Filosofía Cláusulas de Ejemplo

Filosofía. La prestación deberá en todo momento obedecer los siguientes pilares fundamentales, en función de los cuales el CONTRATISTA definirá las tareas y frecuencias de ejecución que sean necesarias para cumplirlos.  CERO INCIDENTES Y ACCIDENTES A LAS PERSONAS, AMBIENTE, OPERACIÓN E INSTALACIONES PROPIAS Y DE TERCEROS  TOTAL CUMPLIMIENTO LEGAL Y NORMATIVO  NIVELES DE DISPONIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LAS INSTALACIONES SEGÚN LO ESTABLECIDO EN ESTE PLIEGO  GARANTIZAR QUE EL SERVICIO PERMITA A IEASA DAR SATISFACCIÓN A LAS PARTES INTERESADAS.  MAXIMIZAR VIDA ÚTIL DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES.  MANTENIMIENTO ESTÉTICO CONTINUO DE LAS INSTALACIONES RESPECTO DE SU CONDICIÓN INICIAL. Será responsabilidad del CONTRATISTA implementar los sistemas de gestión, planes, tareas, actividades, cronogramas, etc., a entera satisfacción de IEASA, de manera tal de cumplir con esta filosofía al precio cotizado y todo lo requerido en este PLIEGO. El no cumplimiento de esta filosofía facultará a IEASA a aplicar multas y/o rescindir unilateralmente el contrato en los términos establecidos en el PLIEGO. En este PLIEGO se detallan tareas a título orientativo, siendo responsabilidad del CONTRATISTA implementar los sistemas de gestión, planes, tareas, actividades, cronogramas, etc., de manera tal de cumplir con esta filosofía al precio cotizado. La CONTRATISTA deberá reparar y mantener las Instalaciones en buenas condiciones de operación, en tanto ello resulte necesario para que IEASA pueda prestar debidamente el Servicio de Transporte y Entregas de Gas, incluyendo la reposición de aquellos activos que hayan llegado al fin de su vida útil, o que se destruyan. Estarán a cargo de la CONTRATISTA todas las reparaciones ordinarias, cualquiera sea la causa que las haga necesarias. Al finalizar el Contrato el Contratista deberá entregar las instalaciones en la misma condición en que fueran entregados por IEASA a excepción del desgaste normal por el uso de todas las instalaciones en un todo de acuerdo a las Actas de Relevamiento inicial detalladas en el Artículo 8. Se entiende por desgaste normal el que sucede habiendo efectuado todas las tareas de mantenimiento predictivas, preventivas y correctivas según las reglas del buen arte, medibles según los criterios xxx XXXXXX, a los fines de minimizar al máximo el desgaste y envejecimiento de todas las instalaciones. A los fines de clarificar, las tareas de conservación y nivelación de picada y caminos, mantenimiento de cámaras subterráneas (incluy...
Filosofía. Repuestos operacionales:  Son aquellos especificados para su uso dentro de los primeros 2 años de operación y/o con una frecuencia recomendada de reposición, según las definiciones del Manual de Operación y Mantenimiento del fabricante del equipo.  También son aquellos catalogados como de “Alta Criticidad” de acuerdo con la siguiente tabla: Tabla 1 Nivel de criticidad operativa Bajo Medio Alto Tiempo de entrega Menor a 1 semana Bajo Bajo Medio El nivel de criticidad operativa se define de la siguiente manera: Tabla 2 Consecuencia: interrupción de transporte de gas NO SI Redundancia SI Bajo Medio Repuestos de capital  Piezas de repuesto que, aunque se reconoce que tienen una vida útil prolongada o una pequeña posibilidad xx xxxxx, causarían una interrupción prolongada del servicio. Otros repuestos  Aquellos con un tiempo de entrega normalmente corto pero que debido a condiciones específicas (como la carga de fábrica) pueden no estar disponibles cuando sea necesario.  Aquellos que requieren la fabricación de la pieza de repuesto simultáneamente con el equipo para garantizar la funcionalidad.  Aquellos que necesitan ser ensayados con el equipo entregado.  Aquellos donde existe una probabilidad de fractura súbita con una rápida propagación xx xxxxx, que puede ocurrir en el futuro incluso durante el funcionamiento normal.  Otras piezas de repuesto recomendadas por el fabricante del equipo en el Manual de operación y mantenimiento.
Filosofía. Este Manual refleja la filosofía de esta escuela y el Distrito Escolar del Área xx Xxxxxxxxxx. Académicamente, su hijo recibirá una educación básica de acuerdo a los Estándares del Estado de Pensilvania en las áreas de Lectura, Escritura y Matemáticas. Los estudiantes serán también expuestos al aprendizaje en las áreas de Estudios Sociales, Ciencias, Salud y Educación Física. Su hijo aprenderá como estudiar y como obtener información a través del programa de la Biblioteca. Su hijo aprenderá como apreciar la contribución del Arte y la Música dentro de nuestra civilización. Su hijo estará asistiendo a la escuela junto a niños de muchas culturas. Esto le proporcionará la oportunidad de crecer como ciudadano y darle la oportunidad de vivir y trabajar con otros independientemente de la raza, credo color, edad o situación económica. La auto-disciplina es un aprendizaje importante si queremos ser adultos responsables. Es nuestro objetivo desarrollar en su hijo una conducta apropiada para muchos tipos de situaciones. Servicios Especiales son proporcionados para los niños elegibles con necesidades especiales. Estos servicios especiales son ofrecidos dentro del ambiente del salón de clase y usando los planes de estudio de educación regular cuando sea apropiado. Nuestra asociación de Padres-Maestros es parte integral de nuestra comunidad escolar y necesita el apoyo de todos nosotros. En nuestro mundo cambiante, nuestra escuela debe reunir las demandas de los constantes cambios en los patrones de educación. Debemos tener en cuenta que podremos cumplir con estos cambios sin diluir el contenido de nuestros programas de instrucción o sin debilitar la relación del maestro y el estudiante.

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  • Jubilación 1.-El presente Convenio es el resultado de las mutuas cesiones y contraprestaciones pactadas con el fin de encon- trar el necesario y debido equilibrio interno del Convenio, que forma un todo orgánico e indivisible. Desde tal punto xx xxxxxxx, las partes firmantes declaran que constituyen objetivos prioritarios de política de empleo para el sector todos aquéllos referidos tanto la calidad del mismo como los que aportan una mayor estabilidad y que se recogen en los puntos 3, 4 y 5. Como complemento de las medidas y políticas fijadas a nivel sectorial, las partes firmantes del Convenio consideran esencial impulsar y valorar a nivel interno de las empresas del sector la creación y desarrollo de toda una posible gama de acciones o medidas que contribuyan a una mayor calidad o estabilidad en el empleo. Tales acciones o medidas em- presariales, indicadas en el punto 6, tendrán la consideración asimismo de objetivos de políticas de empleo a conside- rar en relación a la jubilación que se establece a continuación. Consecuencia de lo anterior, es el acuerdo logrado mediante el cual las partes establecen incorporar al presente Convenio General la extinción del contrato de trabajo por cumplir la edad de jubilación que, salvo pacto individual en contrario expreso, se producirá a las edades y con los periodos cotizados que se señalan en el apartado 2, y ello siem- pre que el trabajador cumpla los requisitos exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener derecho al cien por ciento de la pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva. Si el trabajador cumple o hubiese cumplido la edad legal exigida para la jubilación, a requerimiento de la empresa efectuado con una antelación mínima de 2 meses, estará obligado a facilitar a la empresa certificado de vida laboral ex- pedido por el organismo competente, a fin de verificar el cumplimiento o no de los requisitos exigidos para tener de- recho al cien por ciento de la pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva.

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:

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  • TRAMITACIÓN Ordinaria.

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  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al MUSEO la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable, que debe poseer un título de ingeniero/a técnico/a o superior y con experiencia en mantenimiento y en gestión de instalaciones térmicas y eléctricas en edificios. Actuará como responsable del servicio frente al MUSEO y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este. Será la persona encargada de la relación con las/os responsables del MUSEO, emitiendo, además, informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. La empresa adjudicataria se asegurará de que todos/as los/as miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, la empresa adjudicataria no paralizará su coordinación con el MUSEO, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. La empresa adjudicataria se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del MUSEO. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos/as trabajadores/as y el MUSEO, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos/as los/as trabajadores/as deberán estar debidamente asegurados/as en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al MUSEO, y debiendo la empresa adjudicataria poner a disposición del MUSEO, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El MUSEO deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadoras/es adscritas/os al contrato. Todo el personal de la empresa adjudicataria que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del MUSEO sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el MUSEO o por terceras personas facilitadas por el MUSEO se considera obligatoria, y no supondrá gasto para la empresa adjudicataria, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.

  • Difusión En toda acción de difusión, promoción, convocatoria, invitación, agradecimiento, patrocinio, auspicio y ejecución de todas las actividades de la organización y especialmente de las referidas en este convenio, y en cualquier soporte utilizado para ello, la Fundación deberá incluir -en la portada de su material y de manera destacada- el logotipo institucional del SERVICIO. Este logotipo deberá visualizarse en las proporciones y colores definidos en el Manual de Normas Gráficas del SERVICIO. En caso que se comparta financiamiento con fuentes diversas al SERVICIO, el uso del logo del SERVICIO deberá estar en proporción al tamaño de los logos de las entidades que hayan cofinanciado las actividades. En los soportes de audio se deberá incluir la mención "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”; y en los soportes audiovisuales se deberá incluir al inicio o al cierre el logo del SERVICIO con la leyenda "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”. Asimismo, la Fundación incorporará en su página web institucional, una mención al SERVICIO en calidad de patrocinante de las actividades acordadas en virtud de este convenio, que incorpore el referido logotipo.

  • PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los