automatizados facilitados a Megara Energía, S. Coop. para su tratamiento de carácter personal, que obtenga por razón del contrato conformidad con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar previsto en la ejecución del contrato la cooficialidad presente cláusula, lo notificará a ésta para que por parte de ambos idiomasMegara Energía, euskera y castellano, sujetando su actividad S. Coop. se proceda a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariodicha modificación.
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Samples: Contrato De Suministro De Energía
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl Prestatario se declara informado, consiente y autoriza expresamente al Prestamista:
i) A recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de Entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax y Experian-Badexcug) para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personalfinanciación solicitada, así como para cumplir las normas que desarrollan esas disposicionesobligaciones legales. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados El Prestatario queda informado y consiente en ser requerido de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura pago en el mismo. correo electrónico que haya facilitado para solicitar el préstamo o, si lo ha cambiado, en la nueva dirección que haya comunicado a Prestamo10, y/o mediante SMS enviado al número de teléfono que haya facilitado a los efectos del presente.
ii) Una vez cumplida transcurrido el periodo establecido en el requerimiento previo de pago, el Prestatario queda informado y consiente que, en caso de continuar con el impago y considerando la prestación contractualdeuda como cierta, líquida, vencida y exigible, sus datos podrán ser incluidos en el fichero de morosidad, Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en X/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx y/o Fichero Badexcug titularidad de Experian Bureau de Crédito, S.A., con domicilio en X/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 132 – 1 ª Xxxxxx, 00000 Xxxxxx.
iii) A incluir los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada obtenidos por razón xxx Xxxxxxxx así como cualesquiera otros generados por la posibilidad relación contractual (inclusive los obtenidos por medios telefónicos o electrónicos) en un fichero inscrito en el Registro General de ulteriores serviciosla Agencia Española de Protección de Datos titularidad del Prestatario y a su utilización y tratamiento para el control, en cuyo caso se podrán almacenargestión, con las debidas condiciones mantenimiento y ejecución de seguridad, por un período de cinco añossu contrato. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos El Prestatario podrá ejercer los derechos de propiedad intelectual acceso, rectificación, oposición y cancelación ante P10 Finance, Sociedad Limitada, con C.I.F. número B-25.746.983, en la ciudad de Lleida, Xxxxx Xxx Xxxx 0, Xxxxxxxxxx 0 Xxx., 00000; o en la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxx00.xxx. El derecho de oposición y cancelación de datos no puede ser utilizado como mecanismo liberatorio o de condonación de deudas vencidas; el ejercicio de estos derechos no impide la utilización de los datos personales para reclamar deudas vencidas. Los derechos de oposición y cancelación solo producirán efectos "pro futuro", tanto para dar por concluida la relación comercial que vincula P10 Finance s.l. con el prestatario como para la futura remisión de publicidad u otro tipo de tratamiento de sus datos futuros, pero no suponen la imposibilidad de utilizar los datos del prestatario para reclamarle deudas vencidas y exigibles correspondientes al periodo en que la relación comercial entre ambos subsistía.
iv) A tratar los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de “copyright” mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte del Prestamista que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hechoincorporen información sobre productos y servicios comercializados por éste. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su En todo caso, los contratos necesarios con los titulares el Solicitante o Prestatario puede oponerse al envío de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y estas comunicaciones comerciales solicitándolo por correo electrónico a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioxxxxxxxx@xxxxxxxx00.xxx.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl adjudicatario, en su casola realización de los trabajos contratados, adecuará sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. núm. 298, de 14 de diciembre) y al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo (B.O.E. núm. 17, de 19 de enero de 2008) en los términos de la Disposición Adicional Vigésima sexta del TRLCSP. Será considerado Dato Personal lo dispuesto en el artículo 3 sección “a” de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Cualquier información que contenga datos de carácter personal objeto queda sometida al régimen jurídico de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto obligaciones y responsabilidades previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sobre todo en lo relativo al deber xx xxxxxxx (art 10 de la LPD), a la Comunicación de datos (art 11 de la LPD) y al acceso a los datos por terceros (art 12 de la LPD). Cód. Validación: 6EZW7GEPLJMPJXAZG97DEM2XY | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 47 El adjudicatario, sea persona física o jurídica, y el personal a su servicio que tenga acceso o realice cualquier tratamiento con los datos de carácter personal, tendrá la consideración de “encargado del tratamiento” y el acceso a la información de carácter personal necesario para la realización de los trabajos no supondrá “comunicación de datos”, a efectos de lo dispuesto en la Ley 2/2004Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 12.3 de 25 dicha Ley. En todo caso, las previsiones del artículo 12.2 deberán constar por escrito. El acceso y el tratamiento de febrerolos datos por parte del adjudicatario se podrá realizar bien a través de transferencia de documentación y ficheros magnéticos en los formatos y soportes definidos por el Ayuntamiento de Almuñécar, o mediante la grabación en las bases de protección datos del Ayuntamiento por el personal debidamente autorizado y de acuerdo con las normas de seguridad establecidas al respecto por este. El adjudicatario y el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del tratamiento”, o acceda ocasionalmente a Datos de Carácter Persona en el transcurso de las actividades referidas en éste pliego, estarán sometido a las siguientes obligaciones con respecto de los datos de carácter personal: - Actuará conforme a las instrucciones del Ayuntamiento de Almuñécar, responsable del fichero. - Adoptará todas aquellas medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicionespara evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar - No aplicará ni utilizará los datos automatizados con fines distintos a los de realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Estará obligado a guardar el secreto profesional respecto de los mismos, aun después de finalizar sus relaciones contractuales. - Una vez finalizados los trabajos objeto del contrato, el adjudicatario deberá devolver al Ayuntamiento de Almuñécar todos los documentos o soportes informáticos en que pudiera constar algún dato de carácter personal, . En el caso de que obtenga por razón el adjudicatario o el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, tratamiento” destine los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita a otra finalidad distinta a la del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan o los utilice incumpliendo las consecuencias previstas con carácter general para estipulaciones establecidas en el incumplimiento de cualquiera contrato, responderá de las cláusulas infracciones en que hubiera incurrido personalmente, previstas en la Ley Orgánica de este contrato. - El adjudicatario será responsable Protección de la falta Datos de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioCarácter Personal.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de DTS informa que los datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de sus clientes serán tratados conforme a lo dispuesto establecido en la Ley Orgánica 15/1999Política de Privacidad de Movistar, cuya información básica se recoge en la presente cláusula. El contenido íntegro de 13 de diciembrela misma se puede consultar en el siguiente enlace: xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx, y solicitando un ejemplar en el 1004 o en las Tiendas Movistar. Acorde con la Ley 2/2004, de 25 de febrero, normativa europea de protección de datos de carácter personalpersonal y en virtud de lo establecido en dicha Política, las siguientes empresas del Grupo Telefónica son corresponsables del tratamiento de los datos personales del Cliente en función de los productos y servicios que tenga contratados: Telefónica de España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U. y DTS Distribuidora de Televisión Digital, S.A.U. (en adelante y conjuntamente denominadas, a los efectos establecidos en esta cláusula, como “Movistar”). En Movistar trataremos los datos del Cliente para la prestación del Servicio, así como las normas para otras finalidades que, como cliente Movistar, nos permita o autorice en los términos recogidos en la Política de Privacidad, en la que desarrollan esas disposicionesademás se recoge toda la información necesaria para que el cliente pueda decidir sobre otros tratamientos que requieran su consentimiento. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los Los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón personales necesarios para la ejecución del contrato que el Cliente aporta en este acto, junto a los obtenidos con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida motivo de la prestación contractualdel Servicio, así como a través de los canales de atención y comercialización, serán incluidos en ficheros informatizados de datos de carácter personal tratados deberán ser entregados titularidad de Movistar. Adicionalmente a los tratamientos recogidos en la Política de Privacidad, al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir aceptar los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas presentes términos y condiciones de seguridaduso del Servicio, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual el Cliente es informado y de “copyright” que se puedan derivar autoriza a MOVISTAR al tratamiento específico de los trabajos objeto del contrato serán siguientes datos de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxxcliente, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidencialesfacturación así como los datos de consumos en Movistar+, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx cuyo tratamiento es necesario, en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de la prestación del Servicio. Por otro lado, para cualquiera de las cláusulas finalidades previstas en la Política de este contratoPrivacidad, Movistar podrá encargar su tratamiento a proveedores de confianza. - El adjudicatario será responsable La relación actualizada de la falta las categorías de aseo, decoro y uniformidad dichos proveedores así como de aquellos que realizan transferencias internacionales de datos en el vestirejercicio de sus funciones se recoge en xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxxx. Asimismo, Movistar garantiza la adopción de la descortesía o mal trato las medidas necesarias para asegurar el tratamiento confidencial de dichos datos y le informamos de que el personal auxiliar observe con el del Teatro ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga portabilidad, se abonará solo podrá realizar enviando un email a la parte correspondiente dirección xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx, o dirigiendo un escrito a los servicios mínimos pactadosDTS, Distribuidora de Televisión Digital, S.A.U. Ref. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales Datos, mobiliario Apartado de Correos nº 3223, instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx 00000 Xxxxxxx, por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioaportando documentación acreditativa de su identidad.
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Samples: Condiciones Generales De Contratación De Servicios De Televisión Digital
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización 20.1. El CLIENTE persona física ha sido informado por el COMERCIALIZADOR de que los datos personales consignados en las Condiciones Particulares de CONTRATO serán incorporados a un fichero propiedad del COMERCIALIZADOR y del cual es responsable Solabria S. Coop. con la empresa adjudicataria, en su casofinalidad exclusiva de gestionar la relación contractual que le une al CLIENTE y cumplir con las obligaciones de índole operativa, de asesoramiento, contable, fiscal y administrativas. El titular de los datos personales consignados da su consentimiento expreso a esta incorporación y uso de carácter personal objeto los datos para los fines señalados. Asimismo, el titular de tratamiento automatizadolos datos personales consignados consiente expresamente a que estos puedan ser utilizados por el COMERCIALIZADOR a fin de enviarle información sobre sus actividades y servicios, así como a que pueda resultar precisa puedan ser accesibles por personas o entidades cuya intervención sea necesaria para la prestación de los servicios al CLIENTE por parte del COMERCIALIZADOR (como agentes xx xxxxxxx). Finalmente, el cumplimiento del contratoCLIENTE ha sido informado de que podrá ejercitar sus derechos de acceso, se efectuará oposición, rectificación y cancelación de acuerdo con observancia de lo dispuesto establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Ley 2/2004demás normativa aplicable a tal efecto, de 25 de febrero, de protección de mediante comunicación por escrito dirigida a: Mediante correo electrónico: xxxx@xxxxxxxx.xx Mediante correo ordinario: Solabria S. Coop. Xxxxxx Xxxx X/X. 00000 Xxx xx Xxxxxxxx (Xxxxxxxxx)
20.2. Todos los datos de carácter personalrecabados, así como las normas los anteriores tratamientos, son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual.
20.3. El CLIENTE, en el caso de que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar se produzca alguna variación en los datos automatizados facilitados a Solabria S. Coop. para su tratamiento de carácter personal, que obtenga por razón del contrato conformidad con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar previsto en la ejecución del contrato la cooficialidad presente cláusula, lo notificará a ésta para que por parte de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad Solabria S. Coop. se proceda a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatariodicha modificación.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por la empresa adjudicatariaEl Solicitante y Xxxxxxxxxxx se declara informado, presta su consentimiento y autoriza expresamente al Prestamista:
i) A recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de Entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax y Experian-Badexcug) para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personalfinanciación solicitada, así como para cumplir las normas que desarrollan esas disposicionesobligaciones legales. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados El Prestatario queda informado y consiente en ser requerido de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura pago en el mismo. correo electrónico que haya facilitado para solicitar el préstamo o, si ha ejercitado el derecho de rectificación, en la nueva dirección que haya comunicado a Prestamo10.
ii) Una vez cumplida transcurrido el periodo establecido en el requerimiento previo de pago, el Prestatario queda informado y consiente que, en caso de continuar con el impago y considerando la prestación contractualdeuda como cierta, líquida, vencida y exigible, sus datos podrán ser incluidos en el fichero de morosidad, Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en X/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx y/o Badexcug-Experian España S.L.U., con domicilio en X/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 132 - 1 ª Planta, 28002 Madrid.
iii) A incluir los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada obtenidos por razón xxx Xxxxxxxx así como cualesquiera otros generados por la posibilidad relación contractual (inclusive los obtenidos por medios telefónicos o electrónicos) en un fichero inscrito en el Registro General de ulteriores serviciosla Agencia Española de Protección de Datos titularidad del Prestamista y a su utilización y tratamiento para el control, en cuyo caso se podrán almacenargestión, con las debidas condiciones mantenimiento y ejecución de seguridad, por un período de cinco añossu contrato. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos El Prestatario podrá ejercer los derechos de propiedad intelectual acceso, rectificación, oposición y cancelación ante P10 Finance, Sociedad Limitada, con C.I.F. número B- 25.746.983, en la ciudad de Lleida, Xxxxx Xxx Xxxx 0, Xxxxxxxxxx 0 Xxx., 00000; o en la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxx00.xxx. El derecho de oposición y cancelación de datos no puede ser utilizado como mecanismo liberatorio o de condonación de deudas vencidas; el ejercicio de estos derechos no impide la utilización de los datos personales para reclamar deudas vencidas. Los derechos de oposición y cancelación solo producirán efectos "pro futuro", tanto para dar por concluida la relación comercial que vincula P10 Finance s.l. con el prestatario como para la futura remisión de publicidad u otro tipo de tratamiento de sus datos futuros, pero no suponen la imposibilidad de utilizar los datos del prestatario para reclamarle deudas vencidas y exigibles correspondientes al periodo en que la relación comercial entre ambos subsistía.
iv) A que los datos que facilite en la solicitud sean consultados en el fichero CIREX (ver siguiente punto) para evaluar la viabilidad de la solicitud.
v) A incluir sus datos al fichero de solvencia CIREX cuya finalidad es que quienes consulten el fichero puedan conocer si Ud. lleva al día sus pagos, si tiene o ha tenido impagos, cuánto tardó en regularizarlos o si se encuentra sobreendeudado, así como gestionar su eventual proceso de recobro y detectar posibles datos irregulares en la solicitud para prevenir el fraude. Los datos aportados serán los relativos al préstamo objeto de este contrato tales como datos identificativos, fecha de inicio, plazo, importe e información sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones de pago asociadas etc. También serán aportados los datos relativos a los préstamos que tenga suscritos con nosotros, siempre y cuando hubiera prestado su consentimiento expreso para este fin en el momento de la solicitud xxx xxxxxxxx. La información se actualizará periódicamente, generándose un histórico de comportamientos de pagos respecto a cada préstamo contratado, incluyendo la información de que Ud. regularice después de haber incumplido su compromiso de pago. Los datos aportados estarán en el fichero hasta un máximo de seis años desde la finalización del contrato. La información sobre las consultas realizadas, así como los datos utilizados en la consulta, el importe solicitado y el propósito de obtención de la operación, podrán ser visualizados por las entidades adheridas (mayoritariamente empresas de micro préstamos) durante un periodo de 12 meses, para los fines señalados. Para más información y conocer el funcionamiento del fichero y las entidades adheridas al mismo para su consulta, así como para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y revocación al tratamiento de sus datos, el interesado podrá consultar la web xxx.xxxxxxxx.xx o dirigirse a EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. (CIREX), apartado de correos 1014, 28108 Alcobendas, enviando una carta acompañada de documento identificativo y su firma manuscrita.
vi) Si el solicitante ha marcado la casilla “Deseo recibir ofertas y promociones”, ha consentido el tratamiento de los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de “copyright” mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte del Prestamista que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato serán de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxx, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hechoincorporen información sobre productos y servicios comercializados por éste. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su En todo caso, los contratos necesarios con los titulares el Solicitante o Prestatario puede oponerse al envío de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y estas comunicaciones comerciales solicitándolo por correo electrónico a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioxxxxxxxx@xxxxxxxx00.xxx.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización Salvo autorización expresa y por la empresa adjudicatariaescrito de Metro, el Contratista tendrá prohibido el acceso a los archivos de datos personales que se conserven en cada una de las dependencias a cuyo interior deban acceder sus empleados para realización del contrato. En consecuencia, el Contratista habrá de impartir las instrucciones oportunas a su personal para que éste se abstenga de examinar el contenido de los documentos que, en su casosoporte informático, en soporte papel o en cualquier otro tipo de soporte, se encuentre en el interior de las dependencias en las que desarrollen sus actividades. METRO sólo autorizará al Contratista a acceder a datos de carácter personal objeto en aquellos supuestos en que resulte necesario para la prestación del suministro contratado, en cuyo caso el Contratista asumirá las obligaciones de tratamiento automatizadoun Encargado del Tratamiento, que pueda resultar precisa para conforme a lo previsto en el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia art. 12 de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 Protección de diciembreDatos de Carácter Personal, sin que dicho acceso del Contratista a los datos personales se produzca en calidad de cesionario de los mismos. Durante la ejecución del Contrato, el Contratista tendrá la obligación de tratar los datos conforme a las instrucciones recibidas del responsable del tratamiento y en cualquier caso aplicará todas las medidas exigidas por el Reglamento de Desarrollo de la Ley 2/2004Orgánica 15/1999, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar pudiendo aplicarlos o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato utilizarlos con fin distinto al que figura figurado en el mismocontrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán deben ser entregados destruidos o devueltos al Teatro Xxxxxxxresponsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de tal naturaleza objeto del tratamiento. Si para la realización del suministro, el Contratista utilizase cuestionarios u otros impresos para la recogida de datos de carácter personal, vendrá obligado a que figuren en los mismos, de forma claramente legible, las siguientes advertencias:
a).- La empresa adjudicataria deberá destruir existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de su recogida y los suyosdestinatarios de la información.
b).- El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas.
c).- De las consecuencias de la obtención de datos o negativa a suministrarlos.
d).- Posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, salvo rectificación, cancelación y oposición.
e).- Identidad y dirección del responsable del tratamiento o de su representante. No se precisará facilitar la información contenida en las letras b), c) y d), si del contenido se deduce claramente la naturaleza de los datos o de las circunstancias en que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por se recaban. Lo anterior no será de aplicación si los datos proceden xx xxxxxxx accesibles al público y se destinan a la posibilidad actividad de ulteriores serviciospublicidad o prospección comercial, en cuyo caso se podrán almacenarcaso, con en las debidas condiciones comunicaciones que el Contratista deba hacer a los interesados deberá indicar el origen de seguridadlos datos, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos el responsable del fichero y los derechos que le asisten. Todo lo anterior se establece de propiedad intelectual y conformidad con la vigente normativa sobre protección de “copyright” que se puedan derivar datos de carácter personal. En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente Condición, el Contratista responderá de los trabajos objeto daños y perjuicios que por este motivo se le irroguen a METRO pudiendo este, para resarcirse de los mismos, ejecutar la fianza que tuviera constituida o compensar su importe de cualquier saldo que en ese momento presentase a su favor el Contratista. Para los casos en que la ejecución del contrato serán origine la comunicación por el Contratista a Metro de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxxdatos de carácter personal de sus empleados o de cualquier otro dato de carácter personal, obligándose el Contratista se compromete a:
a) No comunicar datos personales sin el consentimiento de las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuarpersonas físicas interesadas o, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y sin autorización legal.
b) Informar a las personas afectadas por físicas a que se refieran los daños y perjuicios causados por la contravención del deber datos personales de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por todos los extremos que exige el Estatuto artículo 5.4 de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982Orgánica 15/1999, de 24 13 de noviembrediciembre, básica de normalización del uso del euskeraProtección de Datos de Carácter Personal y, específicamente, de la eventual incorporación de tales datos a los ficheros -automatizados o no- de Metro que pudiera ser necesario crear con finalidades de gestión y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en registro de la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas objeto de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato concurso.
c) Cumplir con cualquier otra obligación que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete les corresponda conforme a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa vigente en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioesta materia.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por 1. El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de toda la empresa adjudicataria, normativa aplicable en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, materia de protección de datos de carácter personal.
2. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los datos automatizados Derechos Digitales, el órgano de carácter personalcontratación informa a los licitadores, que obtenga por razón del contrato consienten con fin distinto al la presentación de sus ofertas, que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, los sus datos de carácter personal serán incorporados a un fichero automatizado y tratados deberán por parte de la Fundación Privada Tribunal Laboral de La Rioja, en calidad de responsable del tratamiento, con la finalidad de realizar todas aquellas actuaciones que sean necesarias para la adjudicación y ejecución del contrato licitado. Asimismo, informa a los licitadores de que sus datos podrán ser entregados al Teatro comunicados a otras entidades, como la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, el órgano de contratación, los técnicos y especialistas a quienes esta solicite informes, el responsable del contrato, la Dirección Facultativa, otros licitadores, entidades públicas y demás personas, naturales o jurídicas, cuya intervención sea precisa para la adecuada licitación del contrato, finalidad esta para la que los licitadores facilitan sus datos. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyosEn consecuencia, salvo que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada obligación legal o consentimiento expreso por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar parte de los trabajos objeto del contrato serán licitadores, la Fundación Privada Tribunal Laboral de La Rioja, no va a ceder sus datos a terceras personas distintas de las anteriormente enumeradas. Los licitadores tienen derecho a obtener confirmación sobre si la propiedad exclusiva del Teatro XxxxxxxFundación Privada Tribunal Laboral de La Rioja trata sus datos personales. Por lo tanto, obligándose las partes tienen derecho a otorgar el documento oportuno acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando éste sea necesario los datos ya no sean necesarios para cumplir la debida constancia pública de este hechofinalidad con la que fueron aportados. La empresa adjudicataria deberá efectuarAsimismo, en su caso, tienen derecho a ejercer los contratos necesarios con los titulares de demás derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y recogidos por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable reguladora de la falta protección de aseodatos de carácter personal. Los derechos mencionados se podrán ejercitar dirigiéndose a la Fundación Privada Tribunal Laboral de La Rioja, decoro y uniformidad en el vestirXxxxxxx Xxxx Xxx, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general00 Xxxxxx. - RELEVO DE PERSONAL Xxxxx., 00000 Xxxxxxx (Xx Xxxxx), Telf. 000.00.00.00, Fax: El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio 000.00.00.00, que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.xxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización Salvo autorización expresa y por escrito de Metro, el Contratista tendrá prohibido el acceso a los archivos de datos personales que se conserven en cada una de las dependencias a cuyo interior deban acceder sus empleados para la empresa adjudicatariaejecución del contrato. En consecuencia, el Contratista habrá de impartir las instrucciones oportunas a su personal para que éste se abstenga de examinar el contenido de los documentos que, en su casosoporte informático, en soporte papel o en cualquier otro tipo de soporte, se encuentre en el interior de las dependencias en las que desarrollen sus actividades. METRO sólo autorizará al Contratista a acceder a datos de carácter personal objeto en aquellos supuestos en que resulte necesario para la prestación del servicio contratado, en cuyo caso el Contratista asumirá las obligaciones de tratamiento automatizadoun Encargado del Tratamiento, que pueda resultar precisa para conforme a lo previsto en el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia art. 12 de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 Protección de diciembreDatos de Carácter Personal, sin que dicho acceso del Contratista a los datos personales se produzca en calidad de cesionario de los mismos. Durante la ejecución del Contrato, el Contratista tendrá la obligación de tratar los datos conforme a las instrucciones recibidas del responsable del tratamiento y en cualquier caso aplicará todas las medidas exigidas por el Reglamento de Desarrollo de la Ley 2/2004Orgánica 15/1999, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar pudiendo aplicarlos o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato utilizarlos con fin distinto al que figura figurado en el mismocontrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán deben ser entregados destruidos o devueltos al Teatro Xxxxxxxresponsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de tal naturaleza objeto del tratamiento. Si para la prestación del servicio contratado, el Contratista utilizase cuestionarios u otros impresos para la recogida de datos de carácter personal, vendrá obligado a que figuren en los mismos, de forma claramente legible, las siguientes advertencias:
a).- La empresa adjudicataria deberá destruir existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de su recogida y los suyosdestinatarios de la información.
b).- El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas.
c).- De las consecuencias de la obtención de datos o negativa a suministrarlos.
d).- Posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, salvo rectificación, cancelación y oposición.
e).- Identidad y dirección del responsable del tratamiento o de su representante. No se precisará facilitar la información contenida en las letras b), c) y d), si del contenido se deduce claramente la naturaleza de los datos o de las circunstancias en que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por se recaban. Lo anterior no será de aplicación si los datos proceden xx xxxxxxx accesibles al público y se destinan a la posibilidad actividad de ulteriores serviciospublicidad o prospección comercial, en cuyo caso se podrán almacenarcaso, con en las debidas condiciones comunicaciones que el Contratista deba hacer a los interesados deberá indicar el origen de seguridadlos datos, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos el responsable del fichero y los derechos que le asisten. Todo lo anterior se establece de propiedad intelectual y conformidad con la vigente normativa sobre protección de “copyright” que se puedan derivar datos de carácter personal. En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente Condición, el Contratista responderá de los trabajos objeto daños y perjuicios que por este motivo se le irroguen a METRO pudiendo este, para resarcirse de los mismos, ejecutar la fianza que tuviera constituida o compensar su importe de cualquier saldo que en ese momento presentase a su favor el Contratista. Para los casos en que la ejecución del contrato serán origine la comunicación por el Contratista a Metro de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxxdatos de carácter personal de sus empleados o de cualquier otro dato de carácter personal, obligándose el Contratista se compromete a:
a) No comunicar datos personales sin el consentimiento de las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuarpersonas físicas interesadas o, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y sin autorización legal.
b) Informar a las personas afectadas por físicas a que se refieran los daños y perjuicios causados por la contravención del deber datos personales de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por todos los extremos que exige el Estatuto artículo 5.4 de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982Orgánica 15/1999, de 24 13 de noviembrediciembre, básica de normalización del uso del euskeraProtección de Datos de Carácter Personal y, específicamente, de la eventual incorporación de tales datos a los ficheros -automatizados o no- de Metro que pudiera ser necesario crear con finalidades de gestión y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en registro de la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas objeto de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato concurso.
c) Cumplir con cualquier otra obligación que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete les corresponda conforme a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa vigente en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioesta materia.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización por Cód. Validación: 69A2G6AY7R3DN9FRCPGXMEGCJ | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la empresa adjudicatariaplataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 47 El adjudicatario, en su casola realización de los trabajos contratados, adecuará sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. núm. 298, de 14 de diciembre) y al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo (B.O.E. núm. 17, de 19 de enero de 2008) en los términos de la Disposición Adicional Vigésima sexta del TRLCSP. Será considerado Dato Personal lo dispuesto en el artículo 3 sección “a” de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Cualquier información que contenga datos de carácter personal objeto queda sometida al régimen jurídico de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto obligaciones y responsabilidades previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sobre todo en lo relativo al deber xx xxxxxxx (art 10 de la LPD), a la Comunicación de datos (art 11 de la LPD) y al acceso a los datos por terceros (art 12 de la LPD). El adjudicatario, sea persona física o jurídica, y el personal a su servicio que tenga acceso o realice cualquier tratamiento con los datos de carácter personal, tendrá la consideración de “encargado del tratamiento” y el acceso a la información de carácter personal necesario para la realización de los trabajos no supondrá “comunicación de datos”, a efectos de lo dispuesto en la Ley 2/2004Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 12.3 de 25 dicha Ley. En todo caso, las previsiones del artículo 12.2 deberán constar por escrito. El acceso y el tratamiento de febrerolos datos por parte del adjudicatario se podrá realizar bien a través de transferencia de documentación y ficheros magnéticos en los formatos y soportes definidos por el Ayuntamiento de Almuñécar, o mediante la grabación en las bases de protección datos del Ayuntamiento por el personal debidamente autorizado y de acuerdo con las normas de seguridad establecidas al respecto por este. El adjudicatario y el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del tratamiento”, o acceda ocasionalmente a Datos de Carácter Persona en el transcurso de las actividades referidas en éste pliego, estarán sometido a las siguientes obligaciones con respecto de los datos de carácter personal: - Actuará conforme a las instrucciones del Ayuntamiento de Almuñécar, responsable del fichero. - Adoptará todas aquellas medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposicionespara evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados. La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar - No aplicará ni utilizará los datos automatizados con fines distintos a los de realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Estará obligado a guardar el secreto profesional respecto de los mismos, aun después de finalizar sus relaciones contractuales. - Una vez finalizados los trabajos objeto del contrato, el adjudicatario deberá devolver al Ayuntamiento de Almuñécar todos los documentos o soportes informáticos en que pudiera constar algún dato de carácter personal, . Cód. Validación: 69A2G6AY7R3DN9FRCPGXMEGCJ | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 47 En el caso de que obtenga por razón el adjudicatario o el personal a su servicio que tenga la consideración de “encargado del contrato con fin distinto al que figura en el mismo. Una vez cumplida la prestación contractual, tratamiento” destine los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados al Teatro Xxxxxxxa otra finalidad distinta a la del objeto del contrato, o los utilice incumpliendo las estipulaciones establecidas en el contrato, responderá de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente, previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La empresa adjudicataria deberá destruir Cuando los suyos, salvo que medie autorización escrita encargados del Teatro Xxxxxxx, motivada por la posibilidad tratamiento incumplan el deber de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones guardar secreto sobre los datos de seguridad, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar carácter personal de los trabajos objeto que tengan conocimiento por razón del contrato serán contrato, el órgano de contratación lo pondrá en conocimiento de la propiedad exclusiva del Teatro XxxxxxxAgencia de Protección de Datos, obligándose las partes a otorgar quedando el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y contratista sujeto a las personas afectadas por los daños sanciones que aquélla pudiera imponerle. En el supuesto anterior, el órgano de contratación, atendiendo a la naturaleza y perjuicios causados por la contravención circunstancias del deber de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982contrato, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en podrá estimar aconsejable continuar la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatario.
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Samples: Contract for Home Help Services
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La utilización Salvo autorización expresa y por escrito de Metro, el Contratista tendrá prohibido el acceso a los archivos de datos personales que se conserven en cada una de las dependencias a cuyo interior deban acceder sus empleados para la empresa adjudicatariarealización de las obras contratadas. En consecuencia, el Contratista habrá de impartir las instrucciones oportunas a su personal para que éste se abstenga de examinar el contenido de los documentos que, en su casosoporte informático, en soporte papel o en cualquier otro tipo de soporte, se encuentre en el interior de las dependencias en las que desarrollen sus actividades. METRO sólo autorizará al Contratista a acceder a datos de carácter personal objeto en aquellos supuestos en que resulte necesario, en cuyo caso el Contratista asumirá las obligaciones de tratamiento automatizadoun Encargado del Tratamiento, que pueda resultar precisa para conforme a lo previsto en el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia art. 12 de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 Protección de diciembreDatos de Carácter Personal, sin que dicho acceso del Contratista a los datos personales se produzca en calidad de cesionario de los mismos. Durante la ejecución del Contrato, el Contratista tendrá la obligación de tratar los datos conforme a las instrucciones recibidas del responsable del tratamiento y en cualquier caso aplicará todas las medidas exigidas por el Reglamento de Desarrollo de la Ley 2/2004Orgánica 15/1999, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones. La empresa adjudicataria no podrá aplicar pudiendo aplicarlos o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato utilizarlos con fin distinto al que figura figurado en el mismocontrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán deben ser entregados destruidos o devueltos al Teatro Xxxxxxxresponsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de tal naturaleza objeto del tratamiento. Si para la ejecución del contrato, el Contratista utilizase cuestionarios u otros impresos para la recogida de datos de carácter personal, vendrá obligado a que figuren en los mismos, de forma claramente legible, las siguientes advertencias:
a).- La empresa adjudicataria deberá destruir existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de su recogida y los suyosdestinatarios de la información.
b).- El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas.
c).- De las consecuencias de la obtención de datos o negativa a suministrarlos.
d).- Posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, salvo rectificación, cancelación y oposición. e).- Identidad y dirección del responsable del tratamiento o de su representante. No se precisará facilitar la información contenida en las letras b), c) y d), si del contenido se deduce claramente la naturaleza de los datos o de las circunstancias en que medie autorización escrita del Teatro Xxxxxxx, motivada por se recaban. Lo anterior no será de aplicación si los datos proceden xx xxxxxxx accesibles al público y se destinan a la posibilidad actividad de ulteriores serviciospublicidad o prospección comercial, en cuyo caso se podrán almacenarcaso, con en las debidas condiciones comunicaciones que el Contratista deba hacer a los interesados deberá indicar el origen de seguridadlos datos, por un período de cinco años. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos el responsable del fichero y los derechos que le asisten. Todo lo anterior se establece de propiedad intelectual y conformidad con la vigente normativa sobre protección de “copyright” que se puedan derivar datos de carácter personal. En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente Condición, el Contratista responderá de los trabajos objeto daños y perjuicios que por este motivo se le irroguen a METRO pudiendo este, para resarcirse de los mismos, ejecutar la fianza que tuviera constituida o compensar su importe de cualquier saldo que en ese momento presentase a su favor el Contratista. Para los casos en que la ejecución del contrato serán origine la comunicación por el Contratista a Metro de la propiedad exclusiva del Teatro Xxxxxxxdatos de carácter personal de sus empleados o de cualquier otro dato de carácter personal, obligándose el Contratista se compromete a:
a) No comunicar datos personales sin el consentimiento de las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho. La empresa adjudicataria deberá efectuarpersonas físicas interesadas o, en su caso, los contratos necesarios con los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder. - CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar al Teatro Xxxxxxx y sin autorización legal.
b) Informar a las personas afectadas por físicas a que se refieran los daños y perjuicios causados por la contravención del deber datos personales de sigilo profesional. - CONDICIONES LINGÜISTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por todos los extremos que exige el Estatuto artículo 5.4 de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982Orgánica 15/1999, de 24 13 de noviembrediciembre, básica de normalización del uso del euskeraProtección de Datos de Carácter Personal y, específicamente, de la eventual incorporación de tales datos a los ficheros -automatizados o no- de Metro que pudiera ser necesario crear con finalidades de gestión y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en registro de la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición de ejecución del contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas objeto de este contrato. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato concurso.
c) Cumplir con cualquier otra obligación que el personal auxiliar observe con el del Teatro y público en general. - RELEVO DE PERSONAL : El adjudicatario se compromete les corresponda conforme a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio , que no procediesen con la debida corrección , capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - HUELGA : En caso de huelga , el adjudicatario será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios , los cuales habrán sido previamente negociados de acuerdo con la normativa vigente en vigor. Durante éstos períodos de huelga , se abonará solo la parte correspondiente a los servicios mínimos pactados. - COMPENSACIÓN DE DAÑOS : Los daños que el personal del adjudicatario pueda ocasionar en los locales , mobiliario , instalaciones o cualquier propiedad del Teatro Xxxxxxx , por negligencia , incompetencia o dolo , serán indemnizados por el adjudicatarioesta materia.
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