DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO Cláusulas de Ejemplo

DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. 1. La duración del alquiler será la pactada inicialmente en el contrato de alquiler y se facturará en base a periodos de 24 horas, contados desde la hora en que éste se hubiera formalizado. El arrendatario se compromete a devolver el vehículo al arrendador junto con las llaves, documentación, accesorios y equipamiento adicional, antes del vencimiento del plazo contratado y en el lugar convenido pactado en el contrato de alquiler. En caso de no devolverlo así, el arrendatario se obliga a pagar al arrendador cargos adicionales según lo recogido en la condición E.1. Se considerará el servicio terminado cuando el vehículo y las llaves del mismo hayan sido recepcionadas por el personal del arrendador o en los buzones a tal efecto del arrendador. En este último caso se tomará como fecha y hora de devolución la de los buzones de devolución. 2. En caso de entrega tardía del vehículo, se facturará el periodo no pactado en el contrato de alquiler conforme a las tarifas vigentes. Las tarifas especiales solamente regirán para los periodos especificados en la oferta. En caso de que se sobrepasara el mismo serán de aplicación las tarifas vigentes a toda la duración del contrato de alquiler. 3. Es responsabilidad del arrendatario el garantizar la entrega efectiva del vehículo en el lugar convenido en el contrato de alquiler. Salvo acuerdo escrito en contrario, deberá el arrendatario devolver el vehículo dentro del horario de oficina expuesto en cada una de las sucursales del arrendador. La devolución en lugar diferente al pactado, por causa no imputable al arrendador, puede implicar al arrendatario cargos adicionales, calculados según tarifas vigentes, por el periodo en que no pudo disponer el arrendador del vehículo, amén de los costes que ello supusiera. 4. La cantidad prestada en concepto de depósito al inicio del contrato de alquiler por el arrendatario al arrendador no podrá servir para una prolongación del mismo. El contrato de alquiler podría ser prorrogado por un tiempo superior al pactado previa autorización expresa del arrendador, siempre y cuando el arrendatario lo solicite con tres días de antelación. La prolongación no podrá realizarse telefónicamente. El arrendatario se compromete a autorizar de inmediato el importe del depósito adicional para dicha prolongación, siendo el precio aplicable al periodo de prolongación del alquiler el señalado en la tarifa vigente. Es responsabilidad del arrendatario personarse en las oficinas del arrendador para obtener el nu...
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. 19.1 El TOMADOR deberá devolver el VEHÍCULO en forma inmediata en el supuesto que: (i) Se produjera la terminación o rescisión de este Contrato, por cualquier motivo; (ii) El DADOR rescindiera este Contrato con motivo de un Incumplimiento del TOMADOR; (iii) El TOMADOR decidiera ejercer la Opción de Terminación y devolver el VEHÍCULO al finalizar el leasing; ó,
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. 7.1. Al término del Contrato de Arrendamiento tras el Periodo de Vigencia Obligatorio que haya sido contratado, el Arrendatario deberá devolver el Vehículo siguiendo el procedimiento que se detalla a continuación (la “Devolución del Vehículo”): (a) Deberá devolver el Vehículo en las instalaciones del Arrendador en el que lo haya recogido originalmente y que constan en las Condiciones Particulares junto con toda la documentación original y materiales que a continuación se señalan: Documentación (si aplica): (i) Permiso de Circulación. (ii) Ficha Técnica sin cargas ni reservas.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. Tendrá el significado recogido en la estipulación 7.1 de las presentes Condiciones.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. Al cabo del Término, o de usted haber incurrido en algún incumplimiento y nosotros presentarle una solicitud escrita a los efectos, usted nos devolverá el Vehículo a expensas suyas en un lugar razonable designado por nosotros. Usted reconoce tener el riesgo de pérdida al transitar. De no devolver el Vehículo dentro xx xxxx (10) días luego de finalizar el Término, usted acepta que tendremos la opción de extender el Arrendamiento de mes a mes bajo los mismos términos aquí establecidos, salvo si usted ha efectuado todos los pagos adeudados bajo el Arrendamiento y hemos aceptado una opción de compra de $1.00, entonces no podremos extender el Arrendamiento. Usted se compromete a devolver el vehículo en buenas condiciones de funcionamiento y reparación y a pagarnos por cualquier daño que tenga el Vehículo en el momento de su devolución. Cada Vehículo devuelto deberá estar libre de toda propiedad personal suya, incluso todo tipo de publicidad, impuesto, calcomanía u otro tipo de insignia que usted haya colocado en el Vehículo, y será devuelto en la misma condición que se encontraba cuando le fue entregado, salvo el uso y desgaste natural. De devolverse el Vehículo con etiquetas, calcomanías, insignias, y/o cualquier otra forma de publicidad pegada en él, sacaremos la misma a expensas suyas. Se utilizarán las siguientes guías para determinar si el Vehículo fue sometido a un desgaste excesivo: el Vehículo deberá estar en buenas condiciones mecánicas y no le podrán faltar piezas; deberá tener cinco neumáticos iguales con el mismo grado de desgaste (con un remanente de desgaste uniforme de no menos de 25% por ciento); no tendrá rayaduras ni abolladuras de más de una pulgada de largo o de diámetro en su hojalatería ni moho que no se pueda sacar; no tendrá distintas tonalidades de pintura en áreas que hayan sido retocadas, ni colores o identificación xx xxxxx especiales; ni rayaduras, o áreas de moho o de pintura descascarada de más de una pulgada de largo o de diámetro, o series de manchas o rayaduras más pequeñas; el cristal delantero y el cristal trasero estarán libres de rajaduras, esquirlas o rayaduras; no tendrá cristal roto o agrietado de ningún tipo; los mecanismos de las ventanas estarán funcionando adecuadamente; no tendrá sellos xx xxxxxx o luces rotos; ni cromo descascarado, ni rayado, ni ningún otro tipo xx xxxxx lateral externa de metal brilloso con rayaduras que lleguen hasta el metal o que midan más de una pulgada de largo, o una serie de abolladuras má...
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. El contrato de arrendamiento, tendrá la duración inicialmente pactada, al final de la cual el cliente deberá devolver el vehículo a Sixt Chile. No obstante lo anterior, el arriendo podrá ser prorrogado, siempre y cuando el arrendatario lo comunique a algunas de las oficinas xx Xxxx Chile, antes del término del contrato. En caso que el arriendo se extienda por un período superior a 30 días, la extensión del contrato deberá realizarse de manera personal en las oficinas xx Xxxx Chile, cancelando el primer mes de arriendo y renovando la garantía en su tarjeta de crédito. 2.-El arrendatario está obligado a entregar el vehículo, inclusive las llaves, documentación y todos sus accesorios, en el mismo estado que se entregaron, en el lugar convenido y en la fecha indicada en el contrato de arriendo. La devolución debe efectuarse en el horario normal de atención de las oficinas xx Xxxx Chile.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. A su vez, las Partes acuerdan que la devolución y puesta a disposición del Vehículo por el Conductor al Propietario tenga lugar el día a las en el punto de encuentro situado en , conviniendo por tanto una duración para la cesión del uso del Vehículo de . No obstante lo anterior, las Partes acuerdan expresamente que puede tener lugar la entrega anticipada del Vehículo siempre y cuando el Conductor lo ponga en conocimiento del Propietario con un preaviso de 2 (dos) días a contar hasta la fecha en que vaya a tener lugar la entrega anticipada del Vehículo. Independientemente de que tenga lugar la entrega anticipada del Vehículo, el precio completo de la cesión por el periodo inicialmente acordado por las Partes seguirá siendo exigible al Conductor. La falta de devolución del Vehículo por el Conductor al Propietario en la fecha, hora y lugar acordados dará lugar a la pérdida por el Conductor del importe pagado en concepto de fianza referido en la Estipulación Quinta, que hará suyo el Propietario.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. La duración del alquiler será la pactada inicialmente en el contrato de alquiler. El arrendatario se compromete a devolver el vehículo al arrendador junto con las llaves, documentación, acce- sorios y equipamiento adicional, antes del vencimiento del plazo contratado y en el mismo lugar donde se le hizo entrega del vehículo.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. Para devolver el coche, por favor diríjase a nuestras Oficinas a una de las siguientes direcciones:
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. Usted acepta devolver el vehículo en las mismas condiciones en que lo recibió, a excepción del uso y desgaste normal, en la fecha, hora y oficina especificadas en el documento de alquiler. Deberá devolverlo con anticipación, si así lo solicitamos. Si lo devuelve antes o después, se podría aplicar una tarifa diferente o más alta, y, si es devuelto más tarde, también se le podría aplicar un cargo por devolución con retraso. No puede devolver el vehículo fuera del horario de atención de la oficina de devolución. Si lo hace, su responsabilidad por daños o pérdida del vehículo seguirá en pie, y todos los cargos especificados en el documento de alquiler en carácter de tasa periódica continuarán acumulándose, hasta que la oficina en la que devolverá el vehículo reinicie sus labores y volvamos a tomar posesión efectiva del vehículo. Los horarios de atención varían según la oficina. Si no encontramos el vehículo cuando la oficina abra, su responsabilidad por todos los cargos y por los daños o pérdida del vehículo continuará hasta que el vehículo sea efectivamente devuelto o recuperado. Si usted desea prolongar un alquiler, deberá comunicarse con nosotros al 0-000-000-0000 o utilizar otro método de contacto aprobado para hacer la solicitud correspondiente antes de su fecha de devolución. Nos reservamos, a nuestra entera discreción, el derecho de conceder o negarnos a conceder la extensión del alquiler para la totalidad del período que haya‌ solicitado. Si sí concedemos una extensión del período de alquiler, podría aplicarse una tarifa diferente o más alta al período de extensión y también una tarifa por servicio. Aviso adicional para la Florida: La no devolución de la propiedad o del equipo de alquiler tras el vencimiento del período de alquiler, y el no pago de todo lo adeudado (incluidos los costos por daños a la propiedad o al equipo) son pruebas de abandono o de la negativa a devolver la propiedad, y constituyen actos sancionables en virtud de la Sección 812.155 de los Estatutos de la Florida.