Common use of Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Clause in Contracts

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el fiel cumplimiento del presente Contrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contract, Contract Agreement, Contract

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el La garantía de fiel cumplimiento de contrato se fijará en un porcentaje equivalente al 10% del presente Contratovalor total de la contratación adjudicada, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con sin el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- Impuesto al Valor Agregado (00) de del año dos mil ( I.V.A.), debiendo constituirse de cualquiera de las formas indicadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, dentro del término de cinco (5) días de recibida la notificación de la adjudicación, y con validez por hasta TRES (3) meses después de la efectiva finalización del contrato u orden de compra, y hasta la satisfacción de las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del adjudicatario. Para el día -------------- (00) caso en el cual el adjudicatario no cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de del año dos mil (20 )convocar a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente. Esta garantía tendrá por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contratoobjeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el adjudicatario. La garantía de fiel cumplimiento de contrato permanecerá en poder de INTERCARGO S.A.U., en respaldo del correcto cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 del objeto del contrato o de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones orden de Bienescompra, Serviciospudiendo ser ejecutada en caso de incumplimiento, Obras y Concesiones y el literal (b) o para imputarla a los gastos en que incurra INTERCARGO S.A.U. por cuenta del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha adjudicatario, originados por responsabilidad de éste, sin interpelación previa alguna. La ejecución de la garantía responderá por de adjudicación no exonera al adjudicatario de la satisfacción de los daños y perjuicios que acredite EDESURsus incumplimientos ocasionen a INTERCARGO S.A.U. Siempre que el contrato sea prorrogado, ya sea en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDORforma expresa o tácita, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de se entenderá que la garantía depositadade fiel cumplimiento de contrato ha sido también ampliada en su validez, sin perjuicio debiendo acompañar el oferente, las constancias de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce dicha prórroga cuando corresponda. En caso que la terminación anticipada de este Contrato y prorroga tenga nuevos valores, la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales garantía también deberá adecuarse al nuevo monto del contrato o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es deberán presentar una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12garantía complementaria. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contratación Del Servicio De Comedor, Contratación Del Servicio De Limpieza

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el fiel Los oferentes deberán dar cumplimiento del presente Contrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 art. 55 del TOCAF/96 si correspondiere. Siempre que el monto total de lo adjudicado supere el 40% xxx xxxx de la ley 340-06 sobre Compras Licitación Abreviada, establecida en el art. 33 del TOCAF, el adjudicatario deberá constituir una garantía equivalente al 5% del monto de la adjudicación, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación efectuada por el Departamento de Proveeduría, y Contrataciones previa a la confección de Bienesla correspondiente orden de compra. El documento justificativo de constitución de garantía, Servicios, Obras y Concesiones y deberá contener necesariamente el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios de la licitación a que acredite EDESUR, refiere. No se admitirán cheques en casos ninguna de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación sus modalidades. La falta de constitución de la garantía depositadade fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma, sin perjuicio excepto que se haya autorizado una prórroga, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la Licitación, con exclusión del oferente adjudicatario en primera instancia. La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no de cumplimiento a las demás acciones que pueda interponer obligaciones contractuales. No se aceptarán cheques ni garantías de carácter personal EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD.- El Ministerio del Interior podrá desistir del llamado en defensa y reivindicación cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los derechos participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.- APERTURA DE LAS OFERTAS.- Las ofertas serán recibidas el día 10 de diciembre de 2008 a la hora 14:00 en el Departamento de Proveeduría de esta Secretaría sita en Mercedes 993 Planta Baja -Entrepiso.- No serán válidas las ofertas que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta no llegaren a la hora dispuesta para el acto de apertura. En la hora, día y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta lugar indicados se procederá a la terminación apertura del Sobre nº 1 en presencia de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá oferentes y/o representantes que concurrieren. Iniciado el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas. La Comisión Asesora de Adjudicaciones dispondrá de un plazo de treinta días para la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución evaluación de la Garantía oferta técnica. El Sobre nº 2 conteniendo la propuesta económica, permanecerá cerrado hasta el momento de Fiel Cumplimientosu apertura, motivado en incumplimientos una segunda instancia, que será comunicada debidamente a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicanalos oferentes.- ESTUDIO, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; EVALUACION y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;SELECCION DE OFERTAS.-

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Samples: Consultoría Técnica

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, resulta necesario exigir al adjudicatario presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, debido a la necesidad de asegurar el cumplimiento oportuno y completo de lo requerido en las presentes bases de licitación. De esta manera, el oferente a quien se adjudique la presente licitación deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de contrato, consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las condiciones que a continuación se indican, a efecto de caucionar el fiel cumplimiento del contrato: BENEFICIARIO Municipalidad de Lo Barnechea RUT 00.000.000-0 VIGENCIA MÍNIMA 90 días corridos posteriores al término del contrato. MONTO 10% del presupuesto máximo disponible. GLOSA “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del presente Contratocontrato de la Licitación Pública ID 2735-41-LE22” Además, EL PROVEEDOR hace formal entrega deberá cumplir con los requisitos exigidos en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019, no podrá tener cláusulas de exclusión de pago de multas y deberá considerar una Póliza de Seguro, marcada con cláusula que prohíba la modificación o el No término sin el consentimiento escrito del Municipio. La caución deberá ser entregada, a favor más tardar, dentro de EDESUR10 días hábiles, con una vigencia contados desde el día ---------------- (00) la notificación de la adjudicación a través del año dos mil ( )portal xx Xxxxxxx Público. La garantía de fiel cumplimiento de contrato que no tenga firma electrónica o que, hasta el día -------------- (00) teniendo dicha firma, se opte por su entrega física, esto deberá hacerlo en la Oficina de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contratoPartes de la Municipalidad de Lo Barnechea, en cumplimiento el Edificio del Centro Cívico ubicado en Xxxxxxx Xx Xxxxx 00.000, xxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx. El horario de lo establecido en atención es de lunes a jueves de 8:30 a 17:30 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs. La entrega física se debe realizar indicando claramente la individualización del oferente y el Artículo 30 ID de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12licitación. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Licitación Pública

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Una vez notificado de la resolución de selección, el fiel cumplimiento oferente seleccionado, tendrá un plazo xx xxxx (10) días hábiles, y previo a la firma del presente Contratocontrato para realizar la constitución de la misma. La Garantía de Fiel Cumplimento será requerida, EL PROVEEDOR hace formal entrega en virtud de una Póliza las etapas efectivamente contratadas. El monto de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- ésta ascenderá al 5% (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), cinco por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%ciento) del monto total de la Propuesta Económica aceptada del Interesado Seleccionado, incluyendo IVA y Leyes Sociales y deberá ser emitida a nombre de: “Fideicomiso Nº 42753/2017”. El monto del capital asegurado deberá de establecerse en Pesos, de acuerdo a lo establecido en el Llamado a Expresiones de interés. La empresa deberá constituir la Garantía de Cumplimiento de sus obligaciones por medio de pólizas del Banco de Seguros del Estado, Aseguradora Privada, o Aval Bancario. En caso de pólizas de Aseguradoras Privadas, se deberá contar con la aceptación previa por parte de la Fiduciaria El Plazo de vigencia de la Garantía deberá ser tal que cubra todo el plazo de realización y de conservación de la obra, y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del Contrato. Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la Garantía, el Seleccionado deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones por incumplimiento. Cuando se realicen mediante Aval Bancario, el Contratista deberá tener presente que el Banco Fiador deberá aceptar que las sumas depositadas en garantía quedarán a disposición de la Contratante, hasta que se disponga su devolución. A su vez no demandará ningún trámite judicial ni discusión alguna si fuera a hacerse efectivo el pago de su primer requerimiento escrito, el cual se efectuará, indefectiblemente, en una cuenta bancaria del Fideicomiso. El Comitente podrá ejecutar total o parcialmente la garantía prestada en los siguientes supuestos: • Cuando la Empresa Constructora no subsane cualquier defecto en el plazo que señale la Auditoría de Obra, desde que reciba la notificación de la misma. • Cuando existan circunstancias que permitan al Comitente la resolución del Contrato, independientemente de que se haya notificado dicha resolución o no. • Cuando no se hayan renovado los Seguros, según lo dispuesto en la cláusula 6.5. • Ante el incumplimiento de cualquier obligación emergente de la Contratación. La Garantía de Fiel Cumplimiento será exigible y procederá su ejecución total en caso de presentarse solicitud de Concurso ante la autoridad competente por parte de la empresa contratada y/o la declaración de rescisión del respectivo contrato, esto sin perjuicio de otras causas que por derecho corresponda. Si la Garantía estableciere un plazo, y aún quedaran obligaciones pendientes, la misma deberá ser renovada quince (15) días hábiles antes de su vencimiento. En caso contrario, la Contratante, dentro de los diez (10) días hábiles previos a tal vencimiento, podrá hacer efectivo el monto de la garantía disponiendo el depósito del importe líquido de la misma, en una cuenta bancaria del Fideicomiso a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 30 numeral 14. Este importe solo será devuelto contra la presentación de una nueva Garantía suficiente. Una vez realizada la Recepción Definitiva y cumplidas a satisfacción todas las obligaciones contraídas por el Contratista, siempre que no hubiere reclamos contra la Empresa Constructora por ningún concepto y que no haya incurrido en multas cuyos pagos se encuentren pendientes, podrá éste solicitar la devolución de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y garantía. El Comitente podrá en todo caso reclamar cualquier daño o perjuicio que exceda o sobrepase el literal (b) importe del artículo 112 del Reglamento número 543-12aval presentado. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contract for Construction Services

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Desarrolladores cuyos Contratos de Adjudicación excedan el fiel cumplimiento del presente Contratoequivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), EL PROVEEDOR hace formal entrega están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de una Póliza Fianzas de Seguro, marcada con el No , a favor compañías aseguradoras de EDESURreconocida solvencia en la República Dominicana, con una vigencia desde las condiciones de ser incondicional e irrevocable, en el día ---------------- plazo de Cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento de lo establecido en incluyendo tanto el Artículo 30 monto de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones construcción del Proyecto como el valor de Bienestasación del Lote Habitacional, Serviciossegún determine la Entidad Contratante en dicho momento. En el caso de tratarse de una MIPYMES, Obras y Concesiones y el literal corresponderá a UNO POR CIENTO (b1%) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación disposición de la garantía depositadaEntidad Contratante, sin perjuicio de las demás acciones cualquiera que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en haya sido el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato procedimiento y la consecuente ejecución forma de la Adjudicación del Contrato. La Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, . La no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones comparecencia del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete Desarrollador a liberar constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; bGarantía de Seriedad de la Propuesta. Dicha Garantía permanecerá bajo la custodia de la Fiduciaria Reservas, S.A., en su calidad de administrador del patrimonio del FIDEICOMISO MI VIVIENDA. Si hubiere un retraso por causa de fuerza mayor, caso fortuito o que sea aprobado por el Comité Técnico, el Desarrollador deberá extender la vigencia de la garantía en la misma proporción de la extensión del plazo de ejecución de las Obras. Las causas para hacer efectiva esta Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato serán las siguientes, si el Proponente, después de haber sido adjudicado: • No constituye el Fideicomiso Vinculado, correspondiente en un período máximo de sesenta (60) Certificación días luego de estar al día con firmado el pago Acuerdo de Adjudicación. • Si el Proponente, no inicia el desarrollo del Impuesto sobre Proyecto en el Lote Habitacional adjudicado en o antes de la Renta; y c) Certificación fecha establecida en su propuesta. • Ante cualquier incumplimiento de Recepción las obligaciones del Desarrollador bajo el Contrato. • Si el Proponente en su calidad de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;Fideicomitente Vinculado procediera a la extinción prematura del Fideicomiso Vinculado.

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Samples: Fideicomiso

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato en las contrataciones superiores a 1.000 UTM, el adjudicado debe presentar una o más garantías, equivalentes en total al porcentaje indicado en el Anexo N°4, el que no podrá ser inferior a 5% ni mayor a 30% del valor total del contrato. En los casos en los cuales el monto de la contratación sea igual o inferior a 1.000 UTM, no será exigida esta caución, salvo que el organismo contratante considere pertinente exigir dicha garantía en virtud del riesgo involucrado en la contratación, lo que deberá justificarse en el Anexo N°4. Lo anterior en virtud de lo establecido en el artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro de los 15 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la adjudicación, si fueran en soporte de papel, en el horario de atención a los oferentes, debidamente informado por la entidad licitante en dicho Anexo. erio de H hitos o p io hace e En caso de que se contraten productos o servicios con entregas sucesivas (como lo señala el artículo 68 del decreto N° 250, de 2004, del Minist acienda) el Fecha: 27/07/2022 adjudicado podrá asociar el valor de las garantías a las etapas, eTrOíMoAdDoOsDEdReAZÓN cumplimiento que se indiquen en el Anexo N°4. Si el adjudicatar feJcOtRiGvEaANeDRsEtSaBERMUDEZ XXXX opción podrá sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes indicados en el citado Anexo N°4, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, si fueran en soporte de papel, en el horario de atención a los oferentes, debidamente informado por la entidad licitante en dicho Anexo. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) enviar a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el Anexo N°4, dentro del plazo antes indicado. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje a cauciona, tal como dispone el artículo 68, inciso tercero, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Dicha garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre de éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte xxx xxxxxxx en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado en el párrafo precedente. La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles administrativos posteriores al término de la vigencia del contrato. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, datos indicados en la cláusula 1 de las bases. El instrumento de garantía deberá indicar en su texto la siguiente glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del presente Contratocontrato denominado: [nombre de la licitación] y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”. En caso de cobro de esta garantía, EL PROVEEDOR hace formal entrega derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de cobro. La restitución de esta garantía será realizada una Póliza vez que se haya cumplido su fecha de Segurovencimiento, marcada en los términos indicados en el Anexo N°4 y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. rán hacers icados. Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el No artículo 11 de la Ley N°19.886, a favor partir de EDESUR, con una vigencia desde lo cual se asegurará el día ---------------- (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio pago de las demás acciones que pueda interponer en defensa obligaciones laborales y reivindicación sociales con los trabajadores de los derechos contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones pod e efectivas Fecha: 27/07/2022 las multas y demás sanciones que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de afecten a los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;contratistas adjud TOMADO DE RAZÓN

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Samples: Formato Tipo De Bases Administrativas Para La Adquisición De Servicios De Arriendo De Vehículos Motorizados Livianos Y Medianos

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 16.1 Para garantizar el fiel cumplimiento del presente Contrato, EL PROVEEDOR LA CONTRATISTA hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de --------------- del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 16.1.1 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDORLA CONTRATISTA, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR 16.1.2 LA CONTRATISTA acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR 16.1.3 LA CONTRATISTA asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR 16.1.4 LA CONTRATISTA acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR LA CONTRATISTA de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 16.1.5 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR LA CONTRATISTA presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contract

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el La garantía de fiel cumplimiento de contrato se fijará en un porcentaje equivalente al 10% del presente Contratovalor total de la contratación adjudicada, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con sin el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- Impuesto al Valor Agregado (00) de del año dos mil ( I.V.A.), debiendo constituirse de cualquiera de las formas indicadas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, dentro del término de cinco (5) días de recibida la notificación de la adjudicación, y con validez por hasta TRES (3) meses después de la efectiva finalización del contrato u orden de compra, y hasta la satisfacción de las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del adjudicatario. Para el día -------------- (00) caso en el cual el adjudicatario no cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de del año dos mil (20 )convocar a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente. Esta garantía tendrá por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contratoobjeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el adjudicatario. La garantía de fiel cumplimiento de contrato permanecerá en poder de INTERCARGO S.A.U., en respaldo del correcto cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 del objeto del contrato o de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones orden de Bienescompra, Serviciospudiendo ser ejecutada en caso de incumplimiento, Obras y Concesiones y el literal (b) o para imputarla a los gastos en que incurra INTERCARGO S.A.U. por cuenta del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha adjudicatario, originados por responsabilidad de éste, sin interpelación previa alguna. La ejecución de la garantía responderá por de adjudicación no exonera al adjudicatario de la satisfacción de los daños y perjuicios que acredite EDESURsus incumplimientos ocasionen a INTERCARGO S.A.U. Siempre que el contrato sea prorrogado, ya sea en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDORforma expresa o tácita, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de se entenderá que la garantía depositadade fiel cumplimiento de contrato ha sido también ampliada en su validez, sin perjuicio debiendo acompañar el oferente, las constancias de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce dicha prórroga cuando corresponda. En caso que la terminación anticipada de este Contrato y prórroga tenga nuevos valores, la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales garantía también deberá adecuarse al nuevo monto del contrato o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es deberán presentar una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12garantía complementaria. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contratación Del Servicio De Limpieza

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el fiel cumplimiento del presente Contrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega equivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de una Póliza los Estados Unidos de Seguro, marcada Norteamérica con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- 00/100 (00) de del año dos mil ( US$10.000,00), hasta el día -------------- (00) están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, Fianzas de compañías aseguradoras de reconocida solvencia en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el plazo de Cinco (5) días hábiles, contados a partir de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo Notificación de la Xxx XxAdjudicación, por el importe del CUATRO POR CIENTO (4%)del monto total del Contrato a intervenir, en el caso de tratarse de una MIPYMES, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de Adjudicación del Contrato. 000-00; En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Pequeña y los Artículos 28 y 29 Mediana empresa (MIPYME) el importe de la garantía será de un UNO POR CIENTO (1%).La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en la República Dominicana. La no comparecencia del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete Oferente Adjudicatario a liberar constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Impuesto sobre Contrato, notificará la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, emitida conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por EDESUR;la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

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Samples: Contract for Works

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el La garantía de fiel cumplimiento de contrato se fijará en un porcentaje equivalente al 10% del presente Contratovalor total de la contratación adjudicada, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con sin el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- Impuesto al Valor Agregado (00) de del año dos mil ( I.V.A.), debiendo constituirse de cualquiera de las formas indicadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, dentro del término de cinco (5) días de recibida la notificación de la adjudicación, y con validez por hasta TRES (3) meses después de la efectiva finalización del contrato u orden de compra, y hasta la satisfacción de las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del adjudicatario. Para el día -------------- (00) caso en el cual el adjudicatario no cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de del año dos mil (20 )convocar a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente. Esta garantía tendrá por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contratoobjeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el adjudicatario. La garantía de fiel cumplimiento de contrato permanecerá en poder de INTERCARGO S.A.U., en respaldo del correcto cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 del objeto del contrato o de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones orden de Bienescompra, Serviciospudiendo ser ejecutada en caso de incumplimiento, Obras y Concesiones y el literal (b) o para imputarla a los gastos en que incurra INTERCARGO S.A.U. por cuenta del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha adjudicatario, originados por responsabilidad de éste, sin interpelación previa alguna. La ejecución de la garantía responderá por de adjudicación no exonera al adjudicatario de la satisfacción de los daños y perjuicios que acredite EDESURsus incumplimientos ocasionen a INTERCARGO S.A.U. Siempre que el contrato sea prorrogado, ya sea en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDORforma expresa o tácita, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de se entenderá que la garantía depositadade fiel cumplimiento de contrato ha sido también ampliada en su validez, sin perjuicio debiendo acompañar el oferente, las constancias de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce dicha prórroga cuando corresponda. En caso que la terminación anticipada de este Contrato y prórroga tenga nuevos valores, la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales garantía también deberá adecuarse al nuevo monto del contrato o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es deberán presentar una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12garantía complementaria. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contratación Del Servicio De Limpieza

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el fiel cumplimiento del presente Contratoequivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), EL PROVEEDOR hace formal entrega están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de una Póliza Fianzas de Seguro, marcada con el No , a favor compañías aseguradoras de EDESURreconocida solvencia en la República Dominicana, con una vigencia desde las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el día ---------------- plazo de Cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento el caso de lo establecido en el Artículo 30 tratarse de una MIPYMES, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la ley 340-06 sobre Compras Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y Contrataciones la forma de BienesAdjudicación del Contrato. En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Servicios, Obras Pequeña y Concesiones y Mediana empresa (MIPYME) el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación importe de la garantía depositada, sin perjuicio será de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la un UNO POR CIENTO (1%). La Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, . La no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones comparecencia del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete Oferente Adjudicatario a liberar constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Contrato, notificará la Adjudicación de los renglones correspondientes al día Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo con el pago del Impuesto sobre plazo que le será otorgado por la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los serviciosEntidad Contratante, emitida por EDESUR;mediante comunicación formal.

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Samples: Contratación De Obras

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el fiel cumplimiento equivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de Fianzas de compañías aseguradoras de reconocida solvencia en la República Dominicana a solicitud del presente Contrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESURMOPC, con una vigencia desde las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el día ---------------- plazo de Cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento el caso de lo establecido en el Artículo 30 tratarse de una MIPYMES, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la ley 340-06 sobre Compras Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y Contrataciones la forma de BienesAdjudicación del Contrato. En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Servicios, Obras Pequeña y Concesiones y Mediana empresa (MIPYME) el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación importe de la garantía depositada, sin perjuicio será de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la un UNO POR CIENTO (1%). La Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, . La no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones comparecencia del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete Oferente Adjudicatario a liberar constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Impuesto sobre Contrato, notificará la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, emitida conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por EDESUR;la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

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Samples: Construction Contract

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, resulta necesario exigir al adjudicatario presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, debido a la necesidad de garantizar el cumplimiento del contrato. De esta manera, el oferente a quien se adjudique la presente licitación deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de contrato consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las condiciones que a continuación se indican: Beneficiario Municipalidad de Lo Barnechea RUT 00.000.000-0 Vigencia Mínima 90 días hábiles posteriores al término del contrato. Monto 10% del presupuesto máximo disponible. Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Licitación Pública ID 2735- 127-LE24” Además, deberá cumplir con los requisitos exigidos en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019 y no podrá tener cláusulas de exclusión de pago de multas y deberá considerar una cláusula que prohíba la modificación o el término sin el consentimiento escrito del presente ContratoMunicipio. La caución deberá ser entregada, EL PROVEEDOR hace formal entrega a más tardar, dentro de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. El adjudicatario podrá presentar esta garantía física o electrónicamente. En caso de que la garantía sea física, deberá ser entregada presencialmente en la oficina de partes del Centro Cívico de la Municipalidad ubicado en Av. El Rodeo N° 12.777, Piso 1, comuna de Lo Barnechea, en un horario de 08:30 a 17:30 horas de lunes a jueves y de 08:30 a 16:30 horas los viernes, antes del plazo de cierre de recepción de ofertas. En caso de tratarse de una Póliza garantía con firma electrónica avanzada, bastará con que se adjunte a los antecedentes administrativos de Segurola oferta. Esta caución será devuelta, marcada con una vez que hubiere finalizado el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, en cumplimiento de lo establecido en y sólo una vez que el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables ITS hubiere dado recepción conforme a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Licitación Pública

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para 1. Objeto: garantizar el fiel cumplimiento del presente Contrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, en cumplimiento de lo establecido las obligaciones del Contratista en virtud del contrato suscrito como consecuencia de la adjudicación notificada en el Artículo 30 marco de la ley 340-06 sobre Compras Solicitud de Propuesta SDP/00014311/108/2015 – para la ejecución de la “Construcción de las Obras Civiles, Instalaciones y Contrataciones Mantenimiento Posterior de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal los Juzgados de 1° Instancia de Capitán Bado.” 2. Beneficiario de la Garantía: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12CSJ).. 3. Monto de la Garantía: Gs. (Guaraníes ). 15.2 Dicha 4. Vigencia de la Garantía: días calendario (la garantía responderá permanecerá en vigencia por los daños lo menos hasta 30 días después de la fecha del Pago Final al Contratista). 5. El Garante se compromete a pagar al PNUD el monto antes mencionado ante su primer requerimiento por escrito y perjuicios sin oponer reparos u objeciones de ninguna clase, sin necesidad de que acredite EDESUR, el PNUD tenga que probar o aducir causa o razón alguna para exigir la suma especificada. 6. El Garante libera al PNUD de reclamar previamente dicha suma al Contratista. 7. El Garante conviene en casos que ningún cambio del Contrato y/o de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, las Obras lo cual habilitará a EDESUR a ejercer liberará de la ejecución y liquidación obligación que asume en virtud de la garantía depositada, sin perjuicio que otorga; y libera al PNUD de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcadosinformar al Garante sobre dichos cambios. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta 8. La garantía deberá permanecer vigente hasta manifestar expresamente que es una garantía incondicional, irrevocable, a la terminación de los servicios contratadosvista del primer requerimiento. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución 9. Firma del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;Representante (*):

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Samples: Construction Contract

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el fiel cumplimiento del En la presente ContratoLicitación, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de SeguroEl(Los) Adjudicatario(s), marcada con el No , está(n) obligado(s) a constituir a favor de EDESUREDESUR DOMINICANA S.A., con una vigencia desde Garantías de Fiel Cumplimiento incondicionales, irrevocables y renovables, en el día ---------------- plazo de Cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento a disposición de lo establecido en EDESUR DOMINICANA, cualquiera que haya sido el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato procedimiento y la consecuente ejecución forma de la Adjudicación del Contrato. La Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado Cumplimiento podrá ser constituida como una póliza de fianza de empresas aseguradoras de reconocida solvencia en incumplimientos a sus obligaciones contractuales el país o violaciones a las Leyes una carta o garantía bancaria de una entidad de intermediación financiera registrada en la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana. En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, no es una acción excluyente Pequeña y Mediana empresa (MIPYME) el importe de la potestad garantía será de un UNO POR CIENTO (1%). Esta Garantía de Fiel Cumplimiento deberá tener una vigencia similar a la del Contrato y deberá ser depositada en la misma moneda en la que tiene EDESUR se depositó la Oferta. La misma será renovada bajo los mismos términos y condiciones, en caso de solicitar la inhabilitación que así se haga con el Contrato. La falta de EL PROVEEDOR constitución y/o entrega de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago del Impuesto sobre Seriedad de la Renta; y c) Certificación Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir o a entregar la Garantía de Recepción Fiel Cumplimiento de Aceptación Conforme Contrato, EDESUR DOMINICANA, S.A., podrá a su juicio exclusivo, notificar la Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el orden de mérito del proceso de Adjudicación. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por la Entidad Contratante, emitida por EDESUR;mediante comunicación formal.

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Samples: Pliego De Condiciones Específicas Para Contratación De Servicios

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el fiel cumplimiento del presente Contratoequivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), EL PROVEEDOR hace formal entrega están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de una Póliza Fianzas de Seguro, marcada con el No , a favor compañías aseguradoras de EDESURreconocida solvencia en la República Dominicana, con una vigencia desde las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el día ---------------- plazo de Cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento el caso de lo establecido en el Artículo 30 tratarse de una MIPYMES, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la ley 340-06 sobre Compras Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y Contrataciones la forma de BienesAdjudicación del Contrato. En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Servicios, Obras Pequeña y Concesiones y Mediana empresa (MIPYME) el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación importe de la garantía depositadaserá de un UNO POR CIENTO (1%). La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en la República Dominicana. La no comparecencia del Oferente Adjudicatario a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin perjuicio de las demás acciones se entenderá que pueda interponer en defensa renuncia a la Adjudicación y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta se procederá a la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes Seriedad de la República Dominicana, no es una acción excluyente Oferta. La presentación de la potestad propuesta realizada por el Oferente constituye la aceptación de este Pliego de Condiciones Específicas y admite que tiene EDESUR la no presentación de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos dará lugar a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago del Impuesto Seriedad de la Oferta, autorizando a la Entidad Contratante a ejecutar dicha garantía y a la institución aseguradora a la entrega de la misma, renunciando dicho Oferente, irrevocablemente, a cualquier acción legal sobre la Renta; y c) Certificación garantía en cuestión. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Recepción Fiel Cumplimiento de Aceptación Conforme Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Contrato, notificará la Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, emitida conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por EDESUR;la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

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Samples: Construction Contract

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el fiel cumplimiento del En la presente ContratoLicitación, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de SeguroEl(Los) Adjudicatario(s), marcada con el No , está(n) obligado(s) a constituir a favor de EDESUREDESUR DOMINICANA S.A., con una vigencia desde el día ---------------- (00) Pólizas de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) Fianzas de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contrato, compañías aseguradoras de reconocida solvencia en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el plazo de Cinco (5) días hábiles, contados a partir de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo Notificación de la Xxx XxAdjudicación, por el importe del CUATRO En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Pequeña y Mediana empresa (MIPYME) el importe de la garantía será de un UNO POR CIENTO (1%). 000-00; La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en la República Dominicana. Esta Garantía de Fiel Cumplimiento deberá tener una vigencia similar a la del Contrato y deberá ser depositada en la misma moneda en la que se depositó la Oferta. La misma será renovada bajo los Artículos 28 mismos términos y 29 del Decreto Nocondiciones, en caso de que así se haga con el Contrato. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar La falta de constitución y/o entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago del Impuesto sobre Seriedad de la Renta; y c) Certificación Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir o a entregar la Garantía de Recepción Fiel Cumplimiento de Aceptación Conforme Contrato, EDESUR DOMINICANA, S.A., podrá a su juicio exclusivo, notificar la Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el orden de mérito del proceso de Adjudicación. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por la Entidad Contratante, emitida por EDESUR;mediante comunicación formal.

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Samples: Licitación Pública Nacional

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Una vez cumplido el fiel cumplimiento del presente Contratocontrato a satisfacción de la Entidad Contratante, EL PROVEEDOR hace formal entrega cuando no quede pendiente la aplicación de una Póliza multa o penalidad alguna. Consultas Los interesados podrán solicitar a la Entidad Contratante aclaraciones acerca xxx Xxxxxx de SeguroCondiciones Específicas, marcada hasta la fecha que coincida con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- CINCUENTA POR CIENTO (00) de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (450%) del monto plazo para la presentación de las Ofertas. Las consultas las formularán los Oferentes por escrito, sus representantes legales, o quien éstos identifiquen para el efecto. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, dentro del contratoplazo previsto, en cumplimiento se encargará de lo establecido en el Artículo 30 obtener las respuestas conforme a la naturaleza de la ley 340misma. Las Consultas se remitirán al Comité de Compras y Contrataciones, dirigidas a: Referencia: PROMESE/CAL- CCC-06 sobre LPN-2017-04. Dirección: la Av. Xxxxxx Xxxxxxxx, Prolongación Xxxxxxx xx Xxxxxx, Municipio de Xxxxx Xxxxxxx Norte, Provincia de Xxxxx Xxxxxxx. Al lado del Hospital Xxx Xxxxx Xxxx. Teléfonos: (000) 000-0000, ext. 1004 Correo: Xxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Circulares El Comité de Compras y Contrataciones podrá emitir Circulares de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá oficio o para dar respuesta a las Consultas planteadas por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositada, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución Oferentes/Proponentes con relación al contenido del presente contratoPliego de Condiciones, así comoformularios, por la provisión otras Circulares o anexos. Las Circulares se harán de conocimiento de todos los servicios requeridos Oferentes/Proponentes. Dichas circulares deberán ser emitidas solo con las preguntas y las respuestas, sin identificar quien consultó, en un plazo no más allá de la fecha que signifique el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del plazo previsto para la presentación de las Ofertas y deberán ser notificadas a todos los Oferentes que hayan adquirido el Pliego de Condiciones Específicas y publicadas en el alcance establecido portal institucional y en el presente Acuerdo administrado por el Órgano Rector. Enmiendas De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, el Comité de Compras y sus Contrataciones podrá modificar, mediante Enmiendas, el Pliego de Condiciones Específicas, formularios, otras Enmiendas o anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada . Las Enmiendas se harán de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación conocimiento de todos los compromisos Oferentes/Proponentes y se publicarán en el portal institucional y en el administrado por el Órgano Rector. Tanto las Enmiendas como las Circulares emitidas por el Comité de la Seguridad Social; b) Certificación Compras y Contrataciones pasarán a constituir parte integral del presente Pliego de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación Condiciones y en consecuencia, serán de Recepción de Aceptación Conforme de cumplimiento obligatorio para todos los servicios, emitida por EDESUR;Oferentes/Proponentes.

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Samples: Pliego De Condiciones

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar El propósito de esta disposición es asegurar el cabal cumplimiento, por parte del contratista adjudicatario, de las obligaciones estipuladas en el contrato y en las bases respectivas, para adquisiciones que superen las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Al momento de la firma del contrato, el contratista estará obligado a presentar una garantía con el fin de respaldar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato, así como las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores o los de sus subcontratistas, asociadas a la contratación de que se trata. La entrega de la garantía de fiel cumplimiento del presente Contratocontrato por parte del adjudicatario deberá realizarse dentro de los 15 días corridos posteriores a la recepción del contrato por parte del Servicio de Salud Tarapacá, EL PROVEEDOR hace formal según lo estipulado en las bases. La entrega de la garantía deberá realizarse al momento de la firma y entrega del contrato al Servicio de Salud Tarapacá, y cualquier instrumento que asegure el cobro rápido y efectivo de la garantía será aceptado, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en las bases y la normativa vigente. Esta garantía o caución puede adoptar diversas formas, como una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza u otro instrumento financiero que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 68 del Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de SeguroHacienda. Para el caso de Xxxxxxx, marcada se deberá acreditar que las primas se encuentren pagadas anticipadamente. Dicha garantía que podrá consistir en una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza, Certificado de Fianza u otro instrumento financiero, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones financieras o de Garantía Recíproca IGR, con el No oficinas en la comuna asiento de la entidad licitante, los que deberán ser pagaderos a la vista, con su sola presentación requerimiento, con carácter irrevocable, de liquidez rápida, inmediata y efectiva, a favor del Servicio de EDESURSalud Tarapacá, Rut. 00.000.000-0, señalando la siguiente Glosa: “SISTEMA DE TRAZABILIDAD DE ACTIVOS HOSPITAL ALTO HOSPICIO” Código BIP 30102049, ID. Es importante destacar que esta garantía puede ser proporcionada mediante uno o varios instrumentos financieros similares, siempre y cuando en conjunto representen el monto o porcentaje requerido. Esta garantía o caución podrá ser presentada en formato físico o electrónico, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Nº 19.799 "Sobre Documentos Electrónicos, Firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma". Sin embargo, en caso de presentarse en formato físico, deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Tarapacá, ubicada en Xxxxxx Xxxxx 000, acompañada de una vigencia desde carta dirigida al SERVICIO DE SALUD TARAPACÁ, donde se indique la individualización del oferente, de la garantía que entrega y de la licitación en la que ésta incide. El contratista también deberá proporcionar un Certificado de Autenticidad emitido por la entidad financiera correspondiente. En situaciones excepcionales donde el día ---------------- precio de la oferta sea significativamente inferior al de otros oferentes y se sospeche de inconsistencias económicas, el Servicio podrá adjudicar la oferta bajo ciertas condiciones, incluyendo la ampliación de la garantía de cumplimiento. A través de resolución fundada, el Servicio podrá solicitar garantías de monto superior al 30% del valor adjudicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Decreto Supremo 250/2004 del Ministerio de Hacienda y en tal caso deberá justificar su correspondencia con el valor de los bienes o servicios contratados y con el riesgo en caso de un eventual incumplimiento por parte del adjudicatario, velando por no desincentivar la participación de los oferentes. Es responsabilidad del Departamento de Abastecimiento y Logística, solicitar y verificar la garantía requerida y luego remitirla al Departamento de Gestión Financiera para su debida custodia. La no presentación de estos documentos se entenderá como desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere (00) artículo 71 del Decreto Supremo 250/2004 del Ministerio de del año dos mil ( Hacienda), hasta y siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses de la institución y, además, hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta según corresponda, si se hubiere solicitado. En forma complementaria se procederá a informar en plataforma xx xxxxxxx público el día -------------- (00) desistimiento de la adjudicación por parte del año dos mil (20 )proveedor. El Servicio tiene la facultad de hacer efectiva la garantía de cumplimiento en cualquier momento en caso de incumplimiento por parte del proveedor, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto terminación anticipada del contrato, en cumplimiento saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, o incumplimientos graves de las obligaciones del proveedor, según lo establecido en determine el Artículo 30 Administrador de Contrato mediante el informe correspondiente, debiendo éste ser aprobado por resolución fundada del Director del Servicio. En caso de cobro de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones boleta de Bienesgarantía, Serviciosel proveedor deberá emitir una nueva, Obras y Concesiones por mismo monto, con vigencia desde la fecha de cobro boleta anterior, hasta la fecha de término de la garantía técnica, más 90 días corridos. Finalmente, es responsabilidad del Administrador de Contrato asegurar que la garantía proporcionada cumpla con los requisitos establecidos en las bases y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDORcontrato, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer debe quedar registrado en el acta de recepción conforme. En el caso de que el plazo de entrega estipulado en el presente contrato exceda el período inicialmente contenido en la ejecución y liquidación oferta, el contratista deberá extender la vigencia de la garantía depositadapor el tiempo adicional requerido para completar la entrega, sin perjuicio además de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación otorgar un período adicional de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta 90 días corridos. Esta extensión del plazo estará sujeta a la terminación aprobación del Director del Servicio mediante resolución fundada, la cual formalizará el aumento del plazo de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato entrega y la consecuente ejecución correspondiente extensión de la Garantía garantía. Se requerirá que el contratista solicite esta aprobación de Fiel Cumplimientomanera oportuna, motivado proporcionando la documentación necesaria al efecto. La omisión de tal resolución, invalidará cualquier extensión del plazo que se otorgue sin esa formalidad. La responsabilidad de renovar o actualizar la garantía antes de su vencimiento recaerá en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes la empresa contratista, la cual debe hacerlo al menos 30 días antes de la República Dominicana, no es una acción excluyente fecha de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12caducidad. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Administrative and Technical Bases

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar XIV.1 El GENERADOR garantiza el fiel cumplimiento del de las obligaciones asumidas en este contrato, mediante ggg. En todos los casos que se considere la liberación de esta garantía, la CENTRAL ASOCIADA deberá revestir los requisitos establecidos en el numeral 6 Requisitos de la CENTRAL GENERADORA xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares (Parte I) que diera lugar a la presente Contrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- contratación. El 80% (00ochenta por ciento) de esta garantía se podrá liberar en las condiciones que se detallarán a continuación, y el restante 20% (veinte por ciento) permanecerá hasta la finalización del año dos mil ( contrato según se expresa en el numeral XIV.6. XIV.2 Liberación del 80% (ochenta por ciento) de la Garantía: Para que el GENERADOR tenga derecho a solicitar dicha liberación; la POTENCIA INSTALADA HABILITADA debe haber alcanzado al menos el 96% (noventa y seis por ciento) de la POTENCIA COMPROMETIDA, antes del vencimiento del PLAZO LÍMITE DE INSTALACIÓN o su prórroga de 6 (seis) meses. XIV.3 Liberación parcial del 80% (ochenta por ciento) de la Garantía: Luego de haber transcurrido los 6 (seis) meses de prórroga sin haber alcanzado el 96% (noventa y seis por ciento) antes referido, si la POTENCIA INSTALADA HABILITADA fuere igual o mayor a 30 MW (treinta megavatios), el GENERADOR tendrá derecho a solicitar la liberación parcial de esta porción de la garantía, y el saldo hasta el día -------------- 80% (00) de del año dos mil (20 ), ochenta por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%ciento) del monto del contrato, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de la garantía depositadaserá ejecutado por UTE. La parte de la garantía a liberar corresponde a: $Gl = $G × 0.80 × ( (Pih − Pi min ) Pc × 0.96 − Pi min ) Donde: $Gl : Valor monetario a liberar de la Garantía. $G : Valor monetario de la Garantía. Pc : Corresponde al valor de la POTENCIA COMPROMETIDA, sin perjuicio expresado en MW. Pih : Corresponde al valor de las demás acciones que pueda interponer la POTENCIA INSTALADA HABILITADA en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcadosla última ACTA DE HABILITACIÓN, expresado en MW. Pi min : Es igual a 30 MW (treinta megavatios). 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación XIV.4 Si transcurridos los 6 (seis) meses de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución prórroga luego del presente contratovencimiento del PLAZO LÍMITE DE INSTALACIÓN, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución CENTRAL ASOCIADA no cuenta con una POTENCIA INSTALADA HABILITADA igual o mayor a 30 MW (treinta megavatios) UTE rescindirá este contrato y ejecutará la totalidad de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12garantía otorgada por el GENERADOR. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contrato De Compraventa De Energía Eléctrica

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar el La garantía de fiel cumplimiento de contrato se fijará en un porcentaje equivalente al 10% del presente Contratovalor total de la contratación adjudicada, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con sin el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- Impuesto al Valor Agregado (00) de del año dos mil ( I.V.A.), debiendo constituirse de cualquiera de las formas indicadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, dentro del término de cinco (5) días de recibida la notificación de la adjudicación, y con validez por hasta TRES (3) meses después de la efectiva finalización del contrato u orden de compra, y hasta la satisfacción de las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del adjudicatario. Para el día -------------- (00) caso en el cual el adjudicatario no cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de del año dos mil (20 )convocar a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente. Esta garantía tendrá por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto del contratoobjeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el adjudicatario. La garantía de fiel cumplimiento de contrato permanecerá en poder de INTERCARGO S.A.U., en respaldo del correcto cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 del objeto del contrato o de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones orden de Bienescompra, Serviciospudiendo ser ejecutada en caso de incumplimiento, Obras y Concesiones y el literal (b) o para imputarla a los gastos en que incurra INTERCARGO S.A.U. por cuenta del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha adjudicatario, originados por responsabilidad de éste, sin interpelación previa alguna. La ejecución de la garantía responderá por de adjudicación no exonera al adjudicatario de la satisfacción de los daños y perjuicios que acredite EDESURsus incumplimientos ocasionen a INTERCARGO S.A.U. Siempre que el contrato sea prorrogado, ya sea en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDORforma expresa o tácita, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación de se entenderá que la garantía depositadade fiel cumplimiento de contrato ha sido también ampliada en su validez, sin perjuicio debiendo acompañar el oferente, las constancias de las demás acciones dicha prórroga cuando corresponda. En caso que pueda interponer en defensa la prorroga tenga nuevos valores, la garantía también deberá adecuarse al nuevo monto del contrato o deberán presentar una garantía complementaria. Será responsabilidad exclusiva del adjudicatario el envío y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión transporte de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce equipos que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución compongan su oferta, de la Garantía documentación correspondiente y de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes condiciones de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12llegada. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contratación Del Servicio De Limpieza

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para El oferente que resulte adjudicatario en el marco del presente llamado, dentro de los 2 (dos) días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución de Adjudicación, deberá garantizar si correspondiere el fiel cumplimiento del presente Contratocontrato, EL PROVEEDOR hace formal entrega de una Póliza de Seguro, marcada con mediante el No , a favor de EDESUR, con una vigencia desde el día ---------------- (00) de depósito del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) de del año dos mil (20 ), por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), importe equivalente al cuatro 5% (cinco por ciento (4%ciento) del monto del contrato adjudicado (artículo 64 del TOCAF).. En caso de incumplimiento del plazo referido, AGESIC podrá adoptar las medidas que estime convenientes. Las garantías se constituirán a la orden de AGESIC, y podrán consistir en: -Fianza, aval o garantía de un Banco establecido en la República Oriental del Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último caso, deberá constituirse a través de un Banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución. -Póliza de Seguro de fianza emitida por una empresa aseguradora, un fiador nacional o extranjero aceptable para la Administración. En el caso de fiador extranjero, deberá constituirse a través de un corresponsal de la institución elegida en el Uruguay. Debe dejarse copia de las pólizas correspondientes en el expediente de licitación, para su control en caso de ejecución. No se admitirán garantías personales de especie alguna. En caso de corresponder, la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en cumplimiento deberá ser renovada con una antelación mínima de lo 10 (diez) días del vencimiento establecido en la póliza. Si el Artículo 30 de adjudicatario, no cumpliere con la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación renovación o sustitución de la garantía depositadareferida, según corresponda, en el plazo previsto en el párrafo precedente, AGESIC podrá aplicar una multa de 1% (uno por ciento) sobre el importe adjudicado por cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito, sin perjuicio de la rescisión del contrato. Una vez transcurrida la vigencia de la misma, el adjudicatario dispondrá de un plazo de 15 (quince) días corridos para retirar dicha garantía de las demás acciones que pueda interponer oficinas de AGESIC.Vencido este plazo y en defensa y reivindicación caso de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contratono hacerlo, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos AGESIC procederá conforme a lo dispuesto en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexosArt. 64 inciso final del TOCAF. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos de la Seguridad Social; b) Certificación de estar al día con el pago del Impuesto sobre la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme de los servicios, emitida por EDESUR;

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Samples: Contract for Services

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el fiel cumplimiento del presente Contratoequivalente en pesos dominicanos xx xxxx mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 centavos (US$10.000,00), EL PROVEEDOR hace formal entrega están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de una Póliza Fianzas de Seguro, marcada con el No , a favor compañías aseguradoras de EDESURreconocida solvencia en la República Dominicana, con una vigencia desde las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el día ---------------- plazo de cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento el caso de lo establecido en el Artículo 30 tratarse de una MIPYMES, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la ley 340-06 sobre Compras Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y Contrataciones la forma de BienesAdjudicación del Contrato. En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Servicios, Obras Pequeña y Concesiones y Mediana empresa (MIPYMES) el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación importe de la garantía depositada, sin perjuicio será de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato y la consecuente ejecución de la un UNO POR CIENTO (1%). La Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en incumplimientos a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, . La no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones comparecencia del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete Oferente Adjudicatario a liberar constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Impuesto sobre Contrato, notificará la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, emitida conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por EDESUR;la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

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Samples: Contract for Works

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 15.1 Para garantizar Los Adjudicatarios cuyos contratos excedan el fiel cumplimiento del presente Contratoequivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), EL PROVEEDOR hace formal entrega están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de una Póliza Fianzas de Seguro, marcada con el No , a favor compañías aseguradoras de EDESURreconocida solvencia en la República Dominicana, con una vigencia desde las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el día ---------------- plazo de Cinco (005) días hábiles, contados a partir de del año dos mil ( ), hasta el día -------------- (00) la Notificación de del año dos mil (20 )la Adjudicación, por un monto ascendente a PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), equivalente al cuatro por ciento el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del contratoContrato a intervenir, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 30 a disposición de la ley 340-06 sobre Compras Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y Contrataciones la forma de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y Adjudicación del Contrato. La misma debe ser emitida por una entidad bancaria o aseguradora de reconocida solvencia en la República Dominicana. En el literal (b) del artículo 112 del Reglamento número 543-12. 15.2 Dicha garantía responderá por los daños y perjuicios caso de que acredite EDESUR, en casos de incumplimiento contractual imputables a EL PROVEEDOR, lo cual habilitará a EDESUR a ejercer la ejecución y liquidación el adjudicatario sea MIPYMES el importe de la garantía depositadaserá de un UNO POR CIENTO (1%) del monto total del contrato a intervenir. Para recibir los beneficios derivados de su condición deberán presentar la certificación que otorga el Ministerio de Industria y Comercio, sin perjuicio de las demás acciones que pueda interponer en defensa y reivindicación de los derechos que entienda conculcados. 15.3 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que esta garantía deberá permanecer vigente hasta la terminación de los servicios contratados. 15.4 EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total por la fiel ejecución del presente contrato, así como, por la provisión de todos los servicios requeridos en el alcance establecido en el presente Acuerdo y sus anexos. 15.5 EL PROVEEDOR acepta y reconoce que la terminación anticipada de este Contrato misma satisface las condiciones y la consecuente ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, motivado en incumplimientos requisitos establecidos para ser considerada MYPYMES. La no comparecencia del Oferente Adjudicatario a sus obligaciones contractuales o violaciones a las Leyes de la República Dominicana, no es una acción excluyente de la potestad que tiene EDESUR de solicitar la inhabilitación de EL PROVEEDOR de conformidad con las previsiones del Artículo 66, Párrafo de la Xxx Xx. 000-00; y los Artículos 28 y 29 del Decreto No. 543-12. 15.6 EDESUR se compromete a liberar constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL PROVEEDOR presente los siguientes documentos: a) Pago de Liquidación de todos los compromisos Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Seguridad Social; b) Certificación Garantía de estar al día con el pago Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Impuesto sobre Contrato, notificará la Renta; y c) Certificación de Recepción de Aceptación Conforme Adjudicación de los serviciosrenglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, emitida conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por EDESUR;la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

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Samples: Pliego De Condiciones Específicas Para Contratación De Obras