Intervenciones planificadas Cláusulas de Ejemplo

Intervenciones planificadas cve: BOE-A-2023-447 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Las intervenciones Planificadas realizadas por empleado/as que no hacen guardias pero que, de forma excepcional, pueden ser requeridos para realizar trabajos en un horario diferente a la jornada habitual de trabajo definida y fijada para cada empleado/a de Evolutio, deberán ser intervenciones requeridas por el cliente y autorizadas expresamente por la compañía, de acuerdo al procedimiento establecido en cada grupo. La forma de compensar las horas de intervención planificadas se hará de acuerdo al cuadro adjunto, es decir se utilizará un multiplicador sobre el coste base de cada persona por hora, en concreto: – Xxxxxxx xxxxxx: hora base x 1,5. – Horario nocturno: hora base x 2. – Xxxxxxxx y festivos: hora base x 2,5. Entendiendo el horario diurno al que va desde la finalización de la jornada de trabajo habitual del empleado/a en cuestión y hasta las 22:00 horas y siendo el horario nocturno el comprendido entre las 22:00 horas y hasta las 6:00 horas. Para cada uno de estos tramos horarios se establecen unas cantidades de pago mínimas y máximas, para asegurar una compensación razonable, de tal forma que en el horario diurno, el pago por hora nunca será inferior a 26,3 euros la hora ni superior a 34,8 euros la hora. Para el caso de la intervención nocturna, los límites estarán entre 31,7 y 42,2 euros brutos a la hora. Y en el caso de festivos el límite estará entre 37 y 47,5 euros brutos la hora.
Intervenciones planificadas. Estas se pagan conforme a los siguientes tramos horarios: – Laborables diurnos: 32,8 euros/hora. – Laborables nocturnos, fines de semana diurnos y festivos diurnos: 39,2 euros/hora. – Fines de semana nocturnos y festivos nocturnos: 45,3 euros/hora. Entendiendo el horario nocturno el comprendido entre las 22:00 y las 6:00 horas. Las intervenciones planificadas de empleado/as que no hacen disponibilidad pero que, de forma excepcional, puedan ser requeridos para una intervención para solucionar o coordinar la solución de un incidente, se regirán por este mismo sistema retributivo según tramo horario. En el caso de que al empleado/a que haya realizado una intervención planificada se le requiera que esté disponible durante las veinticuatro horas siguientes a las que se ha realizado dicha intervención, recibirá una compensación de 52,4 euros brutos por esa disponibilidad. Todas las intervenciones deben ser a requerimiento de la Compañía y de acuerdo con el procedimiento que establezca cada área.
Intervenciones planificadas cve: BOE-A-2019-8222 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Son todas aquellas actuaciones programadas previamente, que deben realizarse fuera del horario habitual de trabajo, y que tienen como objetivo realizar trabajos y tareas que por imperativos técnicos, del servicio o del propio cliente, no pueden hacerse dentro del horario habitual indicado. Sería el caso por ejemplo de arranques de servicios, cambios en hardware o aplicaciones informáticas, el mantenimiento de infraestructuras o aplicaciones informáticas, etc. Para una misma persona trabajadora no se puede planificar la realización simultánea del servicio de guardias y las intervenciones planificadas, dada la distinta finalidad que se persigue con ambos instrumentos de ordenación del trabajo. En el caso excepcional de producirse una simultaneidad debido a la no posibilidad de hacerlo de forma separada, la persona responsable del equipo asumirá la priorización de las acciones a realizar en caso de producirse algún tipo de conflicto operativo entre ambas actuaciones. En el caso de que no pudiera localizarse al responsable ni a los escalados correspondientes, la persona trabajadora decidirá ella misma entre atender la intervención planificada o atender la intervención guardia, sin que pueda ser penalizada por ello, sea cual sea la decisión y los impactos de la misma. La realización de una intervención planificada será acordada individualmente ad hoc con la persona trabajadora o personas trabajadoras susceptibles de realizarlas, dado su perfil técnico, experiencia profesional, y vinculación directa entre su trabajo y las tareas a realizar que constituyen la intervención planificada. Las intervenciones planificadas que requieran desplazamiento, adicionalmente se compensarán, previa la oportuna justificación, con: i) Gastos de desplazamiento desde el domicilio de la persona, ii) Aparcamiento, iii) Gastos de manutención. Las compensaciones por intervención planificada, sean del tipo que sean, excluyen cualquier percepción de otro tipo de compensación adicional como son los pluses de nocturnidad, turnicidad,… Las intervenciones planificadas se clasifican de la siguiente forma: – Intervención planificada en día laborable. – Intervención planificada en día no laborable que sea fin de semana (sábados y domingos). – Intervención planificada en día no laborable que sea festivo. – Intervención planificada en día no laborable que sea festivo especial. En el supuesto excepcional de que con carácter previo al día previst...
Intervenciones planificadas. Las intervenciones planificadas se compensarán de la misma forma prevista para las intervenciones xx xxxxxxx, según el artículo 42.1 del presente Convenio Colectivo. En caso de requerirse Disponibilidad, según previsión del artículo 21 del presente convenio Colectivo, esta se compensará de la misma forma prevista para las disponibilidades xx xxxxxxx, según el artículo 42.1 del presente Convenio Colectivo.
Intervenciones planificadas. Para todas las áreas de negocio de la empresa, se aplicará el tipo de intervención T2 que tiene la misma descripción que la intervención T2 de la guardia. Exclusivamente para el área de Systems Integration de la empresa T-Systems ITC Iberia, se contempla dos posibilidades de compensación a elegir una de ellas por la persona que ha de prestar el servicio:
Intervenciones planificadas. Las intervenciones planificadas se compensarán de la misma forma prevista para las intervenciones xx xxxxxxx, según el artículo 42.1 del presente Convenio Colectivo. En caso de requerirse disponibilidad, según previsión del artículo 21 del presente convenio Colectivo, esta se compensará de la misma forma prevista para las intervenciones xx xxxxxxx, según el artículo 42.1 del presente Convenio Colectivo. Matrimonio o parejas de hecho inscritas como tal en el Ayuntamiento del distrito al que corresponda según domicilio. 15 días naturales (*). Matrimonio de familiares de 1.º o 2.º de consanguinidad o afinidad. 1 día natural coincidente con el día del enlace.
Intervenciones planificadas. Cuando la FNMT desee que sea atendida cualquier incidencia extraordinaria que deba realizarse fuera del calendario y horario especificados, solicitará al adjudicatario con la máxima antelación posible, en horario de oficina, una oferta con la previsión de este servicio y la cobertura que desea.

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  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: