Denominaciones Cláusulas de Ejemplo

Denominaciones. Las Obligaciones Negociables se emitirán en las denominaciones especificadas en el Suplemento de Prospecto pertinente, de conformidad con la normativa aplicable. La tenencia de Obligaciones Negociables solamente podrá ser por el valor nominal total de la denominación mínima especificada en el Suplemento de Prospecto pertinente y en múltiplos enteros de dicha denominación en exceso de la misma.
Denominaciones. En esta Póliza se entiende por:
Denominaciones. A los fines de su empleo en la presente Licitación, se entiende por:
Denominaciones. A los efectos de la aplicación de toda la “DOCUMENTACION” del presente pedido de cotización, y de todo otro instrumento que se suscriba, se emplearán las siguientes denominaciones: "OFERENTE" Por la persona física o jurídica que presente oferta o propuesta. “PROVEEDOR/CONTRA TISTA” Por la persona física o jurídica que haya recibido y aceptado un Documento de Compra “OBJETO O PROVISION” Por los materiales, bienes, obras o servicios a adquirir por “PERSONAL”, que el “PROVEEDOR” se obliga a suministrarle con ajuste a lo requerido.
Denominaciones. 1.3. Pautas interpretativas.
Denominaciones. Las denominaciones de las Obligaciones Negociables se sujetarán a los requisitos de denominaciones mínimas que exijan las normas aplicables.
Denominaciones. Las diversas denominaciones contenidas en el presente Pliego se indiquen en forma abreviada o no, se entenderán así:
Denominaciones. Para los efectos del presente contrato de obra se utilizarán las siguientes denominaciones que aparecen a lo largo de las cláusulas: a) LA ENTIDAD INTERMEDIARIA AUTORIZADA de ADMINISTRACIÒN DE RECURSOS, y que podrá denominarse indistintamente “EIA” de Administración de Recursos”; b) LA ENTIDAD INTERMEDIARIA AUTORIZADA para la REALIZACIÒN DE ESTUDIOS SOCIOECONÒMICOS Y EMISIÒN DE DECLARACIONES DE ELEGIBILIDAD que podrá denominarse EIA de Estudios Socioeconómicos c) EL FONDO PARA LA VIVIENDA, que podrá denominársele -FOPAVI-; d) -----------------(NOMBRE DEL PROPIETARIO DE LA EMPRESA) en su calidad de propietario de la empresa ------------ O ---- (O NOMBRE DE LA S.A.), a quien se le denominará indistintamente “EL DESARROLLADOR, CONSTRUCTOR O EJECUTOR”; e) ------- (Nombre del Grupo Asociativo de Gestión de Soluciones Habitacionales) y que podrá denominarse como LOS BENEFICIARIOS. TERCERA:
Denominaciones. A los efectos de la aplicación de toda la “DOCUMENTACION” del presente pedido de cotización, y de todo otro instrumento que se suscriba, se emplearán las siguientes denominaciones: "TELECOM" Por Telecom Argentina S.A., domiciliada en Xxxx Xxxxxx 000, Xxxx. X. xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, inscrita en la Inspección General de Justicia el 13 de Julio de 1990, bajo el Nro. 4570, Libro 108, Tomo “A” de Sociedades Anónimas.
Denominaciones. Se entenderá por “pacto de mediación” todo acuerdo entre las partes para someter a mediación todas o algunas controversias que se hayan producido o puedan producirse entre ellas. Un pacto de mediación puede adoptar la forma de cláusula de mediación en un contrato o la de un contrato separado. El término “mediador” incluye un solo mediador o todos los mediadores cuando se nombre más de uno. Se entenderá por “CIAMIC” la Corte Iberoamericana de Arbitraje y Mediación de las Industrias Creativas.