DE LA JORNADA DE TRABAJO Cláusulas de Ejemplo

DE LA JORNADA DE TRABAJO. La jornada de trabajo para el personal académico de tiempo completo, medio tiempo y de tiempo libre, se ajustará a la situación que se derive de los horarios y demás elementos que intervienen en la organización.
DE LA JORNADA DE TRABAJO. La duración de la jornada de trabajo será de 8 horas diarias en un horario que se comprenderá de las 8:30 horas a las a las 17:00 horas, reconociendo ”EL PATRON” que dentro de dicho horario el empleado dispondrá de 1 (una) hora para ingerir sus alimentos; por tanto “EL EMPLEADO” expresa su conformidad para que “EL PATRON” tenga la facultad de modificar los horarios de trabajo establecidos de acuerdo con sus necesidades, inclusive con cualquiera de las modalidades que señala el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo.
DE LA JORNADA DE TRABAJO. Artículo 8°: La jornada ordinaria de trabajo para todo el personal sujeto a ella, no excederá de 45 horas semanales, cuya distribución dependerá de lo estipulado por la Empresa mandante y en el respectivo contrato de trabajo, la cual, en ningún caso, superará en horas la jornada ordinaria máxima de trabajo. El personal deberá marcar su tarjeta de asistencia en el reloj control o entregarla al portero al inicio y término de sus funciones. Si la faena no cuenta con reloj control, el Trabajador deberá firmar el libro de asistencia al inicio y término de sus funciones así como en su horario xx xxxxxxxx. El tiempo destinado a las actividades de cambio de vestuario, uso de elementos de protección y/o aseo personal constituirá jornada de trabajo cuando el desarrollo de la labor convenida requiera necesariamente la realización de las mismas, por razones de higiene y seguridad. Dicho tiempo se distribuirá de la siguiente forma: Inicio de jornada: Los Trabajadores tendrán 15 minutos para vestirse y colocarse sus elementos de seguridad antes del comienzo de sus labores. Término de jornada: Antes del término de su jornada de trabajo, los trabajadores tendrán 20 minutos para el cambio de vestuario y aseo personal. El espacio de tiempo utilizado por los Trabajadores para el cambio de vestuario, aseo y uso de elementos de protección personal que supere el señalado en el presente artículo, y carezca de razonabilidad, no será considerado para el cálculo de la jornada de trabajo.
DE LA JORNADA DE TRABAJO. CLÁUSULA 40 DE LA JORNADA DE TRABAJO 36 CLÁUSULA 41 DE LOS SEMESTRES POR AÑO LECTIVO (CALENDÁRICO) 36
DE LA JORNADA DE TRABAJO. Art. 146.- Jornada de trabajo es todo el tiempo que el traba- jador no pueda utilizar libremente, por estar a la disposición exclusiva de su empleador.
DE LA JORNADA DE TRABAJO. Descripción de la jornada de trabajo CLÁUSULA 66
DE LA JORNADA DE TRABAJO. ARTÍCULO 53. Un profesor investigador de tiempo completo laborará cuarenta horas por semana para la Universidad en actividades docentes, de asesoría de alumnos, preparación de clases y labores de apoyo y/o in- vestigación que le sean encomendadas dentro de su jornada establecida por la facultad, escuela, instituto, unidad académica multidisciplinaria o coordinación académica, de conformidad con el Reglamento del Personal Académico de la UASLP. Un profesor investigador de medio tiempo laborará un total de veinte horas por semana para la Universidad. Sus actividades de cátedra, asesoría de alumnos, preparación de clases y labores de apoyo y/o investigación, serán determinadas y asignadas con los mismos criterios que para los profesores de tiempo completo en proporción a su jornada.
DE LA JORNADA DE TRABAJO. CAPÍTULO VI
DE LA JORNADA DE TRABAJO la jornada ordinaria efectiva de trabajo que se establece mediante el presente acuerdo es aquella en la que el perso- nal permanece en el centro de trabajo, a plena disposición y en el ejercicio efectivo de su actividad y funciones, debiendo realizarse en el puesto de trabajo asignado y en el horario que corresponda, hasta totalizar la realización efectiva del número de horas anuales establecido. también se considerará tiempo efectivo de trabajo, los servicios prestados fuera del puesto de trabajo asignado si- guiendo las instrucciones de sus superiores, así como el tiempo mínimo necesario para desplazarse al lugar de trabajo o viceversa, en función de la programación funcional y organización de cada servicio. los días correspondientes a los permisos y licencias disfrutadas, así como la ausencia del trabajo o compensaciones por exceso de horario, cuando tengan la condición de computables a efectos de jornada ordinaria, se computarán, como 7 horas y 30 minutos. No obstante lo anterior, los días correspondientes a los permisos, licencias y ausencias del trabajo no justificadas, del personal que trabaje a turnos, se computarán por las horas de trabajo correspondiente al turno programado para las fechas correlativas. todo el personal completará su jornada anual efectiva conforme a la programación funcional anual que se establez- ca, al igual que los módulos adicionales de actividad determinados para completar de forma efectiva la totalidad de la jornada anual; en el supuesto de que se produzca exceso en el cómputo anual de horas de trabajo de cada año, previo análisis por los responsables del personal del ayuntamiento y comunicación a los representantes sindicales, se podrá compensar descontando el citado exceso de la jornada efectiva anual del año inmediato siguiente, salvo en los sistemas de trabajo a turnos en los que la compensación horaria anual en función de los calendarios de trabajo correspondientes tenga un ciclo de compensación superior.