INICIO DE LA OBRA Cláusulas de Ejemplo

INICIO DE LA OBRA. Dentro de los DIEZ (10) días corridos de recibida la Orden de Compra, presentar detalladamente y por escrito a fin de ponerlo a consideración y aprobación de la oficina responsable del control, la metodología a aplicar, la secuencia del trabajo, el horario y elementos considerados para el desarrollo de la tarea completa. El Acta de Posesión del terreno se efectuará dentro de los catorce (14) días corridos de firmado el Contrato y el Replanteo de la Obra será realizado en forma conjunta entre el Representante Técnico y la Inspección de la Obra quien, una vez suscripta el Acta de Replanteo, notificará al Contratista la fecha de celebración del Acta de Inicio de Obra. El personal del ADJUDICATARIO deberá ser idóneo y estará provisto de vestimenta adecuada y de los elementos de seguridad establecidos por los Entes que reglamentan la actividad. El ORGANISMO podrá solicitar al ADJUDICATARIO por causas justificadas el cambio de personal que el ADJUDICATARIO asigne para el cumplimiento de esta contratación. En este caso el ADJUDICATARIO se obliga a sustituir a dicho personal. Queda bajo exclusiva responsabilidad del ADJUDICATARIO todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción. El personal utilizado por el ADJUDICATARIO para efectuar la prestación del servicio contratado NO TENDRÁ ningún tipo o forma de relación de dependencia con el ORGANISMO. El ADJUDICATARIO asume la responsabilidad de su personal, obligándose a reparar cualquier daño y/o perjuicio que se origine por culpa, dolo o negligencia comprobada por parte de sus operarios, durante el transcurso de la ejecución de los trabajos. Asimismo, se designará UNO (1) o más responsables con facultades para que actúen como nexo con el personal del ORGANISMO, designados como supervisores del servicio. El ADJUDICATARIO deberá tomar todas las medidas de precaución accesorias que considere necesarias a fin de prevenir posibles accidentes, como así también robos, deterioros, pérdidas, etcétera, de sus materiales, estructuras o de cualquier otro bien propio, quedando librado a su exclusivo cargo los perjuicios que en este sentido pudiere sufrir.
INICIO DE LA OBRA. Plazo de la obra Plan de trabajos e inversiones Demoras y prórrogas de plazo
INICIO DE LA OBRA. La fecha de toma de posesión de la zona de las Obras será inmediatamente después de la Orden de Inicio de los trabajos.
INICIO DE LA OBRA. EL BANCO” hará entrega del terreno a “EL CONTRATISTA” o su representante legal, dentro de los 15 (quince) días siguientes a la firma del contrato, definiendo los hitos que lo delimitan y los puntos geométricos necesarios para el trazado de la obra. El cómputo del plazo contractual regirá de acuerdo al Art. 240° del Reglamento.
INICIO DE LA OBRA. Se procederá en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 20 del Decreto Provincial 4.757/77.
INICIO DE LA OBRA. En el plazo no superior a un mes a partir de la formalización del contrato, se efectuará la comprobación del replanteo de las obras en presencia del adjudicatario o de su representante, de conformidad con lo previsto en el artículo 212 de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
INICIO DE LA OBRA. El Contratista no podrá iniciar los trabajos sin expresa autorización u orden escrita emanada del Comitente. - El plazo para iniciar la obra estará fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y no será superior a los quince (15) días contados desde la firma del contrato. - Se dejará constancia de la iniciación de los trabajos labrándose el acta respectiva. Cuando la tarea de replanteo represente la iniciación formal de la obra y así figure en el Plan de Trabajos aprobado, el acta de replanteo podrá cumplir la función de iniciación de los trabajos, debiendo dejarse en ella expresa constancia de este carácter. -
INICIO DE LA OBRA. La Orden de Inicio será girada por la “REGIÓN” dentro de los quince días hábiles siguientes a partir de la firmeza de la adjudicación o de la formalización contractual cuando ésta corresponda, previa notificación al contratista de la Orden de Compra. Este plazo podrá ser extendido siempre que medie resolución razonada exponiendo los motivos calificados para ello y ésta se adopte antes del vencimiento del plazo inicial. (Lo anterior de conformidad con el Artículo 200 y s.s. del R.L.C.A.) x x La orden de inicio se gira dentro del plazo establecido por ley, sin embargo, entre la orden de inicio con fecha 26 de febrero de 2018 y las primeras anotaciones en la bitácora del 16 xx xxxx de 2018, existe una diferencia de 14 días. No hay una orden de suspensión o de reinicio que justifique esa diferencia de tiempo.
INICIO DE LA OBRA. Según dispone el artículo 122 del TRLCSP el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada.
INICIO DE LA OBRA. EL BANCO”, hará entrega del terreno a “EL CONTRATISTA” o su representante legal, dentro de los 15 (quince) días siguientes a la firma del contrato, definiendo los hitos que lo delimitan y los puntos geométricos necesarios para el trazado de la obra. El cómputo del plazo contractual regirá de acuerdo al Art. 240° del Reglamento. Tratándose de obras de remodelación, a efectuarse en algunos casos sobre locales ocupados por el Banco de la Nacion en funcionamiento, se hace necesario que estas se ejecuten por etapas, por lo que deberá existir previo a la entrega de terreno un plan de trabajo aprobado, que defina un cronograma de ejecución teniendo como base la entrega por parte de la entidad de espacios disponibles para frentes de trabajo, máximo dos en todo el plazo de ejecución, que permitan por una parte que el Banco siga en funcionamiento, y por otro lado que “EL CONTRATISTA” tenga la disponibilidad de los espacios necesarios y suficientes para cumplir con su cronograma de avance contractual. El primer frente de trabajo a entregar por la Entidad coincidirá con la etapa del inicio de las obras, entrega del terreno, y servirá para el análisis que fija el Art. 240° del Reglamento, el segundo frente se entregara de acuerdo al plan aprobado y previo informe de viabilidad del supervisor con una semana de anticipación. La Entidad se compromete a cumplir con las entrega de los frentes de trabajo en los plazos estipulados siempre y cuando tenga el espacio disponible necesario para la continuidad de su funcionamiento, responsabilidad que recae en “EL CONTRATISTA”.