Common use of Intereses Moratorios Clause in Contracts

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por año.

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Samples: Contrato De Prestamo, Contrato De Prestamo

Intereses Moratorios. El Prestatario” Prestatario pagará a “La Corporación” CAF el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima cláusula de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “InteresesINTERESES”. El solo atraso en el pago de una obligación cuota de amortización de capital a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” al Prestatario en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” el Prestatario invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” CAF se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interésinterés pactada, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre comprendido(s) entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicablemargen. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El del Prestatario, “La Corporación” CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas cláusulas 16 y 18 de este Anexoestas Condiciones. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, transcurridos sobre la base de trescientos sesenta (360) días por año.

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Samples: Contrato De Préstamo Entre, Contrato De Préstamo Entre

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará En caso de que "EL CLIENTE" no pague puntualmente alguna cantidad que debe cubrir en favor de "BANCOMER" conforme al presente contrato, exceptuando intereses, dicha cantidad devengará intereses moratorios desde la fecha de su vencimiento hasta que se pague totalmente, intereses que se devengarán diariamente, que se pagarán a “La Corporación” la vista y conforme a una tasa anualizada igual al resultado de multiplicar la tasa de interés ordinaria por 2 (DOS). Para calcular los intereses moratorios, la tasa anualizada de interés moratorio aplicable se dividirá entre 360 (TRESCIENTOS SESENTA) y el cociente se multiplicará por los saldos insolutos y vencidos, resultando así el interés moratorio de cada día, que se ha obligado a pagar "EL CLIENTE" en términos de este contrato. DÉCIMA.-COMISIONES. "EL CLIENTE" se obliga a pagar a "BANCOMER", por MEDIOS DE PAGOS PERMITIDOS FECHAS DE ACREDITACIÓN DE LOS PAGOS Efectivo Se acreditará el mismo día. Cheque del mismo "BANCOMER" Se acreditará el mismo día. Cheque de otro banco Si se deposita antes de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el "DÍA HÁBIL" siguiente. Si se deposita después de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el segundo "DÍA HÁBIL" siguiente. Domiciliación Se acreditará: a) En la tasa pactada fecha en que la Entidad acuerde con el deudor, o b) En la fecha límite de pago del crédito Transferencias electrónicas de fondos a) A través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), o mediante cargos y abonos a cuentas en el literal (mismo "BANCOMER", se acreditará mismo "DÍA HÁBIL" en que se ordene la transferencia. b) A través del Sistema de Transferencia Electrónica, se acreditará a más tardar el "DÍA HÁBIL" siguiente al que se ordene la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por añotransferencia.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” EL JUZGADOR DEBE ANALIZAR LAS TASAS DE LAS INSTITUCIONES BANCARIAS SIMILARES A LA PACTADA, COMO LO ES LA (TEPP), SÓLO COMO UN REFERENTE PARA IDENTIFICAR LA USURA (NO COMO UN INDICADOR OBJETIVO ÚNICO), CONJUNTAMENTE CON EL RESTO DE LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS PARA, POSTERIORMENTE, CONFRONTARLOS CON LA TASA QUE SE TILDA DE USURARIA, A FIN DE CONTAR CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS QUE PERMITAN REDUCIR PRUDENCIALMENTE AQUÉLLOS.- Del contenido de las jurisprudencias 1a./J. 46/2014 (10a.) y 1a./J. 47/2014 (10a.), sustentadas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de la ejecutoria que les dio origen, se advierte que en cuanto al parámetro establecido en el texto de la segunda tesis citada, en el inciso g) "tasas de interés moratorio de las instituciones bancarias para operaciones similares a la tasa pactada en que se analizan", el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación Máximo Tribunal Del País no indicó que los juzgadores estaban obligados a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxxadoptar dogmáticamente, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial algunoy como parámetro único, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés más baja de las instituciones bancarias a fin de evitar la usura; por el contrario, fue categórico en cuanto a que debía evitarse ese tipo de interpretaciones, con base en los siguientes razonamientos: 1) "Únicamente constituyen un parámetro de referencia" (las tasas de interés de las instituciones bancarias para operaciones similares a la que se analizan); y, 2) "Aun cuando las tasas de interés bancarias son un buen referente, fijarlas como un parámetro único, impediría al juzgador que analizara las infinitas particularidades de los casos que se presenten". Lo anterior tiene lugar, aun cuando el juzgador argumente que su proceder le produce mayor beneficio al deudor pues, al no tomar en cuenta el resto de los parámetros que gravitan en torno al asunto específico, es evidente que se trata de una afirmación gratuita, además de que hace nugatorios los derechos Del acreedor ya que, en tal hipótesis, el Juez soslayaría analizar la controversia desde esta última perspectiva. Así las cosas, se concluye que el juzgador, tratándose de intereses moratorios, está obligado a analizar las tasas de las instituciones bancarias similares a la pactada, como lo es la tasa efectiva promedio ponderada para clientes no totaleros (TEPP), sólo como un referente para identificar la usura (no como un indicador objetivo único), conjuntamente con el resto de los parámetros establecidos para, posteriormente, confrontarlos con la tasa que se tilda de usuraria, a fin de contar con los elementos necesarios que permitan reducir prudencialmente los intereses pactados, tal como lo decretó el Máximo Tribunal Del País en los precedentes mencionados. En esa medida, resulta acertado partir de la tasa de interés más baja de las previstas en los "indicadores básicos de las tarjetas de crédito para clientes no totaleros", publicados por el Banco de México, prevalecientes en el tiempo en que se celebró la operación que se evalúa (relacionado con el inciso g) señalado, tasas de interés de las instituciones bancarias para operaciones similares a la que se analizan), para de ahí calcular en qué medida influye cada uno de los parámetros enunciados por la superioridad para incrementar e, incluso, disminuir aún más, la tasa de interés más baja, ya que debe tenerse en cuenta que no existe un límite inferior en la determinación de intereses, sino sólo superior (la usura), por lo que partiendo de la tasa más baja, el juzgador cuenta con mayor libertad para modificar su monto, en congruencia con los parámetros reconocidos por el Alto Tribunal Del País, dado que puede incrementar el interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta sin que estuviera vigente durante el(losse torne usurario, o bien, INTERÉS USURARIO. SI EL ADEUDO DERIVA DE UN PRÉSTAMO QUE SE GARANTIZÓ CON UN PAGARÉ, Y NO FUE CUBIERTO OPORTUNAMENTE, SIN QUE HAYA PRUEBA DE QUE EL ACREEDOR TENGA COMO ACTIVIDAD PRIMORDIAL PRESTAR DINERO, DEBE ACUDIRSE A LA TASA DE INTERÉS EFECTIVA PROMEDIO PONDERADA (TEPP) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pagoQUE REGULA EL BANCO DE MÉXICO, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento PARA SU REDUCCIÓN.- Con base en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por año.los

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Samples: Contrato De Arrendamiento

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” CAF el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación cuota de amortización de capital a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” CAF se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interésinterés pactada, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre comprendido(s) entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicablemargen. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por año.

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Samples: Modelo De Contrato De Préstamo Caf. Aprobación

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada En caso de incumplimiento total o parcial en el literal (b) de la Cláusula Décima e l pago de las Condiciones Particulares cuotas de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso amortización consignadas en el pago e l cronograma de una obligación pagos, y e n general de cualquiera de las obligaciones a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” cargo de EL(LOS) CLIENTE(S) , éstos incurrirán automáticamente en situación xx xxxx, sin necesidad de aviso judic ial ni requerimiento judicial o extrajudicial algunoextrajudic ial previo de n inguna clase, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular partir de la tasa de interés, aplicando a fecha del incumplimiento y hasta la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento total cancelac ión de la obligación y la fecha efectiva de pagovencida, más lapso en el margen aplicable. El cobro procederá hasta que se devengará, el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante o penalidad por pago de obligaciones e n fecha posterior al vencimiento, de forma adic ional al interés compensatorio, comis iones, otras penalidades y gastos que resul ten aplicables y estén señaladas en la hoja resumen. En ningún caso, se cobrará interés moratorio y penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento en un mis mo momento. Asimismo queda entendido que los intereses compensatorios y moratorio s o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior a su vencimiento, comis iones, penalidades, primas de seguro y gastos establec idos en la hoja resumen que pudieran resultar aplicab les, se devengarán hasta que la deuda sea íntegramente cancelada. Se deja constancia que por tratarse de una situación operación mercantil los intereses compensatorios y moratorios se capitalizarán diar ia mente, al amparo de lo dispuesto en el art. 1249 del Código Civ il 2.16 .INCUMPLIMIENTO DE PAGO: En caso de incumplimiento de pago de una o más cuotas convenidas, LA CMAC CUSCO S.A. queda facultada para que de modo unilateral de por parte vencidas las demás cuotas pendientes de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento pago y todos los plazos indicados en e l cronograma entregado a EL(LOS) CLIENTE(S) para proceder a su cobranza conforme a las leyes de sus obligaciones y/o declarar la materia. Esta situac ión será informada mediante los medios de plazo vencido el préstamo comunicación y plazos señalados para la resolución de acuerdo a lo contrato establecido en las Cláusulas 16 y 18 la cláusula 2.18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por añopresente contrato.

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Samples: Contrato De Mutuo

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará Sin perjuicio de que LA EMPRESA pueda proceder a “La Corporación” la suspensión del servicio, ésta cobrará el interés moratorio por xxxx cuando el/la suscriptor/a o usuario/a no realice el pago oportuno de sus facturas. En el evento en que el/la tasa pactada suscriptor/a o usuario/a incurra en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso xxxx en el pago de una obligación las obligaciones a su vencimiento constituirá favor de LA EMPRESA derivadas del contrato de servicios públicos, LA EMPRESA podrá aplicar los intereses xx xxxx sobre saldos insolutos a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa máxima permitida por la Ley para las obligaciones mercantiles. Los intereses xx xxxx por falta de interéspago se aplicarán al valor del servicio público domiciliario y a los diferentes conceptos incorporados en cada factura, aplicando salvo que LA EMPRESA haya aceptado reclamación por uno de ellos y el/la suscriptor/a o usuario/a se abstenga de cancelar el valor no discutido, caso en el que los intereses xx xxxx se aplicarán únicamente a este valor no discutido. LA EMPRESA cobrará intereses moratorios sobre los saldos reclamados, cuando la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta decisión final ejecutoriada sea desfavorable al usuario. Dichos intereses se aplicarán desde el momento que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación se hizo exigible y la fecha efectiva hasta el momento de pago, más salvo que la administración haya demorado injustificadamente la decisión y el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación usuario solicite se le exonere de incumplimiento por parte de “El Prestatario”la xxxx durante ese tiempo, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en aportando las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por añopruebas respectivas.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Publico Domiciliario De Gas Combustible

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” 11.1) En todos los casos en que el interés moratorio a la tasa pactada Deudor Prendario incurriere en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso xxxx en el pago de una obligación cualesquiera de las Cuotas a su vencimiento constituirá respectivo vencimiento, de los Intereses Compensatorios, del IVA sobre los Intereses Compensatorios, del Seguro, de cualquier cargo, gasto o comisión, y/o de cualquier otra suma de dinero adeudada a TCFA; o el incumplimiento de obligaciones no dinerarias que fueran traducidas en dinero, estará obligado frente a TCFA a abonar un interés moratorio sobre las sumas impagas (el El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad Interés RETAIL – TODOS Moratorio”) a una tasa fija equivalente al cincuenta por ciento (50%) de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje los Intereses Compensatorios que resulten aplicables conforme a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento las previsiones de la obligación y Cláusula Tercera de este Contrato. El servicio de Interés Moratorio se devengará desde el día de la xxxx hasta la fecha efectiva de del efectivo pago. Asimismo, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento las Partes acuerdan expresamente, en los términos del Artículo 770 del Código Civil y Comercial, que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación en caso de incumplimiento por parte del Deudor Prendario, y sin perjuicio del derecho de “El Prestatario”TCFA establecido en la Cláusula 10.1 del presente, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento todos los Intereses Moratorios impagos se capitalizarán en forma semestral a partir del día inmediatamente posterior a la respectiva fecha de sus obligaciones vencimiento de cada Cuota y/o declarar del momento en que deba efectuar el pago de plazo vencido el préstamo de acuerdo cualquier suma adeudada. 11.2) El IVA aplicable será cargado a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por añocualquier Interés Moratorio.

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Samples: Contrato De Prenda Con Registro

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) En caso de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles, (ya sea en la Fecha de Vencimiento, en la fecha que se notifique por el Emisor para llevar a cabo la amortización anticipada (salvo que el Emisor notifique que no realizará la amortización en términos de los dispuesto en el último párrafo de la sección “Amortización anticipada voluntaria de principal” del presente Título) o en la fecha que se declaren vencidos anticipadamente los Certificados Bursátiles, en su caso), se devengarán intereses moratorios en sustitución de los intereses ordinarios, sobre el principal insoluto de los Certificados Bursátiles a una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad tasa anual igual al resultado de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando sumar 2 (dos) puntos porcentuales a la porción Tasa de capital Interés Bruto Anual calculada en el Periodo de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta Intereses inmediato anterior a que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre se haya producido el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva incumplimiento de pago. En el entendido que las cantidades que se reciban del Emisor se aplicarán al pago de intereses moratorios, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento intereses ordinarios devengados y no pagados, y al saldo de principal insoluto, en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexoese orden. Los intereses moratorios serán calculados pagaderos a la vista desde la fecha en relación al número que tenga lugar el incumplimiento y hasta que el monto de días calendario transcurridos, principal insoluto haya quedado íntegramente cubierto y se calcularán sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta (360sesenta) días y por añolos días efectivamente transcurridos en xxxx. La suma que se adeude por concepto de intereses moratorios deberá ser cubierta en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, o en la dirección que el Representante Común notifique por escrito en el caso de que cambie el domicilio de sus oficinas, en la misma moneda que la suma de principal y a más tardar a las 11:00 hrs. (hora Ciudad de México) del día en que se efectúe el pago y en caso de ser efectuado después de dicha hora, se entenderá pagado el Día Hábil siguiente.

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Samples: www.arcacontal.com

Intereses Moratorios. El Prestatario” Prestatario pagará a “La Corporación” CAF el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “InteresesINTERESES”. El solo atraso en el pago de una obligación cuota de amortización de capital a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” al Prestatario en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” el Prestatario invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” CAF se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interésinterés pactada, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicablemargen. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El del Prestatario, “La Corporación” CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexoestas Condiciones Generales de Contratación. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por año.. IF-2017-11920204-APN-SSRFI#MF

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Samples: Contrato De Préstamo

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) En caso de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso incumplimiento en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” principal de los Certificados Bursátiles Fiduciarios, en situación xx xxxx, sin necesidad sustitución de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre de Interés Bruto Anual se devengarán Intereses Moratorios sobre el vencimiento principal insoluto de los Certificados Bursátiles Fiduciarios considerando la obligación y la fecha efectiva Tasa de pagoInterés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles Fiduciarios, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta aplicable en el momento en que ocurra se hubiera presentado el reembolso total incumplimiento, más 2 (dos) puntos porcentuales. Los Intereses Moratorios serán pagaderos a la vista desde la fecha en que tenga lugar el incumplimiento y hasta que la suma de principal e intereses de los Certificados Bursátiles Fiduciarios haya quedado íntegramente cubierta. La suma que se adeude por concepto de intereses moratorios será cubierta a través del monto adeudadoRepresentante Común mediante transferencia electrónica y en la misma moneda que la suma principal. Sin perjuicio 10.19% (diez punto diecinueve por ciento). $286,686,273.36 (doscientos ochenta y seis millones seiscientos ochenta y seis mil doscientos setenta y tres pesos 36/100 moneda nacional). Para mayor información sobre los gastos relacionados con la oferta, véase “Sección 2.5. Gastos Relacionados de la Oferta” del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este AnexoSuplemento. Los intereses moratorios serán calculados que devenguen los Certificados Bursátiles Fiduciarios se liquidarán cada 28 días durante la vigencia de la Emisión en relación las fechas establecidas en el Título que documenta la Emisión en el presente Suplemento. La primer Fecha de Pago de Intereses será el 29 de diciembre de 2017. En caso en que cualquier Fecha de Pago de Intereses no sea un Día Hábil, el pago correspondiente se realizará el Día Hábil inmediato siguiente. El Fiduciario realizará el pago del principal y de los intereses de los Certificados Bursátiles Fiduciarios en las oficinas del Indeval, ubicadas en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, 0xx. Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, 06500 Ciudad de México. Los pagos podrán efectuarse mediante transferencia electrónica al número intermediario correspondiente. La amortización y el último pago de días calendario transcurridosintereses se efectuarán en la Fecha de Vencimiento de la Emisión, sobre contra la base entrega del propio título de trescientos sesenta (360) días crédito, o constancia que al efecto sea emitida por añoel Indeval. En caso en que la Fecha de Vencimiento de la Emisión no sea un Día Hábil, el pago correspondiente se realizará el Día Hábil inmediato siguiente. El Periodo de Revolvencia iniciará en la Fecha de la Emisión y terminará en la Fecha de Terminación de Revolvencia. Durante este periodo, Contigo podrá ceder al Fideicomiso nuevos Derechos de Cobro Elegibles a cambio del monto de la Contraprestación al momento de la celebración del Contrato de Cesión Subsecuente correspondiente.

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Samples: www.fcontigo.com

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima Undécima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(losel (los) período(s) comprendido(s)entre comprendido(s) entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario calendarios transcurridos, sobre la base de 360 (trescientos sesenta (360sesenta) días por año.

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Samples: Contrato De Prestamo

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) En caso de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso incumplimiento en el pago de principal y/o intereses, se causará un interese moratorio, en substitución xxx xxxxxxxxx sobre el valor nominal, a una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando igual a la porción que resulte de capital de plazo vencido multiplicar por 2 (dos) la Tasa LIBOR más alta de Interés Bruto Anual determinada para el periodo de intereses en que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre ocurra el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicableincumplimiento. El cobro procederá hasta el Los intereses moratorios se devengarán diariamente a partir del momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación incumplimiento y hasta que la suma de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones principal y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridosintereses, haya quedado íntegramente cubierta, sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta (360días) y por lo días naturales efectivamente transcurridos en xxxx. La suma que se adeude por añoconcepto de intereses moratorios deberá ser cubierta en la misma moneda que la suma principal. La suma que se adeude por conceptos de intereses moratorios deberá ser cubierta en las oficinas del Representante Común ubicadas en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000 , xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, C. P. 06600, México, D. F., o en la dirección que el Representante Común notifique en el caso de que cambie su domicilio de sus oficinas, a más tardar a las 11:00 hrs. del día en que se efectué el pago y en caso de ser efectuado después de dicha hora, se entenderá pagado el día hábil inmediato siguiente.

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Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) En caso de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso incumplimiento en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxxprincipal de los Certificados Bursátiles, sin necesidad se causarán intereses moratorios sobre el principal insoluto de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando los Certificados Bursátiles a la porción Tasa de capital Interés Bruto Anual de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente los Certificados Bursátiles aplicable durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento cada periodo en que ocurra y continúe el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexomás 1.5 (uno punto cinco) puntos porcentuales. Los intereses moratorios serán calculados pagaderos a la vista desde la fecha en relación al número que tenga lugar el incumplimiento y hasta que la suma principal haya quedado íntegramente cubierta. La suma que se adeude por concepto de días calendario transcurridosintereses moratorios deberá ser cubierta en el domicilio del Representante Común. LUGAR Y FORMA DE PAGO DE PRINCIPAL E INTERESES: El principal y los intereses ordinarios devengados respecto de los Certificados Bursátiles se pagarán el día de su vencimiento y en cada una de las Fechas de Pago de Intereses respectivamente, sobre la base o en caso que cualquiera de trescientos sesenta (360) días por añodichas fechas no sea un día hábil, en el día hábil inmediato siguiente, mediante transferencia electrónica, a través de INDEVAL, quien mantiene su domicilio en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06500, Ciudad de México.

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Intereses Moratorios. El Prestatario” Acreditado pagará intereses moratorios al Acreditante sobre las cantidades vencidas y no pagadas, devengándose diariamente a “La Corporación” el interés moratorio partir del día siguiente a la tasa pactada fecha en que sean exigibles y hasta el literal (b) día en que dichas cantidades queden totalmente pagadas, a razón de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a interés moratoria que resulte de multiplicar la porción tasa de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento interés ordinaria del día en que ocurra se genera la xxxx por 2 (dos) (La “Tasa de Interés Moratoria”). La Tasa de Interés Moratoria se mantendrá fija hasta que la cantidad adeudada en el reembolso total del monto adeudadoperiodo respectivo sea totalmente pagada. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación En el entendido de incumplimiento por parte que se calcularán y existirán tantas Tasas de “El Prestatario”Interés Moratoria, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido como veces se presenten cantidades vencidas en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexocada Fecha xx Xxxxx correspondiente. Los intereses moratorios serán calculados de acuerdo a lo siguiente: La Tasa de Interés Moratoria, se multiplicará por el saldo insoluto del Crédito y se divide entre 360; posteriormente se aplicará multiplicándose a los días realmente transcurridos en relación al número de días calendario transcurridosel período. Los intereses moratorios pagaderos conforme a lo establecido en este Contrato, serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días y el número de días efectivamente transcurridos; en el entendido que, el día en que se realice una disposición o un pago, se contará como un día completo, independientemente de la hora en la que se realizare dicha disposición o pago. En caso de que las Tasas T.I.I.E. y CETES dejen de existir, o en el momento de hacer el cálculo de los intereses no se conozca su cotización, se tomará como tasa de referencia sustitutiva la del Costo de Captación a Plazo de Pasivos (C.C.P.); ésta tasa de referencia no deberá ser menor de C.C.P. más 30 (treinta) puntos porcentuales, conformándose así la tasa de interés sustitutiva. Definiciones de tasas aplicables: Por T.I.I.E. se entiende la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de veintiocho días que publica diariamente el Banco de México, a través del Diario Oficial de la Federación, el día de inicio de cada período de determinación de la tasa de interés, y para efectos de su cálculo la tasa T.I.I.E. a veintiocho días se hará equivalente a períodos de treinta días. En caso de que dicha tasa no sea publicada, se utilizará como tasa de referencia la publicada en la fecha inmediata anterior, y así sucesivamente hasta el día número veintidós de dicho período de cálculo de interés. Por CETES se entiende la Tasa de los Certificados de la Tesorería de la Federación a plazo de hasta veintiocho días, publicada por añoel Banco de México, a través del Diario Oficial de la Federación en la fecha más reciente, anterior a la fecha de inicio de cada período de determinación de tasa de interés. Por Costo de Captación a Plazo (C.C.P.) se entiende el costo de Captación a Plazo de Pasivos denominados en Moneda Nacional a plazo de treinta días, que el Banco de México estime representativo del conjunto de las Instituciones de Banca Múltiple y que publique en el Diario Oficial de la Federación en la fecha inicial de cada período de determinación de la tasa.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) En caso de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles, (ya sea en la Fecha de Vencimiento, en la fecha que se notifique por el Emisor para llevar a cabo la amortización anticipada (salvo que el Emisor notifique que no realizará la amortización en términos de lo dispuesto en el último párrafo de la sección “Amortización anticipada voluntaria de principal” del presente Título) o en la fecha que se declaren vencidos anticipadamente los Certificados Bursátiles, en su caso), se devengarán intereses moratorios en sustitución de los intereses ordinarios, sobre el principal insoluto de los Certificados Bursátiles a una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad tasa anual igual al resultado de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando sumar 2 (dos) puntos porcentuales a la porción Tasa de capital Interés Bruto Anual calculada en el Periodo de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta Intereses inmediato anterior a que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre se haya producido el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva incumplimiento de pago. En el entendido que las cantidades que se reciban del Emisor se aplicarán al pago de intereses moratorios, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento intereses ordinarios devengados y no pagados, y al saldo de principal insoluto, en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexoese orden. Los intereses moratorios serán calculados pagaderos a la vista desde la fecha en relación al número que tenga lugar el incumplimiento y hasta que el monto de días calendario transcurridos, principal insoluto haya quedado íntegramente cubierto y se calcularán sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta (360sesenta) días y por añolos días efectivamente transcurridos en xxxx. La suma que se adeude por concepto de intereses moratorios deberá ser cubierta en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, o en la dirección que el Representante Común notifique por escrito en el caso de que cambie el domicilio de sus oficinas, en la misma moneda que la suma de principal y a más tardar a las 11:00 hrs. (hora Ciudad de México) del día en que se efectúe el pago y en caso de ser efectuado después de dicha hora, se entenderá pagado el Día Hábil siguiente.

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