FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El adjudicatario prestará los servicios contratados, con estricta sujeción a este Pliego, órdenes emanadas del responsable de servicios Generales de la contratante, a las ordenanzas y normas de carácter sanitario establecidas en la actualidad, así como las que puedan establecerse durante la vigencia del contrato. Para la adecuada segregación de residuos, la contratante dotará al adjudicatario de los medios necesarios, contenedores y depósitos oportunos. El adjudicatario será responsable de mantener en las debidas condiciones de limpieza dichos contenedores y de realizar la segregación adecuada. Una vez comenzada la prestación de los servicios, éstos no podrán suspenderse por causa ni pretexto alguno, salvo el de fuerza mayor, estando en este caso obligado el adjudicatario a poner toda la diligencia necesaria y medios a su alcance para el restablecimiento de la prestación normal de los servicios, pudiendo solicitar el auxilio de la contratante, que lo prestara con la extensión que lo juzgue razonablemente, dada la entidad de la fuerza mayor que se haya presentado. El adjudicatario se compromete a la realización de los servicios contratados durante la vigencia del contrato con el personal subrogable relacionado en el Anexo III del presente Pliego. Cualquier variación de dicho personal deberá contar con la conformidad de la contratante. El adjudicatario, así mismo se compromete a la realización de los servicios contratados con los medios técnicos y humanos indicados en su oferta, sin poder aumentar dichos medios con cargo a la contratante. Igualmente el adjudicatario respetará estrictamente la organización de los servicios propuestos en su oferta de adjudicación, debiendo recabar la autorización de la contratante sobre cualquier modificación y previamente a su puesta en servicio. En el caso de que se compruebe que el Adjudicatario no cumple con satisfacción el objeto del contrato, vendrá obligado a aumentar, a su xxxxx y sin cargo alguno, dichos medios para que el servicio se preste en toda su extensión y calidad. El adjudicatario se compromete a aceptar cuantas modificaciones, mejoras y ampliaciones del servicio, que la contratante acuerde, teniendo derecho a reconocimiento económico en el pago de los servicios caso que de ello se deriven costes adicionales. El adjudicatario vendrá obligado a suministrar a la contratante cuanta información, documentación y contabilidad le sea requerida sobre los medios económicos, humanos o materiales del contrato, en soport...
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El “PRESTADOR” prestará los servicios indicados en la cláusula PRIMERA, de conformidad con la cláusula SEGUNDA y con su Propuesta Técnica, y entregará a la API el acta de entrega- recepción de LOS SERVICIOS.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Dentro de los límites y condiciones estipulados en la Póliza y mediante el pago de la Prima correspondiente, la Mutua pone a disposición del Asegurado los proveedores de servicios sanitarios concertados incluidos en cada momento en el Cuadro Médico, de los que el Asegurado podrá solicitar la asistencia médica descrita en las coberturas. La incorporación en la Póliza de nuevos procedimientos diagnósticos, terapéuticos y nuevas tecnologías se hará conforme a los principios de la medicina una vez que hayan demostrado su efectividad y seguridad, y exista suficiente disponibilidad para su realización en los medios concertados de la Mutua. No estarán cubiertos por esta Póliza los procedimientos asistenciales, consultas, medios diagnósticos o terapéuticos prescritos u ordenados por un facultativo aunque pertenezca al Cuadro Médico, mientras no estén incluidos en las prestaciones objeto de cobertura por esta Póliza.
4.1. A través del Cuadro Médico En ningún caso la Mutua hará frente al pago de una factura abonada directamente por el Asegurado a cualquier proveedor de servicios sanitarios, incluso en el caso de que se encuentre en el Cuadro Médico y la prestación sanitaria esté garantizada por esta Póliza. Cuando necesidades asistenciales de carácter excepcional así lo requieran, la Mutua podrá remitir o trasladar al Asegurado a centros hospitalarios de carácter público para su tratamiento médico u hospitalización.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 2.1 Para la creación, preparación, ejecución y control de las campañas publicitarias o acciones de comunicación en Internet y sitios sociales encargadas por EL CLIENTE, EL CONTRATISTA, en cumplimiento del encargo recibido, prestará sus servicios profesionales a EL CLIENTE con los servicios especificados en el apartado 1.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a contar con el equipo y recursos necesarios para la oportuna y satisfactoria prestación de los SERVICIOS por conducto de su personal especializado, en relación con lo manifestado en la declaración II.7 de este CONTRATO y en atención a lo señalado en los Anexo Uno y Dos. Y en forma genérica el PROVEEDOR es el único responsable de la protección de instalaciones, bienes, mercancías y la integridad de las personas que se encuentren dentro del área a cargo de la API, teniendo como funciones enunciativas, más no limitativas las siguientes:
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 2.1 Para la creación, desarrollo y optimización de la página web de EL CLIENTE, EL PRESTATARIO, en cumplimiento del encargo recibido, prestará sus servicios profesionales a EL CLIENTE con los servicios especificados en el apartado 1.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 2.1 Para la creación, preparación, ejecución y control de las campañas publicitarias o acciones de comunicación en Internet y sitios sociales encargadas por EL CLIENTE, EL PRESTATARIO, en cumplimiento del encargo recibido, prestará sus servicios profesionales a EL CLIENTE con los servicios especificados en el apartado 1. Para cumplimiento de lo mismo, EL CLIENTE, debe facilitar el acceso a las redes sociales que serán gestionadas por EL PRESTATARIO. Para ello deberá agregar con rol de administrador en la página de Facebook de EL CLIENTE a la persona encargada de gestionar las redes sociales.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 2.1 Para la creación, preparación, ejecución y control de las campañas publicitarias o accio- nes de comunicación en Internet y sitios sociales encargadas por EL CLIENTE, EL CON- TRATISTA, en cumplimiento del encargo recibido, prestará sus servicios profesionales a EL CLIENTE con los servicios especificados en el apartado 1.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Los servicios descritos en el presente contrato serán prestados directamente por MASCOPLUS o a través de su Red Médica y de aliados. PARÁGRAFO PRIMERO: Todo servicio de hospitalización, exámenes, medicamentos y demás servicios, deberá ser autorizado por uno de los Médicos Veterinarios de MASCOPLUS. El valor de los servicios que no hayan sido autoriza- dos por MASCOPLUS, no será cubierto ni reembolsado. PARÁGRAFO SEGUNDO: La toma de exámenes, la entrega de medicamentos y demás servicios deberán ser practicados o realizados única y exclusivamente en el lugar que indique MASCOPLUS. PARÁGRAFO TERCERO: Para la utilización de los servicios descritos en el presente Contrato, se deberá contar con la viabilidad del examen de vinculación de la Mascota, y para urgencias por accidente se deberá haber pagado al menos la primera cuota.
FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El “PRESTADOR” prestará los servicios indicados en la cláusula PRIMERA, de conformidad con la cláusula SEGUNDA y con su Propuesta Técnica, y entregará a la ASIPONA el acta de entrega- recepción de LOS SERVICIOS.