Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas Cláusulas de Ejemplo

Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Los criterios no evaluables mediante fórmulas serán los establecidos en el cuadro de características [apartado III.3].
Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán con 100 puntos.
Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Para obtener las puntuaciones de una proposición en particular se sumarán las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los aspectos enumerados. La puntuación máxima a alcanzar en cada uno de los aspectos dependerá de la importancia que en cada contrato tengan los aspectos tecnológicos. La elección de un baremo u otro se fijará en el apartado III.3 del Cuadro de Características. Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán con un máximo de 40 puntos. Se valorarán los siguientes criterios: A B a) Memoria y Programa de trabajo 20 13
Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán hasta con 30 puntos. Se valorarán en este apartado los siguientes criterios: 1. Memoria plan de gestión Hasta 18 puntos 2. Recursos asignados al servicio Hasta 6 puntos 3. Calidad Ambiental Hasta 6 puntos
Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Por cada lote de actuación, los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán con hasta un máximo de 100 puntos. La valoración final de los aspectos técnicos de la oferta (PT) se obtendrá mediante la fórmula establecida en el presente pliego. El cuadro de valoración y las propuestas que se presenten, se entiende que estarán referidas exclusivamente a cada lote que se licite, según la distribución viaria establecida en el PPTP. Se valorarán en este apartado los siguientes criterios: CUADRO DE VALORACION DE LOS DIFERENTES APARTADOS Y SUB-APARTADOS 1 - Análisis de la red viaria de la zona a que se licita (máximo: 25 puntos) Sub-apartado 1.1 Definición y características de las carreteras y sus elementos funcionales: grado de detalle en la exposición de datos Hasta 15 puntos Sub-apartado 1.2 Condiciones y estado actual de las carreteras y sus elementos funcionales: grado de detalle en la exposición de datos Hasta 5 puntos Sub-apartado 1.3 Relación de patologías relevantes que se detecten en elementos viarios y requieran una atención especial por sus circunstancias o afección directa a la carretera o a la seguridad vial Hasta 5 puntos 2 - Análisis de actuaciones y objetivos previstos (máximo: 40 puntos) Sub-apartado 2.1 Plan de actuaciones: anualidad 1 (propuestas, claridad, coherencia y grado de detalle en la exposición de las tareas y operaciones que plantea en esa anualidad) Hasta 10 puntos Sub-apartado 2.2 Plan de actuaciones: anualidad 2 (propuestas, claridad, coherencia y grado de detalle en la exposición de las tareas y operaciones que plantea en esa anualidad) Hasta 10 puntos Sub-apartado 2.3 Programación detallada de las tareas y operaciones que propone desarrollar, independientes por cada anualidad Hasta 10 puntos Sub-apartado 2.4 Justificación y objetivos de las tareas y operaciones que propone desarrollar, agrupadas según sus características, independientemente por anualidad Hasta 10 puntos 3 - Instalaciones y equipamiento para el cumplimiento del contrato: presentación, características y condiciones, atendiendo a requerimientos a que se refiere el PPTP (si las propone, definición, exposición detallada y justificación coherente de las mejoras a que se compromete respecto a los requerimientos mínimos xx xxxxxxx) Hasta 5 puntos 4 - Plan de aforos de la zona a que se licita: metodología, presentación de datos obtenidos y análisis de resultados, atendiendo a las exigencias del PPTP: sistema, metodología, obtención y registro de datos, comunicaci...
Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Se valorará el contenido de la memoria técnica y el programa de trabajo con el desglose y ponderación parcial de los subapartados establecido en el ANEXO V de este PCAP. Para cada propuesta se valorará el contenido y desarrollo de los trabajos a realizar; la idoneidad y la justificación de la metodología indicada para la ejecución de los trabajos; su coherencia, claridad y sencillez; el buen DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE conocimiento que denote de la temática a estudiar; consideraciones sobre las particularidades del trabajo; y cualquier otro condicionante que implique una mejora añadida. Asimismo, se valorará el contenido y grado de detalle del programa de trabajo propuesto por el licitador, valorando, en su caso, la garantía de cumplimiento de los plazos ofertados.
Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. En este apartado se valorará la calidad técnica de los productos ofertados.

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  • CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 03 veces el valor referencial: 20 puntos M >= 02 veces el valor referencial y < 03 veces el valor referencial: 15 puntos M >= 01 veces el valor referencial y < 02 veces el valor referencial: 10 puntos19 Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo, NO MAYOR A OCHO (8) AÑOS a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN O DEL ÍTEM. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, pudiendo ser con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad.

  • CRITERIOS DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas

  • CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes: Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC. Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada. Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC. Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en los Términos de Referencia, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad. Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considerar otros criterios de subsanabilidad. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, estos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato. Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes: La ausencia de cualquier Formulario, solicitado en el presente DBC. La falta de firma del proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). La falta de la propuesta técnica o parte de ella. La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. Cuando se presente en fotocopia simple el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).

  • Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: las oficinas del Fondo Vial: Colonia Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A. Fecha: día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m. IAO 24.3 Metodologia de orden de apertura: Primeramente se abrirá el Sobre A que contiene el DOCUMENTO DE LICITACION", Los Formularios de Oferta de la Sección IV de este documento de licitación (Del 1 al 3), Garantia o Fianza de Mantenimiento de Oferta y Documentos legales y financieros. Anunciando el nombre de oferente, monto de la garantía o fianza, aseguradora o banco, Número de garantía o fianza, y periodo de vigencia. Seguidamente se abrirán los Sobres B que contienen las Ofertas Económicas para los proyectos de Categoría “A” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación, y finalizando con la apertura de las ofertas de los proyectos de categoría “B” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación. a) No estar firmadas por el oferente o su representante legal el formulario o la carta de presentación de la oferta y cualquier documento, referente a precios unitarios o precios por partidas específicas; b) Estar escritas en lápiz “grafito”. c) Haberse omitido la garantía de mantenimiento de oferta, o cuando fuere presentada por un monto o vigencia inferior al exigido o sin ajustarse a los tipos de garantía admisibles. d) Haberse presentado por compañías o personas inhabilitadas para contratar con el Estado, de acuerdo con los artículos 15, 16 y 18 de la Ley de Contratación del Estado. e) Haberse presentado con raspaduras o enmiendas en el precio, plazo de entrega, cantidad o en otro aspecto sustancial de la propuesta, salvo cuando hubieran sido expresamente salvadas por el oferente en el mismo documento; f) Haberse presentado por oferentes no precalificados. g) Establecer condicionamientos que no fueren requeridos; h) Establecer cláusulas diferentes a las previstas en la Ley, en el Reglamento o en el pliego de condiciones; i) Haberse presentado por oferentes que hubieren ofrecido pagos y otros beneficios indebidos a funcionarios o empleados para influir en la adjudicación del contrato;

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • Integración de la solvencia con medios externos 1. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e), o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. 2. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al poder adjudicador que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 140. 3. Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. 4. En el caso de los contratos de obras, los contratos de servicios, o los servicios o trabajos de colocación o instalación en el contexto de un contrato de suministro, los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera.

  • CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 1. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como la calidad, el precio, la fórmula utilizable para revisar las retribuciones ligadas a la utilización de la obra o a la prestación del servicio, el plazo de ejecución o entrega de la prestación, el coste de utilización, las características medioambientales o vinculadas con la satisfacción de exigencias sociales que respondan a necesidades, definidas en las especificaciones del contrato, propias de las categorías de población especialmente desfavorecidas a las que pertenezcan los usuarios o beneficiarios de las prestaciones a contratar, la rentabilidad, el valor técnico, las características estéticas o funcionales, la disponibilidad y coste de los repuestos, el mantenimiento, la asistencia técnica, el servicio postventa u otros semejantes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo. 2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el anuncio, en los pliegos de cláusulas o en el documento descriptivo. En la determinación de los criterios de adjudicación se dará preponderancia a aquéllos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. 3. La valoración de más de un criterio procederá, en particular, en la adjudicación de los siguientes contratos: a) Aquéllos cuyos proyectos o presupuestos no hayan podido ser establecidos previamente y deban ser presentados por los licitadores.

  • FACTORES DE EVALUACIÓN La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos. Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.