Infracción leve Cláusulas de Ejemplo

Infracción leve. No acatar las instrucciones dictadas por la dirección del contrato La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato.
Infracción leve. No acatar las instrucciones dictadas por el responsable del contrato de la Concejalía de Deportes. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato.
Infracción leve. No acatar las instrucciones dictadas por la dirección del contrato y sus obligaciones. • El incumplimiento en cuanto a uniformidad del personal adscrito a la ejecución del contrato. La reiteración en dicho incumplimiento podría repercutir en falta grave o muy grave en función de su repetición. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato.
Infracción leve. 1. No acatar las instrucciones dictadas por el responsable del contrato de la Concejalía de Deportes.
Infracción leve. Mantener las instalaciones en desorden, poco cuidadas y/o con falta de higiene. - No acatar las instrucciones dictadas por la dirección del contrato. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato
Infracción leve. No acatar las instrucciones dictadas por el responsable del contrato - El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que no causen un detrimento en la gestión del servicio que implicase su calificación como graves. - La ligera incorrección con los usuarios. La penalidad consistirá en un apercibimiento o en un porcentaje de hasta el 2
Infracción leve. El trato irrespetuoso hacia los usuarios o hacia el personal destinado a la prestación del servicio. - No acatar las instrucciones dictadas por la dirección del contrato. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto base de licitación del contrato.
Infracción leve.  El retraso en la entrega del material o prótesis solicitado para la ejecución del tratamiento en menos de una semana, en una de sus fases o pruebas La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato.
Infracción leve.  No acatar las instrucciones dictadas por el responsable del contrato.  No acatar las instrucciones emitidas por la persona designada por la Facultad de Odontología para la realización del tratamiento.  Mantener las instalaciones en las que se almacenen o ejecuten los suministros en desorden, poco cuidadas o con falta de higiene. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato.
Infracción leve. La falta de orden y limpieza en el ambiente de trabajo de la que no derive riesgo grave para la integridad física o salud de los trabajadores. • No reportar oportunamente los accidentes de trabajo ocurridos, las enfermedades ocupacionales declaradas e incidentes, cuando tengan la calificación de leves. • No adoptar las disposiciones, recomendaciones o medidas correctivas en SST.