TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES Cláusulas de Ejemplo

TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, en el (Anexo “H”) se identifican los Riesgos que afectan la ejecución del presente contrato.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. En atención al Artículo 4 de la ley 1150 de 2007 las entidades en la invitación o sus equivalentes deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles en la contratación. Según el Artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015, entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo y ejecución del contrato puedan alterar el equilibrio financiero del mismo. El riesgo será previsible en la medida en que el mismo sea identificable y cuantificable. Corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo del ICBF en la presente Invitación Pública. Ver documento MATRIZ DE RIESGOS – ANEXO de la presente Invitación.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, con el propósito de mantener la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de proponer o de contratar en concordancia con los artículos 27 y 28 Ley 80 de 1993, correspondientes a la “ecuación contractual” y “al equilibrio económico”, En concordancia con lo anterior se estiman como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del mismo, razón por la cual, en el ANEXO “B” del presente estudio, se indican los riesgos previsibles, identificables y cuantificables en condiciones normales.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. El Municipio de Manizales (Secretaria de Tránsito y Transporte), para reducir la exposición del proceso de contratación frente a los diferentes riesgos que se pueden presentar, estructura un sistema de administración de riesgos teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: (a) los eventos que impidan la adjudicación y firma del contrato como resultado del proceso de contratación; (b) los eventos que alteren la ejecución del contrato; (c) el equilibrio económico del contrato; (d) la eficacia del proceso de contratación, es decir, que el Municipio pueda satisfacer la necesidad que motivó el proceso de contratación; y (e) la idoneidad y capacidad jurídica del adjudicatario del proceso. Un manejo adecuado del riesgo permite al Municipio: (i) proporcionar un mayor nivel de certeza y conocimiento para la toma de decisiones relacionadas con el proceso de contratación; (ii) mejorar la planeación de contingencias del proceso de contratación; (iii) incrementar el grado de confianza entre las partes del proceso de contratación; y (iv) reducir la posibilidad de litigios; entre otros. Raro (puede ocurrir excepcionalmente) 1 Improbable (puede ocurrir ocasionalmente) 2 Posible (puede ocurrir en cualquier momento) 3 Probable (probablemente va a ocurrir) 4 Casi cierto (ocurre en la mayoría de las circunstancias) 5 Calificación Obstruye la Dificulta la Afecta la Obstruye la Perturba la Cualitativa ejecución del ejecución ejecución ejecución del ejecución del contrato de del del contrato contrato de manera contrato contrato sustancialmente manera grave intrascendente de manera sin alterar pero aun así imposibilitando baja. el permite la la consecución Aplicando beneficio consecución del del objeto medidas para las objeto contractual mínimas partes contractual se puede lograr el objetivo contractual Calificación Cualitativa Obstruye la ejecución del contrato de manera intrascende nte Dificulta la ejecución del contrato de manera baja. Aplicando medidas mínimas se puede lograr el objetivo contractual Afecta la ejecución del contrato sin alterar el beneficio para las partes Obstruye la ejecución del contrato sustancialmen te pero aun así permite la consecución del objeto contractual Perturba la ejecució n del contrato de manera grave imposibil itando la consecu ción del objeto contract ual Categoría Val ora ció n Insignifican te Menor Moderado Mayor Xxxxxxxxx ico Raro (puede ocurrir excepcion almente) 1 2 3 4 5 6 Improbable (puede ocurrir ocasional mente) 2 3 4 5 6 ...
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. Para el desarrollo de este numeral es necesario ingresar al Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP - Colombia Compra Eficiente, a través del siguiente link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx Manuales, allí se encuentran entre otras, la Matriz de Riesgos y el Manual para la identificación y cobertura del riesgo, las cuales se deben consultar para facilitar su elaboración, utilizando la siguiente matriz del riesgo:
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. Se entiende por riesgo cualquier hecho que pueda afectar el equilibrio económico del contrato, retrase o suspenda la ejecución del mismo. El suceso que prevé el riesgo deberá tener relación directa con la ejecución del contrato para que sea asumido como un riesgo del actual proceso de contratación. Cumpliendo con lo expresado en el numeral 6 del Artículo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012, y con base al desarrollo legal, jurisprudencial y doctrinal existente sobre el principio de ecuación contractual (Art. 27 y 28 Ley 80 de 1993), o del equilibrio económico del contrato, los riesgos previsibles que puedan afectar la equivalencia económica del contrato que llegare a adjudicarse para la satisfacción del objeto requerido, en el presente caso obedecen a riesgos tanto operacionales, económicos y ambientales, que se imputan exclusivamente al contratista afectado y no a la Entidad. Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionadas en el presente numeral y como principio general, el Contratista como experto en el negocio y especialista, asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia Metro Cali S.A. no estará obligado a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista. Estos riesgos pueden ser catalogados así: 1. Riesgos normales que corresponden al giro ordinario de la empresa (contratista) y que deben ser previstos por el contratista al momento de presentar la oferta, como riegos operativos, ambiéntales, tecnológicos, financieros, regulatorios, económicos, sociales o políticos. Dichos riesgos empresariales normales, solo serán imputables al contratista.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. Para el desarrollo de este numeral es necesario ingresar al Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP - Colombia Compra Eficiente, a través del siguiente link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx Manuales, allí se encuentran entre otras, la Matriz de Riesgos y el Manual para la identificación y cobertura del riesgo, las cuales se deben consultar para facilitar su elaboración, utilizando la siguiente matriz del riesgo: Matriz de Riesgos N Clase Fuente Etapa Tipo Descripció n Consecue ncia de la ocurrencia del evento Probabilidad Impacto Valoración Categoría ¿A quién se le asigna? Tratamiento/C ontrol a ser implementado Impacto después del tratamiento ¿Afecta la ejecución del contrato? Responsable por implementar el tratamiento Fecha estimada en que se inicia el tratamiento Fecha estimada en que se completa el tratamiento Monitoreo y revisión Probabilidad Impacto Valoración Categoría ¿Cómo se realiza el monitoreo? Periodicidad [Numerar consecutivamente empezando en 1] [General/Específico] [Interno/Externo] [Planeación/Selección/Contratación/Ejec ución] [Económico/ Social o político/ Operacional/ Financiero/ Regulatorio/ De la naturaleza/ Ambiental/ Tecnológico] [Describir el Riesgo] [Describir la consecue ncia de la ocurrencia del evento] [1/2/3/4/5] [1/2/3/4/5] [2/3/4/5/6/7/8/9/10] [Bajo/Medio/Alto/Extremo] [Entidad Estatal/Contratista] [Describir el tratamiento o control a ser implementado] [1/2/3/4/5] [1/2/3/4/5] [2/3/4/5/6/7/8/9/10] [Bajo/Medio/Alto/Extremo] [Sí/No] [Entidad Estatal/Contratista] [Incluir fecha o event o con el cual se inicia el tratam iento] [Incluir fecha o event o con el cual se inicia el tratam iento] [Defini r la forma de realiza r el monit oreo] [Definir la periodici dad del monitore o]
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.1.2.1.3, y Ley 80 de 1993, se estiman como riesgos involucrados en la contratación, todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, que tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del mismo, razón por la que en el Anexo al presente Pliego de Condiciones, se indican los riesgos previsibles, identificables y cuantificable en condiciones normales
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. En atención al Artículo 4 de la ley 1150 de 2007 las entidades en los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación. Según el Artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015, entiéndase por riesgo en materia contractual, todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato pueden alterar el equilibrio financiero del mismo. El riesgo será previsible en la medida en que el mismo sea identificable y cuantificable. Corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo de LA PROMOTORA MIEL II en la presente Invitación Pública. Entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual. Ver Documento ANEXO 5 MATRIZ DE RIESGOS - de la presente Invitación. estime pertinentes en razón de su conocimiento especializado en el objeto del proceso de selección. LA PROMOTORA MIEL II se reserva el derecho de acoger o no las observaciones que se formulen respecto de la distribución de los riesgos previsibles a cargo del contratista.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. El artículo 18º. (Evaluación del Riesgo) del estatuto interno de contratación señala que El Hospital debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos. EL Hospital podrá tener como referente los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente. Los riegos previsibles no considerados por la ESE HEAD y que hayan sido aceptados como producto de las observaciones, serán incluidos en el pliego de condiciones definitivo.