RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Cláusulas de Ejemplo

RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las resoluciones dictadas por el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivas, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó en el plazo de un mes, o ser impugnadas mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo, los actos relacionados en el apartado 2 del artículo 40 del TRLCSP y en cuanto al órgano competente para la resolución de recursos, legitimación, iniciación del procedimiento, etc. se estará a lo dispuesto en los artículos 41 a 49 del TRLCSP. En tanto no se regule por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ante quién debe de interponerse el recurso contra los actos indicados en el artículo 40.1 y 2, será de aplicación la Disposición Transitoria segunda de la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el apartado 2 del artículo 40 del TRLCSP, podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. El recurso especial regulado en el artículo 40 y siguientes del T RLCSP tendrá carácter potestativo. El procedimiento para tramitar el recurso especial se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 46 del TRLCSP. Su interposición, si lo recurrido es la adjudicación, suspenderá la tramitación del expediente. Contra la resolución dictada en este procedimiento solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) Y l) del apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los mismos legitimados para presentar el recurso especial, antes de su interposición, podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas provisionales que irán dirigidas a corregir infracciones de procedimiento o impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, su tramitación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 43 del TRLCSP. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adju...
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Los actos dictados en el procedimiento de adjudicación tramitado en la presente contratación, entre los que se encuentra el presente Pliego, el de Prescripciones Técnicas Particulares y los demás documentos contractuales que establezcan las condiciones que deben regir la contratación, podrán ser objeto de recurso en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta xx Xxxxxxxx y León, en el plazo de un mes. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios Corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo la resolución de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación y modificaciones del presente contrato, cuando la impugnación de esas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Las controversias que se susciten entre las partes sobre los efectos y extinción del presente contrato, salvo las modificaciones previstas en el párrafo anterior, deberán ser conocidas por el orden jurisdiccional civil, sometiéndose las partes a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Los actos dictados en el procedimiento de adjudicación tramitado en la presente contratación, entre los que se encuentra el presente Pliego, el de Prescripciones Técnicas Particulares y los demás documentos contractuales que establezcan las condiciones que deben regir la contratación, podrán ser objeto de recurso en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes. Corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo la resolución de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación y modificaciones del presente contrato, cuando la impugnación de esas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Las controversias que se susciten entre las partes sobre los efectos y extinción del presente contrato, salvo las modificaciones previstas en el párrafo anterior, deberán ser conocidas por el orden jurisdiccional civil, sometiéndose las partes a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx. 1.- Definición del objeto del contrato: 2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato. 3.- Valor Estimado.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. De acuerdo con el artículo 21.2 del TRLCSP, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. 03/10/2017 13:43:54 Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior. Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX D. …………………….., con D.N.I. núm ………………., actuando en su calidad de , en nombre y representación de …………………………………….., con C.I.F , En relación con el procedimiento contratación del «SERVICIO EXTERNO DE DOCENCIA PARA LA PREPARACIÓN, ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE DIRECCIÓN Y PRODUCCIÓN EN COCINA, CON NÚMERO DE EXPEDIENTE AC-2017-161», I.- Que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Sector Público, lo que supone que posee capacidad jurídica y cuenta con solvencia tanto económico-financiera como técnica o profesional suficiente para el correcto desempeño de las actividades económicas o profesionales para las cuales está dada de alta en la AEAT, comprometiéndose a aportar la justificación documental acreditativa de su posesión y validez, en caso de ser requerido para ello. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) e20d3326-aa04-794a-984605620782 II.- Que no concurren, ni en la sociedad por él representada ni en sus Administradores, ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con el Sector Público, previstas en el artículo 60.1 del 03/10/2017 13:43:54 «Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público», teniendo en cuenta que las prohibiciones de contratar afectan también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. Autorizando además a...
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO Ia: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA XXXXX Xx: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA LA RENOVACIÓN DE EQUIPOS LED TRAS ALCANZAR SU VIDA ÚTIL XXXXX Xx: DECLARACIÓN EJECUCIÓN DE PROPUESTAS ORIENTADAS A MEJORAR EL SERVICIO PRESTADO, LA SEGURIDAD Y EL AHORRO ENERGÉTICO DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE LEZUZA XXXXX XXX: MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR LA EMPRESA ANEXO IV: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EMPRESAS PERTENECIENTES AL MISMO GRUPO ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 42 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL ANEXO VI: MODELO DE DECLARACIÓN DE VISITA Y REVISIÓN DE LAS INSTALACIONES OBJETO DE LA LICITACIÓN I.- DISPOSICIONES GENERALES
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) fa573b93-aa04-ee03-967221264099 De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO I Relación de trabajos similares realizados. ANEXO II Relación del personal que intervendrá en los trabajos. ANEXO III Programa de trabajo. ANEXO IV Modelo de contenido de notificación a licitadores de la adjudicación del contrato ANEXO V- Criterios no evaluables mediante fórmulas. Desglose
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 50 FORMAN PARTE INSEPARABLE DEL PRESENTE PLIEGO LOS SIGUIENTES ANEXOS: ANEXO 1: Relación de centros directivos de la CARM en los que se llevará a cabo la ejecución del contrato y su aportación económica ANEXO 2: Precios Máximos por Perfil. ANEXO 3: Criterios de adjudicación. ANEXO 4: Modelo de Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar que establece el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Sobre 1). ANEXO 5: Modelo de autorización del interesado para que una Administración Pública pueda recabar datos tributarios a la agencia tributaria relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado.(Sobre 1). ANEXO 6: Modelo de autorización del interesado para que una Administración Pública pueda recabar datos tributarios a la Agencia Regional de Recaudación relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma. (Sobre 1). ANEXO 7: Modelo de certificado de no estar incurso en incompatibilidad para contratar. (Sobre 1). ANEXO 8: Modelo de Declaración responsable de vigencia de los datos anotados en el registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. (Sobre 1). ANEXO 9: Modo presentación de la documentación relativa a criterios adjudicación evaluables mediante un juicio de valor (Sobre 2).
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y efectos de esta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnado mediante recurso contencioso- administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.