FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. “EL LICITANTE” proporcionará a “LICONSA” “LOS SERVICIOS” mencionados, con calidad y eficacia, obligándose expresamente a lo siguiente: A) En caso de que el vehículo cuente con placas del Servicio Público Federal, “EL LICITANTE” deberán observar el cumplimiento del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, así como el Reglamento Sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, a fin de evitar contratiempos en la entrega del producto transportado; por lo que en caso de presentarse multas o sanciones que impongan dichas autoridades, éstas serán cubiertas en su totalidad por “EL LICITANTE” que resulte adjudicatario del contrato. B) Usar bomba sanitaria para la carga y descarga del producto en caso de tener que trasbordar a causa de accidente o falla mecánica. C) Recolectar la forma “Orden de traspaso de leche fría” requisitada por el Centro de Acopio emisor y la Planta Industrial receptora, mismo que avala la entrega y recepción del producto, esta forma se debe de entregar a la Coordinación de Centros de Acopio de la Gerencia Estatal en cada evento. D) Proporcionar el mantenimiento adecuado a los vehículos para garantizar la prestación de “LOS SERVICIOS”, evitando descomposturas que redunden en perjuicio de “LICONSA” y atender las recomendaciones que le indique “LICONSA”, relacionadas con el acondicionamiento y/o reparación de sus vehículos, a efecto de que reúnan las condiciones requeridas de operación. E) Proporcionar listado del equipo de operadores asignados a “LICONSA”, así como informar oportunamente las altas y bajas del equipo en mención a fin de tener actualizados los datos de los mismos, así como su documentación que los avale como personal calificado para realizar esta actividad. Sustituir a los operadores a solicitud de “LICONSA”, cuando éstos presenten reportes de mala conducta en los Centros de Acopio o la planta de destino, tales como: robo, pleitos, ofensas, desacato, estado de ebriedad o uso de enervantes durante el desempeño de su actividad, etc., los cuales no podrán ser nuevamente empleados para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El “PRESTADOR” prestará los servicios indicados en la cláusula PRIMERA, de conformidad con la cláusula SEGUNDA y con su Propuesta Técnica, y entregará a la API el acta de entrega- recepción de LOS SERVICIOS.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Dentro de los límites y condiciones estipulados en la Póliza y mediante el pago de la Prima correspondiente, la Mutua pone a disposición del Asegurado los proveedores de servicios sanitarios concertados incluidos en cada momento en el Cuadro Médico, de los que el Asegurado podrá solicitar la asistencia médica descrita en las coberturas. La incorporación en la Póliza de nuevos procedimientos diagnósticos, terapéuticos y nuevas tecnologías se hará conforme a los principios de la medicina una vez que hayan demostrado su efectividad y seguridad, y exista suficiente disponibilidad para su realización en los medios concertados de la Mutua. No estarán cubiertos por esta Póliza los procedimientos asistenciales, consultas, medios diagnósticos o terapéuticos prescritos u ordenados por un facultativo aunque pertenezca al Cuadro Médico, mientras no estén incluidos en las prestaciones objeto de cobertura por esta Póliza. 4.1. A través del Cuadro Médico En ningún caso la Mutua hará frente al pago de una factura abonada directamente por el Asegurado a cualquier proveedor de servicios sanitarios, incluso en el caso de que se encuentre en el Cuadro Médico y la prestación sanitaria esté garantizada por esta Póliza. Cuando necesidades asistenciales de carácter excepcional así lo requieran, la Mutua podrá remitir o trasladar al Asegurado a centros hospitalarios de carácter público para su tratamiento médico u hospitalización.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 2.1 Para la creación, preparación, ejecución y control de las campañas publicitarias o acciones de comunicación en Internet y sitios sociales encargadas por EL CLIENTE, EL PRESTATARIO, en cumplimiento del encargo recibido, prestará sus servicios profesionales a EL CLIENTE con los servicios especificados en el apartado 1.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a contar con el equipo y recursos necesarios para la oportuna y satisfactoria prestación de los SERVICIOS por conducto de su personal especializado, en relación con lo manifestado en la declaración II.7 de este CONTRATO y en atención a lo señalado en los Anexo Uno y Dos. Y en forma genérica el PROVEEDOR es el único responsable de la protección de instalaciones, bienes, mercancías y la integridad de las personas que se encuentren dentro del área a cargo de la API, teniendo como funciones enunciativas, más no limitativas las siguientes:
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 3.1.- El contratista prestará los servicios contratados, con estricta sujeción al PCAP y al de PTP, órdenes emanadas del Ayuntamiento, a las ordenanzas y normas de carácter sanitario establecidas en la actualidad, así como a la que puedan establecerse durante la vigencia del contrato, emanadas de la legislación de la Comunidad Europea, Estado, Autonomía o Ayuntamiento. Pliego de condiciones para la gestión del servicio público de limpieza viaria, así como la prestación del servicio de limpieza de dependencias municipales y colegios públicos en el término municipal xx Xxxxxxx
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. De los plazos.- Es interés de cumplir con los plazos de ejecución si se prevé la eventual necesidad de avanzar la ejecución de las obras en jornadas nocturnas y/o sobre tiempos que pueden incluir sábados y domingos. Las prestaciones que efectúe la supervisión bajo esas condiciones no serán objeto de pago extra, por lo que la retribución por esas labores eventuales deberá estar incluida en la Propuesta Económica. 1 La Entidad verificara que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando el profesional se encontraba habilitado legalmente para ello. 1 La Entidad verificara que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando el profesional se encontraba habilitado legalmente para ello. 1 La Entidad verificara que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando el profesional se encontraba habilitado legalmente para ello.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 6 Artículo .4 PERSONAL 7 Artículo .5 CONTROL DE LOS SERVICIOS A PRESTAR 9
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. En este seguro el Asegurado puede elegir libremente entre las modalidades siguientes: 4.1. A través del Cuadro Médico Cuando necesidades asistenciales de carácter excepcional así lo requieran, la Mutua podrá remitir o trasladar al Asegurado a centros hospitalarios de carácter público para su tratamiento médico u hospitalización.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Será por cuenta del concesionario la prestación del servicio, conforme a los deberes y derechos que se expondrán, sin perjuicio de las obligaciones contenidas en la normativa vigente. En la prestación de los servicios objeto del contrato, el adjudicatario y el personal que de él dependa actuarán siempre bajo la estricta dependencia de la Jefatura de la Policía Local y de sus Agentes, siguiendo fielmente sus instrucciones y sin adoptar iniciativa alguna, con excepción de aquello que se establezca en protocolos de actuación específica para servicios que no requieran presencia física de los Agentes. En ningún supuesto o circunstancias, el adjudicatario o sus operarios actuarán ni tendrán la consideración de Agentes de la Autoridad, ni las de funcionarios o empleados del Ayuntamiento de Ciutadella. Los servicios a prestar y la forma de su prestación son los que a continuación se expresan: 2.1.- Nacimiento de la obligación de prestar un determinado servicio Para que nazca la obligación del adjudicatario de prestar un determinado servicio de los previstos en este contrato, será condición necesaria que los Agentes de la Policía Local extiendan un boletín en el que conste la fecha y la hora, lugar donde se encuentra el vehículo a inmovilizar o a trasladar al depósito, clase y matrícula del vehículo, causa de la inmovilización o del traslado, estado de conservación del vehículo como abolladuras, abierto o cerrado, cristales rotos, etc., así como el precepto legal que autoriza la inmovilización del vehículo o su traslado a depósito. Este boletín deberá extenderse por duplicado ejemplar y ser firmado por el Agente de la Policía Local actuante y por el adjudicatario o uno de sus operarios, quienes deberán quedar identificados en el boletín. Dos de los ejemplares del boletín se entregarán al adjudicatario o a su operario y los dos restantes quedarán en poder de la Jefatura de la Policía Local.