Inspección de Obra Cláusulas de Ejemplo

Inspección de Obra. La Inspección de Obra estará a cargo de quien designe el comitente; éste comunicará por nota al contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección. El contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección. La inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la obra, harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión xxx xxxxxxx de los trabajos.
Inspección de Obra. Quien representa técnicamente al comitente en las actividades de supervisión y vigilancia de los trabajos, con autoridad para actuar en su nombre y facultada para realizar el contralor del contrato.
Inspección de Obra. La Inspección de Obra estará a cargo de quien designe EANA y se comunicará por nota al Contratista quiénes son las personas autorizadas para visitar la Obra en cualquier momento sin previo permiso y quiénes están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de inspección. El Contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección de Obra. La inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la Obra, harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión xxx xxxxxxx de los trabajos.
Inspección de Obra es el representante del Comitente en todo aquello relacionado con la inspección técnica, detallada y permanente de la Obra, con amplias facultades para exigir al Contratista, el cumplimiento de todas las medidas que estime necesarias y convenientes para la buena ejecución de los trabajos contemplados en la Documentación Licitatoria.
Inspección de Obra. La Inspección de Obra será designada o contratada por el Comitente y posee, entre otras, las siguientes funciones y facultades: 1) Representar al Comitente ante el Contratista en la ejecución de la Obra para la que fue asignado. 2) Elaborar la Orden de Comienzo y el Acta de Inicio. 3) Emitir las órdenes de servicio que considere necesarias para la correcta ejecución de la Obra. 4) Intervenir en el replanteo de Obra, conforme se determine en el PCP. 5) Verificar la correcta provisión de materiales y equipos por parte del Contratista. 6) Verificar que el Contratista de cumplimiento a la normativa de ingreso y egreso a los inmuebles. IF-2019-68464597-APN-DNCOPRCYF6C5#JGM 7) Notificarse de los pedidos o reclamos de cualquier naturaleza, relacionados con la Obra que fueran presentados por el Contratista por nota de pedido a través de XXXXXXX.XX. 8) Controlar el cumplimiento de las especificaciones técnicas referidas a marca y calidad de los materiales empleados por el Contratista. 9) Exigir la presentación de muestras cuando fuera necesaria. 10) Intimar al Contratista a cumplir con el orden y la limpieza de la obra, procurando que los materiales y herramientas sean guardados en los depósitos destinados a tal fin. 11) Controlar que el Contratista mantenga la documentación en obra, los planos de obra y adicionales conforme se establezca en el PCP. 12) Informar periódicamente al Comitente el estado de avance, desarrollo y forma de ejecución de los trabajos realizados. 13) Rechazar o aprobar trabajos y materiales y ordenar la demolición y reconstrucción de lo rechazado. 14) Controlar las Obras de demolición y extracción de instalaciones, demoliciones estructurales y de albañilería, remoción de carpinterías y otras instalaciones, de acuerdo con lo especificado en los pliegos respectivos y de acuerdo con las reglas del arte en la materia. 15) Solicitar al Contratista la entrega de la documentación técnica que se encuentre a su cargo. 16) Exigir la entrega de las pólizas de los seguros que el Contratista deba presentar y verificar su vigencia previa a la aprobación de los certificados. 17) Confeccionar las órdenes de servicio y los partes diarios. 18) Notificarse de las notas de pedido. 19) Intervenir en la medición de los avances de la Obra. 20) Realizar la medición de los avances de la Obra. 21) Informar a la Dirección de Obra cuando correspondiera aplicar multas al Contratista, de acuerdo con la Documentación Contractual y las normas vigentes. IF-2019-68464597-APN-...
Inspección de Obra. El artículo 1.6.23 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: Corresponderá al GCBA la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra. La mencionada Inspección tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. A los efectos de atender a las observaciones de la Inspección, el Jefe de Obra deberá hallarse permanentemente en obra. En su ausencia, lo reemplazará el Representante Técnico definido en el numeral 2.6.22 del presente P.C.P. La Inspección de Obra tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
Inspección de Obra. El artículo 1.6.23 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: Corresponderá al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra. La mencionada Inspección tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Los funcionarios que actuaran en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra. A los efectos de atender a las observaciones de la Inspección, deberá hallarse permanentemente en obra el Representante en Obra del Contratista. La Inspección de Obra tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
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Inspección de Obra. Página35 La Inspección de Obra estará a cargo de quien designe el Comitente; éste comunicará por nota al Contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección de Obra. El Contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección de Obra. La inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la Obra, harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión xxx xxxxxxx de los trabajos.
Inspección de Obra. Quien representa técnicamente al comitente en la función de desempeñar el control, la revisión y extensión de los certificados correspondientes a pagos de la obra en ejecución, inclusive el ajuste final de los mismos. Tiene a su cargo a su vez lo atinente a la administración del contrato y a las comunicaciones con la Contratista.