DOCUMENTOS PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTOS PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El supervisor o interventor deberá adjuntar a la solicitud de liquidación los siguientes documentos: a. Solicitud de Liquidación del Contrato suscrita por el Supervisor o Interventor del mismo. b. Informe final de supervisión o interventoría, de acuerdo con el formato previsto para tal efecto y que hace parte de este Manual. Dicho informe deberá contar con la revisión y aval de la Subdirección Financiera, en cuanto al balance financiero donde se establezcan los valores pagados y saldos pendientes por legalizar. c. Soportes completos de ejecución, incluidos los informes periódicos de supervisión y las actas del comité técnico de seguimientos cuando éste se haya pactado en el contrato o convenio. d. En caso de incluir cláusulas ambientales y/o de sostenibilidad debe entregar las certificaciones, actas y/o documentos soportes que garanticen el cumplimiento ambiental de la obligación definida. e. Para las personas jurídicas, certificado de cumplimiento de pago de aportes parafiscales expedido por el representante legal o revisor fiscal según corresponda. f. Recibo de consignación de rendimientos financieros si hubo lugar a ellos. g. Cuando para la ejecución del contrato objeto de liquidación se hayan adquirido bienes muebles, se requiere el acta de recibo de los mismos y el ingreso a almacén. h. Cuando para la ejecución del contrato objeto de liquidación se hayan realizado obras civiles, se requiere el acta de recibo final de la obra, informes de interventoría y el acta de liquidación respectiva.
DOCUMENTOS PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El supervisor del contrato o convenio deberá elaborar el informe final de acuerdo con el formato previsto para tal efecto, junto a éste se deben anexar los siguientes documentos con el fin de llevar a cabo la liquidación del contrato: a) El Informe final de supervisión deberá contener los valores pagados y saldos pendientes por legalizar. Así mismo, acompañada de la siguiente información: • Informe final de supervisión, el cual deberá contener los valores pagados y los saldos pendientes por legalizar. • Soportes completos de ejecución, incluidos los informes periódicos de supervisión. Convencional Legal bilateral Legal unilateral Si no se previó un Cuando no se realice término en el liquidación bilateral, contrato o en el la Alcaldía podrá pliego de liquidarlo de oficio condiciones para mediante acto liquidar de común administrativo acuerdo, se liquidará motivado adoptado bilateralmente por el Ordenador del dentro de los cuatro Gasto, dentro de los Se regirá por lo (4) meses siguientes dos (2) meses estipulado en el a la terminación siguientes al contrato o en el normal o anormal vencimiento xxx xxxxxx de del contrato. plazo legal o condiciones convencional, respectivo siempre que la Alcaldía hubiere sido notificada de demanda interpuesta por parte del contratista, en la que se pretenda la liquidación judicial. Todos los plazos anteriormente señalados se podrán realizar dentro de los dos (2) años siguientes a su terminación, ya sea de mutuo acuerdo o unilateralmente. E • Para las personas jurídicas, certificado de cumplimiento de pago de aportes parafiscales, expedido por el representante legal o revisor fiscal según corresponda, junto con los respectivos soportes. • Recibo de consignación de rendimientos financieros si hubo lugar a ellos. • Cuando para la ejecución del contrato objeto de liquidación se hayan adquirido bienes muebles, se requiere el acta de recibo de los mismos y el ingreso a almacén. • Cuando para la ejecución del contrato objeto de liquidación se hayan realizado obras civiles, se requiere el acta de recibo final de la obra, informes de interventoría y el acta de liquidación respectiva. • Paz y salvos internos y externos de autoridades competentes. • Los demás soportes que de acuerdo con la naturaleza y contenido del respectivo contrato se requieran. b) Una vez se tenga toda la documentación debidamente organizada, el supervisor procederá a la elaboración del acta de liquidación, para consideración del Ordenador del Gasto. c) El acta de l...

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  • PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de otorgada la Buena Pro. Asimismo, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato en la mesa de partes del Departamento de Logística. La citada documentación deberá ser presentada en la Dirección General de Administración, sito Xx. Xxxxxx X° 000 – Xxxxxxx xx Xxxx.

  • REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 23.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias. 23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente. (art. 145.5 TRLCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.

  • ACEPTACIÓN DEL CONTRATO (ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • características Del contrato El contrato se realizará: • Por escrito, en modelo oficial. • Duración entre doce meses y tres años. • Prórrogas no inferiores a doce meses. El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.