GARANTÍA DE CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE CONTRATO. El adjudicatario deberá afianzar el cumplimiento del Contrato dentro de los cinco días de notificada la adjudicación por el equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto del Contrato, mediante dinero en efectivo o seguro de caución. La Garantía de Contrato se devolverá en oportunidad de la recepción definitiva de las obras.
GARANTÍA DE CONTRATO. Es condición para la firma del contrato o previo a la emisión de la Orden de Compra respectiva que el adjudicatario afiance la contratación dentro de los cinco días de notificada la adjudicación, con una suma no menor al cinco por ciento (5%) del monto total del contrato, efectuándolo de acuerdo a lo establecido en Articulo 21.5.-
GARANTÍA DE CONTRATO. El Adjudicatario deberá afianzar el cumplimiento de su convenio mediante el depósito a la orden de la Municipalidad del CINCO POR CIENTO (5%) del monto del Contrato, mediante dinero en efectivo, fianza bancaria o seguro de caución. La Garantía de Contrato se devolverá en oportunidad de la recepción definitiva de la obra.
GARANTÍA DE CONTRATO. Para afianzar el cumplimiento del contrato, el/los oferente/s que hubiera/n resultado adjudicatario/s, deberá/n constituir una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, a favor del Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, del TRES POR CIENTO (3%) del valor total de la adjudicación, dentro de los CINCO (5) DÍAS contados a partir del perfeccionamiento del contrato, en el domicilio físico del Organismo contratante y si correspondiere, con el sellado de la garantía.
GARANTÍA DE CONTRATO. Dentro de los TREINTA (30) días corridos desde la aprobación del Acta de Redeterminación de Precios correspondiente, la contratista deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato que restablezca la proporción del contrato fijada en los pliegos, sobre la parte de obra faltante de ejecutar al momento de la redeterminación.
GARANTÍA DE CONTRATO. Facultad de adjudicar a otros oferentes por orden de mérito
GARANTÍA DE CONTRATO. Dentro de los ocho (8) días de la notificación de la adjudicación y previo a la firma del contrato, el contratista deberá afianzar el cumplimiento con un monto no inferior al cinco por ciento (5%) del total de su oferta, por todo el período contractual y hasta la recepción definitiva de las obras.- Este depósito de garantía se podrá hacer efectivo en cualquiera de las formas indicadas en el Art. 16º.- Si la contratista no se presentase dentro del plazo indicado con la acreditación de haber constituido la garantía de contrato, perderá la garantía de oferta, pudiendo ser sancionado con suspensión en el Registro de Proveedores Municipal, sin perjuicio de los daños y perjuicios que su actitud pudiera ocasionar.-
GARANTÍA DE CONTRATO. El adjudicatario de esta Licitación deberá, indefectiblemente, como requisito esencial, constituir hipoteca en primer grado de privilegio a favor de Lotería Chaqueña, por el término de 2 (DOS) años, con facultad a favor de esta Institución de reinscripción de la misma por igual período. La misma deberá garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que el oferente asume al ofertar y ser adjudicatario de esta Licitación Pública. 8.3.1 El monto de la Garantía de Contrato, será el resultado de multiplicar el costo mensual del servicio por doce y tendrá una vigencia de 2 (DOS) años. Junto con la Oferta se deberá adjuntar una fotocopia de la escritura del inmueble sobre el que se constituirá la hipoteca y una nota donde se acepta el compromiso de concluir con el trámite dentro de los primeros noventa días de iniciado el servicio. El incumplimiento de la constitución de la hipoteca dentro del plazo establecido, le dará derecho a Lotería Chaqueña para disponer unilateralmente la resolución del contrato y a la ejecución de la Garantía de Adjudicación.
GARANTÍA DE CONTRATO. Dentro de los DIEZ (10) Días hábiles a la notificación de la adjudicación, el Oferente seleccionado suministrará una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que será por un CINCO POR CIENTO (5 %) del precio del Contrato, en alguna de las modalidades previstas para la garantía de mantenimiento de la oferta. La garantía de mantenimiento de la oferta se convertirá en garantía de cumplimiento de contrato, debiendo complementar el oferente el porcentaje restante por los medios y modos previstos en el presente Pliego. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta dentro de los VEINTE (20) Días a partir de que haya cumplimentado el Contrato.
GARANTÍA DE CONTRATO. Notificada la adjudicación el oferente deberá constituir, como condición previa a la firma del contrato y tenencia de la Unidad, una Garantía de Contrato que será igual al doscientos por ciento (200%) del canon ofrecido, la que deberá integrarse dentro de los siete (7) días hábiles administrativos. Esta mantendrá su vigencia hasta la extinción total de las obligaciones contraídas, y deberá ser actualizada anualmente conforme a la variación del canon. La garantía de contrato deberá constituirse a favor del Ente Municipal de Turismo o el organismo que en el futuro tenga a su cargo la administración de las Unidades Turísticas Fiscales. El no cumplimiento por parte del adjudicatario de los plazos establecidos por la autoridad de aplicación provocará la pérdida de su calidad de tal.