FINANCIACIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. El servicio se financia con cargo a la aplicación presupuestaria: , obrando en el expediente el oportuno certificado de existencia de crédito - Presupuesto de adjudicación: ( €) más el Impuesto del Valor Añadido repercutible ( %) que asciende a la cantidad de ( €) lo que hace un total de ( €).
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. Con cargo a la partida 231.226.10 del Presupuesto Municipal de Gastos de 2010.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. El contrato será financiado con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos de cada ejercicio, ya que se trata de un contrato de carácter plurianual. Presupuesto de Gastos urgente Nº E/g: 754/2015-P, RC: 4.781.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. El contrato de servicios para la limpieza de varios edificios municipales, se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias  323 22700 «Contratación de limpieza de Centros Educativos y otras dependencias»  326 22700 «Limpieza Escuela Infantil» Del presupuesto de la Corporación para 2017, prorrogado de 2016.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. 6463n VII Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que pudieran resultar afectados.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. Se prevé que la aprobación del presente expediente de contratación tenga lugar en un ejercicio presupuestario anterior al de inicio de la prestación del servicio (Expediente de contratación de tramitación anticipada). En este caso, el Ayuntamiento asume formalmente el compromiso y obligación de consignar en los sucesivos ejercicios presupuestarios y hasta la conclusión del contrato, los créditos en las cuantías suficientes para hacer frente a las obligaciones contractuales. En todo caso, la adjudicación y formalización del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. Partida presupuestaria: 32300.22700 y 342.22799.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. La empresa adjudicataria obtendrá los ingresos procedentes de la recaudación por los títulos de transporte (ingresos tarifarios), así como los ingresos extraordinarios, tal y como se definen en el artículo correspondiente a “Ingresos del servicio”. En caso de que existiese déficit entre los ingresos y los costes netos del servicio, el Ayuntamiento abonará una subvención de acuerdo con lo expresado a continuación. El Ayuntamiento xx Xxxxx abonará, en su caso, al concesionario una subvención anual (S), correspondiente a la diferencia entre los costes netos del servicio (C) y los ingresos netos (I) del mismo, incrementándose o disminuyéndose dicha cantidad con el importe derivado de los incentivos o penalidades descritos en el punto 5 de la presente base. Este importe se determinará en base a la liquidación definitiva del ejercicio al que corresponda la subvención, de acuerdo con el cálculo de los costes, ingresos, incentivos y penalidades fijados en esta base. El Ayuntamiento xx Xxxxx podrá realizar a la empresa concesionaria pagos o anticipos a cuenta de la mencionada subvención anual, por un importe igual a la doceava parte de la diferencia entre los costes netos del servicio y los ingresos netos del mismo, y que, en ningún caso, estos anticipos a cuenta devengarán intereses de demora: Este importe se determinará en base a la liquidación definitiva del ejercicio precedente, que se ajustará en la liquidación final del ejercicio coincidente con el año natural. Con la excepción del primer ejercicio, que se hará en base a la propuesta económica presentada al presente procedimiento abierto. Finalizado cada ejercicio se procederá a una liquidación definitiva para determinar el importe (S) final, liquidación que podría dar lugar a un pago de la empresa concesionaria al Ayuntamiento xx Xxxxx si las cantidades abonadas fueran superiores al importe (S) determinado, o del Ayuntamiento xx Xxxxx a la empresa concesionaria en caso contrario. La liquidación definitiva, calculada haciendo la diferencia entre la subvención anual y las cantidades recibidas mensualmente a cuenta, se habrá de realizar antes de finalizar el primer trimestre del siguiente año, siendo aprobada una liquidación final anual por la Junta de Gobierno Local.
FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. La prestación objeto del contrato se abonará con cargo a las partidas presupuestarias, fondos, subvenciones, o programas de inversión que se determinan y especifican en el anexo I del presente pliego de condiciones, resultando acreditada la existencia y disponibilidad de crédito para el cumplimiento de las obligaciones económicas que se deriven del presente contrato, conforme a lo dispuesto en el art. 116 LCSP. No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 174.1 TRLRHL, la autorización o realización de los gastos de las siguientes anualidades queda condicionada al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.