Seguro de vida y accidentes Cláusulas de Ejemplo

Seguro de vida y accidentes. Se mantendrán para todos los trabajadores/as los seguros de vida regulados en los convenios de procedencia y en los términos y condiciones que allí se estipulen, hasta el momento de su homogenización. Se incluyen reconocidos en este artículo aquellas ayudas, auxilios, por viudedad, orfandad que aparecen en los distintos convenios colectivos de procedencia.
Seguro de vida y accidentes. Las entidades y/o sociedades integrantes del Grupo Aena continuarán garantizando a su personal, en las mejores condiciones posibles, mediante el oportuno seguro de vida y accidentes, las prestaciones y capitales de la póliza vigente a la firma de este Xxxxxxxx Colectivo. Anualmente dichas prestaciones y capitales se actualizarán según la evolución del Índice de Precios al Consumo.
Seguro de vida y accidentes. La empresa tiene establecido un seguro colectivo, para todos los trabajadores y con los costes a cargo de la misma, con las siguientes coberturas y límites: Póliza de vida. – Fallecimiento por cualquier causa: 22.300 euros. Fallecimiento por accidente: 32.000 euros. e xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx por accidente de circulación: 36.000 euros. Invalidez absoluta y permanente: 22.300 euros. Invalidez profesional total y permanente: 20.800 euros. Estas garantías no son acumulativas.
Seguro de vida y accidentes. Aena continuará garantizando a su personal, en las mejores condiciones posibles, mediante el oportuno seguro de vida y accidentes, las prestaciones y capitales de la póliza vigente a la firma de este Convenio Colectivo. Anualmente dichas prestaciones y capitales se actualizarán según la evolución del Índice de precios al consumo. Aena facilitará a sus trabajadores Planes de Atención al Empleado y desarrollará Programas para la Prevención y Tratamiento voluntario de conductas adictivas, y de Apoyo Emocional.
Seguro de vida y accidentes. La cobertura del seguro de vida colectivo, cubre la incapacidad permanente absoluta y el fallecimiento.
Seguro de vida y accidentes. Estos seguros se instrumentan a través de pólizas concertadas con Compañías aseguradoras, señalándose desde la fecha de suscripción de las correspondientes pólizas, a favor de los empleados por las siguientes coberturas:
Seguro de vida y accidentes. Independientemente de la afiliación a la seguridad social y seguro obligatorio de accidentes de trabajo, la empresa se compromete a asegurar a su personal con un seguro de vida y de accidente, a cargo exclusivo de la empresa. Los capitales a asegurar serán: Seguro de vida –€ Seguro accidentes – € Por muerte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.110,28 45.720,71 Por invalidez permanente absoluta para todo trabajo . . . . . . . . 21.110,28 59.830,69 Por invalidez permanente total para la profesión habitual . . . . . 21.110,28 21.110,28 En caso de indemnización por siniestro, los capitales no serían acumulables. Los riesgos y capitales indicados entrarán en vigor a partir de la aceptación de los mismos por la compañía aseguradora. Tanto los aumentos de capitales como los riesgos garantizados, no incluyen los casos que, actualmente, puedan estar en curso o tramitación. En el supuesto de que se tuviera que hacer ingreso a cuenta de I.R.P.F. por las primas de estos seguros, dichos ingresos a cuenta se deducirán a los interesados en el correspondiente recibo de salarios. Los capitales se incrementarán en función del I.P.C. del año anterior para cada uno de los tres últimos años de vigencia del convenio.
Seguro de vida y accidentes. El Comité de Seguridad y Salud estudiará y propondrá las mejoras que considere oportunas sobre la póliza de vida y accidentes contratada actualmente. La póliza de accidentes se suscribirá para todo/as lo/as empleado/as municipales desde el primer día en que presten servicios. La actual póliza de vida por muerte o invalidez absoluta o permanente por cualquier causa se suscribirá para todos los funcionarios xx xxxxxxx o funcionarios interinos y laboral fijo o interinos para plazas o puestos incluidos en la Oferta de Empleo Público, así como al personal laboral temporal indefinido no fijo adscrito a los Convenios de Atención Primaria de Servicios Sociales, CAID, Convenio de Violencia de Género, Convenio de Absentismo Escolar y Mejora Educativa y de formación o Promoción del Empleo
Seguro de vida y accidentes. Con efectos de la fecha de la firma del presente Convenio «Allianz», la Compañía otorgará, a su exclusivo cargo y para sus empleados/as en plantilla, un seguro de grupo, modalidad temporal anual renovable, con las coberturas y capitales asegurados durante la vigencia del presente Convenio «Allianz» que a continuación se señalan, y que sustituyen las previsiones contenidas en el artículo 60 del Convenio General del Sector Seguros:
Seguro de vida y accidentes. (sustituye al artículo 8º del Acuerdo Regulador).