Common use of GARANTÍA ÚNICA Clause in Contracts

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTO: Por un valor equivalente al TREINTA (30%) del valor total del contrato, vigente por el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco (5%) del valor total del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (03) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato, o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la prima

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito Para avalar las obligaciones asumidas en virtud de este Contrato, así como para cubrir el acaecimientos de los riesgos previsibles por él asumidos, conforme lo dispuesto en los estudios y documentos previos y en el pliego de condiciones, EL CONTRATISTA, se obliga a constituir pólizas con una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, cuyas pólizas matrices estén debidamente aprobadas por la Superintendencia Financiera, una garantía única. Mediante dicha póliza se garantiza Cumplimiento: Cubrirá al Instituto Para el Desarrollo de Antioquia – IDEA por los perjuicios directos derivados del incumplimiento parcial o total de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además, el pago de las MULTAS Y DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA que se hayan pactado en el contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II por una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTO: Por un valor cuantía equivalente al TREINTA veinte por ciento (3020%) del valor total de la comisión fija pactada y adjudicada y ampliar la misma previamente, de acuerdo con el valor de cada emisión a realizar y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (04) meses más. Calidad del contrato, vigente Servicio: Cubrirá al Instituto de los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado. El presente amparo equivale al quince por el término de liquidación ciento (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (3015%) del valor total del contrato vigente de la comisión fija pactada y adjudicada y ampliar la misma previamente de acuerdo con el valor de cada emisión a realizar y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (04) meses más. Pago de Salarios y Prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Cubrirá al Instituto de los perjuicios ocasionados por el término incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista, derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato hasta la liquidación del mismoamparado. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente El presente amparo equivale al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco cinco por ciento (5%) del valor total del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (03) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato, o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la primacomisión fija pactada y adjudicada y ampliar la misma previamente de acuerdo con el valor de cada emisión a realizar y con una vigencia igual a su plazo y tres

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Samples: www.idea.gov.co

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 del 26 00 xx xxxx de xx 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 SECCION III “Garantías“, SUBSECCION I “Generalidades” artículos 2.2.1.2.3.1.5. “Cobertura del riesgo de responsabilidad civil extracontractual”, 2.2.1.2.3.1.7. “Garantía de cumplimiento”, 2.2.1.2.3.1.12. “Suficiencia de la garantía de cumplimiento”, 2.2.1.2.3.1.13. “Suficiencia de la garantía de pago de salarios, Prestaciones Sociales legales e indemnizaciones laborales”. 2.2.1.2.3.1.17. “Suficiencia del seguro de responsabilidad civil extracontractual”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”NACIONAL-BATALLÓN DE COMANDO Y APOYO DE I.M No.1, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTO: Por un valor equivalente al TREINTA (30%) veinte por ciento 20% del valor precio total del contrato, vigente por el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente por ejecución y hasta el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTOSERVICIOS: Por un valor equivalente al Treinta (30%) % del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, con una vez recibido a satisfacción el vigencia igual al plazo de ejecución del serviciomismo y un (01) año más. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco Deberá garantizar el pago de salarios del personal, por una cuantía del cinco por ciento (5%) del valor total del mismo con una vigencia que cubra el plazo de ejecución del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (033) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente monto a 200 SMLV smlmv, vigente hasta la por el término de liquidación del mismo. La garantía póliza de responsabilidad civil extracontractual debe incluir cubrir los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de manera expresa que: o Ampara el pago terceros derivados de las multas y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contratoresponsabilidades extracontractuales que surjan de las actuaciones, o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio hechos u omisiones de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la primalos subcontratistas autorizados.

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Samples: Pliego Definitivo

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA contratista dentro de los cinco (05) días siguientes a la suscripción del contrato, constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contratomismo, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO de LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”SANIDAD MILITAR- HOSPITAL NAVAL, NIT 800.141.644NIT. 830.039.670-15, la cual contendrá los siguientes amparos: CUMPLIMIENTO: Por Deberán garantizar el cumplimiento general del contrato, el pago de las multas, la cláusula penal pecuniaria y las demás sanciones que se le impongan, por un valor equivalente al TREINTA veinte por ciento (3020%) del valor total del contrato, vigente por el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución)ejecución del contrato y cuatro (04) meses más. CALIDAD DEL SERVICIOY CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES: Por un valor equivalente al Treinta veinte por ciento (3020%) del valor total del contrato vigente por el término plazo de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismoy cuatro (04) meses más. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco cinco por ciento (5%) del valor total del contrato vigente por el término plazo de liquidación ejecución del mismo contrato y tres (03) años más. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente una cuantía igual a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMLV vigente hasta SMMLV), con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato. Xx.XX 2995-1 Xx.XX 053-1 PARÁGRAFO QUINTO: El HOSPITAL NAVAL XX XXXXXXXXX, se reserva la liquidación del mismo. La garantía debe incluir facultad de manera expresa que: no aceptar Garantía Única de contratos cuando a su juicio el GARANTE carezca de capacidad económica para responder conforme al Código de Comercio o Ampara el pago cuando en Estado de las multas y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contratoinsolvencia, o Que tenga pleitos pendientes contra la entidad que afecte seriamente su patrimonio. PARÁGRAFO SEXTO: Se deberá indicar que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión o Las y que las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la primaprima o por revocatoria unilaterales.

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Samples: Pliego De Condiciones

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de (en esta cláusula debe consignarse los amparos exigidos en la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contratocon su valor y la vigencia, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas incluidos en el país, a favor estudio previo y en el pliego de condiciones) 1) Cumplimiento pago de multas y cláusula penal pecuniaria: Su cuantía será equivalente al xxxx por ciento (xx%) del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá valor del contrato y cubrirá el plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. 2) Calidad de los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTObienes suministrados: Por un valor equivalente al TREINTA xxxx por ciento (30%xx%) del valor total del contrato, vigente con una vigencia de xx meses contados a partir de la fecha de entrega de los bienes y/o servicios, evidenciada en el acta de recibo a satisfacción por el término parte de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución)xxxxxxxxxx. ➢ CALIDAD DEL SERVICIOPARÁGRAFO PRIMERO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD ALCANCE DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTOAMPAROS: Por un valor equivalente al Treinta (30%) En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismocontrato, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco (5%) del valor total del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (03) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en convenidas. En todo caso deberá reponer la garantía cuando el contratovalor de la misma se vea afectada por razón de siniestros, dentro de los cinco (05) días calendario siguiente a la ejecutoria del acto o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio sentencia que así lo declare. Tratándose de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran expirará por falta de pago de la primaprima o revocatoria unilateral. PARÁGRAFO SEGUNDO: RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSIÓN: En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO TERCERO:SANCIÓN POR FALTA DE GARANTÍA: Si el contratista se negare a constituir la Garantía Única en los términos, cuantía y duración establecidos en esta cláusula, el M.D.N EJÉRCITO NACIONAL – CENAC Regional de Tunja podrá aplicar las sanciones contractuales a que haya lugar. M.D.N.- EJÉRCITO NACIONAL – CENAC Regional de Tunja, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.7 del Decreto 1082 de 2015. Nota: PARÁGRAFO PRIMERO: ALCANCE DE LOS AMPAROS Y DE LA GARANTÍA: EN LA GARANTÍA DEBE CONSTAR QUE SE AMPARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE LAS MULTAS Y DE LA PENAL PECUNIARIA CONVENIDAS ASÍ COMO TAMBIÉN DEBERÁ CONSTAR QUE SE RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSIÓN Y SE CONSAGRARÁ LA DIRECCIÓN FISICA Y ELECTRONICA PARA NO- TIFICACIONES JUDICIALES Y SE SEÑALARÁ LA ACEPTACIÓN DEL GARANTE DE RECIBIR NOTIFICA- CIONES POR MEDIOS ELECTRONICOS. Estos mecanismos de cobertura son requeridos por el MDN-EJÉRCITO NACIONAL, teniendo en cuenta que el objeto de las mismas, sirven para respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surgen a cargo del contratista frente a la administración y/o terceros, por razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

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Samples: Contrato De XXXXXXXXXX

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito Al respecto se debe observar los lineamientos del manual de contratación dela ESE Hospital Local de Piedecuesta en su artículo 35, para el contrato, cual el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II contratista deberá constituir una garantía única que avalará el cumplimiento a favor de las obligaciones surgidas del presente contratola entidad, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, expedida por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar reconocida en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá que ampare los siguientes amparosriesgos: ➢ CUMPLIMIENTO: a). DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Por un valor monto equivalente al TREINTA veinte por ciento (3020%) del valor total del contrato, vigente por su vigencia será POR EL TÉRMINO DEL CONTRATO Y SEIS (6) MESES MÁS. Este amparo cubrirá a la entidad de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial, tardío o defectuoso de las obligaciones surgidas del contrato imputable al contratista. Además de estos riesgos, este amparo comprenderá siempre el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) pago del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco (5%) del valor total del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (03) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. b).DE SALARIOS, o Que PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Por un monto equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato, su vigencia será POR EL TÉRMINO DEL CONTRATO Y TRES (3) AÑOS MÁS. Este amparo cubrirá a la entidad aseguradora renuncia al beneficio Entidad de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que está obligado el Estadocontratista, no expiran por falta de pago derivadas de la primacontratación del personal utilizado para la ejecución del contrato. c) DE CALIDAD DEL SERVICIO. Su cuantía no será inferior al 10% del valor total del contrato y su vigencia deberá cubrir por lo menos el lapso de vigencia del contrato y un año más. d). DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. Por un monto equivalente a 200 SMLMV y su vigencia será POR TODO EL PERIODO DE EJECUCION DEL CONTRATO y seis (6) meses más. CLAUSULA DECIMA CUARTA:

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Samples: Contrato Numero 049 De 2014 Contrato Colectivo Sindical

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el El cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA frente a METRO CALI S.A., derivadas de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II deberá ser respaldado por una garantía única para entidades estatales a que avalará se refiere el numeral 19 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y los artículos 16 y 17 del decreto 679 de 1994, otorgada por un banco o compañía de seguros legalmente autorizados para funcionar en Colombia y preferiblemente con domicilio y poderes decisorios en la ciudad de Santiago de Cali. La garantía deberá ser entregada por EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de perfeccionamiento del contrato y en ella debe constar que el asegurado y beneficiario es Metro Cali S.A., y afianzado ELCONTRATISTA. La garantía de cumplimiento deberá incluir los siguientes amparos: Buen manejo y correcta inversión de los anticipos: para asegurar el buen manejo y correcta inversión de las sumas entregadas al contratista en cheque, giro electrónico u otra modalidad acordado entre EL CONTRATISTA y METRO CALI S.A. como anticipo o pago anticipado. El valor de este amparo deberá ser equivalente al cien por ciento (100%) de las sumas entregadas en anticipo y su vigencia se extenderá hasta cuando EL CONTRATISTA termine de amortizar el anticipo. (Este amparo aplica si la propuesta seleccionada solicita anticipo para ejecutar el proyecto) - De cumplimiento del contrato: para garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas y prestaciones del presente contratocontrato a cargo de EL CONTRATISTA, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, todas sus partes. La garantía deberá constituirse por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas un quince por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTO: Por un valor equivalente al TREINTA ciento (3015%) del valor total del contrato, vigente por el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato incluyendo adiciones y reajustes y estará vigente hasta la liquidación terminación del mismocontrato y cuatro (4) meses más. Esta se hará efectiva en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido EL CONTRATISTA por virtud del contrato. Este amparo cubre las multas y el valor de la cláusula penal pecuniaria que se haga efectiva a EL CONTRATISTA o sus subcontratistas. - De salarios, una vez recibido a satisfacción prestaciones sociales e indemnizaciones: para garantizar el plazo pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal empleado para la ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOScontrato, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco por EL CONTRATISTA o sus subcontratistas, se deberá constituir una garantía por el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato contrato, incluyendo adiciones y reajustes, y estará vigente por durante todo el término de liquidación del mismo contrato y tres (033) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUALEsta garantía deberá ser constituida junto con la de cumplimiento. Si a la expiración de la garantía existen reclamos laborales pendientes, EL CONTRATISTA la deberá prorrogar por términos sucesivos de seis (6) meses, mientras existan tales reclamos. Igualmente, si a la terminación del Contrato el valor de éste, resultara mayor que el inicialmente pactado, EL CONTRATISTA deberá ampliar esta garantía proporcionalmente. - De calidad y buen funcionamiento de los equipos: Por un para asegurar la calidad y buen funcionamiento de los equipos objeto del contrato, la garantía deberá cubrir una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor equivalente total de los equipos suministrados. Esta garantía deberá constituirse para la legalización del contrato con inicio de la vigencia desde el momento de entrega de los equipos con una vigencia de veinticuatro (24) meses, contados a 200 SMLV vigente hasta partir de la liquidación expedición del mismocertificado de recepción y aceptación de los equipos por parte de METRO CALI S.A. La constitución de esta garantía de calidad y buen funcionamiento de los equipos es requisito para la expedición por parte de METRO CALI S.A., del certificado de recibo a satisfacción y aceptación final de todas las obras a ejecutar dentro del contrato. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago - De estabilidad de las multas obras: Para amparar la estabilidad de las obras contra el deterioro que sufran después de finalizada su construcción por causas imputables a EL CONTRATISTA. Esta garantía será por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Este amparo deberá constituirse para la legalización del contrato con inicio de su vigencia a partir del acta de recibo a satisfacción y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato, o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio aceptación final de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran todas las obras a ejecutar dentro del contrato hasta por falta de pago de la primacinco (5) años más.

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Samples: Pliego De Condiciones

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito Al respecto se debe observar los lineamientos del Estatuto y Manual Interno de contratación de la ESE Hospital Local de Piedecuesta en su artículo 47, para el contratocual el contratista deberá constituir una garantía única a favor de la entidad, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará expedida por una compañía de seguros legalmente reconocida en Colombia, a través de pólizas o mediante la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento constitución de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá que ampare los siguientes amparosriesgos: ➢ CUMPLIMIENTO: a). DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Por un valor monto equivalente al TREINTA veinte por ciento (3020%) del valor total del contrato, vigente por su vigencia será POR EL TÉRMINO DEL CONTRATO Y SEIS (6) MESES MÁS. Este amparo cubrirá a la entidad de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial, tardío o defectuoso de las obligaciones surgidas del contrato imputable al contratista. Además de estos riesgos, este amparo comprenderá siempre el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) pago del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco (5%) del valor total del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (03) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. b). DE SALARIOS, o Que PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, su vigencia será POR EL TÉRMINO DEL CONTRATO Y TRES (3) AÑOS MÁS. Este amparo cubrirá a la entidad aseguradora renuncia Entidad de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que está obligado el contratista, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato. c) DE CALIDAD DEL SERVICIO. Su cuantía no será inferior al beneficio 10% del valor total del contrato y su vigencia deberá cubrir por lo menos el lapso de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es vigencia del contrato y un año más siguiente al acta de recibo final. d). DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. Para asegurar el Estado, no expiran por falta de pago de los perjuicios que el contratista ocasione a terceros por razón de la primaejecución del contrato, por un monto equivalente a 500 SMLMV y su vigencia será POR TODO EL PERIODO DE EJECUCION DEL CONTRATO

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Samples: Contrato Colectivo Sindical

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el contrato, el EL CONTRATISTA constituirá y adjuntará se obliga a través constituir a favor de la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de EMAB S.A. E.S.P., las obligaciones surgidas del presente contratosiguientes garantías, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, cuales deberán ser otorgados por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas entidades legalmente establecidas en Colombia, en forma y contenido satisfactorio para la EMAB S.A. E.S.P., ajustadas a las respectivas pólizas aprobadas por la Superintendencia Financiera. Las garantías deben llevar anexo la respectiva constancia de pago de la prima, A) AMPARO DE BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO. El valor de esta garantía deberá ser equivalente al ciento por ciento (100 %) del monto que EL CONTRATISTA reciba como anticipo para la ejecución del contrato, y tendrá una vigencia igual al término de ejecución del contrato y hasta su liquidación. El amparo cubrirá la totalidad de los perjuicios sufridos por la EMAB S.A. E.S.P. con ocasión de la no inversión, el país, a favor uso indebido y la apropiación indebida que EL CONTRATISTA haga de los dineros o bienes que se le hayan entregado en calidad de anticipo para la ejecución del MINISTERIO contrato. B) CUMPLIMIENTO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTO: LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Por un valor equivalente al TREINTA veinte por ciento (3020 %) del valor del contrato y una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. Este amparo cubre a la EMAB S.A. E.S.P. de los perjuicios derivados de: 1) el incumplimiento total o parcial del contrato, vigente por cuando el término incumplimiento es imputable a EL CONTRATISTA; 2) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable a EL CONTRATISTA; y 3) el pago del valor de liquidación (ocho meses adicionales al plazo las multas y de ejecución)la cláusula penal pecuniaria. C) CALIDAD DEL SERVICIO: Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS. Por un valor monto equivalente al Treinta veinte por ciento (3020 %) del valor total del contrato vigente por el término y una vigencia de ejecución del contrato hasta dos (2) años contados a partir de la liquidación del mismofecha de terminación de las garantías de los vehículos. ➢ CALIDAD D) AMPARO DE LOS BIENES PROVISIÓN DE REPUESTOS Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: ACCESORIOS. Por un valor equivalente al Treinta veinte por ciento (3020 %) del valor total del contrato vigente hasta y una vigencia de tres (3) años contados a partir de la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo fecha de ejecución del serviciorecibo de los vehículos. ➢ PAGO E) AMPARO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Por un valor equivalente al Cinco veinte por ciento (520 %) del valor total del contrato vigente y una vigencia igual al termino de ejecución del contrato. Parágrafo Primero: Las garantías de que trata esta cláusula son accesorias al contrato y se constituyen sin perjuicio del cumplimiento de todas las obligaciones que emanan del contrato y no podrán ser canceladas sin la autorización escrita de la EMAB S.A. E.S.P. EL CONTRATISTA deberá mantener vigentes las garantías establecidas en esta cláusula. En caso de incumplimiento o demora por parte de EL CONTRATISTA en el término de liquidación del mismo y tres (03) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo. La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago cumplimiento de las multas y obligaciones estipuladas en este parágrafo, la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato, o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la primaEMAB S.A.

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Samples: Minuta De Contrato

GARANTÍA ÚNICA. Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 del 26 00 xx xxxx de xx 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 SECCION III “Garantías“, SUBSECCION I “Generalidades” artículos 2.2.1.2.3.1.5. “Cobertura del riesgo de responsabilidad civil extracontractual”, 2.2.1.2.3.1.7. “Garantía de cumplimiento”, 2.2.1.2.3.1.12. “Suficiencia de la garantía de cumplimiento”, 2.2.1.2.3.1.13. “Suficiencia de la garantía de pago de salarios, Prestaciones Sociales legales e indemnizaciones laborales”. 2.2.1.2.3.1.17. “Suficiencia del seguro de responsabilidad civil extracontractual”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”NACIONAL-BATALLÓN DE COMANDO Y APOYO DE I.M No.1, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos: ➢ CUMPLIMIENTO: Por un valor equivalente al TREINTA (30%) veinte por ciento 20% del valor precio total del contrato, vigente por el plazo de ejecución y hasta término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución). ➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo. ➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTOSERVICIOS: Por un valor equivalente al Treinta (30%) % del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, con una vez recibido a satisfacción el vigencia igual al plazo de ejecución del serviciomismo y un (01) año más. ➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco Deberá garantizar el pago de salarios del personal, por una cuantía del cinco por ciento (5%) del valor total del mismo con una vigencia que cubra el plazo de ejecución del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (033) años más. ➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente monto a 200 SMLV 200smlmv, vigente hasta la por el término de liquidación del mismo. La póliza de responsabilidad extracontractual debe cubrir los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de terceros derivados de las responsabilidades extracontractuales que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones de los subcontratistas autorizados. TOMADOR/AFIANZADO: La garantía deberá tomarse con el nombre de la persona natural o razón social de la persona jurídica que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá tomarse a nombre de sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales del oferente plural. PARÁGRAFO SEGUNDO: La garantía debe incluir de manera expresa que: o Ampara el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato, o Que la que “La entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión o Las y que las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la primaprima o por revocatoria unilaterales”.

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Samples: community.secop.gov.co