Designación Cláusulas de Ejemplo

Designación. El Titular de la Entidad o el funcionario a quien se hubiera delegado esta atribución, designará por escrito a los integrantes titulares y suplentes del Comité Especial, indicando los nombres completos y quién actuará como presidente y cuidando que exista correspondencia entre cada miembro titular y su suplente. La decisión será notificada a cada uno de los miembros. Conjuntamente con la notificación de designación, se entregará al presidente del Comité Especial el Expediente de Contratación aprobado y toda la información técnica y económica necesaria que pudiera servir para cumplir el encargo. Una vez recibida la documentación señalada en el párrafo anterior, el presidente del Comité Especial, a más tardar al día siguiente hábil de recibida, deberá convocar a los demás miembros para la instalación respectiva, dejando constancia en actas. El Comité Especial elaborará las Bases y las elevará para la aprobación de la autoridad competente. Luego de aprobadas, el Comité Especial dispondrá la convocatoria del proceso. Durante el desempeño de su encargo, el Comité Especial está facultado para solicitar el apoyo que requiera de las dependencias o áreas pertinentes de la Entidad, las que estarán obligadas a brindarlo bajo responsabilidad. Los acuerdos que adopte el Comité Especial deberán constar en actas, cuyas copias deberán incorporarse al Expediente de Contratación. Para tal efecto, toda Entidad contará con un libro de actas de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas, o con un libro de actas por cada tipo de proceso de selección, debidamente foliado y legalizado, el mismo que podrá ser llevado en hojas mecanizadas. Facultativamente, también podrá incluir las actas de las Adjudicaciones de Menor Cuantía o contar con un libro de actas para este tipo de procesos de selección. El órgano encargado de las contrataciones será el responsable de la custodia de los indicados libros.
Designación. 1. La designación de los miembros de los tribunales calificadores se efectuará mediante sorteo notarial, de entre los candidatos que sean propuestos a tal fin por las secretarías generales técnicas de las distintas consejerías y, en su caso, por las direcciones generales con competencia en materia de recursos humanos del ámbito respectivo, según proceda en función del área de conocimientos que corresponda al cuerpo, escala y especialidad de ingreso. Además, tanto la dirección general competente en materia de función pública como las secretarías generales técnicas o las direcciones generales de recursos humanos del ámbito respectivo podrán requerir la colaboración y la remisión de candidatos a otras administraciones públicas y a las universidades públicas ubicadas en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid y, con carácter excepcional, a las que pudieran exceder de dicho ámbito.
Designación. En la oportunidad que corresponda, la Autoridad de Control designará para integrar el Consejo Consultivo del Seguro a las personas propuestas por las organizaciones representativas de las empresas de seguros, de los corredores de seguros y de los liquidadores de siniestros. La falta de designación de consejeros, porque sus respectivas organizaciones omitieran proponerlos, no impedirá el funcionamiento del Consejo Consultivo del Seguro.
Designación. La designación de personal se ajustará al orden de mérito aprobado. Cuando se trate de la selección de aspirantes a cargos directivos, de conducción o de coordinación superior, se podrá acordar en los respectivos convenios sectoriales, cláusulas que posibiliten a la autoridad competente escoger entre los candidatos de una terna.
Designación. Con anterioridad al comienzo de los servicios, el contratista deberá designar expresamente ante GHK a su Delegado, de conformidad con lo previsto en su oferta, que asumirá las obligaciones determinadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La persona designada deberá ser aceptada por el órgano contratante.
Designación. Cuando el tribunal arbitral deba estar compuesto por tres (3) miembros, se compondrá del modo y en los plazos acordados por las Partes de común acuerdo. A falta de acuerdo, cada los Fiduciantes, conjuntamente con el Fiduciario, el Administrador y los Agentes correspondientes por una parte y los Beneficiarios por la otra designarán a un miembro del tribunal arbitral dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la entrega de una Parte a la otra Parte de una comunicación escrita fehaciente indicando su intención de someter cualquier controversia, o la resolución o nulidad del Acuerdo y Reglamento Marco. El tercer miembro del tribunal arbitral será designado por acuerdo de los árbitros designados por las Partes. Si los
Designación. En todas las entidades con participación oficial la designación del revisor fiscal estará a cargo de la asamblea general de accionistas. En las entidades que sean o estén sometidas al régimen de empresa industrial y comercial del Estado, en que las funciones de la asamblea general de accionistas las cumpla la junta o el consejo directivo, la designación del revisor corresponderá al Gobierno Nacional, a través del Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Designación. Los miembros del panel de Amigables Componedores serán escogidos dentro de un plazo de cuarenta y cinco (45) Días Calendario siguientes a la fecha de comunicación de la intención de la parte interesada de iniciar el mecanismo de Amigable Composición, que será administrado y tendrá sede en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y le será también aplicable el Reglamento de dicho Centro, de acuerdo con las siguientes reglas:
Designación. El MAG, implementará el Proyecto por intermedio de una Unidad Ejecutora dependiente de la DINCAP o, previo acuerdo con el FIDA, de otra Dirección del MAG.