FORMA DE PAGO DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. Para el pago del servicio se realizarán avances mensuales de todos los trabajos aprobados por la Dirección de Obras de la Comuna xx Xxxxx, estableciendo un certificado mensual. El pago de los trabajos referidos se hará a los 45 días de presentado el certificado ante la IDR.
FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. El pago se efectuará al término del servicio contratado y previa aprobación de la Unidad de Relaciones Institucionales de la APN. Callao, … de ……………… de 2007 Señor Presidente del Comité Especial Permanente Autoridad Portuaria Nacional Presente.- Referencia: Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 150-2007-APN Contratar el servicio de Diseño y Filmación de Video Institucional. De mi consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de agradecerles por la invitación que se me ha cursado, para participar en el proceso logístico de la referencia. Sobre el particular, les remito adjunto, en sobre cerrado, la documentación siguiente: Sobre Nº 01: Propuesta Técnica Documentación relacionada al objeto del proceso. Declaraciones Juradas de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas. Sobre Nº 02: Propuesta Económica de mis servicios. Agradeciéndoles la atención a la presente, quedo de ustedes. Atentamente, -------------------------------------------------------- NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS D.N.I. Nº Referencia: Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 150-2007-APN Contratar el servicio de Diseño y Filmación de Video Institucional. Por intermedio de la presente tenemos el agrado de presentarnos a la Adjudicación de Menor Cuantía de la referencia – Primera Convocatoria. Para tal efecto, agradeceremos a usted se sirva tener en cuenta la siguiente información: Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC Teléfono Fax
FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. El servicio se financiará con el canon ofertado por el contratista y con los ingresos obtenidos por la las entidades colaboradoras que, a tal fín, indicará el Consorcio y que serán entidades acogidas a los sistemas integrados de gestión, así como de la venta efectuada a los recuperadores que indiquen los servicios técnicos del Consorcio en colaboración con las citadas entidades. Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx Establecidos en el estudio económico los costes anuales, el licitador calculará los ingresos estimados, partiendo de los datos de población recogidos en este pliego y de los ratios establecidos en Kg/habitante en el presente Pliego. Es pues muy importante que el contratista, en la oferta a presentar, estudie adecuadamente las rutas al objeto de recoger la mayor cantidad posible de fracción envases y fracción papel-cartón. Obtenidos los ingresos anuales estimados, los licitadores los descontarán de los costes anuales, siendo la diferencia el importe total anual a abonar por el Consorcio al Contratista. De esta manera se obtendrá el coste del servicio para los 365 días del año. (Ver anexo para seguir la estructura del estudio económico). Al objeto de homogeneizar las ofertas, el coste anual calculado se dividirá entre los 365 días y tendremos el coste diarío del servicio. El citado abono se efectuará en certificaciones mensuales. Cada certificación será el producto de los días del mes (28, 30 o 31 días) por el canon ofertado en €/año dividido por 365 días. Para el caso de que se preste el servicio de recogida domiciliaria, la certificación incluirá el producto del canon ofertado (€/T) por el número de toneladas recogidas. La contratación de personal por debajo xx Xxxxxx inmediatamente llevará aparejada, con independencia de la sanción a que hubiese lugar, el descuento que correspondiese en la certificación correpondiente. Cualquier diferencia, tanto a su favor como en su contra, de la evolución de los costes de mano de obra, carburantes, energía, e ingresos por la venta a los recuperadores o de los SIG será asumida por el contratista bajo su propio riesgo y xxxxxxx, no pudiendo alegar por tanto desequilibrio económico-financiero alguno por variaciones sobrevenidas en los costes ofertados ni por variaciones sobrevenidas en los ingresos estimados y que han servido de base para la elaboración de la oferta. De las citadas certificaciones se descontará el importe de las partidas de mejoras ofertadas al comproba...
FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. En cumplimiento a lo establecido por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Banobras realizará el pago del servicio dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes al de la presentación de la Factura, en su caso, Nota de Crédito correspondiente a las penas convencionales y/o deductivas determinadas y Constancia de Aceptación del Servicio emitida por el Titular de la Gerencia de Servicios Generales, en la que haga constar haber recibido dicho servicio a su entera satisfacción y en términos del contrato o del instrumento legal que corresponda y sus anexos. La Factura y, en su caso, la Nota de Crédito mencionadas en el párrafo anterior, deben estar en formato digital y encontrarse debida y fiscalmente requisitadas conforme a la norma fiscal vigente. Banobras informa que en la facturación del servicio, el Proveedor debe presentar desglosado el costo de la mano de obra, el de los materiales y suministros, así como el correspondiente al retiro del escombro generado durante la realización de los trabajos, conforme a la oferta base de la adjudicación del contrato o pedido. Banobras, también informa que el Proveedor, en caso de actualizarse los supuestos de las penas convencionales y/o deductivas, debe desglosar cada una de ellas en la Nota de Crédito correspondiente. Conforme a lo establecido por el artículo 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la falta de alguno de los requisitos solicitados con anterioridad, motivará que Banobras, por conducto de los Titulares de la Gerencia de Servicios Generales o de la Subgerencia de Administración y Mantenimiento, regresen la facturación para su perfeccionamiento suspendiéndose el plazo para el pago y volviéndose a reanudar cuando la documentación se presente en la forma requerida.
FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. La forma de pago del sería la siguiente:
FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. Para el pago del servicio se realizarán avances mensuales de los trabajos aprobados por el Departamento de Gestión Ambiental de la Comuna xx Xxxxx, estableciendo un certificado de los mismos. El pago de los trabajos referidos se hará a los 45 días de presentado el certificado ante la Intendencia Departamental xx Xxxxx.
FORMA DE PAGO DEL SERVICIO. ➢ A la presentación del 1er Informe (Plan de trabajo) : 20% del monto total del contrato. ➢ A la presentación del 2er Informe (Anteproyecto) : 20% del monto total del contrato. ➢ A la aprobación del Informe final: 60% del monto total del contrato.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la sostenibilidad local. - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. - Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial de 2 de noviembre de 2009. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.

  • Tablas salariales 1. Los salarios base y el Plus Convenio pactados en el presente Convenio, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales serán los establecidos en el Anexo I: Tabla Salarial y Plus Convenio Año 2017, de este Convenio.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.