RENDIMIENTOS FINANCIEROS Cláusulas de Ejemplo

RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros originados con recursos de la Nación, incluidos los negocios fiduciarios, deben ser consignados en la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional en el mes siguiente de su recaudo. Se exceptúan los rendimientos financieros generados con aportes destinados a la seguridad social.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros que genere el anticipo entregado por la DNDA al CONTRATISTA, serán reintegrados a la Tesorería dela Dirección, en la forma prevista por la normatividad vigente sobre la materia y serán consignados en la cuenta que para el efecto indique la DNDA. La iniciación de las obras o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, no se haya supeditad, en ningún caso, a la entrega del anticipo. La DNDA a través de la Interventoría revisará, aprobará los programas de inversión del anticipo.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Constituidos por los ingresos obtenidos por la colocación de recursos en el mercado de capitales o en títulos valores, colocaciones que podrán realizarse siempre y cuando garanticen al Municipio seguridad, liquidez y rendimiento.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Son ingresos monetarios obtenidos por la liquidación de intereses de los recursos depositados en cuentas de ahorros, corrientes, CDTS o cualquier título valor colocados en entidades del sector financiero. UNIVERSIDAD XXX XXXXXXXXX - Consejo Superior - Acuerdo N° 18 2.5. RECURSOS DEL BALANCE: Suma correspondiente a la diferencia positiva entre ingresos y gastos obtenida al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior. En otras palabras corresponde a los ingresos no comprometidos al cierre de la vigencia inmediatamente anterior.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros generados por los recursos aportados por el DEPARTAMENTO DE BOYACÁ y los MUNICIPIOS DE LABRANZAGRANDE, PAJARITO, PAYA Y PISBA en la presente adhesión son del DEPARTAMENTO DE BOYACÁ y los MUNICIPIOS DE LABRANZAGRANDE, PAJARITO, PAYA Y PISBA; estos se comienzan a generar una vez se realice el giro de los recursos a la cuenta establecida para la adhesión y hasta el traslado de los mismos a la fiduciaria para la ejecución de los planes de negocio con asignación de recursos por parte del Consejo Directivo Nacional xxx XXXX. PARÁGRAFO: el DEPARTAMENTO DE BOYACÁ y los MUNICIPIOS DE supervisor xxx XXXX de la presente adhesión y a la UDFJC, en la que se señala la periodicidad de giro (si aplica), número de cuenta a la cual se debe girar el valor correspondiente a que haya lugar, anexando certificación bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días. La UDFJC comunicará los rendimientos generados con corte a la fecha de giro y realizará el giro dentro de los 30 días calendario al recibido de la comunicación.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros serán cargados al aplicativo MGI por parte de la fiduciaria dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes. Para realizar el prorrateo de los rendimientos financieros generados por el Portafolio y las cuentas bancarias, se realizan los siguientes pasos: 1. Se toma el saldo final de cada uno de los convenios con corte al mes anterior. 2. Se realiza el movimiento por cada uno de los convenios de aportes (entradas y salidas) y se determina el nuevo saldo. 3. Con base en el reporte entregado del valor total de los rendimientos del mes, por el área de Portafolio de Fiduprevisora se hace el prorrateo de la siguiente forma: • Al valor anterior, se les resta el rendimiento los convenios 368/257/343, 238 BANCOLDEX, 677- 17 ICETEX (por tener cuentas exclusivas para estos convenios). • Del saldo resultante se descuenta: i. el valor de la comisión y el GMF, en el caso de convenios suscritos con entidades privadas se debe registrar el valor del IVA de conformidad con lo descrito en el parágrafo segundo de la cláusula 15 del contrato xx xxxxxxx mercantil N.º 661-2018 y ii. El valor de las notas débito por operaciones SEBRA. • El saldo neto, una vez descontada la comisión, se distribuye con el mismo porcentaje de participación que tienen los saldos de cada convenio sobre el total de los recursos recibidos en administración.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros generados por los recursos de fomento desembolsados al patrimonio autónomo son propiedad del FONDO TIC y no se consideran parte del FIDEICOMISO. Por tanto, deberán consignarse mensualmente en la cuenta que señale EL FONDO TIC, dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación por parte de la FIDUCIARIA del informe que contenga el cálculo de los mismos. El monto mensual de tales rendimientos financieros a transferir, será la suma neta resultante de descontar las partidas necesarias para cubrir los impuestos y contribuciones que se generen por dicha transferencia.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. En aquellos contratos en los que se genere rendimientos financieros se deberá indicar su valor e informar el trámite adelantado para el reintegro al Departamento de Cundinamarca.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Son los que se generan por la colocación de los recursos monetarios en el mercado financiero y de capitales o en títulos valores. Incluye ingresos por intereses, dividendos y corrección monetaria. Por este rubro se podrán incluir los rendimientos financieros generados por la administración de recursos provenientes de la firma de contratos y/o convenios cuya destinación no estén estipulados en el respectivo contrato. Los rendimientos financieros que generen las inversiones para la liquidez de los recursos propios, se utilizarán prioritariamente en la financiación de los gastos de Funcionamiento. Los rendimientos generados con los recursos de las Tasas Retributivas y las Tasas por Uso y las demás rentas que la norma o la administración determinen como de manejo especial, mantendrán su naturaleza y destinación.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Corresponde a los rendimientos generados por los depósitos en los en las cuentas de ahorro, inversiones en CDT, CDAT y demás modalidades de inversión, de fondos comunes y de recursos de destinación específica.